ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Jordania (Ratificación : 1966)

Otros comentarios sobre C122

Observación
  1. 2012
  2. 2010
  3. 2006
  4. 2002

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

1. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la información detallada contenida en la memoria del Gobierno recibida en octubre de 2005. El Gobierno indica que, en el marco de su estrategia nacional de reducción de la pobreza y de creación de empleo, ha aplicado un programa concebido para alcanzar un desarrollo regional equilibrado. Este programa tiene como objetivos activar el papel de la participación popular en la administración del desarrollo, encontrar indicadores de planificación del desarrollo que puedan ayudar a preparar, a llevar a cabo y a evaluar planes estratégicos de desarrollo, y a promover el uso de la tecnología de la información. El Gobierno también se refiere a un programa dirigido a la promoción de la productividad económica y social, en relación con el desarrollo de las comunidades rurales, y con la promoción de la productividad y de las infraestructuras, de cara al respaldo de las inversiones. Indica que, a finales de 2004, este programa había tenido éxito al suministrar 6.465 trabajos permanentes y 1.400 trabajos temporales. Con respecto a la manera en que se habían tenido en cuenta los objetivos del empleo en la adopción de las medidas de política económica general en áreas tales como la política monetaria y la política presupuestaria o la política comercial, el Gobierno explica que había venido promocionando una política de apertura económica y de liberalización del comercio que garantiza la creación de un medio ambiente idóneo para los negocios, encaminada a la intensificación de las inversiones locales y a la atracción de inversiones extranjeras. También menciona el acuerdo de libre comercio que había suscrito con Estados Unidos, que incluye unas disposiciones sobre el trabajo que reiteran, en el marco de la OIT, los compromisos del país con el respeto y la protección de los derechos de los trabajadores. La Comisión acoge con agrado estas medidas puesto que han sido adoptadas en consonancia con el Convenio, y solicita al Gobierno que la mantenga informada de los progresos realizados, a través de sus diversos programas, y de la manera en que las medidas adoptadas han contribuido a la creación de un empleo productivo y sostenible. Sírvase asimismo seguir comunicando, en la próxima memoria del Gobierno, información sobre otras medidas adoptadas para garantizar que el empleo, como componente clave de la reducción de la pobreza, se encuentre en el centro de las políticas económica y social (artículos 1 y 2 del Convenio).

2. En respuesta a la solicitud anterior de la Comisión, el Gobierno aporta estadísticas detalladas, contenidas en la Encuesta Nacional sobre Trabajo y Desempleo de 2005, en las que se indica el número de trabajadores por edad, sexo, nivel de educación y el sector de actividades. La Comisión toma nota de que la tasa global de desempleo en el primer trimestre de 2005, había sido del 13,4 por ciento, pero que se situaba en el 19,7 por ciento en las mujeres, al tiempo que la tasa de empleo de la mujer seguía siendo muy baja. La Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando, en su próxima memoria, datos estadísticos sobre la situación y las tendencias en el empleo, en el desempleo y en el subempleo, en particular respecto de las trabajadoras.

3. Políticas del mercado de trabajo y de formación. La Comisión toma nota con interés de las medidas adoptadas para fortalecer los sistemas de formación profesional y para adaptarlos a las necesidades del mercado laboral. El Gobierno indica, en particular, que se estableció el Consejo Superior de Educación y Formación Técnica y Profesional. Además, el Instituto de Formación Profesional contribuye a la integración de sus beneficiarios en el mercado laboral, y también realiza estudios sobre las necesidades de formación del mercado de trabajo, al igual que en el seguimiento de los graduados. El Instituto, que cuenta, entre otros, con 14 centros de formación, especialmente para la formación de la mujer, aporta programas de formación desde el nivel aprendiz hasta el nivel profesional más elevado. El Gobierno indica que 4.816 mujeres habían participado en los programas de formación nacionales, de las cuales se habían graduado 4.411. La Comisión invita al Gobierno a que siga comunicando información sobre los programas realizados en relación con la formación profesional y sobre la manera en que contribuyeron a la integración de sus beneficiarios, especialmente mujeres, en el empleo.

4. Consulta de los representantes de las personas afectadas. El Gobierno indica que había adoptado un enfoque participativo en la preparación del reciente plan de desarrollo, así como en la preparación de diversos informes nacionales. Destaca asimismo que los representantes de los sindicatos, al igual que el sector privado, son parte de la composición de los consejos nacionales y que participan en el trabajo del Instituto de Formación Profesional, en el Instituto de Seguridad Social y en el Consejo de Educación y Formación Técnica y Profesional. La Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando información acerca de los asuntos planteados por los interlocutores sociales y sobre la incorporación de sus opiniones en la política del empleo. Sírvase asimismo indicar las medidas adoptadas o contempladas para implicar en esas consultas, no sólo a los representantes de las organizaciones de los empleadores y de los trabajadores, sino también a los representantes de otros sectores de la población activa, como las personas que trabajan en el sector rural o en la economía informal (artículo 3).

5. Cooperación técnica de la OIT. La Comisión indica que el Ministerio de Trabajo había llevado a cabo algunos proyectos, en colaboración con la OIT, a saber: a) el proyecto de diálogo social, que se dirige al establecimiento de una Comisión Nacional de Diálogo Social y a la instauración de un Consejo Socioeconómico de Jordania; b) un proyecto sobre la reducción del trabajo infantil, que ha incluido siete talleres de formación, a efectos de promover la capacidad de los inspectores y la formación de los formadores en trabajo infantil; y c) un Proyecto sobre Desarrollo de la Capacidad de los Empleados del Ministerio de Trabajo, que incluye cinco proyecto nacionales encaminados al fortalecimiento de la capacidad del Ministerio. La Comisión solicita al Gobierno que la mantenga informada de los resultados alcanzados en relación con la coordinación de una política activa de empleo, tras la aplicación de esos proyectos. En particular se invita al Gobierno a que informe acerca de toda consulta sobre su política de empleo celebrada por la Comisión Nacional de Diálogo Social (parte V del formulario de memoria).

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer