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Observación (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Italia (Ratificación : 1971)

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Artículos 1 y 2 del Convenio. El Gobierno declara que ha concluido el Plan de Acción para el Empleo el cual se basó en los cuatro pilares del Acuerdo de la Cumbre de Luxemburgo (empleabilidad, iniciativa empresaria, adaptación e igualdad de oportunidades). El Gobierno declara que el Plan de Acción para el Empleo y la estrategia general para el empleo se establecieron en colaboración con los interlocutores sociales y fueron formalmente acordados mediante la firma de dos documentos, en 1996 y 1997. La memoria brinda informaciones detalladas sobre los programas establecidos y las medidas tomadas para ejecutar el Plan de Acción para el Empleo. La Comisión solicita al Gobierno que comunique informaciones en sus futuras memorias sobre los resultados de las medidas tomadas en el marco del Plan de Acción para el Empleo, en particular sobre el efecto de la promoción del empleo en el Mezzogiorno. Al respecto, la Comisión toma nota de las detalladas estadísticas para administradores suministradas por el Ministerio del Trabajo. La Comisión apreciaría recibir datos desagregados sobre el empleo en otros segmentos del mercado del trabajo, en particular sobre jóvenes, mujeres, personas con discapacidad y desempleados de larga duración, como lo solicita el formulario de memoria para el artículo 1.

La Comisión también toma nota de las tendencias del mercado del trabajo indicadas en el informe anual del Instituto Nacional de Estadísticas (presentadas en mayo de 2000) sobre las cuestiones del empleo relacionadas con el género. El informe declara que hay una gran presencia femenina en las actividades del sector terciario, así como un excepcional acceso de mujeres en profesiones dominadas generalmente por los hombres; el porcentaje de hombres en profesiones de mayoría femenina también ha aumentado. Sin embargo, el Gobierno comenta que «las mujeres tienen generalmente antecedentes educacionales y certificados para los cuales hay una menor demanda» lo que conduce a una remuneración inferior y que «incluso cuando las mujeres tienen las mismas características que los hombres, ellas experimentan mayores dificultades para acceder al mercado laboral», lo que conduce a una menor compensación. Las mujeres en el Mezzogiorno tienen un acceso limitado a la formación. Por último, el aumento del número de personas de edad avanzada ha puesto un peso mayor en las mujeres para que permanezcan fuera del mercado del trabajo durante largos períodos o para solicitar preferentemente trabajo a tiempo parcial de manera de poder cuidar a las personas dependientes. La Comisión aprecia la complejidad de los problemas involucrados y toma nota de que las estrategias que el Gobierno ha adoptado para promover el empleo de las mujeres, en particular mediante el aumento del autoempleo de las mujeres y de su iniciativa empresarial. La Comisión apreciaría recibir más informaciones sobre los esfuerzos para mejorar el acceso de las mujeres a la formación y para asegurar que la formación se adecua mejor a las demandas del mercado para dichas calificaciones y sobre las estrategias adoptadas para amenguar la carga de las mujeres que desean permanecer o reingresar en el mercado del trabajo.

El informe anual del Instituto Nacional de Estadísticas también indica que los jóvenes han tenido más dificultades para acceder a las becas de formación debido a que la formación está orientada hacia los diplomas universitarios, para los trabajadores con diplomas profesionales y para los trabajadores con experiencia profesional. La Comisión toma nota de las informaciones contenidas en el informe por país de la OCDE para Italia, en el que se indica que el Gobierno ha adoptado un plan rector para mejorar la formación mediante objetivos que tengan en cuenta las necesidades de los jóvenes. Sin embargo, la OCDE ha considerado que el Gobierno tiene una inversión baja para el desarrollo de calificaciones y que mucho del desempleo puede ser contabilizado como un desequilibrio entre las calificaciones y la demanda del mercado del trabajo. Sírvase suministrar más informaciones sobre los resultados del plan rector, en particular sobre la promoción del empleo juvenil.

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