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Observación (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Japón (Ratificación : 1953)

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La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación de Sindicatos del Japón (JTUC-RENGO), comunicadas con la memoria del Gobierno. También toma nota de las observaciones de la Confederación Nacional de Sindicatos (ZENROREN), recibidas el 31 de agosto de 2021.
Artículos 3, 1), b) y 13 del Convenio.Medidas preventivas para los trabajadores que realizan trabajos de desmantelamiento y descontaminación con materiales radiactivos. La Comisión toma nota de la información detallada proporcionada por el Gobierno sobre el número de inspecciones llevadas a cabo en relación con los empresarios que realizaron los trabajos de desmantelamiento y descontaminación indicados por la Oficina del Trabajo de Fukushima en 2019, y el número y la naturaleza de las infracciones detectadas. En 2018 y 2019, el número de inspecciones para los empresarios aumentó tanto en los trabajos de desmantelamiento (de 290 empresarios a 325) como en los trabajos de descontaminación (de 267 empresarios a 338), mientras que el porcentaje de esos empresarios en los que se detectaron infracciones aumentó de aproximadamente el 53 por ciento al 58 por ciento en los trabajos de desmantelamiento y de aproximadamente el 61 por ciento al 67 por ciento en los trabajos de descontaminación. La Comisión toma nota del comentario adicional del Gobierno de que las cifras correspondientes a 2018 y 2019 sobre los trabajos de descontaminación no son estrictamente comparables.
La Comisión toma nota, además, de que el número de inspecciones a los empresarios que realizan trabajos de descontaminación ha disminuido sustancialmente durante un periodo más largo (de 1 299 en 2015 a 338 en 2019). Además, desde el terremoto de 2011, cinco empresarios dedicados a trabajos de desmantelamiento y 17 empresarios dedicados a trabajos de descontaminación han sido remitidos al Ministerio Público por la Oficina del Trabajo de Fukushima. Entre estos casos, figuraba el incumplimiento de notificar sin demora los accidentes laborales al director de la Oficina de Inspección de las Normas del Trabajo competente, y un caso en el que el empresario expuso a los trabajadores a peligros relacionados con las máquinas en los trabajos de descontaminación. El Gobierno comunica información sobre las causas de las infracciones y los detalles de las orientaciones dadas a los empresarios que participan en los trabajos de desmantelamiento de la central nuclear de Fukushima Daiichi y en los trabajos de descontaminación en la prefectura de Fukushima. El Gobierno indica que, en lo que respecta a las medidas relacionadas con la salud y la seguridad en los lugares de trabajo, el porcentaje de infracciones es bajo en los lugares de trabajo dedicados a las labores de desmantelamiento y más alto en los lugares de trabajo dedicados a las labores de descontaminación. El Gobierno brinda orientaciones para evitar que se produzcan infracciones similares una vez confirmadas las medidas correctivas, señalando que dichas orientaciones son una medida importante para prevenir la exposición a las radiaciones ionizantes. En cuanto a las infracciones relacionadas con la gestión de la salud, se descubrió que un determinado número de centros de trabajo dedicados a las tareas de desmantelamiento y descontaminación incumplían el requisito de control de las horas de trabajo a los fines de una orientación para las entrevistas por parte de los médicos, una medida importante para garantizar la salud de los trabajadores que trabajan muchas horas. Además, en muchos casos se descuidó la presentación de los informes de los reconocimientos médicos de los trabajadores sometidos a radiaciones ionizantes al director de la Oficina de Inspección de las Normas del Trabajo competente. El Gobierno brinda orientación para garantizar que se cumplan ambos requisitos. En cuanto a la gestión del trabajo, el Gobierno indica que, dado que hay muchas infracciones debidas a la falta de comprensión de las leyes y los reglamentos, el contenido de las leyes y los reglamentos se explica cuidadosamente durante la supervisión y la orientación. El Gobierno seguirá proporcionando las orientaciones necesarias a los empresarios que participan en los trabajos de desmantelamiento para garantizar que se apliquen las medidas de seguridad y salud, de conformidad con las leyes y los reglamentos correspondientes. Además, se proporcionará la orientación necesaria a las instalaciones de almacenamiento intermedio y a los empresarios que transporten tierra contaminada, centrándose en las medidas encaminadas a prevenir los accidentes industriales asociados al trabajo, así como a los empresarios que realizan trabajos de descontaminación en las áreas designadas para la reconstrucción y revitalización. La Comisión pide al Gobierno que continúe comunicando información sobre las causas de las infracciones y las medidas adoptadas para garantizar el cumplimiento de las normas laborales aplicables en los trabajos de desmantelamiento y descontaminación, el número de inspecciones realizadas, así como el número y la naturaleza de las infracciones detectadas en estas áreas. También pide al Gobierno que facilite información sobre las razones de la disminución sustancial de las inspecciones a los empresarios que realizaron trabajos de descontaminación de 2015 a 2019. La Comisión reitera su solicitud de que el Gobierno comunique información sobre el número de quejas anónimas y la frecuencia con que estas dieron lugar a la detección de infracciones. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada sobre el resultado de los cinco casos relacionados con los trabajos de desmantelamiento y de los 17 casos vinculados con los trabajos de descontaminación remitidos al Ministerio Público, incluidas las sanciones aplicadas.
Artículos 10 y 16.Número suficiente de inspectores del trabajo. En respuesta a la solicitud anterior de la Comisión, el Gobierno indica que, a partir de marzo de 2021, el número de inspectores de las normas del trabajo aumentó en 90, entre marzo de 2017 y marzo de 2021. La Comisión toma nota de que, en marzo de 2021, había un total de 3 018 inspectores, habiéndose nombrado 238 inspectores en 2020, incluidas 72 inspectoras. A este respecto, el Gobierno indica que tiene el objetivo de realizar los mayores esfuerzos para garantizar el número necesario con miras a reforzar las oficinas de inspección de las normas del trabajo. La JTUC-RENGO subraya la importancia de mejorar el sistema de los órganos de control de las normas del trabajo, incluso aumentando aún más el número de inspectores de normas del trabajo para lograr una aplicación continua y activa de las leyes y reglamentos relacionados con las normas del trabajo, incluida una estricta supervisión y orientación para garantizar el cumplimiento de los reglamentos pertinentes que restringen las horas extraordinarias. La Comisión toma nota de que, si bien el Gobierno informa de un aumento del número de inspectores de las normas del trabajo, la ZENROREN destaca la necesidad de ampliar y mejorar drásticamente la estructura de la administración del trabajo que se ocupa de las inspecciones, incluso aumentando el número de inspectores, funcionarios técnicos y empleados administrativos en la oficina, a fin de garantizar y mejorar las condiciones de trabajo de los inspectores. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre las medidas específicas adoptadas para garantizar que el número de inspectores del trabajo sea suficiente para asegurar el cumplimiento efectivo de las funciones de la inspección relacionadas con las leyes y los reglamentos relativos a las normas del trabajo, así como con otras leyes, y que siga proporcionando información sobre el número de inspectores del trabajo, desglosada por prefectura y por género.
Artículo 18.Seguridad de los inspectores de trabajo.Obstrucción en el desempeño de sus funciones. La Comisión toma nota de que, según la ZENROREN, una encuesta de opinión realizada por el Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Trabajo (Zenrodo) sobre los inspectores de trabajo mostró que más de la mitad de los inspectores de trabajo en el Japón se han sentido amenazados en algún momento o han sufrido violencia física o intimidación. En sus comentarios, los encuestados identificaron una serie de incidentes de violencia, la mayoría de los cuales se producen durante las visitas de inspección a las oficinas de las empresas con poca antelación, y no cuando se reúnen con los propietarios de las empresas en la Oficina de Inspección de las Normas del Trabajo. La ZENROREN opina que, cuando los inspectores se sienten amenazados o sufren violencia física, se ven obstaculizados en el desempeño de sus funciones. Indica que, si bien en el pasado la inspección era realizada en principio por un solo inspector, a partir de 2019, ante la necesidad de garantizar la seguridad de los inspectores y de formar a los inspectores más jóvenes, la inspección se realiza en equipo. Sin embargo, destaca las dificultades derivadas del hecho de que algunas oficinas de inspección tienen menos de 10 (algunas incluso solo dos inspectores), lo que hace muy difícil enviar a más de un inspector a un establecimiento comercial a la vez. La Comisión pide al Gobierno que proporcione sus comentarios en relación con las observaciones relativas a la violencia, el acoso y otras presiones externas a las que se enfrentan los inspectores del trabajo. Pide al Gobierno que facilite información detallada sobre los casos de agresión contra el personal de la inspección del trabajo y sobre el seguimiento judicial de tales situaciones, y que comunique también detalles sobre las sanciones impuestas en virtud de este artículo, en los casos de obstrucción de los inspectores del trabajo en el desempeño de sus funciones. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre las medidas adoptadas para garantizar la seguridad de los inspectores del trabajo y el cumplimiento efectivo de sus funciones en los casos de obstrucción.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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