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Observación (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Argelia (Ratificación : 1969)

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1. Discriminación basada en motivos de religión. La Comisión había tomado nota en sus comentarios anteriores que el Gobierno confirmó que los artículos constitucionales relacionados con los derechos fundamentales de la población, leídos conjuntamente, garantizan una protección contra la discriminación religiosa. La Comisión había solicitado información específica sobre estas disposiciones, que aún no se ha proporcionado. Por consiguiente, la Comisión insta al Gobierno a transmitir copias de todas las decisiones de los tribunales relativas a estos artículos y a indicar toda medida adoptada para impedir y eliminar la discriminación religiosa en el empleo y la ocupación.

2. Discriminación basada en motivos de sexo. En sus comentarios anteriores, la Comisión había observado que los decretos sobre el trabajo a tiempo parcial (núm. 97-473, de 8 de diciembre de 1997), y sobre los trabajadores a domicilio (núm. 97-474, de 8 de diciembre de 1997), habían contribuido a la mejora de las condiciones de empleo de estos trabajadores, que en su mayoría son mujeres. Sin embargo, al tomar nota de la indicación del Gobierno, según la cual estos decretos permiten a la mujer contar con una fuente de ingresos complementaria para el presupuesto familiar, la Comisión señala a la atención del Gobierno la importancia de no considerar a la mujer como asalariada complementaria, dado que esta noción no respalda la promoción de la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación. Además, la Comisión había tomado nota de la declaración del Gobierno, según la cual, en la práctica, las mujeres aún hacen frente a la discriminación en el empleo a consecuencia de los estereotipos que existen en relación con el lugar de la mujer en la sociedad.

3. La Comisión observa que la falta de acceso de las niñas y mujeres a las oportunidades de formación profesional no tradicional, a la que había hecho referencia en sus comentarios anteriores, también se refleja en esos estereotipos y obstaculiza aún más la igualdad de acceso al empleo de la mujer. El Gobierno había declarado anteriormente que tenía el propósito de abrir nuevas ramas de formación, entre las que cabe mencionar la electricidad y la electrónica, y que el acceso a esos programas estaría determinado únicamente por la capacidad de los candidatos. La Comisión toma nota del informe periódico más reciente presentado por el Gobierno en el marco del Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/DZA/2, 5 de febrero de 2003) que se han registrado algunos progresos en relación con el acceso de la mujer a ámbitos tradicionalmente masculinos y, en general, se incrementa el número de mujeres en la educación secundaria y superior, así como en la formación profesional. El informe del CEDAW indica que, debido a la diversificación de las competencias y a la extensión de la formación a estudiantes que están cursando el tercer año de la escuela secundaria, se observó un incremento en el número de mujeres en sectores tradicionalmente masculinos; sin embargo, las cifras siguen siendo bajas, y las mujeres siguen estando muy concentradas en cursos de formación profesional que conducen a desempeñar ocupaciones tradicionalmente reservadas a la mujer. La Comisión también toma nota de que en 2001 las mujeres constituían sólo el 15 por ciento del total de la mano de obra.

4. La Comisión expresa su preocupación por la persistencia de estereotipos arraigados en las actitudes relativas a las funciones y responsabilidades de mujeres y hombres en la familia y en la sociedad, que han tenido, en la práctica, graves repercusiones en las oportunidades de empleo y de formación profesional de las mujeres. En consecuencia, la Comisión insta nuevamente al Gobierno a profundizar su política nacional destinada a promover la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación y que la mantenga informada de todo progreso a este respecto. Además, solicita al Gobierno que proporcione información sobre toda medida adoptada o prevista para facilitar y alentar el acceso de las mujeres y de las niñas a oportunidades de formación profesional más diversificadas, incluidas aquellas que conducen a ocupaciones tradicionalmente masculinas, a fin de permitirles mayores posibilidades de entrada al mercado de trabajo. Además, la Comisión sugiere que se realicen esfuerzos para superar las actitudes estereotipadas mediante, por ejemplo, campañas de sensibilización sobre esta cuestión, en colaboración con las organizaciones de trabajadores y de empleadores.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud que envía directamente al Gobierno.

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