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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) - Perú (Ratificación : 1964)

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La Comisión recuerda que en su observación de 2004 había tomado nota de los comentarios de la Confederación de Trabajadores del Perú sobre la violación del Convenio en aproximadamente 20 puertos en los que se impide la negociación colectiva. La Comisión recuerda que el Gobierno había señalado que desde la disolución de la Comisión Controladora del Trabajo Marítimo en 1991, el trabajo portuario es pactado libremente entre trabajadores y operadores portuarios y que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene registrados 22 sindicatos del sector portuario. Al respecto, la Comisión había pedido al Gobierno que le informe sobre el número de convenios colectivos concluidos en el sector portuario en el período cubierto por la memoria. La Comisión reitera su petición.

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