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Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Convenio sobre la higiene (comercio y oficinas), 1964 (núm. 120) - Paraguay (Ratificación : 1967)

Otros comentarios sobre C120

Solicitud directa
  1. 2023
  2. 2014

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1. La Comisión toma nota de la información contenida en la última memoria del Gobierno.

2. Artículo 6, párrafo 1, y parte IV del formulario de memoria. Medidas apropiadas tomadas por la inspección y la aplicación del Convenio en la práctica. La Comisión toma nota de que el Gobierno prácticamente no proporciona nueva información en respuesta a su comentario anterior. Por consiguiente, la Comisión debe solicitar nuevamente al Gobierno que comunique, en su próxima memoria, información sobre la manera en que se da efecto en la práctica a las disposiciones del Convenio incluyendo datos sobre personas empleadas cubiertas por la legislación pertinente y sobre el número y naturaleza de las infracciones observadas, así como extractos de informes de inspecciones para posibilitar a la Comisión la determinación de la eficacia del control realizado.

[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2008.]

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