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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - República Dominicana (Ratificación : 2001)

Otros comentarios sobre C122

Solicitud directa
  1. 2012
  2. 2006
  3. 2004

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido. La Comisión toma nota de la memoria recibida en agosto de 2011, que contiene respuestas a algunos de los temas tratados en los comentarios anteriores e incluye un documento técnico preparado a solicitud del Ministerio del Trabajo, Lineamientos para una política de empleos en República Dominicana, de marzo de 2011. El Gobierno indica que, durante el año 2010, la Comisión Nacional de Empleo sesionó en cuatro ocasiones. En el mes de diciembre de 2010 se celebró un taller tripartito para conocer y enriquecer la propuesta de lineamientos para las políticas de empleo en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo, que contó con la asistencia de la OIT. La primera línea de acción propuesta para una política de empleo es garantizar una adecuada coordinación entre las políticas macroeconómicas y las políticas laborales. Asimismo, la Comisión toma nota de que en la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 (promulgada mediante la ley núm. 1-12 en enero de 2012) se incorporaron, entre las metas quinquenales correspondientes al Segundo Eje Estratégico, la reducción de la tasa de desocupación ampliada de la población de 15 años y más, la brecha regional de la tasa de desocupación ampliada y el incremento del porcentaje de la población de 15 años y más ocupada en el sector formal. La Comisión invita al Gobierno a indicar en su próxima memoria la manera en que planea formular una política nacional del empleo con la participación de los interlocutores sociales como lo requieren los artículos 1 y 3 del Convenio. La Comisión agradecería al Gobierno que se sirva incluir en su memoria aquellos documentos oficiales adoptados que contengan la política activa de empleo para dar efecto al Convenio.
Recopilación y utilización de datos sobre el empleo. La Comisión toma nota de las estadísticas recopiladas y de las publicaciones generadas por el Observatorio del Mercado Laboral Dominicano. En el segundo semestre de 2010, la tasa de desocupación se estimaba en 14,13 por ciento, lo cual implica una disminución de 0,75 puntos porcentuales respecto a la de 2009. La Comisión reitera la importancia de compilar y analizar los datos estadísticos y las tendencias actualizadas, como base para la toma de decisiones en materia de empleo. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria las informaciones estadísticas actualizadas sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, la naturaleza y extensión del desempleo que constituyen una fase indispensable para ejecutar una política activa del empleo en el sentido del Convenio.
Grupos vulnerables. La Comisión toma nota de que la población económicamente activa a finales de 2010 estaba conformada en un 39,18 por ciento por mujeres y en un 60,82 por ciento por hombres. Las mayores tasas de desocupación se encuentran en los trabajadores y trabajadoras más jóvenes, en las mujeres y en aquellos que sólo tienen un nivel de educación media. El Gobierno indica en su memoria que durante el período 2003-2010 el Programa Juventud y Empleo benefició a 55 003 jóvenes, incluyendo a 32 573 mujeres. La Comisión toma nota de que entre las líneas de acción establecidas en la Estrategia Nacional de Desarrollo figuran el crear mecanismos que faciliten la inserción de la mujer en el mercado laboral (2.3.1.6), fortalecer los programas dirigidos a facilitar la inserción de la población joven en el mercado laboral (2.3.4.12) y desarrollar los institutos técnicos superiores para facilitar la incorporación de los jóvenes y mujeres al mercado laboral (3.3.3.6). La Comisión invita al Gobierno a incluir en la próxima memoria información detallada acerca de las medidas adoptadas para fortalecer los programas de facilitación de la inserción de la población joven y de las mujeres en el mercado laboral y los resultados obtenidos mediante dichos esfuerzos. Además, la Comisión pide nuevamente al Gobierno que informe en detalle sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, indicando la medida en que afectan a los sectores más vulnerables (mujeres, jóvenes, sectores más pobres de la población, trabajadores rurales y de la economía informal).
Trabajadores migrantes. En su memoria, el Gobierno se refiere a un proyecto de resolución para actualizar la resolución núm. 41-2004, de 28 de julio de 2004, de manera de incorporar los nuevos enfoques desarrollados por la OIT a la realidad de las agencias de empleo privadas y públicas sin fines lucrativos. La Comisión invita al Gobierno a indicar en su próxima memoria la manera en que, en el marco de una política activa del empleo, se han adoptado nuevas medidas que permitan prevenir abusos en la contratación de trabajadores extranjeros y de quienes emigran del país para encontrar oportunidades de empleo en el exterior.
Coordinación de políticas de formación con las políticas de empleo. La Comisión toma nota de la información brindada por el Gobierno respecto a la ejecución del programa Juventud y Empleo por el Instituto Nacional de Formación Técnico Profesional (INFOTEP). Dicho programa provee formación a los jóvenes a través de centros operativos del sistema INFOTEP para ubicarlos en el mundo del trabajo. En 2011, el Ministerio del Trabajo ejecutó con el INFOTEP 350 cursos en total de los que se beneficiaron 6 000 jóvenes. Asimismo, entre los objetivos específicos enunciados en los Lineamientos, se ha mencionado el hecho de consolidar el Sistema de Formación y Capacitación Continua para el Trabajo a fin de acompañar el aparato productivo en su proceso de escalamiento de valor, facilitar la inserción en el mercado laboral y desarrollar capacidades emprendedoras. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que incluya en su próxima memoria informaciones detalladas sobre las medidas adoptadas para coordinar las políticas de enseñanza y formación profesional con la prospección de las oportunidades de empleo, incluyendo un resumen de los resultados alcanzados por los programas desarrollados por el INFOTEP.
Pequeñas y medianas empresas. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya información acerca del impacto de la ley núm. 488-08 de diciembre de 2008, por la que se estableció un régimen regulatorio para el desarrollo y la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) para la creación de empleos de calidad y la reducción de la pobreza.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que, en el documento técnico de marzo de 2011, se dice que la implementación de las políticas de empleo se basará en el diálogo entre los actores sociales, como forma de generación de consensos sociales. El objetivo de dicha política será crear un diálogo permanente entre el sector empresarial, educativo, gubernamental y municipal, entre otros, en torno al problema del empleo. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que en su próxima memoria incluya informaciones detalladas sobre las consultas efectuadas para diseñar y ejecutar una política activa del empleo. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a que brinde indicaciones sobre las consultas celebradas con los representantes «de las personas interesadas en las medidas que se hayan de adoptar» de otros sectores de la población económicamente activa tales como los trabajadores rurales y los trabajadores de la economía informal.
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