National Legislation on Labour and Social Rights
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Un representante gubernamental subrayó la acción continua del Gobierno enfocada en relaciones laborales respetuosas de la ley, el diálogo social, el compromiso con la promoción del trabajo decente y la libertad sindical. En relación con las muertes de sindicalistas, desde la firma de la Hoja de ruta adoptada el 17 de octubre de 2013 por el Gobierno de Guatemala en consulta con los interlocutores sociales del país con miras a agilizar la aplicación del Memorándum de Entendimiento suscrito el 26 de marzo de 2013 entre el Grupo de los Trabajadores del Consejo de Administración de la OIT y el Gobierno de Guatemala (en adelante Hoja de ruta), se han realizado muchos progresos en el cumplimiento y respeto de la libertad sindical, el fortalecimiento del sindicalismo y la protección de los dirigentes sindicales. El representante especial del Director General de la OIT en Guatemala ha coadyuvado y ha sido testigo de los procesos de acompañamiento técnico, facilitando capacitaciones al Poder Judicial, al Ministerio Público y al de Gobernación, resultado de una importante labor y compromiso político e institucional. Se han trasladado todos los casos a la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas dependiente del Ministerio Público con miras a tener un mejor control y desarrollo de criterios de investigación. Se ha consensuado el «Instructivo General para la Investigación y Persecución Efectiva de los delitos cometidos contra sindicalistas y agremiados de organizaciones de trabajo y otros defensores de derechos laborales y sindicales», que ya es objeto de aplicación. El Ministerio Público está investigando 70 casos y hay que tener presente que existe un problema de criminalidad y violencia en el país que afecta a toda la población. Con miras a atender de mejor manera y apoyar la resolución de los 58 casos de muertes violentas de sindicalistas denunciados ante el Comité de Libertad Sindical, el Ministerio Público y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) firmaron un convenio de colaboración en septiembre de 2013 como parte del fortalecimiento de las capacidades de investigación. La CICIG determinó que sólo en 37 de los 56 expedientes que ha examinado, la víctima ostentaba la condición de miembro de una organización sindical. El móvil de las muertes es igualmente diverso y aparece que sólo seis personas han sido asesinadas por motivos sindicales, respecto de cuatro de estas muertes, no se tiene claridad sobre la vinculación de las víctimas a un sindicato; los procesos están en curso y se informará de los resultados en tiempo oportuno. Además, también se aplica a los sindicalistas el mecanismo del Protocolo de Implementación de Medidas de Seguridad Inmediatas y Preventivas a favor de las y los Defensores de Derechos Humanos en Guatemala. Veinticinco solicitudes de protección han sido presentadas ante el Ministerio Público. La Mesa Sindical de Protección se reúne cada mes con todas las organizaciones sindicales, y todas las semanas con los representantes de los sindicatos y los investigadores del Ministerio Público para dar seguimiento a los casos de investigación. El Ministerio de Gobernación ha inaugurado una línea telefónica de atención directa y sobre todo se ha logrado el establecimiento de la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de Libertad Sindical y Negociación Colectiva. La misma está examinando los casos presentados ante el Comité de Libertad Sindical y se informará de los avances realizados. En cuanto al tema legislativo, el Gobierno ha presentado proyectos de reforma a la Comisión Tripartita de Asuntos Internacionales del Trabajo y los interlocutores sociales presentaron sus propias propuestas. Al no haberse alcanzado un acuerdo, las propuestas, así como los comentarios de la Comisión de Expertos, fueron transmitidos al Congreso. El Gobierno continuará, con la asistencia de la OIT, sus esfuerzos para que la libertad sindical y la negociación colectiva sean respetadas por lo que se solicita el fortalecimiento de la presencia de la OIT en el país.
Los miembros empleadores declararon que este caso ha sido tratado en numerosas oportunidades y está siendo evaluado por diferentes órganos de la OIT mediante varios mecanismos por lo que consideraron que mientras esté en conocimiento del Consejo de Administración, este asunto no debería ser tratado en esta Comisión. Además de las quejas ante el Comité de Libertad Sindical, en las que varios asuntos que fueron considerados como graves y urgentes en relación con la libertad sindical y los derechos de los trabajadores, se está tramitando una queja al tenor del artículo 26 de la Constitución ante el Consejo de Administración. El caso contiene distintos elementos dentro de los cuales se destacan los asesinatos de sindicalistas que afectan la tranquilidad en el ejercicio de las libertades. En los últimos años, se han denunciado nuevos asesinatos. El caso se refiere igualmente a temas de carácter legislativo, a la aplicación del Convenio en la práctica, al registro de organizaciones sindicales, y a los derechos en el sector de las maquilas. En relación con los asesinatos, 58 casos están siendo examinados por el Comité de Libertad Sindical, 12 desde 2013. A nivel nacional, existe, además del Ministerio Público, un órgano internacional de investigaciones que es la CICIG y que ha analizado 37 casos de los cuales seis tienen vínculos con actividades sindicales. La CICIG formuló sugerencias para mejorar los métodos de investigación. En su mayoría, los asesinatos se produjeron en lugares de mayor violencia en el país y no se han verificado, al menos frente a la muestra examinada, prácticas de exterminio de integrantes del sindicalismo. Se ha fortalecido la Unidad Fiscal Especial de Delitos contra Sindicalistas dependiente del Ministerio Público y existe un mecanismo de protección de dirigentes sindicales y sindicalistas. El Gobierno ha tomado medidas. Además, una Misión de Alto Nivel de la OIT visitó al país y se instaló una representación del Director General de la OIT para tener un acompañamiento cercano y directo para las modificaciones legislativas y prácticas. En particular, se observa que se ha presentado una solicitud ante el Consejo de Administración para establecer una Comisión de Encuesta. Llama la atención el hecho de que haya un seguimiento también por esta Comisión sobre los mismos alegatos. Es necesario definir cuáles son las formas y los mejores mecanismos para que se examine adecuadamente la aplicación de los convenios y las respuestas de los gobiernos a los órganos de control. En materia legislativa, varios puntos se tienen que destacar como por ejemplo el número de afiliados para constituir sindicatos, la necesidad de ser guatemalteco y trabajador de la empresa para ser elegido dirigente sindical. Estas limitaciones deben ser revisadas. Sobre la nacionalidad debe entenderse que hay razones de soberanía nacional para limitar a los extranjeros en los órganos directivos de los sindicatos. Los miembros empleadores describieron en detalle, en su intervención sobre la discusión general del informe de la Comisión de Expertos, su desacuerdo frente a las opiniones de la Comisión de Expertos en relación con el Convenio núm. 87 y el derecho de huelga. Asimismo, destacaron que mientras no haya una norma de la OIT específica sobre la huelga, el alcance y condiciones de ejercicio del derecho de huelga deberán ser regulados a nivel nacional, posición que también fue resaltada por el Grupo Gubernamental en su documento de posición en ocasión de la Reunión tripartita de febrero del año en curso, ratificada durante el Consejo de Administración de marzo de 2015. Reafirmaron lo dicho durante la discusión de la parte general del informe, en el sentido de que mientras no exista una norma específica sobre la huelga, los gobiernos podrán, legítimamente, seguir un enfoque diferente respecto de ésta, según se determine a nivel nacional. En relación con la Hoja de ruta y la aplicación práctica del Convenio, existen instituciones que están funcionando y debe imperar el diálogo social para solucionar los problemas. En relación con el sector de las maquilas, existen dos organizaciones sindicales y campañas de sensibilización y se solicitan informaciones acerca del impacto de las mismas. En conclusión, este caso, al ser inscrito en la agenda de la 324.ª reunión del Consejo de Administración, deberá ser solucionado por el Consejo y no por esta Comisión.
Los miembros trabajadores señalaron que Guatemala se distingue por haber tenido la obligación de comparecer ante esta Comisión en 21 ocasiones en los últimos 25 años. La inclusión tan frecuente del país en la lista de la Comisión obedece a que el Gobierno se ha abstenido sistemáticamente de tomar medidas correctivas en respuesta a las observaciones y conclusiones derivadas de los mecanismos de control de la OIT en materia de libertad sindical y de negociación colectiva. En muchos casos, el Gobierno ha optado simplemente por no responder. A pesar de la firma de un Memorándum de Entendimiento y del compromiso del Gobierno de respetar una Hoja de ruta en materia de política de trabajo, y no obstante el envío de misiones técnicas y de una misión de alto nivel de la OIT, los miembros trabajadores observaron que no se han realizado progresos dignos de mención. En lo que respecta a los derechos sindicales y a las libertades civiles, los miembros trabajadores deploraron que no se hayan investigado en absoluto los casos de 74 sindicalistas asesinados en los últimos diez años, incluidos los casos de 16 sindicalistas asesinados entre 2013 y 2014. El análisis de la memoria presentada por el Gobierno a la Comisión de Expertos confirma que no se ha detenido a ninguno de los autores de estos crímenes. Asimismo, no se ha realizado progreso alguno con miras al establecimiento de un marco normativo e institucional para proteger a los trabajadores contra las violaciones de sus derechos. Por otra parte, no se ha adoptado ninguna medida concreta para garantizar el libre ejercicio de la libertad sindical en un entorno en el que los dirigentes sindicales y sus familias estén protegidos contra todo tipo de violencia, presión y amenaza. El Gobierno no ha prestado suficiente atención a los derechos humanos de los trabajadores. En lugar de concentrar sus esfuerzos en el sentido de disposiciones positivas encaminadas a cumplir con sus compromisos contraídos ante la OIT, ha adoptado medidas que van en contra del trabajo decente y de los derechos de los trabajadores. Estas medidas se han impuesto al margen de toda consulta con los sindicatos, lo que constituye una violación clara y manifiesta de los convenios relativos a la negociación colectiva y a la libertad sindical. Además, al anuncio realizado unilateralmente por el Gobierno acerca de la no renovación de los convenios colectivos en el sector público contraviene el Convenio núm. 87, así como el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98). Aunque el Gobierno atribuye esta medida a la necesidad de afrontar el déficit presupuestario, no puede negarse a negociar, ya que en este caso violaría de manera flagrante los convenios de la OIT. Por lo referente a los problemas graves de discriminación antisindical en el sector de las maquilas, los obstáculos jurídicos, la falta de inspecciones y la lentitud de los tribunales del trabajo explican en parte que sólo existan tres sindicatos de empresa en este sector que emplea aproximadamente a 70 000 trabajadores y un solo convenio colectivo. En la mayoría de los casos, el Gobierno no ha garantizado la reintegración de los trabajadores despedidos ilícitamente, a pesar de que dispone de instrumentos complementarios que le permitirían revocar los incentivos fiscales y otras ventajas concedidas a los exportadores. De este modo, no obstante las declaraciones del Gobierno, la discriminación antisindical persiste en este sector. En lo tocante a los problemas de orden legislativo, los miembros trabajadores lamentaron que los miembros empleadores de Guatemala no estén de acuerdo con las observaciones de la Comisión de Expertos. Expresan su inquietud por que el Gobierno utilice dicha posición como pretexto para abstenerse de presentar las propuestas de ley al Congreso de la República. Es indispensable que las reformas legislativas permitan a la Inspección General del Trabajo cumplir con su mandato. En lo que respecta al registro de las organizaciones sindicales, los miembros trabajadores subrayan que los propios jueces y magistrados del trabajo reconocen el número sumamente elevado de casos de incumplimiento de las sentencias judiciales relativas a las resoluciones que obligan a los empleadores a reintegrar a las personas despedidas por haber constituido sindicatos. Las obligaciones en cuestión no se han cumplido en ningún momento; por el contrario, el proceso de selección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal de Apelaciones demuestra muy claramente la ausencia total de independencia judicial. Estos procesos no se llevan a cabo de conformidad con las normas internacionales, en particular con respecto a su objetividad y su transparencia. Como conclusión, los miembros trabajadores opinaron que el Gobierno no ha cumplido con todos los compromisos contraídos en el marco de la Hoja de ruta, y que ha manifestado una indiferencia continua ante las reiteradas recomendaciones de los órganos de control de la OIT. Además, se ha llevado al Gobierno a presentarse ante un panel de arbitraje por incumplir de manera sistemática su propio Código del Trabajo. Los miembros trabajadores lamentaron que la ausencia de avances significativos no obedezca a una insuficiencia de instrumentos o de recursos, sino a una falta de voluntad persistente por parte del Gobierno. Consideran positiva la presencia en Guatemala del representante especial del Director General de la OIT, y consideran que el apoyo de la comunidad internacional reviste una importancia inestimable habida cuenta de la gravedad de la situación de los derechos sindicales.
El miembro empleador de Guatemala cuestionó el hecho de que se esté examinado el caso en el seno de la Comisión cuando los hechos examinados sirven de base para la queja presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT, la cual será nuevamente examinada por el Consejo de Administración. Los compromisos contraídos en la Hoja de ruta se han venido cumpliendo. Los empleadores del país han participado activamente en los foros tripartitos, en particular en el marco de la elaboración de un proyecto de ley para dar respuesta a los requerimientos de la Comisión de Expertos. Se espera poder enviar en breve dicho proyecto al Congreso. El otro aspecto en que se está trabajando activamente es la campaña de sensibilización en materia de libertad sindical. En relación con los actos de violencia, las misiones de la OIT han podido constatar el compromiso del Ministerio Público con la resolución de los casos mencionados en el informe de la Comisión de Expertos. En todo caso, no debe perderse de vista la información proporcionada por la CICIG que demuestra que la mayor parte de los crímenes reportados como actos de violencia antisindical, tiene en realidad otras causas. No es excusa para que estos crímenes queden impunes por lo que se exige su esclarecimiento y castigo. Hay que reconocer que la Comisión podrá difícilmente resolver los problemas provocados por la ola de criminalidad que afecta al país ya que excede el tema laboral. Se valoran los esfuerzos que se están realizando por el Representante especial del Director General y la Comisión de Resolución de conflictos ante la OIT.
El miembro trabajador de Guatemala saludó la designación de un representante especial del Director General de la OIT en el país, cuyo papel es transcendental. Las observaciones de la Comisión de Expertos no sólo se basan en las fuentes habituales sino también en las informaciones colectadas por la misiones de la OIT. La última misión que visitó el país en mayo de 2015 pudo corroborar que los problemas planteados por la Comisión de Expertos siguen sin resolverse. La situación de violación de los derechos humanos y civiles en el país sigue siendo un gran problema. Hasta la fecha, no hay personas encarceladas por los asesinatos perpetrados y se pidió un acuerdo con la CICIG para investigar estos crímenes pero no hubo respuesta. En relación con la Hoja de ruta, no hay cambios significativos que merezcan resaltarse ya que el Gobierno no logra todavía pasar de medidas formales a acciones concretas de protección de los sindicalistas. En relación con la reforma de la legislación que limita la libertad sindical, el avance es nulo. En relación con el registro de los sindicatos, nada ha mejorado y se solicita información estadística sobre los registros y los convenios colectivos. La Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva no ha abordado estos temas y apenas ha comenzado a analizar algunos casos sin avanzar de manera significativa. La situación de violación de los derechos laborales y sindicales es grave y cada día más intolerable. La Hoja de ruta ha sido una oportunidad que el Gobierno no ha sabido aprovechar para materializar acciones realmente importantes sobre este tema. Este tipo de compromisos, que implican cambios sociales e institucionales requieren una real participación de los trabajadores en la identificación de los problemas, el diseño de las soluciones, la aplicación y el monitoreo de las mismas. Los sindicatos están dispuestos a reunirse para avanzar en este sentido ya que la situación laboral no admite demora alguna.
La miembro gubernamental de Cuba, hablando en nombre del Grupo de los Estados de América Latina y el Caribe (GRULAC), declaró que el Gobierno se ha presentado en seis reuniones del Consejo de Administración y una reunión de la Comisión para tratar este caso. Ha reiterado su compromiso con los órganos de control de la OIT y ha proporcionado información periódica sobre la evolución de la situación y el fortalecimiento institucional en el país. La Comisión de Expertos tomó nota de la información según la cual el Gobierno está tomando todas las medidas a su alcance para combatir la violencia y la impunidad. Se hace un llamado a todos los sectores para continuar trabajando de manera conjunta en la aplicación de las medidas tomadas y otras medidas que se acuerden tripartitamente en el futuro. El GRULAC confía en que los mandantes seguirán tomando medidas para la debida aplicación del Convenio y apoya la solicitud de fortalecer la presencia de la OIT en el país. Por último, la utilización simultánea de mecanismos para tratar las mismas alegaciones es preocupante ya que puede debilitar el funcionamiento de los órganos de control de la OIT.
El miembro empleador de Panamá indicó que se desconocían los motivos para la inclusión del caso en la lista de casos para discusión ya que, desde 2012, existe un procedimiento en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT para examinar los mismos temas. Desde la presentación de esta queja, se han tomado medidas con resultados concretos, a saber, la firma del Memorándum de Entendimiento, la designación de un representante especial del Director General de la OIT, la elaboración de una Hoja de ruta adoptada en octubre de 2013, la creación de la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva, y la visita de la Misión de Alto Nivel en septiembre de 2014. El Gobierno ha demostrado su voluntad de cumplir con los compromisos de la Hoja de ruta. Los esfuerzos de la OIT para promover la creación de mesas de diálogo y permitir que el país encuentre las soluciones a sus problemas son muy importantes y han sido fructíferos. Guatemala es el tercer país de América Latina que se suma de buena fe al ejercicio de reemplazar la cultura de la confrontación por el diálogo social y ha dado pruebas de que está trabajando para alcanzar este objetivo. Por esta razón, discutir este caso está en contradicción con los propósitos de la OIT, aún más cuando el tema está siendo examinado por el Consejo de Administración.
La miembro gubernamental de Noruega, hablando igualmente en nombre de los miembros gubernamentales de Dinamarca, Finlandia, Islandia y Suecia, declaró que bajo ninguna circunstancia los sindicalistas deben estar expuestos a casos de acoso o intimidación, ni mucho menos a la muerte. Tomó nota de la información proporcionada por el Gobierno al tiempo que manifestó su profunda preocupación por las amenazas constantes recibidas por sindicalistas, así como por el escaso progreso concreto que ha habido al respecto. Durante la discusión que tuvo lugar en la 323.ª reunión del Consejo de Administración (celebrada en marzo de 2015), con relación a la queja presentada en virtud del artículo 26, los gobiernos de los países nórdicos respaldaron el establecimiento de una Comisión de Encuesta. Instó al Gobierno a que cumpla con los compromisos asumidos en relación con las libertades personales, la participación ciudadana, el Estado de Derecho y la protección jurídica. Asimismo, lo instó a que adopte medidas con respecto a la investigación, el esclarecimiento y la condena de los autores de homicidio y demás actos de violencia contra sindicalistas. Manifestó la esperanza de que el Gobierno adopte cuanto antes las medidas necesarias para garantizar la protección de dirigentes sindicales y afiliados. Instó al Gobierno a que impulse las reformas necesarias para armonizar la legislación nacional con el Convenio. El Congreso de Guatemala debe incorporar cuanto antes las reformas legislativas solicitadas por la Comisión de Expertos. La OIT desempeñó un papel importante en la ejecución del Memorándum de Entendimiento, pero el Gobierno no supo aprovechar el apoyo proporcionado. Instó al Gobierno a que multiplique los esfuerzos en relación con el cumplimiento de los compromisos asumidos en función de la Hoja de ruta y el Memorándum de Entendimiento, y lo alentó a que profundice y fortalezca la cooperación con la OIT, así como con los interlocutores sociales.
Un observador representando a la Internacional de Servicios Públicos (ISP) indicó que hasta el día de hoy los crímenes contra los dirigentes sindicales siguen sin sancionarse. Varios dirigentes sindicales están siendo amenazados y se han presentado demandas que han quedado sin respuesta. La impunidad en la administración pública alimenta la corrupción, el nepotismo y la expropiación de los derechos y prerrogativas colectivas de los trabajadores. Los contratos a corto plazo y el trabajo precario, sin ningún tipo de seguridad social, ni prestaciones mínimas, son las herramientas de elección por parte del Gobierno para mantener un estricto control sobre los trabajadores. Se prohíben los convenios colectivos en base a que se necesitan medidas de austeridad para hacer frente al déficit fiscal desmesurado. Existe una campaña mediática de ataque a los principales sindicatos del país atacando así la negociación colectiva. El Gobierno se niega a cumplir con los convenios colectivos firmados y a integrar comisiones de juntas mixtas. Los «sindicatos amarillos» son también un problema importante ya que pactan convenios colectivos que reducen la protección de los trabajadores. El clima político es cada vez más volátil y tiene un fuerte impacto en la prestación de servicios públicos, las condiciones de trabajo y los derechos sindicales. La prevención de la violencia, una cultura de paz y diálogo, la democracia y los servicios públicos de calidad son elementos clave para dar a este país el futuro que se merece. Por estas razones, se solicita la creación urgente de una mesa de diálogo para el sector público en el Ministerio de Trabajo y la creación de una oficina permanente de la OIT en Guatemala.
El miembro gubernamental de Honduras indicó que su Gobierno se adhiere a la declaración hecha por el GRULAC. Es la séptima vez que se discute este caso desde noviembre de 2012. Se saluda la cooperación constante entre el Gobierno y los órganos de control de la OIT. Hay que confiar en la apertura y voluntad de diálogo del Gobierno con todos los interlocutores sociales y en su compromiso para continuar la labor con la asistencia de la OIT. Se alienta al Gobierno a continuar trabajando en la efectiva aplicación del Convenio.
El miembro trabajador de Colombia indicó que en Guatemala, el antisindicalismo es sistémico. Por tanto las medidas que se deben adoptar deben ir más allá de la creación de mesas de diálogo y la promesa de cambios legislativos. Se requiere un ambicioso plan para establecer la libertad sindical. En este caso como en ningún otro, la OIT prueba su eficacia y utilidad. En Guatemala, la situación se caracteriza por la impunidad y la persistencia de un ambiente generalizado de violencia contra los sindicalistas. No hay avances significativos en la investigación de los actos de violencia y las medidas de protección que se han tomado distan en mucho de la gravedad de las circunstancias, siendo por tanto ineficaces. Existe un bloqueo legal e institucional a la libertad sindical y la Comisión de Expertos insiste en que el Gobierno adopte medidas para modificar el Código del Trabajo. Los obstáculos legales hacen imposible el ejercicio de los derechos sindicales, incluso el derecho de huelga que es indisociable del derecho de sindicación protegido por el Convenio. Las organizaciones sindicales son un ejemplo de resistencia democrática y manifiestan masivamente, indignados por la violencia y la corrupción. Las conclusiones de la Comisión deben superar las reiteradas preocupaciones y los llamados generales a que el Gobierno acepte la asistencia técnica de la OIT, y deben fijar los elementos y tiempos precisos de un plan para superar los problemas identificados en la discusión.
El miembro empleador de Honduras indicó que parece insólito que este caso se esté nuevamente discutiendo cuando los hechos están siendo examinados por el Consejo de Administración en el marco del artículo 26 de la Constitución de la OIT. Por lo tanto, este caso no debió discutirse en el seno de la Comisión. El Gobierno cumple con los compromisos asumidos con el representante especial del Director General de la OIT y este caso debería ser considerado como un caso de excelente progreso y de una actuación de la OIT correcta, objetiva y permanente. Todas estas informaciones son del conocimiento de las organizaciones de trabajadores y de empleadores con quienes se trabaja para mejorar el ambiente laboral del país. Se debe apoyar el funcionamiento de la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva, que trabaja de manera tripartita y que informa de buenos resultados.
La miembro gubernamental de Suiza declaró que los graves actos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas, en particular los presuntos casos de asesinatos, son muy preocupantes. Dijo que apoya las observaciones de la Comisión de Expertos, que lamenta la situación y el clima de violencia e impunidad que siguen predominando en Guatemala. Después de la adopción, en octubre de 2013, de la Hoja de ruta para la aplicación del acuerdo suscrito entre el Gobierno de Guatemala y el Grupo de los Trabajadores del Consejo de Administración de la OIT, se realizaron nuevos alegatos de asesinatos de sindicalistas. En este contexto, la oradora tomó nota de los esfuerzos realizados por el Gobierno, en particular de la creación de la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y negociación colectiva, establecida con la asistencia del representante especial del Director General de la OIT, que contribuye a la aplicación del Convenio en la práctica. Asimismo, se adhiere plenamente a la solicitud que la Comisión de Expertos hizo al Gobierno de que investigue sin demora todos esos alegatos de violencia y que tome con carácter de urgencia las medidas necesarias para garantizar una protección adecuada a los dirigentes sindicales y sindicalistas. Por último, saluda la renovación del mandato de la CICIG y la señal positiva que esto significa.
La miembro trabajadora de España, interviniendo también en nombre de la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA de los Trabajadores), la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma) y la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT RA), declaró que desde su ratificación, Guatemala no había permitido la aplicación efectiva del Convenio. El informe de la Comisión de Expertos da cuenta de hechos extremadamente graves, que se constatan desde hace muchos años y evidencian un recrudecimiento. Los repudiables actos de violencia contra sindicalistas, dirigentes sociales y campesinos, entre ellos 70 homicidios, se llevan a cabo con total impunidad. La libertad sindical es un derecho inherente a una sociedad democrática y las libertades públicas, en especial el respeto a la vida humana, son condición imprescindible para su vigencia. La pérdida de este derecho implica la vulneración de otras garantías ciudadanas relacionadas con el trabajo. Es dramática la distancia entre la norma jurídica y la realidad en el país. El Gobierno debe acatar lo resuelto por esta Comisión. Recordó las conclusiones de las misiones y de los órganos de control sobre la situación en el país, constatando la falta de avances y expresando profunda preocupación. Los asesinatos continúan y las violaciones a las libertades públicas son sistemáticas. No hay Estado de derecho ni democracia en el país. La negociación colectiva se encuentra fuertemente obstaculizada por la acción del Estado, que retrasa la homologación de convenios colectivos y la deniega en el sector de la maquila. Esta continuidad de la política de eliminación sindical se debe relacionar con la acción impune de las fuerzas estatales o paraestatales y con la ineficacia del servicio de justicia, ya que casi ningún asesinato de dirigentes sindicales ha sido esclarecido. Concluyó proponiendo la creación de una misión especial permanente de la OIT que monitoree, actúe y asista al Gobierno tanto en las reformas normativas como en su práctica.
La miembro gubernamental de los Estados Unidos declaró que siguen ocurriendo violaciones graves a la libertad sindical en Guatemala, a saber: actos de violencia contra sindicalistas, la necesidad de reformar el Código del Trabajo y la falta de pleno respeto por los derechos sindicales en el sector de las maquilas. El Gobierno informó regularmente a los órganos de control de la OIT sobre sus planes para que la legislación y la práctica se ajusten a las normas internacionales; sin embargo, los informes de la Comisión de Expertos y el Consejo de Administración revelaron que este objetivo no se ha alcanzado. La instrucción y el enjuiciamiento de los autores de homicidio y demás actos de violencia contra sindicalistas requieren medidas adicionales urgentes. Se adoptaron algunas medidas destinadas a aumentar la eficacia de las investigaciones, pero aún se necesitan medidas significativas para identificar y enjuiciar a los autores de los hechos de violencia y proteger a los afiliados que corren peligro. Los esfuerzos realizados para aplicar la legislación laboral relativa a los derechos de libertad sindical y negociación colectiva continúan siendo inadecuados. Se mostró muy preocupada por la incapacidad permanente del Gobierno para investigar con eficacia y sancionar adecuadamente las represalias contra los sindicatos. Señaló la necesidad de medidas en este sentido. También hacen falta medidas que garanticen el cumplimiento de los fallos judiciales, particularmente en relación con los actos de discriminación antisindical y los despidos injustos, en los que un tribunal ordena el pago de salarios atrasados y el reintegro del empleado. La desprotección de los derechos de los trabajadores a sindicarse y participar en la negociación colectiva repercutió negativamente en la sindicación, especialmente en el sector de las maquilas, donde hay sólo tres sindicatos activos. Instó al Gobierno a que adopte todas las medidas necesarias para abordar estas cuestiones con urgencia y a que proporcione información a la OIT sobre las medidas adoptadas. La oradora dijo que aguarda con interés un examen del informe del Gobierno sobre la Hoja de ruta de 2013 en la 324.ª reunión del Consejo de Administración de la OIT (en junio de 2015).
El miembro trabajador de Honduras declaró que el Gobierno, mediante actos de intimidación y represión que impiden la creación de sindicatos, está denegando a los trabajadores el derecho de constituir organizaciones garantizado por el Convenio. Recordó que el Convenio permite el derecho de huelga, pero que en Guatemala, las personas que se declaran en huelga ponen en peligro su vida y son amenazadas y perseguidas, métodos utilizados para intimidar a aquellos que se atreven a ejercer sus derechos. Declaró que esperaba que las diferentes intervenciones durante esta sesión de la Comisión se conviertan en acciones para garantizar el respeto de la libertad sindical y del derecho de huelga, de conformidad con el Convenio. Consideró que la asistencia de la OIT ha sido importante, pero que el Gobierno no ha cumplido todas las resoluciones. Instó a la OIT a que establezca mecanismos para garantizar las buenas prácticas empresariales que aseguren la existencia de los sindicatos y que respeten el ejercicio de la actividad sindical de los representantes sindicales. El derecho humano más sagrado es el derecho a la vida, y nada puede justificar el hecho de arrebatar la vida a los dirigentes sindicales que defienden los derechos del trabajo y la mejora de la vida de los trabajadores.
El miembro empleador de El Salvador señaló que los actos graves de violencia que están sucediendo en Guatemala y en El Salvador obedecen principalmente a la ausencia de políticas gubernamentales adecuadas y a la falta de coordinación de las entidades oficiales que actúan en la cuestión — la policía, la Fiscalía y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG). Esos problemas también obedecen a la falta de formación adecuada de jueces, inspectores de policía y fiscales, especialmente sobre el uso de la ciencia y la tecnología, a pesar de los progresos que se registraron en los últimos años en dichas disciplinas, que aún no están siendo cabalmente utilizadas en los países de América Central. A título de ejemplo, se refirió a los laboratorios de análisis de ADN que, en caso de contar con personal especializado en la recopilación de pruebas, podrían contribuir considerablemente a la disminución de la impunidad. Según encuestas recientes, más del 93 por ciento de los delitos graves cometidos en Guatemala, Honduras y El Salvador no son resueltos por las autoridades, motivos que explican la pérdida de la credibilidad del sistema de justicia penal. Se sumó a la indignación de los miembros trabajadores al constatar que aún no se han solucionado los casos de homicidio que han sido objeto de los debates. Los países de América Central requieren políticas de seguridad más efectivas y es necesaria una mayor coordinación entre la policía, fiscales, jueces y medicina forense para el funcionamiento del sistema de justicia penal. Esto es especialmente importante porque afecta las inversiones privadas y, en consecuencia, a la generación de empleo. Admitió que el caso de los dirigentes sindicales de Guatemala es un problema que también afecta a los países del norte de América Central. Apoyó la posición de los miembros empleadores en el sentido de que el informe presentado al Consejo de Administración evidencia progresos en la investigación. Expresó que hay en curso una queja en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT y que la Comisión de Tratamiento de Conflictos está funcionando con resultados positivos; por esos motivos consideró que este tema debería seguir tratándose ante el Consejo de Administración y no ante la presente Comisión.
El miembro gubernamental de Bélgica manifestó su inquietud por el clima de violencia que reina en el país. Dijo que siguen sin resolverse unos 20 asesinatos de sindicalistas y persiste la situación de impunidad, como lo confirma el informe de la CICIG, que se ha transmitido a la OIT. Además, el Gobierno no concreta los diferentes proyectos legislativos anunciados, como el protocolo de implementación de medidas de seguridad. Si bien el presente caso está en el orden del día de esta Comisión desde hace varios años, y a pesar de la adopción, en 2013, de la Hoja de ruta, no hay constancia de que se hayan realizado progresos a fin de acabar con los asesinatos y garantizar el fin de la violencia. El asesinato de un sindicalista es un asesinato de más y el clima de violencia es incompatible con un Estado de derecho. Añadió que el Gobierno debe aplicar medidas firmes y concretas para velar por el cumplimiento del Convenio, y que esas medidas serán objeto de un examen detenido durante la próxima reunión del Consejo de Administración, que se celebrará en noviembre de 2015.
El miembro trabajador de los Estados Unidos indicó que la Comisión debía examinar este caso por dos motivos. El primero de estos motivos tiene relación con el número de asesinatos de sindicalistas que se producen en el país y el segundo con la ineficacia de los diversos gobiernos a la hora de aplicar las normas de la OIT a fin de proteger los derechos de los trabajadores en el contexto del comercio. El Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos y Centroamérica (TLCCA), firmado por Guatemala y los Estados Unidos en 2006, establece que los dos países deben reconocer y proteger la libertad sindical y otros derechos contemplados en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo, de 1998. Antes de la entrada en vigor del TLCCA, esta Comisión planteó su grave preocupación en relación con la aplicación del Convenio por Guatemala. El Comité de Libertad Sindical ha examinado 25 casos relacionados con Guatemala y el Grupo de los Trabajadores presentó una queja con arreglo al artículo 26 de la Constitución de la OIT. Sin embargo, Guatemala ha continuado recibiendo beneficios relacionados con el comercio sin dar cumplimiento al Convenio. En 2008, sindicatos guatemaltecos y estadounidenses presentaron una queja con arreglo al capítulo laboral del TLCCA por violación de los derechos laborales. Desde entonces, se ha abordado la situación de Guatemala a través de consultas y mecanismos de solución de conflictos en virtud del TLCCA. Las pruebas que se han presentado durante este proceso han puesto de relieve que el Gobierno no aplica la legislación en materia de libertad sindical. Un informe de la Oficina de Rendición de Cuentas del Gobierno de los Estados Unidos, publicado en noviembre de 2014, documenta violaciones de la libertad sindical en Guatemala, que incluyen: intentos de soborno de dirigentes sindicales a fin de que abandonen sus puestos y disuadan a los trabajadores de afiliarse a sindicatos; despidos de trabajadores debido a su afiliación sindical o por no disolver un sindicato; incumplimiento de las leyes pertinentes; presupuestos inadecuados para la investigación, el enjuiciamiento y el castigo de los que violan el principio de libertad sindical; y la no reintegración de los trabajadores despedidos ilegalmente. Se solicitó prácticamente la misma información en virtud de los mecanismos de la OIT y del TLCCA, pero el Gobierno no ha transmitido suficientes pruebas de que se hayan producido progresos en relación con esas violaciones y ninguno de esos mecanismos ha servido para ofrecer soluciones a los trabajadores afectados. Para terminar, recordó que los instrumentos cuya aplicación supervisa esta Comisión sirven para proteger los derechos fuera del ámbito de la OIT y de sus mecanismos de control, y que los convenios fundamentales de las OIT se utilizan cada vez más para respaldar los acuerdos entre los Estados Miembros en materia de comercio y derechos de los trabajadores, aunque hasta ahora no permitan vislumbrar el logro de una globalización fundada en la justicia social.
El representante del Gobierno manifestó haber tomado nota de los puntos mencionados durante el debate. Los grandes problemas estructurales del país han tomado y tomaran tiempo en resolverse, siendo necesario el concurso participativo de los sectores y que se vea el lado positivo de los cambios que el fenómeno de la globalización y la era tecnológica demandan. El tema laboral no es la excepción y es una tarea pendiente al haber sido olvidada por gobiernos anteriores. El Gobierno actual asume el tema laboral con responsabilidad, pese al panorama adverso encontrado y las denuncias reiteradas ante los órganos de la OIT, y continuará dando seguimiento a los temas objeto de este examen y otros más, con el objetivo de mejorar las condiciones de cerca del 80 por ciento de ciudadanos que no gozan de pleno empleo. La Constitución Política de la República de Guatemala garantiza la libertad de asociación como uno de los derechos fundamentales del ser humano y de las organizaciones sindicales, por lo que los mecanismos legales para que ésta se ejerza, existen y el deber del Gobierno es articular los mecanismos necesarios para protegerla. Las reformas al Código del Trabajo, que buscan dotar de mayor poder sancionatorio, están en poder del Congreso de la República, organismo responsable que adoptará un proyecto compatible con la Constitución del país. Los resultados en la implementación de los procesos que garantizan la libertad sindical son visibles, los juzgados de competencia laboral han mejorado y acelerado los plazos de atención en procesos judiciales, en particular enviando al Ministerio Público certificaciones concernientes a las personas que desobedecen una resolución judicial. Sólo en el año 2014 se emitieron 987 certificaciones y en lo que va de este año 2015 van cerca de 476 certificaciones, lo que abre la puerta a ser perseguidos penalmente a quienes incumplen una resolución judicial. Por otra parte, a través de los mecanismos de protección generados recientemente, los líderes sindicales gozan ya de medidas de protección y existen sentencias condenatorias de algunos responsables de los 58 casos de muertes violentas contra sindicalistas. Como demuestran el caso del asesinato del Sr. Luis Arturo Quinteros Chinchilla, no sindicalista, atacado con arma de fuego en una riña por un estacionamiento y el caso del Sr. Luis Ovidio Ortiz Cajas, líder sindical, asesinado por un menor y dos jóvenes dedicados al crimen. El Gobierno asume con valor y responsabilidad el trabajo que queda por hacer, junto a los otros organismos del Estado, esperando que el diálogo social generado en estos años sea permanente. Finalmente, anunció que, aprovechando que el sector laboral de Guatemala manifestó total disposición para trabajar, se había acordado de manera tripartita llevar a cabo al día siguiente una sesión tripartita con los delegados a la Conferencia para abordar los temas discutidos en la misma.
Los miembros trabajadores declararon que hubieran deseado no haber tenido que referirse a los asesinatos de sindicalistas, pues eso significaría que el Gobierno ha aplicado todas las conclusiones de los órganos de supervisión. Hicieron referencia a las observaciones formuladas en la Comisión en las que se cuestionaba si tratar este caso tanto en esta Comisión como en el Consejo de Administración de la OIT podría equivaler a socavar el mecanismo de supervisión. Indicaron que el problema es que no se ha observado ninguna voluntad real del Gobierno en uno u otro órgano. No hay más opción que la de pedir que se apruebe el establecimiento de una comisión de encuesta en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT. En octubre de 2013, los miembros trabajadores acordaron dar al Gobierno una última oportunidad y acordaron con la Hoja de ruta tripartita abordar algunas de las cuestiones planteadas por los mecanismos de supervisión. Desde entonces han pasado más de 18 meses y ha pasado más de un año tras la expiración del plazo acordado para el cumplimiento, pero no ha habido ningún progreso sobre las cuestiones sustantivas. El tiempo otorgado a Guatemala se acabó. Ya se ha facilitado una notable asistencia técnica, siendo la más reciente la prestada al Poder Judicial. No ha habido ninguna voluntad política por parte del Gobierno de establecer el imperio de la ley, pues sus altos funcionarios están implicados en actividades ilegales. Se asesina a sindicalistas y se los despide por sus actividades sindicales. La inspección del trabajo no es eficaz. Los escasos fallos de los tribunales que reivindican los derechos de los trabajadores se ignoran impunemente. No existen sindicatos en el sector del vestido. No se puede seguir otros 25 años discutiendo este caso. Los miembros trabajadores instaron a los miembros trabajadores de esta Comisión que también son miembros del Consejo de Administración de la OIT a que apoyen el establecimiento de una comisión de encuesta en la reunión del Consejo de Administración de noviembre de 2015. Los miembros trabajadores recomendaron además que: el Gobierno cumpla la Hoja de ruta, incluida la modificación de la legislación pertinente y aceptando el apoyo de la CICIG para que reabra la investigación de los crímenes perpetrados contra trabajadores y sindicalistas; el Gobierno institucionalice consultas tripartitas sobre todas las cuestiones cubiertas por el Convenio, y el representante del Director General en Guatemala elabore un informe detallado sobre la aplicación de la Hoja de ruta para su discusión en la reunión del Consejo de Administración de noviembre de 2015. Los miembros trabajadores solicitaron que se incluyan las conclusiones de este caso en un párrafo especial del informe de la Comisión de la Conferencia.
Los miembros empleadores, tomando nota de las distintas opiniones expresadas sobre la evolución de la situación en el país, consideraron necesario que la OIT a través de su representante especial, siguiera su proceso de observación, apoyo y asistencia para que las instituciones pudieran operar de forma más eficiente. En Guatemala existe la institucionalidad suficiente y debe confiarse en las autoridades, brindándoles asistencia para que cuenten con los mecanismos necesarios. Observando que el apoyo a la CICIG implica la voluntad del Gobierno de avanzar en los procesos de esclarecimiento de los actos delictivos padecidos por sindicalistas, los miembros empleadores pidieron reforzar el trabajo de la CICIG y apoyaron en este sentido las propuestas de los miembros trabajadores. Destacaron también la importancia de que continuase el diálogo social, reforzándose sus órganos para construir soluciones conjuntamente. Particularmente, debería reforzarse la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT y opinó que las experiencias de otros países podrían ser útiles. Igualmente, debe seguirse adelante con todos los elementos de la Hoja de ruta, tomando en cuenta las observaciones y comentarios ya realizados por los miembros empleadores en su primera intervención. Es necesaria también una acción decidida por parte del Ministerio Público para que las investigaciones se lleven a cabo con más celeridad y se debe avanzar en la coordinación que se ha venido implementando a través de los acuerdos interministeriales, debiéndose traducir en resultados concretos en lo que concierne a la investigación de los delitos. Igualmente debe asegurarse la protección a los sindicalistas con la asignación de los recursos necesarios. También es importante continuar con los programas para investigadores y fiscales en aras de agilizar la investigación en estos temas. En relación a cuestiones legislativas relacionadas con el derecho de huelga, los miembros empleadores indicaron que éstas debían tratarse por parte de la entidad competente bajo el ordenamiento interno de Guatemala e instaron a que, a través del diálogo social, se pudiesen encontrar los mecanismos más adecuados. Considerando que las cuestiones tratadas estaban siendo conocidas en el marco de varios casos ante el Comité de Libertad Sindical y que serían objeto de discusión en la próxima reunión del Consejo de Administración, los miembros empleadores consideraron que debería ser el Consejo de Administración quien finalmente resolviera la mejor orientación para su seguimiento.
Conclusiones
La Comisión tomó nota de las declaraciones orales realizadas por el Ministro de Trabajo y Previsión Social en relación con las cuestiones planteadas en el informe de la Comisión de Expertos así como del debate que tuvo lugar a continuación.
La Comisión observó que las cuestiones planteadas por la Comisión de Expertos se refieren principalmente a: i) numerosos homicidios y actos de violencia en contra de dirigentes sindicales y sindicalistas y la necesidad de que los mismos sean esclarecidos y sancionados adecuadamente y que se brinde una protección rápida y eficaz a los dirigentes sindicales y sindicalistas en situación de riesgo; ii) la necesidad de poner varios aspectos de la legislación nacional de conformidad con las disposiciones del Convenio, los cuales incluyen los requisitos para conformar sindicatos de industria, las condiciones para ser elegido dirigente sindical y la exclusión de varias categorías de trabajadores del sector público del derecho de sindicación, y iii) observaciones recurrentes de las organizaciones sindicales denunciando, por una parte, prácticas del Ministerio de Trabajo y Previsión Social que dificultarían el libre registro de las organizaciones sindicales y, por otra, graves problemas de aplicación del Convenio en relación con los derechos sindicales en las maquilas.
La Comisión tomó nota de que el Ministro de Trabajo subrayó el compromiso del Gobierno con el trabajo decente y con la libertad sindical y los siguientes resultados en relación con la aplicación del Convenio: 1) la Unidad de Delitos contra Sindicalistas de la Fiscalía centraliza ahora la investigación de la totalidad de estos delitos (70 casos en total); 2) se ha consensuado con el Ministerio Público y el grupo técnico del sector sindical un instructivo general para la investigación y persecución de estos delitos, el cual se encuentra en aplicación; 3) de los 58 casos en investigación por muertes violentas, ocho han tenido sentencias condenatorias y se han dictado diez órdenes de aprehensión en relación con otros casos y hay otro caso con petición de orden de aprehensión; 4) en Guatemala, como en otros países de la región, existe un problema de criminalidad y de violencia al que está expuesta la población en general; 5) el Ministerio Público y la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala (CICIG) firmaron un convenio de colaboración en 2013 para fortalecer las capacidades de investigación; 6) de un examen de 56 expedientes penales surge que un número importante de víctimas no eran miembros de organizaciones sindicales y que en la mayoría de casos los móviles no tenían carácter sindical (pandillismo, extorsión, etc.); 7) han sido presentadas 25 solicitudes de protección inmediata de sindicalistas en el marco del protocolo de implementación de medidas de seguridad inmediata y preventivas a favor de las y los defensores de derechos humanos de Guatemala; 8) se ha creado una línea telefónica de emergencia para la atención directa de denuncias de violencia contra sindicalistas; 9) en la actualidad el incumplimiento de las sentencias puede dar lugar a sanciones penales y se han certificado centenares de incumplimientos, y 10) en el Congreso se busca reforzar el poder sancionatorio de la Inspección del Trabajo en caso de incumplimientos laborales. Por otra parte, se ha reforzado el diálogo tripartito. En este sentido, se ha creado la Comisión de Tratamiento de Conflictos ante la OIT en materia de libertad sindical y de negociación colectiva que ya ha empezado sus labores; asimismo, el Gobierno ha presentado a la comisión tripartita del país proyectos de reformas legislativas en relación con los comentarios de la Comisión de Expertos; al no haberse alcanzado un acuerdo, tales proyectos, junto con los comentarios de los interlocutores sociales, fueron transmitidos al Congreso. La delegación tripartita guatemalteca ha acordado reunirse durante la Conferencia para abordar todos estos temas y lograr avances de una vez. Por último, agradeció el acompañamiento técnico y de capacitación a las instituciones públicas realizado por el Representante Especial del Director General de la OIT en Guatemala y pidió que se refuerce la oficina de este representante.
Teniendo en cuenta la discusión, la Comisión pidió al Gobierno que:
- tome nota de que la Comisión lamenta los asesinatos de los trabajadores sindicalizados a los que se refiere la observación;
- aplique la Hoja de ruta para combatir la violencia y la impunidad y en especial que: i) establezca un acuerdo con la CICIG para las investigaciones en los casos de muertes de sindicalistas con el fin de arrestar y procesar a los responsables, incluidos los autores intelectuales; ii) fortalezca la Unidad Fiscal de Delitos contra Sindicalistas; iii) garantice las reuniones de la Mesa Sindical de Protección Integral con la participación de los actores sociales; iv) refuerce el programa de protección de sindicalistas con asignación de nuevos recursos financieros para dar cobertura a todos los dirigentes que así lo requieran; v) garantice la aplicación del convenio marco de cooperación entre los diferentes organismos internacionales a efectos de que faciliten el intercambio de información sobre los delitos contra sindicalistas; vi) garantice la formación de investigadores y fiscales del Ministerio Público con la colaboración de la OIT, y vii) garantice la aplicación de la línea de emergencia establecida en mayo de 2015 para la presentación de quejas por incumplimiento de la libertad sindical;
- institucionalice la participación de los interlocutores sociales en la elaboración de la política en las distintas instituciones para el diálogo social, en especial el Consejo Económico y Social, la Comisión Tripartita sobre Asuntos Internacionales del Trabajo y la Comisión para el Tratamiento de Conflictos ante la OIT, a efectos de encontrar soluciones a los problemas que se presentan en la práctica en las cuestiones laborales, así como que, en consulta con las organizaciones de trabajadores y de empleadores más representativas, prepare y someta con carácter urgente al Congreso un proyecto de ley basado en los comentarios de la Comisión de Expertos y que ponga en conformidad la legislación nacional con el Convenio, tal como establece el punto 5 de la Hoja de ruta;
- siga adelantando acciones con el Representante Especial del Director General de la OIT, apoyándose en su cooperación técnica, debiendo este último elaborar y presentar a la Comisión de Expertos en su próxima reunión y al Consejo de Administración antes de su reunión de noviembre de 2015 un informe sobre el cumplimiento de la Hoja de ruta.
La Comisión pidió a la OIT que continúe apoyando a la Oficina del Representante Especial del Director General en Guatemala.
El representante gubernamental tomó debida nota de las conclusiones de la Comisión. Recordó las palabras del Ministro de Trabajo quien en su alocución anterior afirmó que el Gobierno continuará dando seguimiento a los temas a examen en este caso con la seriedad que el mismo amerita.