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Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Guatemala (Ratificación : 1988)

Otros comentarios sobre C122

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1. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de las indicaciones detalladas transmitidas por el Gobierno en relación con los comentarios de 2004. El Gobierno menciona el documento solicitado a la Oficina Subregional de la OIT, «Orientaciones de políticas de empleo y trabajo decente en Guatemala», presentado a fines de 2004 a la Comisión Tripartita sobre Asuntos Internacionales de Trabajo, en cuyo seno se conformó una subcomisión de generación de empleo donde se analiza el documento, para enriquecerlo y reunir las opiniones de otras instancias nacionales. El Gobierno afirma que elabora una política nacional de empleo y trabajo decente destinada a promover el acceso masivo al empleo productivo, mejorar los niveles de empleo, combatir el desempleo y el subempleo, garantizar la seguridad en el empleo y de los ingresos de los trabajadores. La política de empleo y trabajo decente tiene como ejes transversales los temas de género y los pueblos indígenas. La Comisión reitera su interés por continuar recibiendo indicaciones sobre la manera en que se ha asegurado que el empleo ocupe un lugar central de las políticas macroeconómicas y sociales al elaborarse y llevarse a cabo la estrategia nacional para la reducción de la pobreza y promover trabajo decente. La Comisión considera esencial que se tomen en cuenta los objetivos del empleo, «como un objetivo de mayor importancia», desde el inicio de las discusiones para la formulación de políticas económicas y sociales, de modo que dichos objetivos formen realmente parte integrante de las políticas que se adopten (véase el párrafo 490 del Estudio general, de 2004, Promover empleo). En este sentido, la Comisión ha tomado conocimiento de la Declaración tripartita para el fomento del empleo y el trabajo decente en Centroamérica y República Dominicana, suscrita por los Ministros de Trabajo y representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en Tegucigalpa, en junio de 2005. En dicha Declaración tripartita, se acordó, entre otras orientaciones importantes, incorporar el objetivo de creación de empleos dignos, sostenibles y de calidad, según los parámetros de la OIT, en el centro de la política macroeconómica — los esfuerzos se deben concentrar no sólo en el control de la inflación y del déficit fiscal, sino también y con igual prioridad, en la promoción de la inversión y en el crecimiento con equidad. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, se incluyan indicaciones sobre las iniciativas que han contado con el apoyo de la OIT para promover, tanto a nivel nacional como subregional, los objetivos de creación de empleo productivo del Convenio (parte V del formulario de memoria).

2. El Gobierno ha comunicado indicaciones sobre las personas inscritas en la Bolsa Electrónica de Empleo, las plazas disponibles y las personas colocadas. Además, se han agregado informaciones sobre los avances alcanzados para certificar competencias en la actividad pirotécnica y en la industria de vestuario y textiles. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria incluya informaciones detalladas sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo indicando la medida en que afectan los sectores más vulnerables (mujeres, jóvenes, trabajadores de edad avanzada, trabajadores rurales y de la economía informal). La Comisión invita al Gobierno a indicar la medida en que se han coordinado los objetivos de la política de enseñanza y de formación profesional con las oportunidades de empleo.

3.La Comisión recuerda que se invitó al Gobierno a que informe sobre la influencia en el mercado de trabajo local de los movimientos de trabajadores migrantes temporales o permanentes. La Comisión reitera su interés por conocer las medidas adoptadas para el desarrollo de infraestructuras y su impacto en la creación de empleos, así como la contribución de las zonas francas de exportación a la creación de empleo duradero y de calidad y el impacto que han tenido los acuerdos comerciales en el mercado laboral.

4. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno declara que para fortalecer el diálogo en materia de empleo, se sigue promocionando los consejos de empleo en relación con la intermediación, capacitación de recursos humanos y autoempleo. Además, se informa de que la Dirección de Empleo ha realizado 16 reuniones de la Subcomisión tripartita sobre generación de empleo. La Comisión se remite nuevamente al artículo 3 del Convenio el cual requiere que se realicen consultas con los representantes de todas las personas interesadas — y en particular, con representantes de empleadores y de trabajadores — para la elaboración y la adopción de las políticas de empleo. La Comisión estima que es responsabilidad común de los gobiernos y de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores velar por que los representantes de los sectores más frágiles o marginales de la población económicamente activa participen en la medida de lo posible en la elaboración y en la aplicación de unas medidas de las que deberían ser los principales beneficiarios (véase el párrafo 493 del Estudio general, de 2004, Promover empleo). En este sentido, la Comisión reitera su interés por conocer las propuestas para la generación de empleo de los sectores empleador y trabajador, así como las medidas ejecutadas por el Gobierno como consecuencia de los consensos alcanzados. La Comisión confía en que el Gobierno continuará brindando informaciones sobre las consultas celebradas para la elaboración y aplicación de las medidas tendientes a alcanzar los objetivos del pleno empleo productivo establecidos por el Convenio, incluyendo indicaciones sobre las consultas con otros sectores interesados, tales como los representantes del sector rural, de la economía informal y del sector de la maquila.

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