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Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Mozambique (Ratificación : 1996)

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Aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la información proporcionada en la memoria del Gobierno recibida en octubre de 2008 incluyendo respuestas detalladas a su observación de 2007. El Gobierno informa acerca de la adopción de una nueva ley de trabajo, mediante ley núm. 23 de 1.º de agosto de 2007, y de la aplicación de la Estrategia para el Empleo y la Formación Profesional (EEFP). La Comisión toma nota con interés de que la EEFP se adoptó como instrumento de orientación de la política gubernamental hasta 2015. Mediante la aplicación de la EEFP el Gobierno procura afianzar el papel del Estado en la promoción y supervisión de las medidas destinadas a proteger a los grupos vulnerables. La EEFP también propicia la maximización de la variable del empleo en todos los programas y proyectos de desarrollo destinados a combatir la pobreza absoluta; incrementar la creación de empleo y las oportunidades de generación de empleo para la población; el aporte de orientación e información en materia de formación profesional para alcanzar un máximo de igualdad entre los solicitantes de empleo en términos de potencial y de capacidades, y mejorar el funcionamiento de los servicios de empleo en colaboración con las agencias de empleo privadas. La Comisión toma nota además de que la OIT contribuye a la aplicación de la EEFP a través del programa «Trabajando para salir de la pobreza» (WOOP) elaborado para promover el trabajo decente, incrementar la sensibilización y la aplicación de las normas internacionales del trabajo, el fortalecimiento del diálogo social y el desarrollo de oportunidades generadoras de ingresos para grupos determinados. La Comisión expresa su aprecio por este enfoque y espera que en la próxima memoria del Gobierno podrá examinar información completa sobre la manera en que la EEFP ha mejorado las oportunidades de empleo y los casos en que no ha logrado satisfacer esas expectativas.

Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. En base a los datos disponibles en la OIT, la Comisión toma nota de que la tasa de desempleo sigue siendo muy elevada. En 2004-2005, la tasa de desempleo de la población urbana se situaba en el 31 por ciento y en las regiones rurales en el 13 por ciento. El Gobierno señala en su memoria que la economía de Mozambique ha mostrado signos espectaculares y alentadores de recuperación durante los últimos diez años y que las perspectivas para el futuro son sumamente promisorias. No obstante, el enorme desafío que plantea el desempleo, junto con los altos niveles de pobreza en el país, demuestran que un gran segmento de la población no se beneficia de la recuperación. La Comisión toma nota de que el Plan de Acción para la Reducción de la Pobreza Absoluta (PARPA) finalizará en 2009. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que en su próxima memoria comunique información sobre los resultados de la aplicación del PARPA. La Comisión reitera su interés en examinar información sobre la medida en que el crecimiento económico repercute en la creación de empleo duradero y reducción de la pobreza para los trabajadores más vulnerables, como las mujeres, los jóvenes trabajadores y los que trabajan en la economía informal.

Mujeres. La Comisión toma nota de que según los datos disponibles, la tasa de desempleo de las mujeres (22 por ciento) es muy superior a la de los hombres (15 por ciento) y que los niveles que alcanzan en materia educativa son muy bajos en comparación con los de los hombres. Además, las mujeres parecen estar afectadas por el VIH/SIDA en un porcentaje superior al de los hombres. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria incluya información sobre los esfuerzos realizados para mejorar la situación del empleo de la mujer, especialmente en las zonas rurales, con especial referencia a las medidas que se aplican en virtud del PARPA.

Empleo de los jóvenes. La Comisión toma nota del alto nivel de desempleo de los jóvenes, especialmente en las zonas urbanas, en las que asciende al 57 por ciento para las personas entre los 20 y los 24 años. La Comisión entiende que se están aplicando medidas activas de empleo orientadas a los jóvenes recientemente titulados y a los jóvenes trabajadores y, en el contexto de las iniciativas locales para desarrollar las oportunidades de formación y de empleo, con la cooperación de las autoridades de distrito, se hace especial hincapié en la situación de los jóvenes. Se invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre la aplicación en el plano nacional y local de las medidas y programas destinadas a mejorar la inclusión social de los jóvenes trabajadores y su integración al mercado de trabajo.

Artículo 2, a). Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno informa que diversas instituciones públicas y privadas, coordinadas por el Ministerio de Trabajo, están encargadas de compilar información sobre el mercado de trabajo. No obstante, debido a la falta de recursos y a la escasez de personal calificado, los datos disponibles no son muy precisos. El Gobierno indica que se ha establecido un sistema de información del mercado de trabajo que permitirá el análisis de datos relativos al crecimiento económico y los empleos creados en el marco de la EEFP. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya estadísticas sobre la situación y tendencias del empleo y que indique, en particular, de qué manera se utilizan dichas estadísticas al formular y revisar las medidas de política del empleo.

Educación y formación profesional. En respuesta a sus comentarios anteriores, el Gobierno indica que se ha extendido la red de enseñanza con una amplitud sin precedentes y que actualmente se dispone de acceso a la enseñanza general, profesional y superior en todas las provincias y distritos. A este respecto, la Comisión toma nota de la adopción del plan estratégico para el sector de la educación, que tiene el objetivo de ampliar el acceso a la educación y la formación profesional y a modernizar las escuelas de enseñanza técnica, armonizando los programas de enseñanza con las realidades económicas a fin de establecer una sólida vinculación con los sectores productivos. Además, la Comisión toma nota de que, en el marco del Programa Integrado para la Reforma de la Enseñanza Profesional (PIREP), se ha creado un Fondo para el Desarrollo de las Competencias (FUNDEC) con el objetivo de prestar asistencia a los proyectos de educación y formación profesional en instituciones del sector público y privado y en organizaciones comunitarias a nivel de distrito. La Comisión pide al Gobierno que comunique mayor información sobre los resultados de las medidas aplicadas en el marco del PIREP.

Trabajadores en la economía informal. Apoyo a las pequeñas y medianas empresas y cooperativas. En relación con las medidas adoptadas en virtud de la EEFP para promover la creación de empleo mediante las microempresas y las pequeñas y medianas empresas (PYME) e integrar al sector formal las actividades de la economía informal, la Comisión toma nota del establecimiento de un Fondo de Desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas coordinado por el Ministerio de Planificación y Finanzas, la introducción de incentivos fiscales, así como el acceso más amplio de las empresas locales a los programas de contratación pública. Además, la Comisión toma nota de que el Gobierno hace referencia en su memoria a la adopción de medidas activas del empleo de ayuda a las asociaciones y cooperativas en el ámbito de la producción para favorecer, entre otros aspectos, la inclusión social de los miembros vulnerables de la población. La Comisión pide al Gobierno que siga comunicando información sobre las medidas adoptadas para mejorar el marco legislativo y reglamentario para las micro, pequeñas y medianas empresas y las cooperativas, así como los esfuerzos realizados para transferir hacia la economía formal las actividades de la economía informal.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de políticas. En respuesta a sus comentarios anteriores, el Gobierno señala que la participación activa de los representantes de las organizaciones de los trabajadores en la formulación de la política de empleo ha contribuido a la flexibilidad del mercado de trabajo y a la promoción de condiciones de trabajo equitativa, al tiempo que se fortalece el diálogo social en cuestiones relacionadas con el empleo y la formación profesional. Los interlocutores sociales participan en la movilización de recursos para la creación de un Fondo para el empleo y la formación profesional, así como para el establecimiento de un centro de formación profesional para los trabajadores metalúrgicos. Los interlocutores sociales también participan activamente en la campaña para la adopción de una nueva legislación para proteger los derechos de las personas con VIH/SIDA. La Comisión agradecería que el Gobierno continuara proporcionando información sobre la participación de los interlocutores sociales en la formulación de la política del empleo, así como su participación en las actividades de las instituciones de enseñanza y formación profesional. Además, pide al Gobierno que indique las medidas adoptadas o previstas para que en las consultas requeridas por el Convenio participen los representantes de otros sectores de la población activa, tales como los que trabajan en el sector rural y en la economía informal.

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