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Observación (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138) - Malawi (Ratificación : 1999)

Otros comentarios sobre C138

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La Comisión toma nota de las memorias del Gobierno.

La Comisión toma nota además de la comunicación de la Confederación de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), de febrero de 2002, y de los comentarios suministrados por el Gobierno a las cuestiones planteadas en el informe de la CIOSL.

1. Artículo 1, párrafo 1, del Convenio. Política nacional en materia de trabajo infantil. La Comisión toma nota de que, según la CIOSL el trabajo infantil en Malawi es un serio problema, en particular, en la agricultura comercial y de subsistencia, aunque también en el servicio doméstico, en el que los niños, en particular, del sexo femenino trabajan en las ciudades. La CIOSL alega que más de 440.000 niños entre los 10 y 14 años de edad son económicamente activos en Malawi, una cifra que constituye más del 30 por ciento de este grupo de edad. Más del 20 por ciento de la mano de obra de las plantaciones comerciales, especialmente las plantaciones de tabaco, está constituido por niños. La CIOSL añade que gran parte de la mano de obra infantil en las plantaciones comerciales está oculto debido a que el sistema incentiva a que trabaje la familia en su totalidad. La comunicación de la CIOSL indica que esa organización sindical y la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación (UITA) suscribieron un acuerdo con la Asociación Internacional de Productores de Tabaco (IATP), destinado a erradicar el trabajo infantil en las plantaciones de tabaco, y que el Congreso de Sindicatos de Malawi (MCTU) y el TTAWU han firmado un acuerdo análogo a nivel nacional con la Asociación Tabacalera de Malawi. La CIOSL concluye que en relación con el trabajo infantil, hasta la fecha se han registrado escasos progresos concretos.

2. En su respuesta, el Gobierno recuerda la asistencia financiera y técnica suministrada por el Programa OIT/IPEC, para llevar a cabo una encuesta sobre el trabajo infantil, que permitirá conocer el alcance, la naturaleza y las características del trabajo infantil en Malawi. El Gobierno manifiesta que ha comenzado, junto con las organizaciones no gubernamentales y los interlocutores sociales, varias actividades encaminadas a la prevención, retiro y readaptación de los niños que desempeñan tareas peligrosas. De ese modo, el Organismo de Cooperación para el Desarrollo de Noruega (NORAD) y del UNICEF-Malawi, recientemente han firmado un Memorándum de Entendimiento, según el cual el Gobierno de Noruega facilitará fondos para que el UNICEF lleve a cabo actividades de erradicación de trabajo infantil en Malawi junto con el Gobierno, los empleadores, los sindicatos, la comunidad de donantes y las organizaciones de la sociedad civil. Todas esas organizaciones están representadas en el consejo de administración de actividades de erradicación del trabajo infantil en Malawi. El Gobierno afirma también que en el Gobierno o en el sector privado se están realizando esfuerzos prácticos para suprimir el flagelo del trabajo infantil en la economía. Explica que se han constituido un comité nacional y un grupo de trabajo nacional para la erradicación del trabajo infantil, que realizaron actividades en nueve distritos seleccionados de Malawi. El plan de acción del proyecto incluye: la elaboración de una política nacional contra el trabajo infantil; elaboración y adopción de un código de conducta contra el empleo de los niños; impartir formación a un número mayor de inspectores del trabajo; establecer en las comunidades comisiones de vigilancia del trabajo infantil; otorgar préstamos destinados a actividades generadoras de ingresos y actividades bancarias en pequeña escala en pueblos de distritos predeterminados o revisar las políticas y la legislación pertinente al trabajo infantil en Malawi. El Gobierno también se refiere a la Asociación para la Erradicación del Trabajo Infantil, establecida en Malawi a iniciativa del sector privado, en particular, por las empresas cultivadoras de tabaco. La composición de esta Asociación incluye al MCTU, que es miembro de la CIOSL. El Gobierno también se refiere a la unidad de servicios sobre el trabajo infantil constituida por la Asociación de Exportadores de Tabaco de Malawi. En relación con la cuestión del trabajo infantil en el sector agrícola, el Gobierno recuerda que Malawi es parte del Programa regional OIT/IPEC, relativo a la prevención, retiro y recuperación de los niños que desempeñan tareas peligrosas en el sector de la agricultura comercial en Africa, que también comprende Kenya, la República Unida de Tanzanía, Uganda y Zambia. La Comisión observa que el Gobierno ha comunicado amplia información sobre las medidas adoptadas para garantizar la abolición del trabajo infantil, pero no suministró pormenores sobre los resultados obtenidos. La Comisión solicita al Gobierno tenga a bien facilitar esa información para que la Comisión pueda evaluar la abolición efectiva del trabajo infantil en el país y la observancia del Convenio.

La Comisión también envía al Gobierno una solicitud directa sobre otros puntos.

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