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Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre estadísticas del trabajo, 1985 (núm. 160) - Nueva Zelandia (Ratificación : 2001)

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Observación
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Solicitud directa
  1. 2004

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La Comisión toma nota con satisfacción de las medidas adoptadas recientemente por el Gobierno y que han tenido como consecuencia que:

1)    el subempleo se mida en la manera definida por la Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo de 1998 (artículo 7);

2)    las resoluciones de la Conferencia Internacional de Estadísticos del Trabajo, de 2003 son cumplidas plenamente por Estadísticas de Nueva Zelandia (artículo 12);

3)    se han seguido las disposiciones de la resolución adoptada por la Conferencia de 2003, al elaborar los conceptos, definiciones y metodología utilizada en la recopilación, compilación y publicación de las estadísticas relativas a los ingresos y gastos de los hogares con algunas excepciones (los bienes y servicios recibidos, los ingresos en especie o productos para trueque, así como los bienes producidos para consumo propio, los bienes subvencionados y servicios proporcionados por los empleadores, servicios de vivienda prestados en las viviendas ocupadas por sus propietarios y pago de los impuestos sobre los ingresos).

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