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Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Convenio sobre el trabajo portuario, 1973 (núm. 137) - Portugal (Ratificación : 1981)

Otros comentarios sobre C137

Observación
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  4. 2007
Solicitud directa
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  2. 2002
  3. 1994
  4. 1989

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Política nacional para asegurar empleo permanente o regular a los trabajadores portuarios. La Comisión ha tomado nota de la memoria del Gobierno recibida en agosto de 2007, que recuerda la posición de las organizaciones de empleadores, que consideran que el Convenio es inadecuado y que debería ser denunciado. Por su parte, la Unión General de Trabajadores sostiene que las necesidades específicas del trabajo portuario exigen la adopción de reglas especiales, sobre todo en materia de seguridad e higiene del trabajo y de formación profesional de los trabajadores concernidos. La Comisión se remite a sus comentarios anteriores e invita al Gobierno a seguir comunicando informaciones detalladas sobre los resultados alcanzados en un marco tripartito, para mejorar la eficacia del trabajo en los puertos, como lo requiere el Convenio.

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