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Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - China (Ratificación : 1997)

Otros comentarios sobre C122

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1. En respuesta a los comentarios anteriores de 2004, la Comisión toma nota de la información detallada comunicada en la memoria del Gobierno para el período que finaliza en mayo de 2005. También toma nota de las observaciones transmitidas por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) y comunicadas por la Oficina al Gobierno en octubre de 2005. La respuesta del Gobierno a los comentarios de la CIOSL se recibió en la Oficina en enero de 2006. La Comisión se ha beneficiado de un extenso análisis técnico de la Oficina Subregional de la OIT en Bangkok, que completa y actualiza la información exhaustiva contenida en las memorias del Gobierno y en los comentarios de la CIOSL. Al respecto, la Comisión toma nota de la asistencia técnica proporcionada por la OIT en materia de estrategias integrales de empleo, creación de puestos de trabajo mediante el desarrollo de empresas, una mayor empleabilidad para la productividad y competitividad, empleo productivo en las comunidades locales, igualdad de oportunidades en el empleo y trabajo decente y productivo para los jóvenes. La Comisión desearía conocer en mayor detalle algunos asuntos específicos y solicita al Gobierno que comunique, en su próxima memoria, información más detallada sobre los asuntos siguientes.

2. Formulación de una estrategia de empleo. La Comisión toma nota de que, según la memoria del Gobierno, China seguirá enfrentándose al gran desafío de colocar a unos 10 millones anuales de nuevos solicitantes de empleo y de encontrar nuevos puestos de trabajo para 14 millones de trabajadores despedidos. El crecimiento económico, estimado en el 8-9 por ciento, generará algo más de 8 millones de nuevos puestos de trabajo, dejando un déficit de 13-14 millones de solicitantes de empleo sin trabajo. Todavía hay más de 2 millones de trabajadores despedidos que se encuentran registrados en centros de servicios de recontratación o que han dejado los mismos. Otros 3,6 millones de trabajadores serán despedidos en los próximos tres años. Será necesario crear 3 millones de puestos de trabajo adicionales en actividades secundarias. Otros trabajadores que han sido recontratados encuentran solamente puestos de trabajo temporales. Un reto añadido es el de encontrar empleos adecuados para los graduados superiores y para los soldados desmovilizados. También buscarán empleo los trabajadores en puestos temporales y los trabajadores migrantes de las zonas rurales. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha respondido al reto del empleo introduciendo una serie de medidas políticas integrales y nueva legislación, que incluyen programas pilotos ejecutados en diferentes provincias y ciudades para experimentar nuevos enfoques de creación de nuevos puestos de trabajo y una mayor empleabilidad. La Comisión toma nota de que el cuarto Informe de desarrollo humano de China, publicado en octubre de 2005, destaca la necesidad de ampliar las oportunidades de empleo de los pobres como la forma más eficaz de reducir la pobreza: «el principio de ‘empleo primero’ debería guiar la política industrial, la política macroeconómica y la política reguladora». En este sentido, la Comisión subraya la necesidad de adoptar medidas que garanticen que el empleo, como elemento clave de reducción de la pobreza, se encuentre en el centro de las políticas macroeconómica y social. La Comisión desearía recibir más información sobre la medida en que el crecimiento económico conduce a un mejor mercado de trabajo y a una reducción de los niveles de pobreza. También apreciará recibir información sobre la manera en que los programas establecidos han contribuido a la promoción del empleo, «como parte integrante de una política económica y social coordinada» (artículo 2, párrafo a), del Convenio).

3. Libertad de elección de empleo. La Comisión se felicita de la ratificación del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), y espera que su aplicación fortalezca los esfuerzos dirigidos a garantizar que exista una libertad de elección de empleo y que cada trabajador tenga la mayor oportunidad posible de adquirir y utilizar sus aptitudes, en las condiciones establecidas en el artículo 1, párrafo 2, c), del Convenio núm. 122. La Comisión solicita al Gobierno que comunique tal información, indicando las medidas adoptadas para garantizar que los progresos se traduzcan en un aumento de la tasa de participación de la mujer y de las minorías étnicas en la actividad económica.

4. Consistencia y transparencia de la información sobre mercado de trabajo. La Comisión toma nota de los datos estadísticos comunicados por el Gobierno en su memoria y de las inquietudes expresadas por la CIOSL sobre la información relativa al mercado de trabajo. El Gobierno informa sobre la mejoría en la compilación y en la difusión de los datos estadísticos, específicamente, sobre la encuesta sobre la fuerza del trabajo que ha elaborado el Consejo del Estado, que permitirá compilar estadísticas, tanto para las zonas urbanas como para las zonas rurales. La Comisión también toma nota de que se realizarán esfuerzos para mejorar las estadísticas de desempleo para aportar una base viable para las futuras políticas de empleo y de administración y servicios de empleo. La Comisión solicita al Gobierno que informe sobre los progresos realizados para mejorar el sistema de información del mercado laboral, especificando de qué manera se utilizan los datos para determinar y revisar las medidas de política de empleo (artículo 2).

5. Unificación del mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que aún se requieren reformas del sistema de registro de residencia (sistema Huku), del sistema de bienestar social y de las políticas de empleo del Gobierno. La Comisión entiende que de la población urbana actual de 540 millones, 160 millones no poseen un Huku urbano lo que les impide que obtengan empleos productivos. El sistema Huku ha generado también barreras a la movilidad de los trabajadores de las zonas rurales a las urbanas y, por tanto, a un mercado de trabajo unificado. La Comisión apreciará recibir información sobre el impacto en el proceso en curso de desmantelamiento del sistema de registro de residencia (Huku) de manera de asegurar la integración y unificación del mercado de trabajo.

6. La Comisión recuerda que había mencionado en sus comentarios anteriores un informe publicado en abril de 2004, el cual incluía, dentro de los objetivos de las políticas del Gobierno, la mejora del sistema de seguridad social. Toma nota de que las mejoras incluyen la ampliación de su cobertura y un mayor apoyo financiero. La Comisión solicita al Gobierno que informe con más detalle sobre los progresos realizados para ampliar la protección social adecuada a toda la población. La Comisión entiende que, entre las leyes actualmente en consideración, se encuentra la Ley del Contrato de Trabajo y la Ley de Promoción del Empleo. En opinión de la Comisión, las medidas encaminadas a promover el pleno empleo, permiten al Gobierno crear un entorno conducente a generar un empleo productivo y duradero, en condiciones que sean socialmente adecuadas para todos los afectados. Solicita al Gobierno que informe de qué manera los nuevos textos legislativos contribuyen a generar un empleo productivo y a mejorar la seguridad laboral de los trabajadores.

7. Fortalecimiento de los servicios públicos de empleo. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de los progresos realizados sobre el desarrollo de los servicios públicos de empleo. A finales de 2004, eran 34.000 las agencias de empleo, de las cuales 23.000 eran agencias públicas que suministraban servicios anuales a alrededor de 19 millones de personas, con una tasa del 52 por ciento de colocaciones exitosas. La Comisión también toma nota de los esfuerzos orientados a mejorar los servicios del empleo de los trabajadores migrantes, con la «Operación Brisa de la Primavera», para asistir gratuitamente a los migrantes que van del campo a las ciudades para encontrar trabajo. La Comisión solicita al Gobierno que siga informando acerca de las medidas adoptadas por los servicios públicos de empleo para promover el empleo en cada división territorial (a nivel de provincia, de prefectura, de condado y de pueblo). Sírvase describir las medidas adoptadas o previstas para garantizar la cooperación entre el sistema de servicio público del empleo y las agencias de empleo privadas.

8. Medidas para favorecer la recontratación de los trabajadores despedidos. La Comisión toma nota de que, desde 1998, el Gobierno ha venido brindando asistencia financiera y apoyo adicional a los trabajadores que habían sido despedidos de las empresas del Estado. En 2004, 5,3 millones de trabajadores despedidos habían participado en la formación de la recontratación, con un 71 por ciento de tasa de éxito en la búsqueda de empleo. En 2004, se lanzó el Plan de Formación para la recontratación para intensificar la recontratación de los trabajadores despedidos. La Comisión toma nota asimismo de las medidas puestas en marcha para eliminar o reducir los impuestos, alentando a las empresas a contratar a trabajadores despedidos, y a garantizar pequeños préstamos, para ayudar a los trabajadores a crear empleo independiente y negocios propios. La Comisión solicita al Gobierno que informe sobre los resultados obtenidos a través de esas medidas para dar un mayor apoyo y asistencia a los trabajadores despedidos en su recontratación. La Comisión espera que el Gobierno pueda aportar los resultados, desglosados por sexo y por edad.

9. Promoción de pequeñas y medianas empresas. La Comisión toma nota de que el proyecto «Cadena Dragón», iniciado en 2003, ha ofrecido una gama de servicios de desarrollo de negocios para pequeñas empresas que incluyen formación para la creación de empresas, desarrollo de proyectos, pruebas y orientación, servicios de crédito, y seguimiento y asistencia. También toma nota de que la ejecución del proyecto Comienzo y Mejora de su Negocio (SIYB), ha desempeñado un papel positivo en la creación de empresas y en la promoción del empleo y de la recontratación. La Comisión solicita al Gobierno que siga informando sobre la promoción de una cultura empresarial y de qué manera se promueve la creación de empleo a través de pequeñas y medianas empresas. El Gobierno también puede considerar útil consultar las disposiciones de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189).

10. Formación y educación profesional. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha incrementado sus esfuerzos en educación y en formación profesional de la fuerza del trabajo, para abordar el problema del desajuste de la capacitación y de dar cumplimiento a las demandas de tecnología y de modernización, confiando en las instituciones de formación profesional y movilizando a las empresas y a las organizaciones de empleadores. La Comisión entiende que en noviembre de 2005, se celebró una Conferencia sobre Educación Profesional que estableció metas y medidas en materia de políticas para la formación y la educación profesional durante el Undécimo Plan de Cinco Años, con el que se espera alcanzar el número de 110 millones de trabajadores capacitados técnicamente. La Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando información sobre los resultados obtenidos con las medidas adoptadas para coordinar las políticas de educación y formación con las oportunidades de empleo. La Comisión llama la atención del Gobierno sobre el Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142) y las políticas de desarrollo de recursos humanos, de educación, de formación y de aprendizaje continuo contenidas en la Recomendación núm. 195, de 2004.

11. Consulta de los representantes de las personas afectadas. La Comisión toma nota de las inquietudes de la CIOSL sobre la participación de todos aquellos afectados por las medidas en materia de políticas de empleo. La Comisión recuerda la importancia de implicar en las consultas a los representantes de las personas afectadas por las políticas de empleo adoptadas por el Gobierno, con el objetivo de tener plenamente en cuenta sus experiencias y sus opiniones. La Comisión reitera su interés en recibir información detallada sobre la frecuencia y los resultados de las consultas para garantizar la plena cooperación de los representantes de los interlocutores sociales, incluidos los representantes del sector rural y de la economía informal, en la formulación y aplicación de las políticas de empleo (artículo 3). La Comisión apreciará que la próxima memoria del Gobierno también incluya informaciones detalladas sobre la manera en que el Gobierno y los interlocutores sociales han abordado los asuntos señalados en esta observación.

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