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Observación (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Seychelles (Ratificación : 1999)

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Observación
  1. 2014

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Artículo 2 del Convenio. Política nacional en materia de igualdad. La Comisión toma nota con interés de la formulación, en colaboración con los interlocutores sociales, y la adopción, el 28 de abril de 2014, de la política nacional de empleo renovada. Esta política incluye una estrategia sobre no discriminación en el lugar de trabajo en la que se prevén medidas detalladas para promover la igualdad de género y hacer frente a la discriminación contra las personas con discapacidad, las personas mayores y las personas que viven con el VIH/SIDA. La estrategia hace hincapié en la importancia de realizar un estudio sobre la discriminación en el lugar de trabajo a fin de identificar todas las formas posibles de discriminación y garantizar la aplicación efectiva del Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100) y de este Convenio. La Comisión toma nota de que según la memoria del Gobierno el Ministerio de Trabajo y Desarrollo de los Recursos Humanos ha programado este estudio para el último trimestre de 2014 y pretende finalizar el plan de acción de la política en octubre de 2014, en consulta con los interlocutores sociales. Asimismo, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica que, en colaboración con los interlocutores sociales, se está elaborando un proyecto de política nacional sobre el VIH y el sida en el lugar de trabajo que aborda la discriminación de los trabajadores que viven con el VIH. La Comisión pide al Gobierno que detalle las medidas adoptadas, en el marco de la política nacional de empleo, su plan de acción, o de otro modo, para promover la igualdad en el empleo y la ocupación, independientemente de la raza, el color, el sexo, la religión, la opinión política, la ascendencia nacional y el origen social, y que transmita información sobre los resultados alcanzados. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que transmita información en relación con el estudio sobre la discriminación en el lugar de trabajo y sus conclusiones y acerca de la adopción e implementación de la política nacional sobre el VIH/SIDA en el lugar de trabajo, en particular en lo que respecta a hacer frente a la discriminación y estigmatización de los trabajadores sobre la base de su estado serológico real o supuesto respecto del VIH.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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