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Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Eslovaquia (Ratificación : 1993)

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La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se comunique una memoria para su examen en su próxima reunión y que contenga información completa sobre las cuestiones planteadas en su observación de 2009.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas activas del mercado de trabajo. Desempleo de los jóvenes. La Comisión toma nota de que el desempleo de los jóvenes ha descendido (de 26,6 por ciento en 2006 a 20,3 por ciento en 2007) debido a las medidas activas del mercado de trabajo más específicamente orientadas y a la mayor participación en materia de educación y formación. El Gobierno hizo referencia al programa de experiencia laboral para quienes dejan la escuela, como una medida activa eficaz del mercado de trabajo para prevenir el desempleo de larga duración de los menores de 25 años de edad. Dicho programa permitía a quienes dejan la escuela que adquieran aptitudes profesionales y experiencia práctica mediante la experiencia laboral en un empleo que corresponda al nivel de enseñanza que hayan obtenido. La Comisión también había tomado nota de que, en virtud del Plan Nacional de Reforma para 2008-2010, se adoptaron en 2008 una serie de medidas de política activa del mercado de trabajo con el objetivo de que disminuyan las diferencias regionales en las tasas de empleo, especialmente en aquellas regiones subdesarrolladas con altas tasas de desempleo. El desempleo de larga duración era el más elevado en la Unión Europea (UE) (8,3 por ciento en 2007, con una tasa general de desempleo situada en el 11 por ciento) y que la participación de los trabajadores de más edad en la fuerza de trabajo era muy inferior al promedio de la UE. Por lo que respecta a otras medidas adoptadas para garantizar la coordinación entre las políticas de aprendizaje permanente y las oportunidades futuras de empleo, la Comisión había tomado nota de que, mediante resolución núm. 382, de 25 de abril de 2007, se estableció una estrategia de aprendizaje y asesoramiento permanente. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que en su próxima memoria incluya información sobre las medidas adoptadas para suprimir las diferencias regionales y el desempleo de larga duración con referencia específica a las medidas tomadas en el marco de la estrategia de aprendizaje y asesoramiento permanente en favor de los jóvenes desempleados.
Minoría romaní. En su memoria de 2008, el Gobierno había indicado que se realizaban varios proyectos piloto destinados a crear oportunidades de empleo para los miembros de la comunidad romaní en el marco de asociaciones de colaboración con los gobiernos regionales, los empleadores, las organizaciones romaníes, las ONG y los servicios públicos del empleo. Entre esas medidas cabía mencionar las actividades educativas, la ayuda financiera para el establecimiento de empresas sociales en el ámbito municipal y el otorgamiento de subvenciones para la creación de empleo con cargo al presupuesto del Estado. A este respecto, el Gobierno indicó que el objetivo de crear oportunidades de empleo para la minoría romaní y ofrecer educación y formación en consonancia con las necesidades del mercado laboral local se había alcanzado moderadamente. La Comisión tomó nota de que se había puesto especial énfasis en mejorar el nivel educativo de la minoría romaní con la adopción, en 2008, del nuevo programa de educación y enseñanza de los niños y alumnos romaníes, incluida la promoción de la enseñanza secundaria y terciaria. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que comunique informaciones sobre las actividades emprendidas para promover el empleo productivo de la población romaní, en particular respecto de las medidas aplicadas para que alcancen niveles cada vez más elevados en materia de calificaciones y aptitudes.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y ejecución de políticas. En su memoria de 2008, el Gobierno reiteró que los comentarios de los interlocutores sociales se tomaban debidamente en cuenta en la elaboración de medidas legislativas y de otra índole que han de adoptarse en relación con la política del empleo, especialmente mediante las consultas llevadas a cabo a nivel nacional en el seno del Consejo Económico y Social. El Gobierno indicó que se había consultado a representantes de los grupos desfavorecidos, incluida la minoría romaní, en la aplicación de medidas relativas al empleo que atañen a los solicitantes de empleo desfavorecidos. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que en su próxima memoria proporcione información sobre los progresos en el logro de la participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de las políticas del empleo.
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