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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - Argentina (Ratificación : 1987)

Otros comentarios sobre C144

Observación
  1. 2005

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La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT-RA) y la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA Autónoma), recibidas el 1.º de septiembre de 2023. La Comisión toma nota también de las observaciones de la Unión Industrial Argentina (UIA), recibidas el 25 de agosto de 2023 y el 1.º de septiembre de 2023. La UIA se refiere a la carta de fecha de 14 de julio de 2023 enviada por el Gobierno al Director General de la OIT, apoyando la solicitud del Grupo de los Trabajadores de incluir un punto en el orden del día de la 349.ª reunión del Consejo de Administración (octubre-noviembre 2023) para la discusión y decisión sobre una remisión urgente a la Corte Internacional de Justicia (CIJ) relativa a la interpretación del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) con respecto al derecho de huelga. En este sentido, la UIA expresa su profunda preocupación por el hecho de que el Gobierno no llevó a cabo una consulta efectiva con los interlocutores sociales sobre esta cuestión tan importante, antes de enviar su carta. La UIA subraya que el incumplimiento del Convenio por parte del Gobierno socava su voz como organización patronal más representativa y obstaculiza el tripartismo en el país. La Comisión pide al Gobierno que envíe sus comentarios al respecto.
Artículo 2 del Convenio. Procedimientos adecuados. La Comisión toma nota con interés de que, el 3 de octubre de 2023, se llevó a cabo el relanzamiento de la Subcomisión Normativa de la Comisión de Diálogo Social. El Gobierno indica que durante el lanzamiento participaron, por parte del sector trabajador la CGT-RA, la Central de Trabajadores y Trabajadoras de la Argentina (CTA Trabajadores) y la CTA Autónoma y por parte del sector empleador, la UIA. El objetivo de dicha subcomisión es facilitar una vía rápida de consulta, intercambio y, eventualmente, de resolución de manera conjunta en instancia nacional de todas las cuestiones relativas a la dimensión normativa de la OIT, incluidos los casos relativos a la libertad sindical. El Gobierno informa de que, el 18 de octubre de 2023, se celebró la segunda reunión de la Subcomisión Normativa con el objetivo de identificar aquellos casos de libertad sindical en trámite ante el Comité de Libertad Sindical de la OIT que podrían tener un tratamiento en el ámbito de la Subcomisión Normativa. La Comisión observa, con base en las actas de la citada reunión, que la representación del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social (MTESS) aclaró que la Subcomisión Normativa es una instancia de buena práctica y que los actores del mundo del trabajo no se encuentran condicionados al tratamiento previo de las cuestiones en instancia nacional para poder formular sus presentaciones o reclamos ante la OIT. El Gobierno indica además que en dicha reunión se debatió el proyecto de reglamento interno de la Subcomisión Normativa, que fue aprobado posteriormente por todos los actores. Al respecto, el Gobierno informa de que está previsto que la Subcomisión Normativa se reúna mensualmente y que se elabore un informe anual de sus actividades.
La Comisión toma nota también de la creación del Consejo Económico y Social (CES) el 28 de febrero de 2021 en virtud del Decreto 124/2021. El CES es un órgano colegiado y de participación ciudadana conformado por representantes del sector trabajador y del sector empleador, así como del sistema académico y científico y de la sociedad civil. La Comisión observa que, entre sus objetivos, se encuentran: i) brindar apoyo al Presidente o a la Presidenta de la Nación efectuando el análisis y las recomendaciones que se le requieran sobre programas de gobierno y proyectos de leyes estratégicos; ii) abrir un espacio de diálogo y cooperación entre los diversos sectores económicos y sociales del país, y iii) generar consensos amplios sobre prioridades estratégicas para el desarrollo nacional inclusivo. El Gobierno informa de que, en agosto de 2023, los miembros del CES presentaron al Poder Ejecutivo un proyecto de ley para avanzar en la formalización e institucionalización del CES.
La Comisión toma nota igualmente de que la CTA Autónoma señala que la Comisión de Diálogo Social para el Futuro del Trabajo creada en 2019 con miras a debatir en torno a tres ejes: normativa, políticas públicas y casos particulares de la OIT, se encuentra paralizada a pesar de que formalmente no ha sido desactivada. La CTA Autónoma sostiene además que el Gobierno continúa negándole un reconocimiento amplio y le brinda un trato discriminatorio respecto a otros sindicatos, lo que implica la renuencia a convocarles en distintos ámbitos tripartitos. A título ejemplificativo, la CTA Autónoma alega que, en 2021, no fue convocada a una reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil en la que se aprobó un incremento salario mínimo, vital y móvil. La Comisión pide al Gobierno que continúe enviando información sobre las consultas tripartitas celebradas en el marco de la Subcomisión de Normas de la Comisión de Diálogo Social u otras instancias, incluida la Comisión de Diálogo Social para el Futuro del Trabajo, sobre los puntos relacionados con el artículo 5, 1) del Convenio. La Comisión también pide al Gobierno que envíe una copia del reglamento interno de la Subcomisión de Normas, así como una copia de los informes anuales sobre sus actividades, de conformidad con el artículo 6 del Convenio.
Artículo 5, 1). Consultas tripartitas efectivas. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que el periodo cubierto por la memoria se ha caracterizado por una intensa actividad de participación tripartita en relación con las materias cubiertas por el Convenio, en el marco de la Comisión de Diálogo Social y de la Comisión de Consultas Tripartitas para la Aplicación de las Normas Internacionales del Trabajo. En este sentido, el Gobierno indica que los interlocutores sociales fueron consultados en relación con: i) los temas incluidos en el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo en 2021, 2022 y 2023 y las propuestas por parte del sector trabajador y el sector empleador de representantes de su sector para conformar las delegaciones que participarían en las reuniones de la Conferencia; ii) la sumisión del Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003, en su versión enmendada (núm. 185); iii) las memorias enviadas a la Oficina sobre convenios no ratificados y convenios ratificados en virtud del artículo 19 y del artículo 22 de la Constitución de la OIT, invitando a los interlocutores sociales a que formularan sus aportaciones a las mismas por escrito, y iv) la ratificación del Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) en el marco de una reunión tripartita que tuvo lugar el 12 de julio de 2023 y en la que representantes del MTESS, de la CTA Trabajadores, de la CTA Autónoma y de la UIA llegaron a un consenso sobre la ratificación de dicho convenio. Por otro lado, la Comisión toma nota de que el Gobierno se refiere a la celebración de consultas en el marco de, entre otros, el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, y el Comité Consultivo Permanente creado por la Ley de Riesgos del Trabajo. Asimismo, los interlocutores sociales han participado en reuniones convocadas por los órganos sociolaborales del Mercado Común del Sur (MERCOSUR) a nivel regional. La Comisión también toma nota de que la CGT RA indica que, si bien se celebran consultas tripartitas en diversos organismos nacionales sobre una amplia gama de asuntos relacionados con el empleo y las condiciones de trabajo, lamenta que el sistema de consultas se vea expresamente contradicho por ciertos actos de violencia contra los trabajadores que han tenido lugar a raíz de una reforma constitucional a nivel provincial. La Comisión toma nota de que, en sus observaciones, la UIA destaca la labor que efectúa la Dirección de Asuntos Internacionales del MTESS, en relación con el cumplimiento de su mandato de garantizar el tripartismo a través de convocatorias para el debate de cuestiones relativas a instrumentos internacionales y el mecanismo de revisión de las normas (MEN) de la OIT. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información actualizada sobre el contenido y el resultado de las consultas tripartitas celebradas sobre todas las cuestiones relacionadas con las normas internacionales del trabajo cubiertas por el Convenio. Ante la falta de información al respecto en su memoria, la Comisión pide una vez más al Gobierno que indique la manera en que se tienen en cuenta las opiniones expresadas por las organizaciones representativas de trabajadores y empleadores sobre el funcionamiento de los procedimientos de consulta requeridos por el Convenio, incluidas aquellas expresadas por la UIA en sus observaciones.
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