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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - Argentina (Ratificación : 1987)

Otros comentarios sobre C144

Observación
  1. 2005

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Artículos 2 y 5, párrafo 1, del Convenio. Reforzando el diálogo social. En respuesta a la observación de 2005, el Gobierno ha enviado una memoria con anexos documentales que incluyen información sobre el seminario tripartito para países de América del Sur sobre el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (febrero de 2007) y las actas detalladas de las reuniones tripartitas celebradas por la Comisión Nacional de Consultas Tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo (julio de 2006, abril-mayo de 2007). La Comisión toma nota también con interés de las actas detalladas de las reuniones de la Comisión Sociolaboral del MERCOSUR que dieron lugar a la creación del Grupo de Alto Nivel de Empleo. El Gobierno destaca que las consultas que se realizan en el MERCOSUR guardan estrecha vinculación con las obligaciones nacionales derivadas de la ratificación de los convenios internacionales de trabajo y su metodología de trabajo se apoya sobre el diálogo social. La Comisión pide al Gobierno que continúe brindando informaciones sobre los resultados alcanzados por las consultas tripartitas celebradas por la Comisión Nacional y en el marco del MERCOSUR sobre las materias relativas a las normas internacionales del trabajo cubiertas por el Convenio.

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