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Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Eslovaquia (Ratificación : 1993)

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La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación de 2005, redactada como sigue:

1. La Comisión toma nota de la memoria comunicada por el Gobierno en agosto de 2004 y de los comentarios presentados por la Confederación de Sindicatos de la República de Eslovaquia (KOZ SR) en septiembre de 2004.

2. La Comisión también toma nota de la discusión sobre la aplicación del Convenio que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia en su 92.ª reunión (junio de 2004). La Comisión de la Conferencia expresó su esperanza de que el Gobierno estuviese en condiciones de indicar en su memoria que las dificultades encontradas en el mercado de trabajo en Eslovaquia se habían superado y que, en particular, se alcanza un desarrollo regional más equilibrado, se crea empleo en las zonas rurales y se atienden las necesidades específicas de los trabajadores más vulnerables, a saber, los jóvenes y la población roma.

3. El Gobierno indica en su memoria que se ha registrado una tendencia ascendente del empleo en el mercado de trabajo, acompañada de una disminución del desempleo. En el ámbito regional, la tasa de desempleo se incrementó en todas las regiones, y la diferencia entre regiones con las tasas de empleo más elevada y más baja disminuyó en dos puntos porcentuales. En 2003 la tasa de desempleo de los jóvenes descendió gradualmente hasta estabilizarse. La Comisión toma nota de que, a pesar del crecimiento económico positivo, la tasa de empleo en Eslovaquia (63,3 por ciento para los hombres y 52,2 por ciento para las mujeres) sigue siendo baja en relación con los objetivos de la Unión Europea. La tasa de desempleo descendió del 17,5 por ciento al 15,19 por ciento, aunque sigue siendo sumamente elevada para los jóvenes (34,5 por ciento) y en cuanto al desempleo de larga duración (11,1 por ciento). La tasa de desempleo estimado de la minoría roma se aproxima al 70 por ciento, y es de prácticamente del 100 por ciento en los asentamientos segregados. Las disparidades regionales siguen siendo considerables y obedecen principalmente a los excelentes resultados de la región de Bratislava, que parecen espectaculares en relación con el resto del país.

4. El Gobierno indica también en su memoria que se adoptaron medidas para reducir las diferencias entre las distintas regiones, con inclusión de los beneficios económicos en el marco de la nueva ley del servicio de empleo. El Gobierno enumera los subsidios concedidos por el Fondo Social Europeo para proyectos nacionales (para prestar ayuda a los desempleados, haciendo hincapié en los desempleados de larga duración y en los grupos desfavorecidos del mercado laboral, se otorgaron 26 millones de euros; para empleo de personas con discapacidades, alrededor de 9 millones de euros; para la formación de los desempleados, unos 10 millones de euros y para la reintegración al mercado laboral de los desempleados de larga duración, unos 12,5 millones de euros). A este respecto, la Comisión recuerda que, como lo requiere el Convenio, para la creación de empleo, es necesaria la coordinación de las políticas macroeconómicas y de las políticas estructurales. En consecuencia, solicita al Gobierno que informe en detalle sobre la manera en que las medidas relativas a la política del empleo se revisan periódicamente en el marco de una política económica y social coordinada. En particular, la Comisión solicita al Gobierno tenga a bien proporcionar información sobre los resultados y progresos alcanzados en la aplicación de las medidas previstas en el Plan Nacional de Acción para el Empleo para el período 2004-2006, incluida información sobre la situación de empleo de los grupos vulnerables como los jóvenes, las mujeres que buscan trabajo, los desempleados de larga duración y los trabajadores con discapacidades. Además, la Comisión solicita al Gobierno se sirva incluir, en su próxima memoria, datos desglosados sobre el nivel y las tendencias del empleo, el desempleo y el subempleo. Asimismo, sírvase indicar las medidas adoptadas para reducir las disparidades del mercado laboral en el país (artículos 1 y 2 del Convenio).

5. Igualdad de oportunidades para la minoría roma.En respuesta a sus comentarios anteriores, el Gobierno declara que al no efectuar un seguimiento estadístico del número de personas que buscan empleo registradas, pertenecientes a la minoría roma, no es posible indicar su participación en los programas implementados en el mercado laboral. El Gobierno indica además que la ley núm. 5/2004 relativa al servicio de empleo reglamenta los derechos y obligaciones de los ciudadanos en el ámbito del empleo, basándose en principios civiles y no étnicos, religiosos o de otra índole. El sistema articulado en la Ley del Servicio de Empleo está encaminado a la reducción de la discriminación directa e indirecta en el acceso al empleo. La Comisión recuerda que una política de empleo de conformidad con el Convenio núm. 122, debe tener como objetivo el de garantizar la libertad para escoger empleo y todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria, en particular para los grupos vulnerables como la minoría roma (artículo 1, párrafo 2, c)) (véase también el Estudio general, de 2004, Promover empleo, párrafo 109). En consecuencia, la Comisión solicita al Gobierno que en su próxima memoria incluya información detallada sobre la eficacia de las medidas adoptadas y la incorporación al mercado laboral y de las medidas laborales activas destinadas a las personas desfavorecidas que buscan empleo, como las pertenecientes a la minoría roma.

6. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de políticas. La Comisión toma nota de los comentarios formulados por la KOZ SR, según los cuales los sindicatos y los empleadores se han vistos excluidos de la participación activa en el diálogo que debería entablarse en el contexto del Consejo de Acuerdos Económicos y Sociales (CESA). La KOZ SR indica que las opiniones críticas de los interlocutores sociales en relación con los importantes asuntos económicos y sociales, no fueron aceptadas por el Gobierno. La KOZ SR se negó a participar en la evaluación formal del Plan Nacional para el Empleo y espera que el Gobierno evitará cometer los mismos errores respecto de su aplicación para 2004-2006. La Comisión de la Conferencia había instado al Gobierno a redoblar sus esfuerzos para reforzar el diálogo social sobre la política del empleo dado que la participación de los interlocutores sociales para la elaboración de la política del empleo y lograr su apoyo para alcanzar el objetivo del pleno empleo es un requerimiento esencial de este Convenio prioritario. La Comisión recuerda que el artículo 3 del Convenio, establece que las medidas que se hayan de adoptar en relación con la política del empleo deberían tener plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, con el objetivo de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de su ejecución. Es responsabilidad común de los gobiernos y de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores velar por que los representantes de los sectores más vulnerables o marginales de la población económicamente activa participen en la medida de lo posible en la elaboración y en la aplicación de unas medidas de las que deberían ser los principales beneficiarios (véase el Estudio general, de 2004, Promover empleo, párrafo 493). La Comisión, al igual que la Comisión de la Conferencia espera que, en su próxima memoria, el Gobierno estará en condiciones de señalar los progresos realizados para obtener la participación de los interlocutores sociales a fin de garantizar el logro de los objetivos del Convenio. Además, la Comisión pide al Gobierno que indique la manera en que se tienen en cuenta las opiniones de los representantes de las personas afectadas por las medidas de la política del empleo, incluidas las opiniones de los representantes de la población roma, en relación con las medidas de la política de empleo destinadas a las personas desfavorecidas que buscan empleo.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

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