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Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre los trabajadores migrantes (revisado), 1949 (núm. 97) - Francia (Ratificación : 1954)

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La Comisión toma nota de la comunicación de la Confederación General del Trabajo (CGT), recibida el 30 de agosto de 2011, que fue remitida al Gobierno para que formule sus observaciones al respecto. En su comunicación, la CGT expresa su sorpresa ante la falta de respuesta del Gobierno en 2010 a los asuntos planteados en la observación anterior de la Comisión, y manifiesta su preocupación acerca de la creciente rigidez del marco legislativo y normativo que comprende las migraciones y la situación general de los trabajadores migrantes en Francia, incluidos los migrantes romaníes originarios de algunos Estados miembros de la Unión Europea. La CGT considera que la aplicación del artículo 3 (medidas contra la propaganda que pueda inducir a error), del artículo 6 (igualdad de trato) y del artículo 7, 2) (servicios gratuitos prestados por el servicio público del empleo) del Convenio, es insatisfactoria, y hace un llamamiento al Gobierno para que dé cumplimiento a todas las disposiciones del Convenio.
La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, recibida el 5 de diciembre de 2011, que fuera recibida demasiado tarde para ser examinada. La Comisión examinará, por lo tanto, la memoria del Gobierno, incluyendo su respuesta a las cuestiones planteadas en la observación y en la solicitud directa de 2010, así como las observaciones que el Gobierno quiera presentar sobre los comentarios formulados por la CGT, en su próxima reunión.
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