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Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Alemania (Ratificación : 1971)

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Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. Como seguimiento a la observación de 2010, el Gobierno proporcionó en septiembre de 2011 una visión general de la situación económica y de la evolución del mercado de trabajo correspondiente al período comprendido entre junio de 2009 y mayo de 2011. Durante dicho período, el objetivo del Gobierno fue el de superar el drástico descenso del crecimiento económico tan rápidamente como fuera posible y promover nuevos incentivos para una recuperación estable y dinámica. Se mejoraron las oportunidades de empleo en el mercado de trabajo para los jóvenes y se alivió la carga fiscal para las empresas y los trabajadores. La Comisión toma nota de que la evolución en el mercado de trabajo ha sido positiva. El número de desempleados en el segundo trimestre de 2010 bajó de los 3 millones (en junio de 2010 estaban desempleadas 2 919 100 personas, y se observó otra reducción en el mismo período de 2011: de acuerdo con los datos facilitados a la OIT, de abril a junio de ese año había 2 472 000 personas desocupadas). El Gobierno indica que la disminución del desempleo, que se alcanzó antes de que la crisis económica mundial comenzara a afectar al mercado de trabajo en octubre de 2008, no se debió exclusivamente a efectos cíclicos sino al éxito de las reformas en el mercado de trabajo, por ejemplo, la reforma de la Agencia Federal de Empleo. En virtud de una nueva legislación, fue posible reducir el desempleo estructural y se adoptaron medidas para contrarrestar la consolidación del desempleo a largo plazo (desde 2007, este desempleo había descendido en más de 8 puntos porcentuales). El Gobierno indica que las reformas aumentaron notablemente la eficacia acopladora del mercado de trabajo. Los candidatos encuentran empleo más rápida y fácilmente y por tanto pierden menos tiempo buscándolo. Un nuevo requisito previo para asegurar la colocación es que las personas se encuentren debidamente calificadas para satisfacer las necesidades del mercado de trabajo. Aquellas personas cuyas calificaciones son insuficientes tienen menos oportunidades de encontrar trabajo y el riesgo de que sigan desempleadas es mayor. La Comisión, en su observación de 2010, expresó su aprecio por los esfuerzos realizados, en el marco del Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88) para tomar medidas que permitan alcanzar la mejor organización posible del mercado de trabajo a través del servicio público de empleo en un período sumamente difícil. La Comisión espera recibir del Gobierno, en su próxima memoria sobre el Convenio núm. 122, una evaluación de la repercusión que han tenido las medidas activas adoptadas relativas al mercado de trabajo, en particular, las medidas para asegurar el suministro de mano de obra calificada y supervisar el mercado de trabajo. La Comisión invita al Gobierno a que también proporcione información sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales sobre los temas abarcados por el Convenio, incluida la contribución de los interlocutores sociales en la aplicación de una política activa de empleo.
Desempleo de larga duración. El Gobierno indica que para combatir el desempleo de larga duración ha de darse a las personas un apoyo coherente y oportuno. El apoyo ajustado a las conveniencias de las personas afectadas les permite encontrar rápidamente un empleo en el mercado de trabajo regular con un salario adecuado. La Comisión toma nota de que en mayo de 2011 se aprobó un proyecto de ley para mejorar las oportunidades de integración en el mercado de trabajo. Los centros de empleo con socios en las redes regionales tendrán más oportunidades de desarrollar y fijar los objetivos de sus propios instrumentos para ayudar a que encuentren un trabajo a los desempleados de larga duración. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre los resultados conseguidos en dar oportunidades de empleo a los desempleados de larga duración.
Desempleo juvenil. La Comisión toma nota de que, en mayo de 2011, estaban desempleados unos 258 000 jóvenes de entre 15 y 25 años (un 15,6 por ciento menos en comparación con mayo de 2010). El descenso del desempleo juvenil en comparación con 2010 fue más pronunciado en las regiones del oeste que en las del este de Alemania. El Gobierno indica que, entre otras iniciativas, en 20 regiones se empieza a ensayar un nuevo enfoque anticipatorio para mejorar las oportunidades de trabajo para los jóvenes, a fin de optimizar la colaboración entre los centros de seguridad social, las oficinas públicas de empleo y las oficinas de bienestar juvenil. En octubre de 2010, el pacto nacional para la formación de una nueva generación de trabajadores calificados se amplió hasta 2014 con la participación de representantes del Ministerio de Educación y Asuntos Culturales así como del organismo federal responsable de la integración. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información detallada sobre los resultados obtenidos en brindar un empleo duradero a los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo así como sobre los esfuerzos realizados para proporcionar las calificaciones apropiadas a los jóvenes dentro del marco de los programas adoptados.
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