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Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - República Democrática del Congo (Ratificación : 2001)

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La Comisión toma nota de que la primera memoria del Gobierno sobre la aplicación del Convenio no ha sido recibida. La Comisión ha sido informada de que la Confederación Mundial del Trabajo (CMT) y la Confederación Sindical del Congo formularon observaciones sobre la aplicación del Convenio, que fueron transmitidas al Gobierno en septiembre y octubre de 2003. La Comisión recuerda la importancia que tienen las primeras memorias para poder evaluar por primera vez la aplicación de los convenios ratificados. La preparación de una memoria detallada que comprenda respuestas a todas las cuestiones planteadas en el formulario de memoria, así como en las observaciones de las organizaciones de trabajadores mencionadas, permitirá seguramente al Gobierno y a los interlocutores sociales hacer una evaluación de las consultas tripartitas sobre las normas internacionales del trabajo y sobre la situación del diálogo social en el país.

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