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Observación (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Japón (Ratificación : 1965)

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La Comisión toma nota de los comentarios de la Confederación de Sindicatos de Japón (JTUC-RENGO) de fecha 1.º de septiembre de 2004, sobre la reforma del sistema de servicios públicos. La Comisión recuerda que había examinado este asunto en su observación anterior. La Comisión también toma nota de los comentarios del Sindicato de Trabajadores de Zentoitsu, de fechas 17 de marzo y 7 de octubre de 2004, y observa que se refieren a las cuestiones relativas a la discriminación antisindical abordadas en relación con el Convenio núm. 98. La Comisión solicita al Gobierno que transmita, en su próxima memoria, sus observaciones sobre los comentarios formulados por la JTUC-RENGO y los comentarios pendientes de la Comisión vinculados con el Convenio núm. 87 (véase observación de 2003, 74.ª reunión).

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