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Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) - España (Ratificación : 1977)

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La Comisión toma nota de los comentarios de la Confederación Sindical Internacional (CSI), de la Unión General de Trabajadores (UGT) y de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.), relativos a recortes salariales de los funcionarios públicos en un cinco por ciento en virtud del real decreto ley núm. 8/2010 de 20 de mayo de 2010 por el que se adoptaron medidas extraordinarias para la reducción del déficit público así como a restricciones en materia de negociación colectiva en virtud de la Ley núm. 3/2012 de 6 de junio de 2012 sobre Medidas Urgentes para la Reforma del Mercado Laboral.
La Comisión observa que se ha recibido la memoria del Gobierno pero señala que estas cuestiones han sido sometidas previamente por la UGT y las CC.OO. al Comité de Libertad Sindical (casos núms. 2918 y 2947) y se encuentran por tanto en instancia ante este órgano.
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