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Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, 1981 (núm. 156) - Croacia (Ratificación : 1991)

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La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:
Artículo 3 del Convenio. Política Nacional. La Comisión toma nota de que la Política Nacional de Promoción de la Igualdad de Género (2006-2010), adoptada por el Parlamento de Croacia el 13 de octubre de 2006, se refiere a las obligaciones de Croacia en virtud del Convenio, entre otros instrumentos pertinentes de las Naciones Unidas y de la OIT. La Comisión toma nota con interés de que la política expone algunas medidas específicas que fomentan que hombres y mujeres compartan las responsabilidades familiares y que se incremente la disponibilidad de los servicios de cuidado de los hijos como medio de alcanzar una igualdad efectiva de oportunidades y de trato entre los hombres y las mujeres que trabajan. La Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien incluir, en su próxima memoria, información acerca de la aplicación de la Política Nacional de Promoción de la Igualdad de Género, en lo relativo a la aplicación del Convenio.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.
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