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Observación (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

Convenio sobre las vacaciones pagadas, 1936 (núm. 52) - Myanmar (Ratificación : 1954)

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La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno a sus comentarios realizados en 2003 pero reitera los siguientes puntos.

Artículo 1 del Convenio. Ambito de aplicación. El Gobierno declara que los trabajadores excluidos, en virtud del artículo 2, 4), e) de la ley de 1951 relativa a los descansos y a las vacaciones, de las disposiciones que contiene sobre las vacaciones pagadas están cubiertos por los reglamentos fundamentales y reglamentos de Birmania sobre las vacaciones y por lo tanto pueden disfrutar de diez días de licencia (casual leave) y 30 días de vacaciones anuales pagadas. La Comisión pide al Gobierno que proporcione los textos legislativos que garantizan a los trabajadores estos derechos.

Artículo 2, párrafo 2. Vacaciones pagadas para las personas de menos de 16 años de edad. El Gobierno declara que el artículo 4, 1) de la ley relativa a los descansos y a las vacaciones, que da derecho a los trabajadores de entre 15 y 16 años a diez días anuales de vacaciones en lugar de los derechos establecidos en el Convenio de 12 días laborales de vacaciones anuales pagadas después de un año de trabajo continuo, será revisada. La Comisión confía en que las disposiciones legislativas se enmendarán en un futuro próximo a fin de poner la disposición de conformidad con el Convenio.

Artículo 4. Acuerdos para renunciar al derecho a las vacaciones anuales pagadas. El Gobierno declara que el artículo 4, 3) de la ley relativa a los descansos y a las vacaciones, que permite los acuerdos a fin de acumular vacaciones, será revisado. La Comisión confía en que el Gobierno podrá proporcionar información sobre las nuevas disposiciones que anulen cualquier acuerdo para renunciar al derecho a las vacaciones anuales mínimas pagadas (seis días laborales o en el caso de las personas de menos de 16 años de edad 12 días laborales).

La Comisión insta al Gobierno a que tome las medidas necesarias para adoptar el texto revisado y confía en que el Gobierno podrá informar sobre los progresos realizados a través de su próxima memoria.

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