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Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

Convenio sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (núm. 94) - Países Bajos (Ratificación : 1952)

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Artículo 2 del Convenio. Inserción de cláusulas de trabajo en los contratos celebrados por las autoridades públicas. La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Confederación Sindical de los Países Bajos (FNV) sobre la aplicación del Convenio. La FNV reitera su opinión de que la legislación nacional nunca había aplicado específicamente el Convenio, sino más bien la directiva sobre adquisiciones y contrataciones públicas de la UE, de 2004, que es netamente permisiva. La FNV añade que el Gobierno había dado inicio a un proceso de privatización y de liberalización de los servicios públicos, pasando a ser las adquisiciones y contrataciones públicas un instrumento de la política de privatización del Gobierno. La FNV también expresa su preocupación acerca de un nuevo anteproyecto de ley sobre adquisiciones y contrataciones públicas (TK 2009-2010, 32440), que se había sometido al Parlamento el 25 de junio de 2010. La Comisión invita al Gobierno a que transmita cualquier comentario que pueda querer formular en respuesta a las observaciones de la FNV. También valorará recibir una copia del anteproyecto de ley sobre adquisiciones y contrataciones públicas al que se hizo antes referencia.

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