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Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Ecuador (Ratificación : 1962)

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1. Artículo 2 del Convenio. La Comisión toma nota con interés de la reactivación de la Mesa de «Políticas de empleo y género» bajo el liderazgo del Consejo Nacional de la Mujer (CONAMU) y de sus objetivos estratégicos y líneas de acción. Asimismo, toma nota del Plan anual de la Unidad de Equidad de Género diseñado con el objetivo de coadyuvar en el desarrollo, implementación y generalización de políticas, estrategias y programas de generación y mejoramiento de empleo impulsadas por la Mesa que contribuyan a alcanzar la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el Ecuador y de la creación en 2005 de la Unidad de Equidad de Género y Jóvenes adscrita a la Dirección de Empleo a los efectos de la ejecución de dicho Plan. La Comisión solicita al Gobierno que la mantenga informada sobre los avances y resultados de las actividades de la Mesa y de la implementación del Plan anual, en particular sobre las actividades desarrolladas por la Unidad de Equidad de Género.

2. Artículo 3, c). Legislación. Con relación a sus comentarios anteriores relativos a la modificación de ciertos artículos del Código de Comercio y de la legislación sobre cooperativas, la Comisión toma nota que el Gobierno ha solicitado a la Dirección Nacional de Cooperativas que realice los trámites necesarios para derogar el artículo 17, b) del reglamento de la Ley de Cooperativas, en virtud del cual la mujer casada necesita la autorización del marido para ser socia de cooperativas de viviendas agrícolas o de huertos familiares. La Comisión insta al Gobierno a tomar medidas conducentes a la derogación de la disposición que la Comisión está solicitando desde hace varios años. La Comisión espera que el Gobierno estará en condiciones de informar sobre el progreso de este asunto en su próxima memoria.

3. Reforma penal y laboral. La Comisión toma nota que la Comisión Permanente de la Mujer, la Juventud, el Niño y la Familia se ha encontrado trabajando en la elaboración de distintas reformas legislativas, en materia penal, en lo que respecta al acoso sexual, y en materia laboral, en la armonización del Código del Trabajo con el Código de la Niñez y Adolescencia. La Comisión solicita al Gobierno que la mantenga informada sobre el avance de las mencionadas reformas.

4. Pueblos afroecuatorianos. La Comisión toma nota con interés de la labor desarrollada por la CODAE (Consejo de Pueblos Afro Ecuatorianos) y de las políticas nacionales tendientes a hacer efectivos los derechos de los pueblos afroecuatorianos estipuladas en el Plan Nacional de Derechos Humanos Ecuador. La Comisión solicita que el Gobierno tenga a bien informar en su próxima memoria sobre las medidas adoptadas o previstas para eliminar la discriminación y promover la igualdad en el empleo y la ocupación de los pueblos afroecuatorianos.

La Comisión envía directamente al Gobierno una solicitud relativa a ciertos puntos.

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