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Observación (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) - Guernsey

Otros comentarios sobre C098

Observación
  1. 2008
  2. 2006

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Artículo 1 del Convenio. Protección contra los actos de discriminación antisindical. En referencia a sus comentarios anteriores sobre el aumento de las sanciones aplicables en casos de despidos antisindicales, la Comisión toma nota con satisfacción de que la reforma legislativa sobre la protección del empleo (Guernsey), de 1.º de marzo de 2005, establece una sanción equivalente a seis meses de salario para los casos de despidos antisindicales, que puede ser superior en función de las circunstancias del caso, atendiendo a consideraciones de justicia y equidad.

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