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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

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Observación (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación General Griega del Trabajo (GSEE), recibidas el 1.º de septiembre de 2017. La Comisión solicita al Gobierno que transmita sus comentarios a ese respecto.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas sobre políticas de empleo y mercado de trabajo aplicadas en el marco del programa de ajuste. Tendencias del empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de los altos niveles de desempleo que persisten hoy en Grecia y pidió al Gobierno que informara de las medidas adoptadas para frenar esta situación. La Comisión toma nota de que la GSEE ha venido reiterando su preocupación desde 2010 respecto al hecho de que la imposición de las medidas de austeridad del Gobierno como parte de la aplicación de los programas de ajuste ha conducido a una desreglamentación extensiva y arbitraria del mercado de trabajo en Grecia, lo que ha provocado la vulneración de las disposiciones del Convenio. La GSEE hace hincapié en que no puede realizarse ningún progreso en relación a la aplicación del Convenio, puesto que las disposiciones legislativas que considera que son incompatibles con el Convenio no han sido modificadas o derogadas. Toma nota además de los elevados niveles de desempleo, así como del deterioro de las condiciones de vida de la población griega debido a la recesión económica. La GSEE mantiene que el aumento extraordinario de los índices de desempleo en el país se debe a tres factores: i) el desmantelamiento de la legislación sobre empleo temporal que ha tenido el efecto de disuadir la contratación temporal; ii) la quiebra de empresas y los despidos, y iii) la nueva legislación que ha facilitado los despidos. La Comisión toma nota de que, según el Gobierno, la tasa general de desempleo disminuyó desde el 26,5 por ciento en 2014 al 24,9 por ciento en 2015. Según la base de datos de ILOSTAT, la tasa de desempleo general era de 21,5 por ciento en 2017. La Comisión toma nota de que, a pesar de este descenso constante, la tasa de desempleo sigue siendo elevada. Toma nota además de que la tasa de desempleo aumentó durante el mismo período del 49,6 por ciento en 2014 hasta el 51,3 por ciento en 2015. La GSEE observa que Grecia sigue teniendo la tasa de empleo más baja de todos los países de la Unión Europea (UE), teniendo en cuenta que, en 2016, la tasa de empleo se situaba en un 56,2 por ciento, mientras que el promedio en la UE es del 71,1 por ciento. La GSEE mantiene que el Gobierno no ha presentado ningún ejemplo concreto de políticas de creación de empleo y empleo activo, así como tampoco de iniciativas para fomentar que los parados regresen al trabajo. Por otro lado, el Gobierno informa de una serie de novedades legislativas y reformas del mercado de trabajo, en el marco del tercer programa de ajuste económico de Grecia, que empezó el 19 de agosto de 2015 y finalizó el 20 de agosto de 2018. En este sentido, el Gobierno se remite a las recomendaciones formuladas en el Memorando de Entendimiento actualizado sobre condiciones específicas de política económica (mayo de 2013), según el cual durante el período 2014-2020 se ha hecho preciso adoptar medidas para impedir que el desempleo se cronifique, como centrarse en la integración de los desempleados de larga duración, las personas desfavorecidas y quienes tienen mayor necesidad de apoyo a sus ingresos, así como en paliar los desajustes del mercado de trabajo y facilitar la movilidad de los trabajadores en todas las ocupaciones y sectores y el fortalecimiento de la economía social. La Comisión toma nota de que las políticas de empleo activo de las que ha informado el Gobierno consisten principalmente en programas de fomento del empleo aplicados por la Organización Griega de Empleo de Mano de Obra (OAED). La Comisión toma nota de que, para el Ministerio de Trabajo, los programas para la creación de nuevos puestos de trabajo y la adquisición de experiencia laboral constituyen una prioridad fundamental en relación con las políticas de activación de empleo, especialmente a través de los programas de trabajo comunitario centrados en los parados de larga duración, los subsidios a las empresas para fomentar que contraten desempleados, los programas de educación y formación en sectores críticos de la economía griega y los programas de subsidios a los nuevos profesionales independientes. Según el EUROSTAT, la tasa de empleo a tiempo parcial en Grecia registra una tendencia al alza desde 2012, alcanzando el 9,4 por ciento en 2015. Este porcentaje es considerablemente más elevado entre los jóvenes que en la población en general (23,1 por ciento en 2015). La Comisión toma nota de que, en 2015, el riesgo de pobreza para los trabajadores con empleos a tiempo completo era de un 11,6 por ciento, mientras que en el caso de los trabajadores con empleos a tiempo parcial el riesgo se elevaba al 28,2 por ciento. La Comisión toma nota también de que la tasa de desempleo de larga duración sigue siendo elevada, alcanzando el 73,2 por ciento en 2015. Con respecto a las medidas adoptadas para la recopilación de estadísticas y otros datos relativos a la magnitud y la distribución de la fuerza de trabajo, la Comisión toma nota con interés del establecimiento en 2016 de un mecanismo para determinar las necesidades del mercado de trabajo. Teniendo en cuenta los elevados niveles de desempleo que persisten en Grecia, la Comisión pide al Gobierno que comunique información más detallada sobre cómo, con arreglo al artículo 2 del Convenio, alcanzar los objetivos de empleo pleno, productivo y libremente elegido, en consulta con los interlocutores sociales. Además, la Comisión pide al Gobierno que incluya información sobre las medidas adoptadas o previstas para abordar la situación de empleo en el país y a que comunique información, incluida información estadística desglosada por sexo y edad, sobre el impacto de las iniciativas de empleo adoptadas dentro de la aplicación de una política de empleo activa, incluido el impacto sobre las medidas adoptadas para promover la integración del desempleo de larga duración en el mercado de trabajo. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando datos estadísticos desglosados por sexo y edad en relación con la magnitud y la distribución de la fuerza de trabajo, incluidas las dimensiones de la economía informal y las tendencias de empleo en relación con el empleo, el desempleo y el subempleo visible.
Trabajadores vulnerables a las deficiencias en materia de trabajo decente. La Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno en relación con las medidas específicas de empleo destinadas a grupos de personas vulnerables a las deficiencias en materia de trabajo decente. En este sentido, el Gobierno está aplicando programas de subsidio para fomentar la contratación y la conservación de los puestos de trabajo de las personas desempleadas con discapacidades, antiguos drogodependientes, antiguos reclusos, personas en situación desfavorecida y en situación muy desfavorecida. La Comisión toma nota de que el Gobierno define a las personas en situación desfavorecida como aquellas que durante los últimos seis meses no han estado empleadas durante más de un mes en un trabajo a tiempo completo remunerado con regularidad, los graduados de la enseñanza obligatoria que aún no han concluido sus estudios de secundaria o que no han asistido a ningún programa de formación profesional, las personas de más de 50 años, y el/la cabeza de familia de familias monoparentales; por otra parte las personas en situación muy desfavorecida se definen como los poseedores de una tarjeta válida de desempleo durante un período de al menos veinticuatro meses, los jóvenes delincuentes o los jóvenes en situación de riesgo social. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información actualizada sobre la naturaleza y el impacto de las medidas adoptadas para promover empleo pleno, productivo, libremente escogido y sostenible para personas vulnerables a las deficiencias en materia de trabajo decente.
Empleo joven. La Comisión toma nota de que las tasas de desempleo joven han disminuido progresivamente, pero siguen siendo sumamente elevadas. Según los datos de la Autoridad Estadística de Grecia (ELSTAT), la tasa de desempleo de los jóvenes entre 15 y 24 años descendió del 51,9 por ciento en 2015 al 50,9 por ciento en 2016. Según la base de datos de ILOSTAT, la tasa de desempleo juvenil era de 43,6 por ciento en 2017. El Gobierno señala que una de sus prioridades consiste en facilitar el acceso al empleo de los jóvenes hasta 29 años de edad. La Comisión toma nota de que la información comunicada por el Gobierno en relación a una serie de programas de activación de empleo que se han aplicado en el marco de un plan de garantía de empleo juvenil, y que tienen la finalidad de aumentar la empleabilidad de los jóvenes, potenciar su competitividad y facilitar su reintegración al mercado de trabajo. En este sentido, la Comisión toma nota, entre otros, de los programas de formación profesional con vales para la entrada en el mercado de trabajo destinados a los jóvenes con edades comprendidas entre los 15 y los 24 años. La Comisión toma nota asimismo de los programas de subsidios para la adquisición de experiencia laboral y de integración en el empleo de los jóvenes y los programas de formación y acreditación, aplicados en virtud de la Iniciativa de empleo juvenil, establecida en el marco del Plan de garantías de empleo juvenil. El Gobierno señala que el fenómeno de la «fuga de cerebros» se ha convertido en un asunto que suscita cada día más preocupación dado que, según los datos del Banco de Grecia, desde 2008 a 2013, casi 223 000 jóvenes entre 25 y 39 años abandonaron el país de forma permanente en busca de empleos mejor remunerados y de mejores perspectivas sociales y económicas en los mercados de trabajo de otros países. A pesar de que la memoria del Gobierno proporciona información detallada en relación a los problemas señalados y a las acciones previstas, la Comisión toma nota de que, no contiene ninguna información en relación con los resultados de los programas específicos. Al tiempo que toma nota de los elevados niveles de desempleo juvenil que persisten en el país, la Comisión pide al Gobierno que comunique información detallada sobre los resultados de las medidas adoptadas para subsanar el desempleo juvenil, así como de los problemas con los que ha tropezado. La Comisión pide también al Gobierno que siga proporcionando información estadística sobre las tendencias en el empleo juvenil, desglosadas por género y edad. La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre las medidas adoptadas o previstas con miras a revertir el fenómeno de «fuga de cerebros».
Los trabajadores de edad. La Comisión toma nota de que los trabajadores de edad se encuentran en situación desfavorecida en comparación con otras categorías de trabajadores, puesto que la tasa de participación en el mercado de trabajo de las personas incluidas en el grupo de edad entre 55 y 64 años es considerablemente más reducida que la tasa de personas con edades comprendidas entre los 15 y los 64 años. El Gobierno señala que la tasa de desempleo de los trabajadores de edad alcanzó el 34,3 por ciento en 2015. El grupo de mujeres entre 55 y 64 años registra tasas de desempleo aún más elevadas (29,6 por ciento en 2015). El Gobierno se refiere a una serie de medidas adoptadas para promover el empleo de las personas de edad, incluida la disposición del apoyo financiero a los empleadores con el fin de alentarlos a emplear a los trabajadores de edad. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre otras medidas adoptadas para aumentar la empleabilidad de los trabajadores de edad y promover su incorporación en el mercado de trabajo y la conservación de sus puestos, así como el impacto de las mismas.
Empleo de las mujeres. La Comisión toma nota de que la tasa de desempleo de las mujeres sigue siendo más elevada que la de los hombres. Según la base de datos de ILOSTAT, en 2017, se registró una tasa de desempleo de las mujeres de un 26,1 por ciento, mientras que en el caso de los hombres fue de un 17,8 por ciento; y la tasa de desempleo de mujeres jóvenes alcanzó un 48,2 por ciento mientras que la de los hombres jóvenes fue de un 39,3 por ciento. La Comisión toma nota además de que el empleo a tiempo parcial está más generalizado entre las mujeres (13,1 por ciento en 2015 en comparación con un 6,7 por ciento en el caso de los hombres). El Gobierno hace hincapié en que fortalecer el empleo femenino constituye un eje prioritario de su nuevo Plan nacional de acción para la igualdad de género para 2016 2020. La Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno en relación al proyecto «Apoyo del empleo femenino mediante el fomento de la iniciativa empresarial», con el que se pretenden ofrecer múltiples oportunidades de empleo para las mujeres y ayudarlas a crear sus propias empresas. La Comisión toma nota también del programa de subsidios en apoyo de los nuevos profesionales independientes, especialmente de las mujeres. Recordando que en el informe global de la OIT, de 2003, titulado «La hora de la igualdad en el trabajo», se señala que «la interacción entre estas identidades puede entrañar formas de exclusión y desventajas singulares para quienes reúnen múltiples identidades», la Comisión observa que las mujeres que pertenecen también a grupos de personas en situación desfavorecida afrontan una doble discriminación. Tomando nota de las elevadas tasas de desempleo femenino, la Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre la naturaleza y la repercusión de las medidas adoptadas con miras a promover el empleo de las mujeres, en particular de las mujeres que pertenecen a grupos de personas en situación desfavorecida o trabajadoras de edad, como se ha mencionado anteriormente, con el fin de que puedan acceder a un empleo decente y duradero a todos los niveles y en todos los sectores económicos.
Políticas y programas educativos y de formación. El Gobierno señala que una de sus prioridades fundamentales consiste en el perfeccionamiento y la ampliación de la enseñanza profesional y la formación. La Comisión toma nota de que ha concluido el «Marco nacional estratégico para la actualización de la educación, la formación y el aprendizaje profesionales». El Gobierno menciona que la OAED ha adoptado una serie de medidas en el contexto de la formación profesional, en particular, el establecimiento de 51 escuelas de enseñanza secundaria destinadas a la formación profesional que ofrecen cursos de aprendizaje, cheques de formación para mejorar la pertinencia de la educación terciaria en el mercado de trabajo para las personas desempleadas, cheques de formación y cupones de acceso al mercado de trabajo y de reincorporación al mismo para las personas desempleadas, especialmente los jóvenes. La Comisión toma nota también de que los programas de empleo aplicados en el contexto del programa operativo «Desarrollo de recursos humanos educación y aprendizaje permanente 2014 2020» se centran en la concepción y la aplicación de programas para mejorar el conocimiento y las competencias en materia de recursos humanos especialmente para las personas con escasas calificaciones que desean entrar o reincorporarse al mercado de trabajo. El Gobierno señala que el mecanismo para determinar las necesidades del mercado de trabajo pretende mejorar la articulación entre la educación y la formación y las necesidades del mercado de trabajo. Proporciona información a los organismos responsables de diseñar y aplicar los programas de empleo y formación para que eliminen los desajustes en materia de competencias. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información actualizada sobre el número de personas que participan en los programas de educación y formación y el impacto de éstos en oportunidades de empleo productivas y duraderas para los jóvenes. La Comisión pide también al Gobierno que suministre información sobre la repercusión del mecanismo para determinar las necesidades del mercado de trabajo sobre la concepción de políticas sobre educación y formación profesional y el desarrollo de recursos humanos.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas (pymes). Iniciativas empresariales. La Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno sobre las medidas para promover las pymes en el contexto del programa operativo «Competitividad e iniciativas empresariales del marco nacional estratégico de referencia 2007 2013». El Gobierno se refiere a la creación de programas de iniciativa empresarial social y de economía social, la creación de un organismo de coordinación de políticas para el desarrollo de la economía social, así como al establecimiento de un fondo de empresariado y al mecanismo central de apoyo para el desarrollo y la promoción de empresas sociales. El Gobierno señala que el marco necesario para la promoción de la economía social se culminará durante el período de programación 2014 2020 y de conformidad con el «Plan estratégico para el desarrollo de la iniciativa empresarial social». La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre las medidas adoptadas para mejorar el entorno empresarial con miras a apoyar el desarrollo de las pymes y crear oportunidades de empleo para las personas desempleadas. La Comisión pide también al Gobierno que comunique información sobre el marco para la promoción de la economía social cuando este haya sido ultimado. En relación con la Recomendación sobre la promoción de las cooperativas, 2002 (núm. 193), la Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre las medidas adoptadas para promover el empleo productivo a través de las cooperativas.
Modernización de las instituciones del mercado de trabajo. El Gobierno señala que, durante el período 2007 2013, la OAED empezó a definir su modelo operativo, con miras a una reforma general del Servicio Público de Empleo. La Comisión toma nota de dicha reforma, entre otros logros, además del funcionamiento de los primeros centros de promoción acelerada del empleo, así como de la creación de los primeros consorcios con los agentes sociales, las empresas de contratación y las grandes empresas para la formación de los solicitantes de empleo. El Gobierno señala que, durante el período 2014 2020, está previsto financiar iniciativas relativas a la reorganización de la OAED sobre la base del Plan de acción consensuado con la Unión Europea. El Gobierno añade que, en su próxima memoria, proporcionará más información detallada en relación con la efectividad de la reorganización de las instituciones del mercado de trabajo. En relación a su solicitud directa de 2016 sobre el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88), la Comisión pide al Gobierno que transmita más información sobre la eficacia de la reorganización de sus instituciones del mercado de trabajo.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno señala que el mecanismo para determinar las necesidades del mercado de trabajo funciona en consulta constante con los representantes de los organismos de producción y las organizaciones públicas. En este sentido, la Comisión toma nota de que cinco de las instituciones firmantes del Convenio colectivo de trabajo general nacional participan en la comisión de coordinación y en la red operativa de organismos para el mecanismo de determinación de las necesidades del mercado de trabajo. La Comisión toma nota asimismo de que, en el contexto de este mecanismo, los interlocutores sociales llevaron a cabo una encuesta entre empleadores y trabajadores de todo el país con el fin de evaluar los puestos vacantes y la idoneidad de las competencias de la fuerza de trabajo, con miras a determinar los desajustes entre la oferta de competencias y los puestos disponibles. La GSEE sostiene que los procesos de diálogo tripartito siguen siendo superficiales y no se han restaurado en la práctica y añade que se han emprendido sucesivas intervenciones legislativas sin tener en cuenta el diálogo social. La Comisión toma nota también de que, en noviembre de 2015, todos los interlocutores sociales del país acordaron un documento de política conjunta sobre «Fortalecimiento de la eficacia del diálogo social tripartito», que fue enviado junto con los documentos de política conjunta en materia de «Diálogo social, enseñanza profesional y cuestiones de formación» y el de «Diálogo social y discriminación en el lugar de trabajo» al Ministerio de Trabajo, pero que nunca se tuvieron en cuenta. La GSEE expresa también su preocupación en relación con su exclusión del comité nacional de enseñanza y formación profesional, que fue creado en 2017. La GSEE destaca que los procesos relativos a los programas de asistencia técnica patrocinados por la OIT, especialmente el Programa de trabajo no declarado, donde la presencia de los funcionarios de la OIT y el seguimiento coherente del procedimiento garantizaba la participación de los interlocutores sociales en procedimientos de diálogo social tripartito. La Comisión reitera su solicitud de que el Gobierno continúe transmitiendo información sobre la forma en la que tienen lugar las consultas a las organizaciones representativas de trabajadores y de empleadores y a otras partes interesadas en relación con la formulación y la aplicación de las políticas activas de empleo, así como la forma en la que se garantiza su apoyo en el desarrollo y la aplicación de estas políticas.

Observación (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Confederación General Griega del Trabajo (GSEE), recibidas el 1.º de septiembre de 2016. La GSEE ha venido manifestando las mismas preocupaciones desde 2010, a saber, que la imposición de medidas de austeridad por el Gobierno como parte de la aplicación del acuerdo de préstamo internacional del país así como a la intervención de terceras partes en las políticas nacionales, redundaron en la violación de las disposiciones del Convenio. La GSEE destaca que no se han realizado progresos en la aplicación del Convenio. Además, no se modificaron o derogaron las disposiciones legislativas que se consideraron incompatibles con el Convenio, ni se realizó ninguna evaluación para determinar el impacto de las medidas de austeridad en la aplicación del Convenio, y la mayoría de las estructuras de diálogo social tripartito no funcionan o tienen un bajo desempeño. La Comisión solicita al Gobierno que transmita sus comentarios a este respecto.
La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas sobre políticas del empleo aplicadas en el marco del programa de ajuste. El Gobierno indica en su memoria que se encargó al Consejo Económico y Social de Grecia que prepare un plan de acción integrado sobre políticas del empleo. Los objetivos de dicho plan son los siguientes: a) mejorar el funcionamiento de los centros de promoción del empleo para que los desempleados estén mejor preparados para cubrir las vacantes disponibles; b) mejorar la eficacia de los programas de formación para los desempleados y buscar formación proporcionada por las empresas para los desempleados, y c) utilizar para la formación el tiempo que queda libre a causa de la reducción de las horas de trabajo. Durante los últimos años, el desempleo ha aumentado significativamente debido a la prolongada recesión. El desempleo fue del 27,6 por ciento en mayo de 2013 comparado con el 23,8 por ciento en mayo de 2012. De modo alarmante, la tasa de desempleo de los jóvenes de entre 15 y 24 años de edad ha continuado incrementándose y pasó de un 55,1 por ciento en mayo de 2012 a un 64,9 por ciento en mayo de 2013. El Gobierno indica que las pocas posibilidades de conseguir empleo también se reflejan en el aumento del desempleo a largo plazo, que pasó de 3,6 por ciento en 2008 a 5,7 por ciento en 2010 y 14,4 por ciento en 2012 — un porcentaje muy alto cuando se compara con la media de la UE-27 (4,6 por ciento en 2012). En 2012, la tasa de empleo (de las personas de entre 20 y 64 años de edad) era del 55,3 por ciento. En el primer trimestre de 2013 había 3 596 000 personas empleadas, lo que implica una caída de un 6,3 por ciento del empleo en comparación con el primer trimestre de 2012. A fin de responder a los desafíos que plantea la crisis económica, durante el período que abarca las memorias se han aprobado una serie de leyes para reducir los costos laborales y promover la flexibilidad en el mercado de trabajo. La conversión de los contratos de pleno empleo en contratos a tiempo parcial o en trabajos rotativos ha contribuido a la conservación de puestos de trabajo y ha evitado pérdidas de empleos. Según los datos de la Autoridad Estadística de Grecia (ELSTAT), los trabajadores a tiempo parcial representaban el 8,6 por ciento de la fuerza de trabajo en el primer trimestre de 2013, en comparación con un 7,2 por ciento en el mismo trimestre de 2012. En relación con las políticas activas de mercado del trabajo, la Comisión toma nota de que, desde 2010, más de 1 291 597 personas, ya sean empleados, empleados por cuenta propia o aprendices, se han beneficiado de 74 programas de la Organización Griega de Empleo de Mano de Obra (OAED) para la conservación del empleo, la promoción del empleo o la formación, con un presupuesto total de 3 870 000 euros. A este respecto, se estima que cuando terminen estos programas se habrán beneficiado de ellos un número total de 1 471 829 personas. Asimismo, la Comisión toma nota de que la OAED ha llevado a cabo programas en materia de empleo y formación para reforzar la situación de empleo de los jóvenes, las mujeres, los desempleados de larga duración y otros grupos afectados por la crisis. Habida cuenta de que el número de desempleados en general y de jóvenes desempleados en particular continúa siendo muy elevado, la Comisión invita de nuevo al Gobierno a especificar con mayor detalle la manera en que, en virtud del artículo 2 del Convenio, revisa las medidas y políticas de empleo adoptadas a fin de tratar de alcanzar los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido, en consulta con los interlocutores sociales. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a proporcionar información sobre los resultados de las medidas adoptadas para hacer frente al desempleo de los jóvenes y al desempleo a largo plazo.
Políticas y programas educativos y de formación. La Comisión toma nota de la información facilitada por el Gobierno sobre la aplicación del Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142), en la que se indica que en noviembre de 2011 se estableció la Organización Nacional para la Certificación de las Calificaciones y la Orientación Profesional (EOPPEP), tras la fusión de tres entidades. El Programa operativo sobre desarrollo de los recursos humanos tiene un presupuesto de 2 740 millones de euros y es el instrumento de financiación más importante del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Bienestar para la aplicación de la estrategia y de las políticas sobre desarrollo de los recursos humanos y el logro de la cohesión social. Entre las medidas implementadas en el marco del programa operativo figuran la concesión de prestaciones en materia de educación para formación de trabajadores en las empresas; programas de formación profesional continua; programas de formación profesional para los desempleados a través del uso de vales de formación; formación profesional para los grupos sociales vulnerables, y vales para la entrada en el mercado de trabajo de las personas desempleadas de hasta 29 años de edad. El programa operativo también incluye la elaboración y aplicación de un sistema integrado para la identificación de las necesidades del mercado de trabajo. La Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre el impacto de las medidas educativas y de formación en la obtención de empleos duraderos por parte de los jóvenes y otros grupos de trabajadores vulnerables. Sírvase asimismo incluir información sobre los progresos realizados en lo que respecta a la activación del Sistema nacional para vincular la educación y formación profesional con el empleo (ESSEEKA).
Modernización de las instituciones del mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que la reorganización de las instituciones del mercado de trabajo, que incluye todas las intervenciones sistémicas que contribuyen a la reforma y la integración funcional de instituciones del mercado de trabajo, se ha incluido en el programa operativo de desarrollo de los recursos humanos. El Gobierno indica que el desarrollo de estas intervenciones sistémicas se inició en 2011 y sigue en curso. Al respecto, la Comisión se remite a su solicitud directa de 2014 en relación con el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88). La Comisión invita al Gobierno a transmitir más información sobre la eficacia de la reorganización de sus instituciones del mercado de trabajo.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que el Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Bienestar estableció, en septiembre de 2012, el Comité Nacional para el Diálogo Social. En la primera fase de las consultas sociales se abordaron los graves problemas y distorsiones del mercado de trabajo (desempleo, trabajo no declarado, la evasión del pago de las cotizaciones a la seguridad social, costes no salariales y burocracia, y reforma del mecanismo de fijación del salario mínimo). Durante la segunda fase de las consultas se han buscado formas de hacer frente a los desafíos que plantea el mercado de trabajo, tales como el desempleo de los jóvenes. Asimismo, la Comisión toma nota de la información en relación con las consultas tripartitas llevadas a cabo en varios comités, incluido el Comité Nacional para el Empleo. La Comisión invita al Gobierno a que continúe transmitiendo información sobre la forma en la que se tienen en cuenta las opiniones y experiencias de los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la formulación y aplicación de las medidas requeridas por el Convenio.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas sobre políticas del empleo aplicadas en el marco del programa de ajuste. La Comisión toma nota de la amplia y detallada memoria del Gobierno, recibida en noviembre de 2013, en respuesta a la observación de 2012. En la memoria se incluye la información que figura en el informe de 2013 sobre el Programa Nacional de Reformas de Grecia presentado a la Comisión Europea. La Comisión toma nota de que se encargó al Consejo Económico y Social de Grecia que prepare un plan de acción integrado sobre políticas del empleo. Los objetivos de dicho plan son los siguientes: a) mejorar el funcionamiento de los centros de promoción del empleo para que los desempleados estén mejor preparados para cubrir las vacantes disponibles; b) mejorar la eficacia de los programas de formación para los desempleados y buscar formación proporcionada por las empresas para los desempleados, y c) utilizar para la formación el tiempo que queda libre a causa de la reducción de las horas de trabajo. Durante los últimos años, el desempleo ha aumentado significativamente debido a la prolongada recesión. El desempleo fue del 27,6 por ciento en mayo de 2013 comparado con el 23,8 por ciento en mayo de 2012. De modo alarmante, la tasa de desempleo de los jóvenes de entre 15 y 24 años de edad ha continuado incrementándose y pasó de un 55,1 por ciento en mayo de 2012 a un 64,9 por ciento en mayo de 2013. El Gobierno indica que las pocas posibilidades de conseguir empleo también se reflejan en el aumento del desempleo a largo plazo, que pasó de 3,6 por ciento en 2008 a 5,7 por ciento en 2010 y 14,4 por ciento en 2012 — un porcentaje muy alto cuando se compara con la media de la UE-27 (4,6 por ciento en 2012). En 2012, la tasa de empleo (de las personas de entre 20 y 64 años de edad) era del 55,3 por ciento. En el primer trimestre de 2013 había 3 596 000 personas empleadas, lo que implica una caída de un 6,3 por ciento del empleo en comparación con el primer trimestre de 2012. A fin de responder a los desafíos que plantea la crisis económica, durante el período que abarca las memorias se han aprobado una serie de leyes para reducir los costos laborales y promover la flexibilidad en el mercado de trabajo. La conversión de los contratos de pleno empleo en contratos a tiempo parcial o en trabajos rotativos ha contribuido a la conservación de puestos de trabajo y ha evitado pérdidas de empleos. Según los datos de la Autoridad Estadística de Grecia (ELSTAT), los trabajadores a tiempo parcial representaban el 8,6 por ciento de la fuerza de trabajo en el primer trimestre de 2013, en comparación con un 7,2 por ciento en el mismo trimestre de 2012. En relación con las políticas activas de mercado del trabajo, la Comisión toma nota de que, desde 2010, más de 1 291 597 personas, ya sean empleados, empleados por cuenta propia o aprendices, se han beneficiado de 74 programas de la Organización Griega de Empleo de Mano de Obra (OAED) para la conservación del empleo, la promoción del empleo o la formación, con un presupuesto total de 3 870 000 euros. A este respecto, se estima que cuando terminen estos programas se habrán beneficiado de ellos un número total de 1 471 829 personas. Asimismo, la Comisión toma nota de que la OAED ha llevado a cabo programas en materia de empleo y formación para reforzar la situación de empleo de los jóvenes, las mujeres, los desempleados de larga duración y otros grupos afectados por la crisis. Habida cuenta de que el número de desempleados en general y de jóvenes desempleados en particular continúa siendo muy elevado, la Comisión invita de nuevo al Gobierno a especificar con mayor detalle la manera en que, en virtud del artículo 2 del Convenio, revisa las medidas y políticas de empleo adoptadas a fin de tratar de alcanzar los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido, en consulta con los interlocutores sociales. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a proporcionar información sobre los resultados de las medidas adoptadas para hacer frente al desempleo de los jóvenes y al desempleo a largo plazo.
Políticas y programas educativos y de formación. La Comisión toma nota de la información que figura en la memoria presentada por el Gobierno sobre la aplicación del Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142), en la que se indica que en noviembre de 2011 se estableció la Organización Nacional para la Certificación de las Calificaciones y la Orientación Profesional (EOPPEP), tras la fusión de tres entidades. El Programa operativo sobre desarrollo de los recursos humanos tiene un presupuesto de 2 740 millones de euros y es el instrumento de financiación más importante del Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Bienestar para la aplicación de la estrategia y de las políticas sobre desarrollo de los recursos humanos y el logro de la cohesión social. Entre las medidas implementadas en el marco del programa operativo figuran la concesión de prestaciones en materia de educación para formación de trabajadores en las empresas; programas de formación profesional continua; programas de formación profesional para los desempleados a través del uso de vales de formación; formación profesional para los grupos sociales vulnerables, y vales para la entrada en el mercado de trabajo de las personas desempleadas de hasta 29 años de edad. El programa operativo también incluye la elaboración y aplicación de un sistema integrado para la identificación de las necesidades del mercado de trabajo. La Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre el impacto de las medidas educativas y de formación en la obtención de empleos duraderos por parte de los jóvenes y otros grupos de trabajadores vulnerables. Sírvase asimismo incluir información sobre los progresos realizados en lo que respecta a la activación del Sistema nacional para vincular la educación y formación profesional con el empleo (ESSEEKA).
Modernización de las instituciones del mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que la reorganización de las instituciones del mercado de trabajo, que incluye todas las intervenciones sistémicas que contribuyen a la reforma y la integración funcional de instituciones del mercado de trabajo, se ha incluido en el programa operativo de desarrollo de los recursos humanos. El Gobierno indica que el desarrollo de estas intervenciones sistémicas se inició en 2011 y sigue en curso. Al respecto, la Comisión se remite a su solicitud directa de 2014 en relación con el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88). La Comisión e invita al Gobierno a transmitir más información sobre la eficacia de la reorganización de sus instituciones del mercado de trabajo.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que el Ministerio de Trabajo, Seguridad Social y Bienestar estableció, en septiembre de 2012, el Comité Nacional para el Dialogo Social. En la primera fase de las consultas sociales se abordaron los graves problemas y distorsiones del mercado de trabajo (desempleo, trabajo no declarado, la evasión del pago de las cotizaciones a la seguridad social, costes no salariales y burocracia, y reforma del mecanismo de fijación del salario mínimo). Durante la segunda fase de las consultas se han buscado formas de hacer frente a los desafíos que plantea el mercado de trabajo, tales como el desempleo de los jóvenes. Asimismo, la Comisión toma nota de la información en relación con las consultas tripartitas llevadas a cabo en varios comités, incluido el Comité Nacional para el Empleo. La Comisión invita al Gobierno a que continúe transmitiendo información sobre la forma en la que se tienen en cuenta las opiniones y experiencias de los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la formulación y aplicación de las medidas requeridas por el Convenio.

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas sobre políticas del empleo aplicadas en el marco del programa de ajuste. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, que se recibió en febrero de 2012, para el período que finalizó en mayo de 2011, y de la memoria adicional, recibida en agosto de 2012, en respuesta a la observación de 2011. En la memoria que se recibió en febrero de 2012 el Gobierno indica que el actual descenso, a corto plazo, de la actividad económica y el aumento del desempleo son consecuencias inevitables del ajuste de la inversión y de las expectativas de los consumidores así como de la anticipada y rápida consolidación fiscal, que, sin embargo, es necesaria para que la deuda pública se pueda gestionar y para incrementar el potencial de crecimiento del país. El Gobierno indica que el Programa Nacional de Reforma 2011 2014 se elaboró siguiendo diez directrices que figuran en el Informe conjunto sobre el empleo. En el contexto de este Programa, en virtud de la Estrategia Europa 2020 de la Unión Europea, el Gobierno ha fijado para 2020 el objetivo de alcanzar una tasa de empleo global a nivel nacional del 70 por ciento, y señala determinados problemas que existen en el mercado laboral. La Comisión toma nota de que entre los desafíos a los que hay que hacer frente, se incluyen: las dificultades que tienen determinados grupos, tales como las mujeres, los jóvenes y los trabajadores de más edad, para entrar, reincorporarse y permanecer en el mercado de trabajo; la necesidad de reforzar la función central del servicio público del empleo, así como de establecer y activar estructuras intermedias descentralizadas para la aplicación de políticas; la inadecuación de las calificaciones, y el trabajo no declarado. El Gobierno indica que el hecho incontestable es que las obligaciones que se derivan del Memorándum de Entendimiento (mayo de 2010) y de sus sucesivos suplementos restringen y definen el marco de aplicación de la política nacional del empleo. La Comisión toma nota de la información proporcionada por la inspección del trabajo en relación con los cinco primeros meses de 2011, según la cual se ha producido un descenso de un 27,67 por ciento de los contratos de empleo a tiempo completo y un aumento del 11 por ciento en el empleo rotativo. El Gobierno indica que es evidente que cada vez hay más contratos a tiempo completo que se convierten en contratos a tiempo parcial o en contratos de empleo rotativo. En respuesta a la observación de 2011, en la memoria que se recibió en agosto de 2012, el Gobierno indica que, debido a la adversa situación económica, en los últimos dos años se han realizado una serie de cambios legislativos en el marco de los memorandos de entendimiento y los programas de ajuste para el país a fin de mejorar el funcionamiento del mercado de trabajo. Además, el Gobierno informa de que se están promoviendo medidas para mejorar el acceso a los servicios sociales básicos, y para la reorganización efectiva de las instituciones del mercado de trabajo, con miras a mitigar el impacto social de la crisis. Desde comienzos de 2010 hasta mayo de 2012, más de 905 000 personas entre las que figuraban trabajadores, trabajadores independientes o pasantes, participaron en 57 programas específicos de la Organización del Empleo y de Trabajo (OAED), con un presupuesto total de 3 500 millones de euros, para el mantenimiento, la promoción del empleo y la formación profesional. El Gobierno estima que cuando finalicen estos programas se habrán beneficiado de ellos más de 1 100 000 personas. También considera que debido a estas acciones en el período 2010-2011 la tasa de crecimiento del desempleo se ha reducido en un 5 por ciento. La Comisión toma nota de las estadísticas publicadas por la Autoridad Estadística Helena (ELSTAT) que indican que, en julio de 2012, la tasa de desempleo era del 25,1 por ciento en comparación con el 17,8 por ciento en julio de 2011. El número total de personas empleadas ascendía a 3 763 142 mientras que el número de desempleados era de 1 261 604 y el número de personas inactivas ascendía a 3 356 276. El número de personas empleadas descendió en 329 086, y el número de personas desempleadas aumentó en 377 991 en comparación con julio de 2011. La Comisión toma nota de que estas estadísticas ponen de relieve que la tasa de desempleo de los jóvenes es muy elevada y que, en julio de 2012, la tasa de desempleo de los jóvenes de entre 15 y 24 años de edad alcanzaba el 54,2 por ciento. Habida cuenta de que la próxima memoria sobre el Convenio núm. 122 se tiene que transmitir en 2013, la Comisión invita al Gobierno a especificar más detalladamente la manera en que, en virtud del artículo 2 del Convenio, revisa regularmente las medidas y políticas adoptadas con arreglo a los resultados alcanzados en relación con el cumplimiento de los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido consagrado en el artículo 1. Recuerda que, con arreglo a este artículo, se deberá llevar a cabo una política activa del empleo, que puede ser complementado por otras medidas para atenuar las consecuencias del desempleo. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a que, en su próxima memoria, incluya información sobre los resultados de las medidas adoptadas a fin de superar el impacto de la crisis de la deuda en el mercado de trabajo, y sobre el número de los beneficiarios del programa antes mencionado que han conseguido un empleo duradero.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas (PYME). La Comisión toma nota de las medidas para promover las PYME. Estas medidas incluyen: un programa para apoyar las micro, pequeñas y medianas empresas del sector manufacturero; un programa sobre la iniciativa empresarial de los jóvenes y las mujeres a fin de ofrecer un apoyo inicial a las actividades empresariales y crear nuevos empleos; un programa sobre confección y calzado, y un nuevo programa sobre la iniciativa empresarial a fin de mejorar la creación de nuevas empresas. Además, el Gobierno indica que a través de la ley núm. 3912/2011 se estableció el Fondo Heleno para la Iniciativa Empresarial y el Desarrollo a fin de mejorar el clima empresarial y conceder préstamos en buenas condiciones para financiar proyectos de inversión. La Comisión pide al Gobierno que continúe transmitiendo información sobre el impacto de las medidas adoptadas para mejorar el entorno empresarial a fin de promover el desarrollo de las PYME y crear oportunidades de empleo para los desempleados.
Modernización de las instituciones del mercado de trabajo. En su observación anterior la Comisión tomó nota de que el Gobierno subrayaba la necesidad de dar prioridad a la modernización de las instituciones del mercado de trabajo. La Comisión se refiere nuevamente a su observación sobre el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88), e insta al Gobierno a que en su próxima memoria sobre el Convenio núm. 122 proporcione más información sobre la eficacia de la reorganización de sus instituciones del mercado de trabajo.
Categorías de trabajadores vulnerables. El Gobierno señala, en su memoria recibida en agosto de 2012, que las políticas para contener el desempleo y potenciar el empleo son absolutamente prioritarias, especialmente en lo que respecta a los grupos vulnerables de la población que abandonan el mercado laboral o corren el riesgo de caer en la pobreza y la exclusión social. A este fin, el Ministro de Trabajo ha estado adoptando medidas para mitigar los efectos negativos de la crisis y apoyar el empleo de los trabajadores más vulnerables. Los programas de apoyo al empleo tienen en su punto de mira a los trabajadores y a las personas desempleadas, y se centran en los grupos de la población más afectados por el desempleo, tales como los jóvenes y los grupos vulnerables que tienen que hacer frente a grandes dificultades para entrar en el mercado de trabajo. Además, se está realizando un esfuerzo conjunto para utilizar los recursos disponibles y adaptar la planificación de programas a la realidad de Grecia. Con respecto a los jóvenes, el Gobierno indica que la OAED está aplicando un programa de subsidio a los empleadores en virtud del cual el pago de las contribuciones de la seguridad social para las pensiones, los servicios de asistencia sanitaria y la cobertura de los riesgos profesionales de los jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y los 24 años están plenamente subvencionados por la OAED. Asimismo, los jóvenes desempleados se benefician de programas destinados a todas las personas desempleadas. En algunos de estos programas se da especial prioridad a los jóvenes. Además, a fin de facilitar la entrada de los jóvenes en el mercado de trabajo y abordar las altas tasas de desempleo que padece este grupo de edad se han planificado o están aplicándose políticas activas de empleo centradas en ellos, así como programas de apoyo a la iniciativa empresarial de los jóvenes a fin de facilitar su integración en el mercado de trabajo a través de la mejora de sus calificaciones y la adquisición de experiencia laboral. A este fin, se están aplicando los siguientes programas: programas de subsidios para que las empresas contraten a diplomados (de hasta 35 años de edad) de universidades e institutos tecnológicos que están desempleados para que éstos puedan obtener experiencia laboral; programas de servicios comunitarios en el sector de la cultura para jóvenes, así como programas de formación para jóvenes, utilizando vales de formación a fin de que puedan obtener experiencia laboral, ya sea general o en determinadas industrias. La Comisión invita al Gobierno a que continúe transmitiendo información sobre el impacto de las medidas adoptadas para garantizar el empleo duradero de los jóvenes y otras categorías de trabajadores vulnerables.
Políticas educativas y de formación. La Comisión toma nota de la información transmitida por el Gobierno en la memoria que se recibió en agosto de 2012 en la que indica que se proporcionó formación profesional a 374 798 trabajadores a través de 16 programas del Fondo de Empleo y Formación Profesional y de programas de ajuste estructural. En lo que respecta a los jóvenes, 26 664 estudiantes siguieron programas de formación profesional en 51 escuelas de aprendizaje, 31 institutos de formación, así como dos unidades modelo para personas con discapacidad. El Gobierno transmite información sobre las medidas adoptadas por el Ministerio de Trabajo, tales como programas sobre calificaciones básicas (informática y comunicaciones) para los desempleados con miras a combatir el desempleo y mejorar las calificaciones profesionales de la fuerza de trabajo en sectores muy afectados por la crisis económica. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre los progresos realizados para activar el sistema nacional para vincular la educación y formación profesional con el empleo (ESSEEKA).
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno reitera que los interlocutores sociales participan en el Consejo de Administración de la OAED, donde se decide sobre la preparación y aplicación de los programas elaborados y aplicados por la OAED. Los interlocutores sociales también participan en el Consejo sobre el Aprendizaje Permanente y el Empleo. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria indique la forma en la que se tienen en cuenta las opiniones y las experiencias de los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores en la formulación y aplicación de las medidas de mercado de trabajo que figuran en el programa de ajuste.

Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

La Comisión toma nota de las respuestas proporcionadas por el Gobierno en mayo de 2011 a las observaciones sobre el Convenio núm. 122 formuladas por la Confederación General de Trabajadores de Grecia (GSEE), transmitidas al Gobierno en agosto de 2010. La GSEE proporcionó nuevos comentarios que se enviaron al Gobierno en septiembre de 2011. Además, la Comisión toma nota de la discusión que tuvo lugar en la Comisión de Aplicación de Normas en la 100.ª reunión de la Conferencia (junio de 2011) en relación con la aplicación por Grecia del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98). La Comisión toma nota de que la Comisión de la Conferencia se felicitó de que el Gobierno hubiera colaborado con la OIT en los preparativos para la visita de la Misión de Alto Nivel propuesta por la Comisión de Expertos para facilitar un amplio entendimiento sobre las cuestiones planteadas por la GSEE en sus comentarios sobre la aplicación de 12 convenios ratificados por Grecia, incluido el Convenio núm. 122. Asimismo, la Comisión de la Conferencia consideró que el contacto con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Unión Europea (UE) ayudaría a la misión a entender la situación [Actas Provisionales núm. 18, segunda parte, págs. 71 a 77]. La Comisión toma nota del informe de la Misión de Alto Nivel que visitó el país entre el 19 y el 23 de septiembre de 2011 y mantuvo nuevas reuniones con la Comisión Europea y el FMI en Bruselas y Washington, D.C., en octubre de 2011.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Medidas sobre política del empleo aplicadas en el marco del programa de ajuste. En su memoria de mayo de 2011, el Gobierno indica que la crisis económica tuvo un impacto negativo en el mercado de trabajo, y en particular, sobre las categorías más vulnerables de trabajadores, tales como los trabajadores con bajas calificaciones, las personas con bajos niveles educativos, los trabajadores temporales y los inmigrantes. La crisis económica afectó principalmente a la construcción, la producción de manufacturas, el turismo, las finanzas y el comercio. El Gobierno también indica que, desde principios de 2009, el creciente costo del endeudamiento de Grecia y la rebaja de la solvencia del país por las agencias internacionales de calificación, junto con el aumento del déficit, llevaron a que el país no haya podido cumplir con sus obligaciones en relación con la deuda. La Comisión toma nota de que en julio de 2011 el Consejo de la Unión Europea indicó que la crisis económica global de 2008-2009 puso de manifiesto las vulnerabilidades de la economía griega, que incluyen: políticas fiscales no sostenibles, en parte camufladas por estadísticas no fiables e ingresos temporalmente elevados; rigideces en el mercado de trabajo y de la producción; y la pérdida de competitividad y el aumento de la deuda externa. La Misión de Alto Nivel que visitó Grecia fue informada en septiembre de 2011 de que la tasa global de desempleo había aumentado hasta un 16,5 por ciento y que el desempleo de los jóvenes alcanzaba nada menos que el 43,3 por ciento. Aunque oficialmente el desempleo de las mujeres es del 19,9 por ciento, un amplio porcentaje de mujeres han entrado a formar parte de las filas de las personas «desalentadas» que solicitan empleo, que no figuran en las estadísticas. La GSEE estima que la tasa de desempleo prevista será aproximadamente del 17 ó 18 por ciento a finales de 2011. El Gobierno informa de que se han ejecutado programas para aumentar la participación en el mercado de trabajo y promover una mayor movilidad. Entre los incentivos se incluyen: subsidios para empresas que crean nuevos empleos, subsidios para los desempleados que inician su propio negocio y apoyo para las PYME. La Comisión recuerda que en mayo de 2010 el Gobierno aceptó un Memorándum de entendimiento sobre condiciones económicas específicas, que condiciona las políticas en base al otorgamiento de asistencia financiera. A este respecto, el Gobierno tiene previsto: i) ampliar el período de prueba hasta un año para los nuevos trabajos; ii) reducir el nivel general de indemnizaciones por despido; iii) aumentar el umbral mínimo para activar las reglas sobre los despidos colectivos, especialmente para las grandes empresas, y iv) facilitar la utilización de los contratos temporales y del trabajo a tiempo parcial. En su memoria de mayo de 2011, en respuesta a la preocupación de la GSEE en relación con los despidos colectivos, el Gobierno indicó que la legislación de Grecia cumple con las directivas de la UE. En relación con las opciones de los objetivos de la política económica y el deterioro de la situación del empleo desde 2009, la Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria especifique la manera en la que, en virtud del artículo 2 del Convenio, revise las políticas y medidas adoptadas para alcanzar los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a incluir información sobre la manera en que las medidas adoptadas lograron mitigar el impacto de la crisis de la deuda sobre el mercado de trabajo.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas. La Comisión toma nota de las medidas aplicadas por el Gobierno para simplificar y acelerar el proceso de establecimiento, obtención de licencias y funcionamiento de las PYME. Además, la Comisión toma nota del establecimiento a nivel regional de «ventanillas únicas» para promover el espíritu empresarial y apoyar a las PYME. Se le informó a la Misión de Alto Nivel que el 90 por ciento del total de trabajadores ocupados lo hacían en empresas de menos de 20 trabajadores, y sólo el 6 por ciento se encontraba en empresas de más de 50 empleados. El 75 por ciento de las personas ocupadas trabajaban en PYME con menos de 10 empleados. Según los datos compilados por la misión, 150.000 PYME habían cerrado desde el inicio de la crisis (una de cada cuatro) y 100.000 otras podían clausurar en 2011. La Comisión pide al Gobierno que transmita información sobre las medidas adoptadas para mejorar el entorno empresarial, promover el desarrollo de las PYME y crear oportunidades de empleo para los desempleados.
Modernización de las instituciones del mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que el Gobierno subraya la necesidad de dar prioridad a la modernización de las instituciones del mercado de trabajo. En 2008, el Gobierno fusionó los servicios de locales de la Organización del Empleo y de Trabajo (OAED) y los Centros de Promoción del Empleo (KPA) en distritos y ciudades en los que funcionaban ambos servicios. El servicio público del empleo elaborará y aplicará medidas de empleo regionales y locales integradas para promover el espíritu empresarial entre los jóvenes y las mujeres. La Comisión se refiere a su observación sobre el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88), e invita al Gobierno a que en su próxima memoria sobre el Convenio núm. 122 transmita más información sobre la eficacia de la reorganización de las instituciones del mercado de trabajo.
Categorías de trabajadores vulnerables. El Gobierno indica que se otorgue mayor importancia a las políticas activas de empleo cuyo objetivo son los jóvenes, las mujeres y los trabajadores de más edad. Se han implementado diferentes programas para mejorar las calificaciones profesionales de las mujeres desempleadas para facilitar su integración en el mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que las políticas del empleo dirigidas a las mujeres tienen por objetivo incrementar su tasa de empleo hasta el 52 por ciento en 2013. En lo que respecta a los jóvenes, el Gobierno informa de que se ejecutaron diversos programas que incluyen: «Un inicio, Una oportunidad» para apoyar a 40.000 jóvenes desempleados que no tienen educación superior; «Nuevos trabajos» para 10.000 desempleados graduados de enseñanza secundaria de menos de 30 años, y, por último, un programa para promover las iniciativas empresariales de los jóvenes. En su memoria de mayo de 2011, el Gobierno también describe medidas adicionales cuyo objetivo es promover el empleo juvenil. La Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre el impacto de las medidas adoptadas para garantizar empleo duradero a las categorías de trabajadores vulnerables.
Políticas educativas y de formación. La Comisión toma nota de que los programas de formación profesional continua se transformarán de manera gradual para articular los sistemas de aprendizaje que combinan la educación en las aulas, la formación en el empleo y las prácticas en el empleo. Asimismo, el Gobierno quiere alentar a los empleadores, especialmente a los empleadores de las PYME, para contratar a más aprendices. La Comisión toma nota de la información dada por el Gobierno a la Misión de Alto Nivel que visitó Grecia indicando que el programa, principalmente un programa de pasantías, fue establecido por la OAED para que los jóvenes que ingresan en el mercado del trabajo recibieran un contrato que les permitiera adquirir experiencia profesional. El Gobierno indicó que los primeros resultados del programa no son satisfactorios y que la legislación se modificó en julio de 2011. La Comisión también toma nota de los esfuerzos del Gobierno por identificar las necesidades del mercado de trabajo y vincular la formación profesional con el empleo, así como de su plan de establecer 15 institutos de formación permanente. El Gobierno informó sobre la creación de un órgano especializado para promover la formación profesional continua e incrementar la participación de los empleadores y los trabajadores. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre los progresos realizados para activar el sistema nacional para vincular la educación y formación profesional con el empleo (ESSEEKA). Le ruega asimismo que se sirva transmitir información sobre los progresos realizados para invertir en el desarrollo de las calificaciones de los trabajadores.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la grave preocupación expresada por la GSEE respecto al hecho de que el diálogo social haya degenerado en un procedimiento sumario, informativo y superficial. En la memoria, recibida en mayo de 2011, el Gobierno indica que las consultas con los interlocutores sociales en materia de legislación sobre el empleo prosiguen en la medida de lo posible. La Misión de Alto Nivel que visitó Grecia observó que, en relación con el empleo, todos los interlocutores sociales manifiestan un gran deseo por promover y desarrollar las PYME sostenibles, desarrollar los recursos humanos y las políticas activas de mercado del trabajo. La Comisión recuerda la función que tienen que desempeñar las políticas activas de mercado del trabajo para abordar la dimensión humana de la crisis económica y financiera. En las observaciones finales de su Estudio General de 2010 sobre los instrumentos relativos al empleo, la Comisión subrayó que el diálogo social es esencial en circunstancias normales, y más aún en tiempos de crisis (párrafo 794 del Estudio General de 2010). La Comisión invita al Gobierno a que, en su próxima memoria, indique la forma en la que se tienen en cuenta la opinión y la experiencia de los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores al formular y aplazar las medidas de mercado del trabajo que forman parte del programa de ajuste.
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2012.]

Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

La Comisión toma nota de la memoria detallada comunicada por el Gobierno para el período que termina en mayo de 2009, incluida la información relativa a las medidas iniciales adoptadas para superar el impacto de la crisis mundial sobre el empleo.

La Comisión se remite a sus comentarios en relación con el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) respecto de las observaciones comunicadas por la Confederación General de Trabajadores de Grecia (GSEE), con el apoyo de la Confederación Sindical Internacional (CSI), y de la Confederación Sindical Europea (CSE) sobre el impacto de las medidas introducidas en el marco del mecanismo de apoyo a la economía de Grecia, en mayo de 2010. La Comisión toma nota, en particular, de que, según la GSEE, las medidas adoptadas en dicho marco no fueron un tema de diálogo social, pero que se presentaron al Parlamento para su adopción mediante un procedimiento de urgencia.

La Comisión recuerda en general el papel desempeñado por las medidas activas del mercado del trabajo cuando debe abordarse la dimensión humana de la crisis financiera y económica. En 2009, en el Pacto Mundial para el Empleo, la OIT acordó que «el objetivo del pleno empleo y productivo y el trabajo decente debe ponerse en el centro de las respuestas a la crisis». En sus observaciones finales del Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo, la Comisión subrayó asimismo que el diálogo social es esencial en circunstancias normales, y más aún en tiempos de crisis (Estudio General de 2010, párrafo 794).

Dadas las nuevas medidas adoptadas desde la última memoria del Gobierno sobre la aplicación del Convenio, la Comisión solicita al Gobierno que supervisa atentamente el impacto de la política proseguida en el marco del mecanismo de apoyo internacional, y que comunique una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio con ocasión de la próxima memoria, que se debe para 2011. La Comisión examinará los comentarios de la GSEE, junto con la respuesta del Gobierno a los mismos, así como la memoria del Gobierno, que se debe en 2011, para la próxima reunión.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

1. Continuando sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información que contiene la memoria del Gobierno correspondiente al período que finaliza en mayo de 1998. Según dichas informaciones, en 1997 la tasa de crecimiento del PIB ha crecido recientemente, y alcanzó el 3,5 por ciento. El empleo aumentó en una media del 0,9 por ciento anual durante el período 1994-1997, mientras que la población activa creció en un promedio anual del 1,5 por ciento. El desempleo ha aumentado, pasando del 9,6 por ciento en 1994 al 10,4 por ciento en 1996 y 1997, a consecuencia del aumento de la población activa, la migración urbana, la automatización de los procesos de producción, los límites impuestos al gasto del sector público, una mayor inmigración y la mayor participación de las mujeres en la fuerza del trabajo. Los grupos que más han sufrido por este flojo aumento del empleo son los jóvenes, las mujeres y los trabajadores con un nivel de instrucción de grado secundario.

2. La Comisión toma nota de que, según el servicio del empleo (OCDE), el desempleo juvenil no ha dejado de aumentar, pasando del 23,3 por ciento en 1990 al 32,1 por ciento en 1998. El Gobierno indica que, para 1998, el programa de creación de nuevos puestos de trabajo (CNJ) va dirigido a los jóvenes y a los desempleados de larga duración. Este programa se desarrolla en dos fases: la primera consiste en una experiencia práctica subvencionada que dura dos meses, y la segunda un empleo subvencionado de 16 meses de duración para los hombres (18 meses en las zonas de alto grado de desempleo) y 20 meses para las mujeres. Hay asimismo otros programas de empleo subvencionados destinados a fomentar la contratación de jóvenes. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya información sobre los progresos realizados con estos distintos programas para absorber la elevada tasa de desempleo juvenil en Grecia.

3. El Gobierno declara también que las mujeres constituyen el 60,7 por ciento de los desempleados y el 36,7 por ciento de las personas empleadas en 1997. Las estadísticas de la OCDE indican que la tasa de desempleo de las mujeres pasó del 12 por ciento en 1990 al 17,8 por ciento en 1998, y que la incidencia del desempleo de larga duración entre las mujeres ha venido aumentando durante ese mismo período. La Comisión toma nota de que algunos de los programas de la OCDE que describe el Gobierno en su memoria indican que hay disposiciones excepcionales destinadas a estimular la contratación de mujeres, por ejemplo, períodos más largos de subvención al empleo. La Comisión desearía recibir más información sobre los efectos de estas disposiciones en el aumento del empleo entre las mujeres que buscan trabajo, y sobre cualesquiera otros programas que se estén estudiando, como se pide en el formulario de memoria respecto del artículo 1 del Convenio, y sobre las tendencias con respecto a determinadas categorías de trabajadores que tienen con frecuencia dificultades para encontrar un empleo duradero.

4. El Gobierno explica que los efectos de la situación económica y social general en las políticas de empleo se estudian mediante el marco estructural comunitario para 1994-1999 (CSF II). El Gobierno declara que el promedio anual de nuevos puestos de trabajo representa el 1,7 por ciento de la fuerza de trabajo y prevé que alcanzará del 2,3 al 3 por ciento en el período 1997-2000. La Comisión desearía estar informada de los efectos del CSF II y de otros programas para el logro de los objetivos del Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

No disponible en español.
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