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Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Mozambique (Ratificación : 1996)

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La Comisión toma nota de la información que contiene la memoria del Gobierno, recibida en octubre de 2006, en respuesta a sus anteriores comentarios.

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política de empleo con la reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la adopción de una estrategia nacional de formación en cuestiones relacionadas con el empleo y la ocupación, durante la primera mitad de 2006, para hacer frente al aumento del desempleo. La estrategia nacional pretende promover el crecimiento del empleo a corto y medio plazo, para estimular el desarrollo de una economía favorable al empleo. Asimismo pretende responder a las demandas del mercado de trabajo con un enfoque que promueva las medidas activas de empleo y convertir la formación profesional en una prioridad, para que aumenten las posibilidades de empleo de los ciudadanos y preparar a los que buscan empleo para que cumplan con las demandas del mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que la estrategia se desarrolla como medida de apoyo para conseguir una mayor eficacia de los centros públicos y privados de empleo; mejorar los programas de formación ocupacional para los jóvenes; apoyar el empleo por cuenta propia a través de la creación de micro y pequeñas empresas; promover los sistemas de formación profesional en el sector privado, y fortalecer el diálogo social y la inclusión de las partes de la población que tienen dificultades de integración debido a factores sociales. Asimismo, el Gobierno informa de que, durante la primera mitad de 2006, el desempleo continuó aumentando, y que en las provincias de Nampula, Sofala y Maputo se alcanzaron altos niveles de desempleo.

2. Asimismo, la Comisión toma nota de que el Gobierno ha adoptado un Plan de acción para la reducción de la pobreza absoluta para 2006-2009 (PARPA II) con el que se pretende hacer aumentar el bajo nivel de vida de los grupos más desfavorecidos de la población cuya situación actual corresponde a una «pobreza absoluta». En concreto, el PARPA II se centra en el desarrollo en los distritos, la creación de un entorno favorable al crecimiento del sector productivo, la mejora del sistema financiero, las medidas para ayudar a las pequeñas y medianas empresas a prosperar en el sector formal, y el desarrollo tanto de un sistema de recolección interna de recursos como de métodos para distribuir recursos presupuestarios. Como parte del PARPA II, el Gobierno pretende coordinar iniciativas concretas que buscan la creación de empleo, como una forma de ayudar a la generación de ingresos y a reducir la pobreza absoluta, a través, entre otras cosas, de la promoción de la dimensión de empleo de todas las políticas, programas y proyectos sectoriales, garantizando de esta forma la adopción generalizada de una economía favorable al empleo en la batalla contra la pobreza absoluta; realizar su contribución a la creación de empleo, especialmente a través de asociaciones de productores; el seguimiento y control de las actividades productivas emprendidas por asociaciones y cooperativas; la identificación de las oportunidades de empleo para las personas que acaban de graduarse, y la promoción del empleo de dichos candidatos; y la compilación de estadísticas sobre empleo/desempleo fiables y actualizadas. La Comisión pide al Gobierno que transmita en su próxima memoria información sobre los resultados de la aplicación de la estrategia nacional de formación y del PARPA II en cuestiones relacionadas con el empleo y la ocupación. Asimismo, confía en que la información que contenga la próxima memoria del Gobierno sobre medidas de políticas activas de empleo aplicadas por el Gobierno permita examinar hasta qué punto el crecimiento económico se traduce en términos de creación de empleo productivo y de reducción de la pobreza.

3. Artículo 2, a). Compilación y utilización de datos sobre el empleo. La Comisión toma nota de que, además de las actividades estadísticas establecidas en el PARPA II, se ha realizado un estudio sobre la mano de obra, y empezado a publicar un nuevo Boletín de estadísticas del trabajo, que contiene datos sobre el desempleo registrado, los conflictos laborales, los contribuyentes a la seguridad social, sus beneficiarios, la formación profesional y otra información relacionada con el trabajo. La Comisión agradece los esfuerzos realizados por el Gobierno para proporcionarle estadísticas sobre la situación y las tendencias del empleo, y le insta a transmitirle estadísticas más detalladas al respecto y sobre otras tendencias del mercado de trabajo especificando cómo se utilizan dichas estadísticas para determinar las medidas sobre políticas de empleo y su revisión.

4. Educación y formación profesional. La Comisión toma nota de que el Gobierno pretende lograr una expansión progresiva y sostenible del empleo y las estructuras de formación en Mozambique, incluso a través de la firma de un Memorando de Entendimiento con China para la construcción de tres centros regionales del trabajo en las provincias de Maputo, Sofala y Nampula. El Gobierno informa de que 1.509 desempleados se registraron en centros de empleo para participar en programas de formación para desempleados, lo que representaba el 75 por ciento del objetivo del Gobierno. Unos 699 candidatos recibieron formación en diferentes especialidades en centros de formación profesional, lo que representa el 27,2 por ciento del objetivo original del Gobierno. La Comisión pide que se transmita más información sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso a los programas educativos y de formación profesional, y sobre las medidas elaboradas para coordinar las políticas educativas y de formación profesional con las posibles oportunidades de empleo.

5. Apoyo a las micro y pequeñas empresas. La Comisión toma nota de que se han creado dos nuevos organismos de la Sociedad de Crédito de Mozambique (SOCREMO) para proporcionar asistencia financiera a los proyectos de empleo por cuenta propia a pequeña escala. 17.773 micro y pequeñas empresas recibieron financiación de la SOCREMO en 2005. Además, el Gobierno informa de que en Nampula, se estableció un comité de financiación de la Asociación para el Desarrollo de los Empresarios Locales y que se proporcionó apoyo y asistencia financiera en la implementación de 54 proyectos de empleo por cuenta propia. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las medidas adoptadas para mejorar el marco legislativo y reglamentario de las pequeñas y medianas empresas así como sobre los esfuerzos realizados para pasar las actividades de la economía informal a la economía formal. El Gobierno pude considera útil consultar las disposiciones de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189).

6. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de políticas. La Comisión toma nota de que se han organizado seminarios provinciales para examinar el proyecto de revisión preliminar de la Ley del Trabajo, a fin de consultar con los representantes de los empleadores, trabajadores y asociaciones civiles, y reunir contribuciones que permitan conseguir un consenso dentro del Comité Tripartito sobre la revisión de la Ley del Trabajo. La Comisión pide información sobre las actividades de dichos órganos tripartitos en la formulación de políticas activas de empleo y sobre la participación de los interlocutores sociales en la aplicación de dichas políticas. Sírvase asimismo indicar las medidas adoptadas o previstas para que participen en las consultas establecidas por el Convenio no sólo los representantes de los empleadores y de los trabajadores sino también los representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural o en la economía informal.

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