National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión ha tomado nota de las observaciones formuladas por la Unión General de Trabajadores (UGT), en una comunicación presentada a la OIT en enero de 2000 y transmitida al Gobierno, sobre el hecho de que éste no ha organizado la reunión con los interlocutores sociales que ella había solicitado para estudiar la puesta en práctica de procedimientos de consultas más apropiados para dar efecto al Convenio. La UGT indica que mantiene las observaciones sobre la aplicación del Convenio que ha estado formulando desde hace años. La Comisión invita al Gobierno a proporcionar, en caso de que sea necesario, cualquier comentario que considere apropiado como respuesta a estas observaciones.
La Comisión recuerda que en su anterior observación había tomado nota de que el Gobierno había empezado consultas con los interlocutores sociales con vistas a encontrar una solución apropiada a los problemas de aplicación práctica planteados por la UGT y la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.). La Comisión expresa su deseo de que la próxima memoria del Gobierno contenga progresos reales realizados en la elaboración de un procedimiento de consultas eficaz según lo que estipula el artículo 2 del Convenio, para que de esta forma se dé satisfacción a todas las partes interesadas.