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Observación (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Ecuador (Ratificación : 1972)

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1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo con la política económica y social. En respuesta a la observación de 2006, el Gobierno indica en la memoria recibida en octubre de 2007 que el Ministerio de Coordinación de Desarrollo Social ha sido creado para planificar las acciones conjuntas de los ministerios del área social. El Gobierno explica que el Ecuador es un país en donde los activos productivos como la tierra y el crédito están mal distribuidos y la fuerza de trabajo es el único activo real que tienen las personas para incluirse productivamente y superar la pobreza. La Comisión observa que los indicadores laborales de enero a agosto de 2007 en Cuenca, Guayaquil y Quito indican que la tasa de desempleo fue 9,8 por ciento (menor que el 10,3 por ciento registrado en igual período en 2006), atribuible principalmente a la expansión del empleo pero también a una leve caída de la tasa de participación. Según los datos publicados por la OIT en Panorama Laboral 2008, el crecimiento de la demanda laboral, en especial en el comercio, se debió a la expansión de la demanda interna. También se destaca la reducción de la tasa de subempleo que, en promedio, retrocedió de 48,2 por ciento en 2006 a 42,6 por ciento en 2007. Para hacer frente a una situación del empleo que resulta preocupante, la Comisión había solicitado al Gobierno que informe sobre las relaciones que se han establecido entre los objetivos de la política del empleo y los demás objetivos económicos y sociales. En este sentido, la Comisión toma nota con interés de las 11 líneas de acción del Ministerio de Trabajo y Empleo que se enumeran en la memoria:

–           restauración del diálogo social;

–           eliminación de las disparidades en las remuneraciones básicas mínimas;

–           aplicación de un moderno sistema de registros y estadísticas laborales;

–           capacitación laboral intensiva;

–           derogación de la intermediación y tercerización laboral y demás formas precarias de trabajo;

–           inclusión de las personas con discapacidades y afectadas por el VIH/SIDA;

–           erradicación progresiva del trabajo infantil;

–           creación de programas de empleo para jóvenes;

–           articular la oferta de capacitación laboral con el Plan Nacional de Inclusión Económica;

–           implementación del Plan Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo;

–           aplicación estricta de las normas y derechos laborales contenidos en los convenios internacionales del trabajo ratificados.

Teniendo en cuenta lo anterior, la Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno podrá dar a conocer informaciones actualizadas sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el país y en la medida en que han tenido éxito las medidas específicas antes enumeradas para generar empleo duradero en pro de las categorías más vulnerables de trabajadores (como las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales).

2. Desempleo juvenil. El Gobierno expresa que hasta 2006 faltaron políticas de empleo para jóvenes que permitan su inserción en la vida laboral. En la memoria, el Gobierno se refiere a un Plan Nacional de Empleo Juvenil que permitirá la ejecución de proyectos productivos para los jóvenes que lleven emprendimientos empresariales y distintos programas de pasantías para estudiantes de centros de educación superior en el sector público (por ejemplo, el programa Mi Primer Empleo). La Comisión pide al Gobierno que se incluyan en la próxima memoria informaciones detalladas sobre las medidas adoptadas para ejecutar el Programa Nacional de Empleo Juvenil y los resultados alcanzados.

3. Desempleo y sector informal. El Gobierno indica que para marzo de 2007, la tasa de subocupación en el área urbana alcanza el 45,31 por ciento de la población económicamente activa, lo que significa que alrededor de 2 millones de personas se encuentran desempeñando trabajos en la informalidad o precarios en el mercado laboral — actividades que no cuentan con ingresos permanentes ni con afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, ni estabilidad laboral ni prestaciones sociales. Según Panorama Laboral, más del 70 por ciento del empleo asalariado en el Ecuador es informal. La Comisión pide al Gobierno que identifique en la próxima memoria cuáles han sido los programas más eficaces y que tengan repercusiones más positivas en relación con la generación de empleo productivo para los trabajadores precarios y aquellos que se encuentran en la economía informal.

4. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. El Gobierno se refiere nuevamente a las consultas que se celebran en el Consejo Nacional de Trabajo — y sobre la participación ciudadana a través de las asambleas populares, las cuales emiten sus criterios directamente al Gobierno Nacional en diferentes temas tanto económicos como sociales. La Comisión reitera la importancia de que el Gobierno incluya en su próxima memoria informaciones que muestren la manera en que el Consejo Nacional de Trabajo — y eventualmente las asambleas populares — participa en la elaboración y aplicación de una política activa del empleo como lo requiere el Convenio. Para apreciar la manera en que se aplica esta importante disposición del Convenio, la Comisión pide informaciones suficientemente detalladas y completas que determinen si las medidas adoptadas han tenido plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores — incluyendo a representantes de quienes trabajan en el sector rural y en la economía informal.

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