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Observación (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Indonesia (Ratificación : 2000)

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Artículo 5 del Convenio. Mecanismos de control. Policía e inspectores. La Comisión había tomado nota anteriormente de que la policía estaba llevando a cabo investigaciones en zonas de diversas provincias donde existe prostitución que, a veces, concluyen con el arresto de los perpetradores del tráfico y con la liberación y devolución de las víctimas del mismo a sus lugares de origen. Asimismo, había tomado nota de que, en agosto de 2003, se inició un proyecto de formación de policías de dos años de duración, con el apoyo del OIT/IPEC. La Comisión había tomado nota de que se habían presentado 64 casos de trata en 2006 que implicaban a 177 niños, de los cuales 35 están ante los tribunales y el resto están siendo investigados.

La Comisión toma nota de que, según la propuesta técnica de la Fase II del Plan nacional de acción para la erradicación de las peores formas de trabajo infantil, de 25 de julio de 2007 («propuesta técnica»), la ejecución de las leyes contra la trata de personas aumentó en 2006, practicándose un 29 por ciento de detenciones más que el año anterior, incoándose un 87 por ciento más de expedientes, y aumentando un 112 por ciento las condenas. La Comisión toma nota de la información del Gobierno de que, en 2007, se incoaron 123 expedientes que implicaban a 71 niños, de los cuales 49 ya se han presentado a los tribunales, 70 están siendo investigados y tres están en observación. El Gobierno indica también que está tomando medidas para reforzar las capacidades de la policía, los funcionarios de inmigración y los inspectores del trabajo. En este sentido, se han convocado cursos de formación en materia de trata de seres humanos a los que han asistido 38 oficiales de policía y 20 oficiales de inmigración; sobre métodos para combatir la trata, al que han asistido 19 oficiales de policía y cinco funcionarios de inmigración; sobre técnicas de investigación en trata, al que han asistido 25 funcionarios de policía; y sobre delitos transfronterizos para funcionarios públicos, jueces y la policía. La Comisión insta al Gobierno a continuar reforzando la función de la policía y los oficiales de inmigración a fin de permitirles combatir la trata de niños con fines de explotación sexual y laboral. Solicita al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las investigaciones, procesos, condenas y sanciones penales que se estén aplicando en estos casos. Asimismo, solicita al Gobierno que proporcione, junto con su próxima memoria, extractos de los informes de inspección en los que se especifique la amplitud y naturaleza de las infracciones detectadas que impliquen tráfico de niños con fines de explotación sexual y laboral.

Artículo 6, párrafo 1. Programas de acción para eliminar las peores formas de trabajo infantil. 1. Plan nacional de acción para eliminar la trata de mujeres y niños. La Comisión había tomado nota anteriormente de que se había aprobado un Plan nacional de acción para eliminar la trata de mujeres y niños, de cinco años, refrendado por el decreto presidencial núm. 88/2002. Había tomado nota de que el objetivo principal de este Plan es reducir a la mitad el número de niños víctima de trata para 2013, así como aumentar el número de centros de servicios de emergencia para la rehabilitación e integración social de niños que han sido víctimas de trata. La Comisión toma nota también de que, según la información proporcionada por el Gobierno, como resultado del Plan nacional de acción se impidió que 1.404 niños se dedicaran a la prostitución y 174 fueron sacados de ella, y se crearon 200 centros especiales para combatir el tráfico. Tomando nota de la ausencia de información sobre esta materia en la memoria del Gobierno, la Comisión solicita nuevamente al Gobierno que proporcione información en su próxima memoria sobre los resultados logrados por el Plan nacional de acción para eliminar la trata de mujeres y niños, y su impacto en lo que respecta a librar a los niños víctimas del tráfico de la explotación laboral y sexual y proporcionarles readaptación e integración social.

2. Proyecto para combatir la trata de niños para su explotación sexual y laboral en el sur y el sudeste de Asia, OIT/IPEC TICSA – Fase II (TICSA II) y el Plan nacional de acción para la erradicación de las peores formas de trabajo infantil. La Comisión toma nota de la información del Gobierno de que el proyecto TICSA II ha terminado. Sin embargo, toma nota de que, en el marco del proyecto del OIT/IPEC titulado «Apoyo al Plan Nacional de Acción de Indonesia y Desarrollo del Programa de Duración Determinada para la Erradicación de las Peores Formas de Trabajo Infantil» (PDD), sigue insistiéndose en combatir la trata de niños para la explotación sexual y laboral. En este sentido, el informe técnico de los progresos realizados desde septiembre de 2006 a febrero de 2007 en el PDD («informe técnico de los progresos para el PDD») indica que, como resultado de este programa, se ha impedido que 3.454 niños se libren de la trata y que 142 hayan sido retirados de esos trabajos. Asimismo, toma nota de que esta propuesta técnica indica que, en la Fase II del Plan nacional de acción (2006‑2010), se prevé evitar que 5.000 niños sean objeto de trata y explotación sexual y que 300 sean sacados de esta situación. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información sobre el impacto de la Fase II del Plan nacional de acción para combatir la explotación sexual y laboral de los niños de menos de 18 años, una vez que se haya aplicado, y sobre los resultados alcanzados.

Artículo 7, párrafo 2. Medidas eficaces y en un plazo determinado. Apartados a) y b). Prevención de la captación de niños en las peores formas de trabajo infantil y asistencia para la retirada de los niños de este tipo de trabajo. 1. Explotación sexual de los niños con fines comerciales. La Comisión había tomado nota previamente de que, según la información del Gobierno, los gobiernos central y regional están aplicando el Plan nacional de acción para la erradicación de la explotación sexual de los niños mediante la retirada de éstos de la explotación sexual con fines comerciales y su ingreso en centros de rehabilitación (como el Centro de Rehabilitación de Cipayung) antes de ser devueltos a sus familias. La Comisión toma nota de la información del Gobierno de que, con el apoyo del OIT/IPEC, entre 2002 y 2007, se evitó que 4.935 niños fueran objeto de explotación sexual y que 144 fueron sacados de ella. La Comisión toma nota también de que el Programa nacional de acción OIT/IPEC, que lleva por título «Combate contra la explotación sexual y el tráfico de niños en el este de Yakarta, Indonesia» (octubre de 2006-septiembre de 2007) trabajó, en su primera fase, con 43 muchachas empleadas en la prostitución. De esas 43 muchachas, 25 habían salido de la prostitución y otras 18 seguían involucradas en el tráfico. En su segunda fase, el Programa de Acción seguirá ofreciendo servicios a las muchachas a las que iba dirigido el programa anterior, y tratará de llegar también a más muchachas involucradas en la prostitución. Sin embargo, la Comisión toma nota con grave preocupación de que, según la descripción del resumen del Programa de Acción, se calcula que solamente en Yakarta operan unos 5.100 trabajadores sexuales de menos de 18 años. La Comisión insta al Gobierno a redoblar sus esfuerzos para proteger a los niños menores de 18 años de la explotación sexual. Solicita al Gobierno que continúe proporcionando información sobre el número de niños que han sido retirados de la explotación sexual y rehabilitados mediante la aplicación del Plan nacional de acción para la erradicación de la explotación sexual con fines comerciales, así como de los diversos programas de acción OIT/IPEC.

2. Niños implicados en la venta, producción y tráfico de drogas. La Comisión había tomado nota previamente de que había unos 15.000 niños implicados en la venta, producción y tráfico de drogas en Yakarta, en 2003. La Comisión toma nota de que, según el informe técnico de los progresos para el PDD, en 2007, se logró prevenir el empleo de 8.128 niños en la distribución de drogas, y se logró retirar de este tipo de trabajo a 476 niños mediante la aplicación del Plan nacional de acción y de otros programas de acción de la OIT/IPEC. Sin embargo, la Comisión toma nota de que la propuesta técnica indica que, según varias estimaciones, entre 500.000 y 1.200.000 jóvenes por debajo de los 19 años de edad utilizan drogas en Indonesia, y que un 20 por ciento de los usuarios de drogas participan en la venta, producción y tráfico de drogas, lo que indica que entre alrededor de 100.000 y 240.000 jóvenes podrían estar involucrados en este tipo de tráfico. En este sentido, la propuesta técnica señala que las intervenciones en materia de reintegración, rehabilitación y educación seguirán siendo incluidas dentro de los servicios dirigidos al sector de las peores formas de trabajo infantil. La Comisión, expresando su grave preocupación por el elevado número de niños y jóvenes involucrados en el tráfico de drogas, insta al Gobierno a que redoble sus esfuerzos para proteger a los niños menores de 18 años de la venta, producción y tráfico de drogas. Solicita al Gobierno que proporcione información concreta sobre el número de niños a los que se ha impedido involucrarse en la venta, producción y tráfico de drogas, así como de aquellos otros a los que se ha retirado de esta peor forma de trabajo infantil.

Apartado d). Identificar a los niños que están particularmente expuestos a riesgos y llegar a ellos. 1. Niños en plataformas pesqueras. La Comisión había tomado nota anteriormente de que se calcula que hay más de 7.000 niños trabajando en la pesca de altura en el norte de Sumatra. La Comisión había tomado nota de la información del Gobierno respecto a que uno de los programas adoptados para implementar el Plan nacional de acción se centra en niños que trabajan en las plataformas pesqueras. En este sentido, la Comisión toma nota de que, según el informe técnico de los progresos para el PDD, se ha impedido que 5.101 niños trabajen en este sector pesquero y se ha retirado a 417 niños de estos trabajos durante el período que se está examinando. Además, la Comisión toma nota de que se siguen implementando los programas de acción de la OIT/IPEC encaminados a proteger a los niños de esta peor forma de trabajo infantil. El Programa titulado «Fortalecimiento del Centro de Creatividad Infantil de Bagan Asahan» tiene por fin prevenir el empleo de 700 niños en las plataformas pesqueras mediante la dotación de una serie de actividades y servicios de carácter educativo; el Programa titulado «Fortalecimiento de los Centros Infantiles de Creatividad para erradicar e impedir el trabajo infantil mediante el aprendizaje colectivo en la comunidad de origen de los niños» es un programa de aprendizaje temático que tiene por fin impedir el empleo de 300 niños de Tanjung Tiram, en Asahan, en plataformas pesqueras; y el Programa titulado «Prevención de las Peores Formas de Trabajo Infantil en el Sector Pesquero mediante la mejora de la formación educativa y de las capacidades y de la acción comunitaria contra el trabajo infantil» pretende combatir el trabajo infantil en el sector pesquero mediante la construcción de capacidades en las escuelas y en los miembros de los comités escolares. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información sobre los resultados logrados mediante la implementación de los programas de acción del PDD y del OIT/IPEC con el fin de prevenir el empleo de niños menores de 18 años en las plataformas pesqueras y de retirar y rehabilitar a aquellos otros que trabajan en la pesca de altura.

2. Niños que trabajan en el servicio doméstico. La Comisión había tomado nota anteriormente de los alegatos de la Confederación Sindical Internacional (CSI), en los que esta organización señala que los niños que trabajan en el servicio doméstico de Indonesia sufren diversas formas de abusos sexuales físicos y psicológicos. La CSI añade que el Plan nacional de acción para la erradicación de las peores formas de trabajo infantil ha señalado que los niños que son explotados física y económicamente como sirvientes son víctimas de una de las peores formas de trabajo infantil. Sin embargo, el trabajo en el servicio doméstico no se incluye en la Fase I del Plan nacional de acción. La Comisión había tomado nota de las diversas medidas adoptadas por el Gobierno, o la sociedad en su conjunto: entre otras, el Programa creado por el Comité Nacional de Acción sobre las peores formas de trabajo infantil, encaminado a evitar que los niños en edad escolar trabajen como sirvientes; así como la aplicación del programa «Acción movilizadora para la protección de los trabajadores domésticos del trabajo forzoso y de la trata en el sudeste asiático».

La Comisión toma nota de que, según la propuesta técnica, la Fase II del Plan nacional de acción se centra en niños que son o corren el riesgo de ser explotados como sirvientes en el trabajo doméstico. Además, la Comisión toma nota de que con arreglo al informe final del proyecto OIT/IPEC titulado «Prevención y Erradicación de la Explotación de los Niños en el Servicio Doméstico mediante la Formación Profesional» (marzo de 2004 a febrero de 2006), la Asociación Indonesia de Proveedores de Trabajadores Domésticos participó en el movimiento para combatir el trabajo doméstico infantil y, como consecuencia de ello, el proyecto pudo llegar a un número máximo de niños potenciales y reales trabajadores domésticos, de modo que pudieran protegerse sus derechos como niños. Sin embargo, el informe final señala que necesita un marco jurídico de protección de los trabajadores domésticos. A este respecto, la Comisión toma nota de la información del Gobierno, según la cual se ha formulado un proyecto de ley sobre protección de los trabajadores domésticos, y que la elaboración del proyecto final se demorará algún tiempo debido a la situación social, económica y cultural en Indonesia. La Comisión pide al Gobierno que adopte todas las medidas necesarias para garantizar que el proyecto de ley sobre protección de los trabajadores domésticos será adoptado en un futuro muy próximo, a fin de proteger a los niños que son víctima del trabajo doméstico, una de las peores formas de trabajo infantil. Asimismo, solicita al Gobierno que proporcione información sobre el impacto de la Fase II del Plan nacional de acción para proteger a los niños que trabajan en el servicio doméstico de las peores formas de trabajo infantil y sobre su readaptación y reintegración social, así como sobre los resultados alcanzados.

Asimismo, la Comisión dirige una solicitud directa al Gobierno sobre otros puntos.

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