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Observación (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Israel (Ratificación : 1955)

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Observación
  1. 2014
  2. 2011

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Artículos 3, 1), b), y 14 del Convenio. Actividades preventivas en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo. Sector de la construcción. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que el sector de la construcción ha sido identificado como el más peligroso y que la Administración de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) ha llevado a cabo operaciones de inspección centradas en este sector, así como medidas de ejecución conjuntas de inspectores e investigadores de la unidad de investigación sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Otras medidas adoptadas incluyen una campaña mediática dirigida a prevenir los accidentes en razón de caídas, la elaboración de normas relacionadas con la formación de empresarios en el sector de la construcción, la introducción de regulaciones que requieren un plan de gestión de la seguridad en el lugar de trabajo y una mejor aplicación, a través del incremento de la aplicación de multas y sanciones. La Comisión también toma nota de la información contenida en los informes de la Administración de la SST, proporcionada por el Gobierno, según la cual el número de accidentes mortales aumentó (de 42 en 2009 a 52 en 2010 y a 64 en 2011), y más de la mitad de estos accidentes ocurrieron en el sector de la construcción. Por consiguiente, la Comisión insta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para garantizar que el sector de la construcción se inspeccione de manera efectiva, y a que siga facilitando informaciones sobre las medidas adoptadas a este respecto. La Comisión pide al Gobierno que proporcione datos estadísticos sobre las visitas de inspección en el sector de la construcción y los resultados de estas inspecciones, así como sobre los accidentes del trabajo en el mismo.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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