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Observación (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

Convenio sobre la administración del trabajo, 1978 (núm. 150) - Finlandia (Ratificación : 1980)

Otros comentarios sobre C150

Observación
  1. 2009
  2. 2004
Solicitud directa
  1. 2022
  2. 2014
  3. 1987

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La Comisión toma nota con interés de las informaciones detalladas proporcionadas por el Gobierno que dan cuenta de cambios en la legislación y en la práctica del sistema de administración del trabajo, acogidos favorablemente tanto por las organizaciones de empleadores como por la Central de Organizaciones Sindicales de Finlandia (SAK), en sus comentarios incluidos en la memoria del Gobierno. Estos últimos se congratulan en especial de que el Servicio de Empleo haya sido reemplazado en virtud de la ley núm. 1295 de 2002 por un sistema que comprende centros de investigación del trabajo y centros de servicio de mano de obra, y que tendría la ventaja, gracias a una forma de cooperación interprofesional, de resolver los casos de desempleo de ciertas categorías de personas, y facilitar el retorno al trabajo.

Asimismo, la Comisión toma nota con interés de la adopción de la ley núm. 301/2004 en virtud de la cual el procedimiento de expedición de permisos de trabajo para los extranjeros es sustituido por el de un permiso de residencia que da el derecho a trabajar.

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