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Observación (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Camerún (Ratificación : 1970)

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Artículo 1 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión pidió al Gobierno que transmitiera información sobre la formulación y aplicación de una política activa del empleo y que indicara cuáles habían sido las medidas concretas aplicadas para crear empleos productivos y reducir la precariedad del empleo en el país. El Gobierno señala en su memoria que se sigue ultimando la política nacional de empleo, pero que ésta aún no ha entrado en vigor. El Gobierno añade que el Plan de Acción Nacional para el Empleo de los Jóvenes (PANEJ) 2016-2020, así como el Documento de Estrategia para el Crecimiento del Empleo (DSCE) siguen siendo, no obstante, documentos relevantes en lo que se refiere a la promoción del empleo en el Camerún. El Gobierno añade que ha hecho del empleo un eje central de su política de desarrollo y uno de los tres ejes estratégicos del DSCE. El Gobierno añade que, en el Camerún, existe un vínculo estrecho entre los objetivos del pleno empleo y los objetivos de desarrollo económico y social, tal como aparecen en el DSCE y en la visión del desarrollo para el Camerún en 2035. La Comisión espera que el Gobierno adoptará la política nacional del empleo en un futuro próximo. La Comisión pide al Gobierno que la mantenga informada de cualquier evolución relativa a la formulación y la aplicación de esta política, y que comunique una copia de la misma en cuanto haya sido adoptada. La Comisión pide asimismo al Gobierno que transmita información más amplia sobre las medidas que se han aplicado concretamente para crear empleos productivos y reducir la precariedad en el empleo.
Artículo 1, párrafo 3. Coordinación de la política en materia de educación y formación con la política del empleo. El Gobierno señala que ha observado dificultades derivadas de la falta de adecuación entre el empleo y la formación. Con objeto de corregir esta situación, el Gobierno promete promover la formación profesional y crear centros de excelencia en esta materia en todo el territorio nacional gracias a una alianza con la República de Corea. La Comisión pide al Gobierno que transmita información más amplia sobre las medidas previstas o contempladas para corregir las dificultades derivadas de la coordinación de la política en materia de educación y formación con las políticas de empleo, en particular su impacto en la integración sostenible de las categorías de trabajadores más vulnerables en el mercado de trabajo. En este sentido, la Comisión le pide nuevamente al Gobierno que se sirva proporcionar información sobre el modo en el que puede garantizarse, en la práctica, la participación de las organizaciones de empleadores y de trabajadores.
Economía informal. El Gobierno da cuenta de la aplicación en 2005 de un proyecto integrado de apoyo a los actores del sector informal gracias a los recursos de la iniciativa de los países pobres muy endeudados (PPME). El Gobierno añade que estos recursos, evaluados en 9 000 millones de francos CFA, han permitido poner en marcha el Fondo de apoyo a los actores del sector informal (FAASI). La Comisión pide al Gobierno que comunique información más amplia sobre las actividades del FAASI, en lo que respecta a la identificación de su participación en la creación de empleos productivos o formación para los trabajadores de la economía informal y la aplicación de principios de la Recomendación sobre la transición de la economía informal a la economía formal, 2015 (núm. 204).
Artículo 2. Recopilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno señala que el Observatorio Nacional del Empleo y la Formación Profesional (ONEFOP) y la Oficina Nacional de Turismo (ONT) están colaborando con el Instituto Nacional de Estadística (INE) con el fin de recopilar y publicar datos sobre el desempleo en el Camerún. El Gobierno añade que transmitirá a la Comisión informaciones sobre la situación del empleo, el nivel y las tendencias del empleo, el desempleo y el subempleo para el año 2016 en cuanto estén disponibles. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que precise qué medidas activas de empleo han sido adoptadas gracias al establecimiento de las diferentes estructuras encargadas de recopilar información sobre el empleo. La Comisión espera que el Gobierno esté en condiciones próximamente de proporcionar estadísticas actualizadas sobre la situación y las tendencias del empleo, el desempleo y el subempleo, en particular, en lo que respecta a las mujeres y los jóvenes. La Comisión invita al Gobierno a recurrir a la asistencia técnica de la OIT a este respecto.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de las políticas de empleo. El Gobierno señala que, en el marco de la aplicación de la política de empleo, se ha consultado a todos los estamentos de la sociedad camerunesa a través de diversas instancias como la Comisión Nacional Consultiva del Trabajo, el Comité Nacional de Seguimiento del diálogo social, y otros órganos en las diversas actividades económicas. El Gobierno hace referencia asimismo a la organización y celebración de seminarios y foros con objeto de recopilar las recomendaciones que puedan incluirse en la aplicación de los programas que promueven el empleo en el Camerún. La Comisión pide al Gobierno que siga suministrando datos sobre el modo en que los interlocutores sociales participan en la elaboración y la aplicación de la política nacional de empleo y formación profesional. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que comunique información detallada sobre el modo en el que los representantes de los trabajadores rurales y los trabajadores de la economía informal participan en la elaboración de las políticas y programas en materia de empleo.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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