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Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100) - Sudáfrica (Ratificación : 2000)

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Artículo 1, b), del Convenio. Igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor. En su anterior observación, la Comisión tomó nota de que el Gobierno había indicado que se considera que el capítulo 2 de la Ley de Equidad en el Empleo sobre la prohibición de la discriminación injustificada comprende el principio de igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor. Recordando su observación general de 2006 sobre el Convenio, en la que la Comisión instó a los gobiernos a adoptar las medidas necesarias para enmendar su legislación a fin de establecer expresamente el principio del Convenio, la Comisión pidió al Gobierno que considerase la probabilidad de enmendar la Ley de Equidad en el Empleo a fin de disponer expresamente la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor. La Comisión toma nota de que, según la memoria del Gobierno, en el contexto de la revisión del Reglamento sobre la equidad en el empleo, que está prevista para 2008-2009, el principio de igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor se incluirá en el nuevo reglamento. Asimismo, la Comisión toma nota de que el Gobierno señala que, en caso de enmienda de la Ley de Equidad en el Empleo, se tendrá en cuenta la incorporación del principio del Convenio en la ley. Acogiendo con beneplácito la intención del Gobierno de incluir el principio de igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor en el nuevo Reglamento sobre la equidad en el empleo, la Comisión también confía en que el Gobierno tenga debidamente en cuenta la posibilidad de incluir expresamente el principio del Convenio en la Ley de Equidad en el Empleo y le pide que proporcione información sobre todos los cambios que se produzcan a este respecto. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que transmita una copia del Reglamento sobre la equidad en el empleo enmendado y reitera su solicitud de información sobre la aplicación práctica de las disposiciones pertinentes de la Ley de Equidad en el Empleo en relación con la cobertura de la igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

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