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Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) - Mauritania (Ratificación : 1961)
Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 - Mauritania (Ratificación : 2016)

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La Comisión toma nota de las memorias comunicadas en septiembre de 2011 y de 2012 por el Gobierno sobre la aplicación del Convenio, así como de las observaciones formuladas por la Confederación General de los Trabajadores de Mauritania (CGTM), la Confederación Libre de Trabajadores de Mauritania (CLTM) y la Confederación Sindical Internacional (CSI), recibidas el 22 de agosto de 2011, el 27 de agosto de 2012 y el 31 de agosto de 2012, respectivamente.
Artículos 1, párrafo 1; 2, párrafo 1, y 25 del Convenio. Esclavitud y prácticas análogas. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de que el Gobierno adoptó algunas medidas positivas que dan testimonio de su compromiso de combatir la esclavitud y sus secuelas. Sin embargo, señaló que, a pesar de estas medidas, las víctimas no consiguieron hacer valer sus derechos y solicitó al Gobierno que adoptara las medidas adecuadas al respecto. La Comisión señaló asimismo la importancia de una estrategia global de lucha contra la esclavitud que permitiera considerar esta problemática en su conjunto. La Comisión toma nota de que, desde su última observación, la cuestión de la aplicación de este Convenio por Mauritania fue examinada por la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo, en junio de 2010. Toma nota también del informe publicado en agosto de 2010 por la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre las formas contemporáneas de esclavitud, incluidas sus causas y sus consecuencias (documento A/HRC/15/20/Add.2), de 24 de agosto de 2010.
a) Aplicación efectiva de la legislación. La Comisión recuerda que la Ley núm. 2007/48, de 9 de agosto de 2007, sobre la Incriminación y la Represión de Prácticas Esclavistas (en adelante, la ley de 2007) define, incrimina y reprime las prácticas esclavistas, distinguiendo los crímenes de esclavitud de los delitos de esclavitud. Entre estos delitos, «cualquiera que se apropie de bienes, frutos e ingresos derivados del trabajo de toda persona supuestamente esclava o saque sus fondos, es pasible de una pena de reclusión de seis meses a dos años y de una multa de 50 000 a 200 000 ouguiyas» (artículo 6). Por otra parte, los walis, los hakems, los jefes de distrito, los funcionarios o agentes de la policía judicial, que no dan seguimiento a las denuncias de prácticas esclavistas llevadas a su conocimiento, son pasibles de una pena de reclusión y de una multa (artículo 12). Por último, las asociaciones de derechos humanos están habilitadas para denunciar las infracciones a la ley y para asistir a las víctimas, beneficiándose estas últimas de la gratuidad del procedimiento judicial (artículo 15). La Comisión señaló que esta ley fue objeto de una gran publicidad para favorecer la comprensión de la naturaleza delictiva de la esclavitud. Insistió en la necesidad de proseguir el proceso de sensibilización, habida cuenta del hecho de que las víctimas no parecen conseguir hacer valer sus derechos ante las autoridades competentes y de que el Gobierno no se encuentra en condiciones de comunicar informaciones sobre las denuncias presentadas, las investigaciones realizadas o el inicio de acciones judiciales.
La Comisión indica que, en sus observaciones, la CSI destaca que es sumamente difícil para las víctimas de esclavitud superar las dificultades culturales y jurídicas para poder presentar una denuncia y hacer comparecer a su amo ante la justicia. La CSI se refiere a las reticencias que existen en diferentes niveles de la administración para hacer aplicar la ley. Mientras que algunas víctimas entablaron acciones judiciales contra sus amos, sólo hubo una condena en noviembre de 2011. La CSI informa de las reticencias en calificar los hechos basándose en la ley de 2007, de los retrasos en el examen de los casos, tanto en los estadios de la investigación como en el de la iniciación de las diligencias, y de un número importante de peticiones de sobreseimiento por parte de los fiscales y aporta algunos ejemplos al respecto.
La Comisión toma nota de que, en su memoria de 2011, el Gobierno se refiere a cinco casos examinados en 2010 por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). En estos cinco casos, uno solo dio lugar a una condena judicial. Esta condena responde a la intervención del Ministerio Público que presentó un recurso de anulación en beneficio de la ley contra la decisión del Tribunal de Apelaciones de liberar a una mujer acusada de haber mantenido en situación de esclavitud a dos niños. Como consecuencia de este recurso, esta última fue condenada a una pena de reclusión de seis meses. El Gobierno subraya que este resultado pudo obtenerse gracias a la determinación inequívoca de las autoridades públicas, a la celeridad de las instrucciones dadas por el prefecto, a la cooperación entre las ONG y la policía, y a la intervención del Ministerio Público. La Comisión señala que, en su memoria de 2012, el Gobierno se refiere, de manera general, a la reactividad de las autoridades a realizar las investigaciones sobre los alegatos de esclavitud y a llevar los casos ante la justicia, sin no obstante comunicar informaciones concretas sobre los nuevos casos de aplicación de la ley, ni sobre las decisiones judiciales dictadas. Precisa que los casos comprobados de secuelas de esclavitud en Mauritania han pasado a ser raros.
La Comisión señala que, en su memoria, la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre las formas contemporáneas de esclavitud, comprobó que se presentaron casos de esclavitud a las autoridades competentes, pero que esos asuntos fueron recalificados como «disputa de sucesión o conflicto de bienes raíces», es decir, que no dan lugar a diligencias por falta de elementos de prueba suficientes o incluso, que la persona que se querelló sufrió presiones de su familia ampliada, de su amo o a veces de las autoridades locales para obligarla a retirar su denuncia. Se deriva de ello que los asuntos nunca se señalaron como de «esclavitud», de manera que, en el terreno judicial, no existen los casos de esclavitud.
La Comisión comprueba con preocupación que, de todas estas informaciones, se deriva que las víctimas siguen encontrando dificultades para ser escuchadas y hacer valer sus derechos, tanto a nivel de las autoridades que dependen de las fuerzas públicas como de las autoridades judiciales. Señala que la Comisión de la Conferencia ya fue partícipe de su preocupación al respecto. La Comisión destaca que las víctimas de esclavitud se encuentran en una situación de gran vulnerabilidad económica y psicológica que requiere una acción específica del Estado. Ahora bien, las autoridades públicas que deberían protegerlas, parecen manifestar reticencias a la aplicación de la ley de 2007. La Comisión recuerda que, en virtud del artículo 25 del Convenio, los Estados que ratifican el Convenio tienen la obligación de cerciorarse de que las sanciones penales impuestas por la ley a la exigencia de trabajo forzoso, sean realmente eficaces y se apliquen estrictamente. La Comisión insta al Gobierno que tenga a bien adoptar las medidas adecuadas para garantizar que las víctimas se encuentren efectivamente en condiciones de dirigirse a las autoridades policiales y judiciales para hacer valer sus derechos, y que esas autoridades realicen las investigaciones de manera rápida, eficaz e imparcial en todo el territorio, como exige la ley de 2007. La Comisión solicita al Gobierno que se sirva comunicar, en su próxima memoria, informaciones sobre el número de casos de esclavitud que se señalaron a las autoridades, el número de aquellos respecto de los cuales se realizó una investigación y el número de aquellos que condujeron a una acción judicial. La Comisión considera que, para hacer retroceder la esclavitud, es indispensable que las penas de reclusión previstas en la ley de 2007 sean dictadas efectivamente contra aquellos que imponen esas prácticas.
b) Estrategia global de lucha contra la esclavitud. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de la adopción del Plan Nacional de Lucha contra las Secuelas de la Esclavitud (PESE), presupuestado en 1 000 millones de ouguiyas (aproximadamente 3,3 millones de dólares de los Estados Unidos), que comprende los terrenos de la educación, de la salud y de las actividades generadoras de ingresos. También subrayó que, en la lucha contra la pobreza, el Plan Nacional constituye uno de los ejes de acción para combatir la esclavitud, debiendo no obstante esta acción englobar otras medidas como, por ejemplo, la sensibilización de la sociedad y de las autoridades competentes o incluso medidas para luchar contra la impunidad y para proteger a las víctimas. La Comisión señaló, así, a la atención del Gobierno la importancia de una estrategia global de lucha contra la esclavitud.
La Comisión toma nota de que, en sus dos últimas memorias, el Gobierno no comunica informaciones concretas sobre las medidas adoptadas en el marco del PESE, ni sobre la adopción de una estrategia o de un plan global de lucha contra la esclavitud. Señala, sin embargo, que, durante la discusión de este caso en la Comisión de la Conferencia, el Gobierno indicó que se habían realizado más de 1 000 acciones en el marco del PESE, que beneficiaron a 93 000 personas en 282 localidades. La Comisión de la Conferencia destacó al respecto que, si las medidas adoptadas para luchar contra la pobreza constituyen un elemento importante de la lucha contra la esclavitud, los programas aplicados deben fijarse como objetivo garantizar la independencia económica de las víctimas de esclavitud, y solicitó al Gobierno que adoptara las medidas encaminadas a mejorar las condiciones económicas de las poblaciones más vulnerables para que puedan salir del círculo vicioso de la dependencia. La Comisión de la Conferencia subrayó asimismo que la cuestión de la esclavitud debe ser tratada por toda la sociedad mauritana, y el Gobierno debe desempeñar un papel clave en la sensibilización de la población y de las autoridades respecto de esta problemática y adoptar, en los más breves plazos, un plan nacional de lucha contra la esclavitud.
La Comisión señala que, en sus observaciones, la CGTM se queja de la falta de determinación del Gobierno para establecer una política coherente de lucha contra la esclavitud y subraya la urgencia de instaurar programas específicos, en concertación con todos los actores sociales. La CGTM indica que el Estado debe instaurar un verdadero diálogo nacional sobre esta cuestión, con el fin de contribuir a un verdadero despertar del ciudadano y proceder a las rupturas definitivas con estas prácticas. En cuanto a la CLTM, ésta considera que, a pesar de las medidas adoptadas, no existe una voluntad política real de poner fin a la esclavitud. La CLTM afirma que, con la complicidad del Estado, la esclavitud sigue siendo una práctica viva en todo el territorio y se manifiesta bajo diferentes formas que mantienen a los esclavos y a los antiguos esclavos bajo el yugo de su amo o de su antiguo amo, a través de: la privación del derecho de propiedad, las prácticas de expropiación, el mantenimiento de esclavos en situación de necesidad y de dependencia. La CLTM considera que el Estado no garantiza a estas categorías de ciudadanos el acceso a las infraestructuras básicas (escuelas, salud, carreteras, etc.) y que adopta una política discriminatoria en el acceso a determinadas prestaciones. Por último, la CSI resalta que es indispensable que el Gobierno establezca una estrategia nacional o un plan que luche contra la esclavitud, práctica persistente y extendida, así como sus vestigios y sus consecuencias. Para ello, la CSI considera que debe establecerse un órgano interinstitucional y que una de sus primeras funciones sería la de realizar una investigación sobre el número de personas víctimas de esclavitud.
La Comisión toma nota de todas estas informaciones. La Comisión manifiesta su preocupación por la falta de informaciones, desde 2010, sobre las medidas concretas que se adoptaron en el marco del PESE, cuyo Gobierno sigue, además, sin comunicar una copia, y por el hecho de que, al mismo tiempo, no se realizó ningún progreso con miras a la elaboración y a la aplicación de una estrategia global de lucha contra la esclavitud. La persistencia de la esclavitud en Mauritania tiene diversas causas relacionadas en particular con factores económicos y culturales. Ante la complejidad de este fenómeno y sus múltiples manifestaciones, la Comisión destaca una vez más que las respuestas que han de aportarse deben inscribirse en el marco de una estrategia global de lucha contra la esclavitud que abarque a todos los terrenos de acción, especialmente la sensibilización, la prevención, los programas específicos que permitan a las víctimas salir de la situación de dependencia económica y psicológica, el fortalecimiento de las capacidades de las autoridades administrativas y judiciales, la cooperación con las ONG, así como la protección y la reinserción de las víctimas. Al respecto, la Comisión recuerda, como observó la Comisión de la Conferencia, que es primordial para el Gobierno disponer de informaciones fiables, tanto cualitativas como cuantitativas, sobre las características de la esclavitud. En estas condiciones, la Comisión solicita encarecidamente al Gobierno que tenga a bien adoptar las medidas necesarias con miras a la adopción y la aplicación de una estrategia global de lucha contra la esclavitud, que englobe los diferentes aspectos antes mencionados. La Comisión espera firmemente que esta estrategia se acompañe de trabajos de investigación que permitan disponer de un conocimiento de la realidad de la esclavitud, con el fin de planificar mejor las intervenciones públicas en la materia y de garantizar que las medidas previstas se centren en el conjunto de las poblaciones y de las regiones afectadas.
c) Protección y reinserción de las víctimas. La Comisión recuerda que es esencial que las víctimas, una vez identificadas, se beneficien de medidas de acompañamiento y de reinserción. Solicitó al Gobierno que indicara si el PESE prevé la creación de estructuras destinadas a facilitar la reinserción social y económica de las víctimas. La Comisión observa que, en su memoria de 2011, el Gobierno indica que cinco personas, cuyos casos fueron llevados ante la Comisión de Derechos Humanos, se beneficiaron, en el marco del PESE, de una ayuda económica directa o de la financiación de una actividad generadora de ingresos. Al respecto, la CSI afirma que el PESE no fue dotado de recursos económicos y humanos suficientes para luchar correctamente contra la esclavitud, que no se encuentra en condiciones de identificar y de seguir a las víctimas de manera sistemática e integral, y que la asistencia económica acordada a las víctimas es insuficiente para hacer frente a todas sus necesidades a largo plazo. La CSI añade que, tras la dimisión de su director general en 2011, el PESE no funcionó durante aproximadamente un año.
La Comisión toma nota de estas informaciones, que demuestran la necesidad de fortalecer el acompañamiento material y económico de las víctimas, con el fin de impulsarlas a presentar una denuncia y de evitar que vuelvan a caer en una situación de dependencia con arreglo a la cual serían nuevamente explotados en el trabajo. La Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien comunicar informaciones sobre las medidas concretas que se habrán adoptado para garantizar una protección efectiva a las víctimas de esclavitud, ya sea en el marco de un fortalecimiento del PESE, ya sea en el marco de la adopción de la estrategia global de lucha contra la esclavitud. En ese sentido, la Comisión espera que las medidas adoptadas tengan en cuenta la necesidad de aportar un apoyo jurídico, económico y asimismo psicológico a las víctimas. Por otra parte, la Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien indicar por qué mecanismo de compensación se indemniza a las víctimas del perjuicio moral y material sufrido.
Como conclusión, la Comisión espera que el Gobierno se encuentre en condiciones de comunicar, en su próxima memoria, informaciones detalladas y concretas sobre las medidas adoptadas para seguir luchando contra la esclavitud, que, según las diferentes fuentes mencionadas en este comentario, sigue siendo una práctica extendida: la Relatora Especial de las Naciones Unidas concluye que «de facto, la esclavitud en Mauritania sigue siendo un proceso lento e invisible, que tiene como resultado la «muerte social» de miles de mujeres y de hombres». A tal fin, la Comisión confía en que el Gobierno se enfrente a las resistencias que existen aún en los diferentes estamentos de la sociedad mauritana.
Por último, la Comisión espera que el Gobierno pueda contar con la ventaja de la asistencia técnica de la Oficina para ayudarlo a superar las dificultades a las que se enfrenta.
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2013.]
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