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Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Zambia (Ratificación : 2001)

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Artículos 3, a), 5 y 7, 1) del Convenio. Venta y trata de niños, mecanismos de control y sanciones. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de las actividades realizadas en el marco del Programa Conjunto con arreglo al Programa de asistencia contra la trata de personas de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), que incluyeron el fortalecimiento de las capacidades de los órganos encargados de hacer cumplir ley y de la sociedad civil para aplicar la Ley de Lucha contra la Trata, de 2008; el desarrollo de un procedimiento operativo estándar en materia de aplicación de la ley a fin de tramitar casos relacionados con la trata de personas, y la prestación de asistencia directa, y de asistencia para la repatriación y la reintegración, a las víctimas de trata. También tomó nota de la declaración del Gobierno, según la cual las restricciones financieras, la falta de conocimientos técnicos, la falta de medios para realizar investigaciones y la corrupción de los funcionaros gubernamentales son verdaderos impedimentos para la lucha contra la trata de personas. El Gobierno indicó asimismo que la trata interna de niños para el trabajo doméstico, el trabajo en las minas o en la agricultura, o su explotación sexual, era frecuente en el país, y que los niños que procedían de hogares pobres, así como los huérfanos y los niños de la calle, eran especialmente vulnerables a la trata. La Comisión pidió al Gobierno que reforzara las capacidades de los órganos encargados de hacer cumplir la ley y que se asignaran a esos órganos los fondos necesarios para que pudieran funcionar de manera eficaz.
La Comisión toma nota de la información detallada proporcionada por el Gobierno en su memoria debida sobre el Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), en relación con las diversas iniciativas emprendidas por el Gobierno para luchar contra la trata de personas. Según esta información, el Gobierno, a través de la Fiscalía Nacional (NPA), ha realizado grandes progresos al desarrollar las capacidades de los agentes encargados de hacer cumplir la ley y de los fiscales por medio de diversos programas de formación facilitados por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. La NPA también ha intensificado su cooperación y sus alianzas con los órganos regionales, como la Conferencia de la Fiscalía General de África Occidental – Partenariado de la Alianza Africana (CWAG AAP), la Asociación de Fiscales Africanos (APA), y otras organizaciones nacionales e internacionales, organizando cursos de formación sobre la investigación y el procesamiento de la trata de personas, así como talleres y seminarios que crean más conciencia y aumentan las competencias y conocimientos necesarios para combatir la trata de personas. El Gobierno indica asimismo que el Comité Nacional y la Secretaría Nacional sobre la Trata de Seres Humanos es el órgano designado que coordina la aplicación general de la Ley contra la Seres Humanos, de 2008, incluida la notificación de las actividades realizadas por la NPA, la recopilación de datos estadísticos sobre los casos relacionados con la trata de personas y su presentación ante el Comité Interministerial Nacional, la facilitación de orientación para el encausamiento de los casos relacionados con la trata de personas, y la garantía de la protección a las víctimas de trata. Además, el Gobierno afirma que, en la actualidad, existen seis lugares seguros en seis distritos que brindan protección a las víctimas de trata, y se prevé establecer un lugar seguro de este tipo en otros distritos. Por último, la Comisión toma nota de que, según la información proporcionada por el Gobierno, el Gobierno, con el apoyo de la OIM, de otras partes interesadas y de las organizaciones de la sociedad civil, ha elaborado unas Directrices para la determinación del interés superior con miras a la protección de los niños migrantes, que son los más vulnerables a la explotación. Sin embargo, la Comisión toma nota de que, según la Estrategia de comunicación sobre la migración mixta y la trata de personas en Zambia denominada «Know Before you Go», 2017-2018, que es un documento publicado por la OIM, la trata interna, fundamentalmente de mujeres y niños desde las zonas rurales hasta las zonas urbanas con fines de servidumbre doméstica y de explotación sexual, sigue siendo un reto y probablemente la forma dominante de trata en Zambia. Por lo tanto, la Comisión insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para asegurar que se lleven a cabo investigaciones exhaustivas y se emprendan acciones judiciales firmes contra las personas dedicadas a la trata de niños con fines de explotación laboral y sexual, y que se impongan sanciones suficientemente eficaces en la práctica. Pide al Gobierno que proporcione información estadística sobre el número y la naturaleza de las violaciones notificadas, las investigaciones, los enjuiciamientos, las condenas y las sanciones penales impuestas por la venta y la trata de niños menores de 18 años de edad. Pide asimismo al Gobierno que facilite información sobre el número de niños a los que se ha protegido contra la trata tras la aplicación de las Directrices para la determinación del interés superior con miras a la protección de los niños migrantes.
Artículo 7, 2). Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado a). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Acceso a la enseñanza básica gratuita. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de las diversas medidas adoptadas por el Gobierno para mejorar la tasa de matriculación escolar y de asistencia a la escuela, y los resultados positivos logrados. Sin embargo, tomó nota de que el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en sus observaciones finales de 14 de marzo de 2016, expresó su preocupación por que las niñas estaban abandonando la escuela debido a los matrimonios precoces, los embarazos en la adolescencia, las prácticas tradicionales y culturales discriminatorias y la pobreza, especialmente en las zonas rurales (documento CRC/C/ZMB/CO/2-4, párrafo 53). Por lo tanto, la Comisión pidió al Gobierno que siguiera adoptando medidas efectivas para mejorar el funcionamiento del sistema educativo, en particular aumentando las tasas de matriculación escolar y reduciendo las tasas de abandono escolar, en particular de las niñas en las zonas rurales.
La Comisión toma nota de que, según la información proporcionada por el Gobierno, el Plan Sectorial para el Desarrollo de la Educación y las Competencias 2017-2021 (ESSP) es una medida esencial para mejorar el funcionamiento del sistema educativo en el país. El ESSP tiene por objeto lograr unos mejores resultados de aprendizaje y superar las ineficiencias del sistema con miras a conseguir la visión de «Una educación permanente y una formación para el desarrollo de competencias para todos que sean de calidad y pertinentes». La Comisión toma nota asimismo de la declaración del Gobierno de que la política de enseñanza primaria gratuita, el creciente número de escuelas comunitarias, la modernización de los establecimientos de enseñanza primaria para que comprendan la enseñanza secundaria, y la construcción de más establecimientos de enseñanza secundaria han conducido al incremento del número total de niños escolarizados. Por consiguiente, la Comisión toma nota con interés de que, según el Boletín Estadístico Educativo de 2017, entre 2012 y 2017 el número de alumnos de los establecimientos de enseñanza primaria y secundaria aumentó de 3 879 437 a 4 139 390. El Gobierno señala asimismo que, entre 2016 y 2017, la tasa de matriculación de las niñas se incrementó un 3,3 por ciento, debido a la iniciativa «Apoyar a más niñas» en el marco del Programa de Becas para Huérfanos y Niños Vulnerables. El Gobierno indica asimismo que, en 2017, las tasas de abandono escolar disminuyeron un 1,5 por ciento para los grados 1 a 7, y un 1,0 por ciento para los grados 8 a 12. Por último, la Comisión toma nota de que, según la información proporcionada por el Gobierno, esta progresión en la educación de las niñas se mantendrá poniendo en práctica iniciativas, como «Mantener las niñas en la escuela»; Gestión de la Higiene Menstrual en las Escuelas, Educación Sexual Integral, y la Política de Reintegración, que permite a las niñas embarazadas reincorporarse a la escuela tras el parto. La Comisión alienta firmemente al Gobierno a seguir adoptando medidas eficaces para mejorar el funcionamiento del sistema educativo, en particular aumentando las tasas de matriculación y de asistencia escolar, y reduciendo las tasas de abandono escolar, en particular de las niñas. Pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las medidas adoptadas a este respecto y sobre los resultados obtenidos.
Apartado d). Identificar a los niños que están particularmente expuestos a riesgos y entrar en contacto directo con ellos. Niños huérfanos a causa del VIH/sida y otros niños vulnerables. La Comisión tomó nota anteriormente de la asistencia social y educativa a los niños afectados por el VIH/sida y a otros niños vulnerables a través del Régimen de asistencia en materia de bienestar público y del Sistema de transferencias en efectivo con fines sociales. La Comisión también tomó nota de que, según el informe de país para Zambia, de 30 de abril de 2015, presentado a la Sesión Especial de la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (informe UNGASS), la tasa de asistencia escolar entre los huérfanos y no huérfanos de edades comprendidas entre los 10 y los 14 años era del 87,8 por ciento. La Comisión tomó nota asimismo de que, según las estimaciones del ONUSIDA para 2015, había disminuido el número promedio de niños de 0 a 17 años de edad que eran huérfanos debido al VIH/sida. La Comisión instó al Gobierno a que continuara intensificando sus esfuerzos para proteger a los niños a causa del VIH/sida, y a otros niños vulnerables, contra las peores formas de trabajo infantil.
La Comisión toma nota de la falta de información en la memoria del Gobierno sobre esta cuestión. Sin embargo, toma nota de que, según el Informe sobre la Encuesta a la fuerza de trabajo (LFS), de 2017, el Régimen de asistencia en materia de bienestar público y el Sistema de transferencias en efectivo con fines sociales han beneficiado a un total de 24 465 y 127 453 hogares, respectivamente. El informe de la LFS indica que el Programa de Becas para Huérfanos y Niños Vulnerables, que tiene por objeto mejorar las tasas de retención, progresión y terminación de la enseñanza secundaria de los niños vulnerables, ha beneficiado a un total de 17 415 hogares. Sin embargo, la Comisión toma nota de que, según las fichas descriptivas de los países de ONUSIDA para Zambia, un promedio de 470 000 niños de edades comprendidas entre los 0 y los 17 años son huérfanos debido al sida. Considerando que los niños huérfanos a causa del VIH/sida y otros niños vulnerables corren un riesgo cada vez mayor de estar ocupados en las peores formas de trabajo infantil, la Comisión insta al Gobierno a seguir intensificando sus esfuerzos para proteger a dichos niños contra estas peores formas. Pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre las medidas adoptadas a este respecto y sobre los resultados obtenidos.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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