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Observación (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

La Comisión toma nota con preocupación de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Repetición
Asistencia técnica. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su sucinta memoria, incluida su solicitud de asistencia técnica a la OIT para que se le ayude a superar las lagunas en materia de aplicación del Convenio. Recuerda que el Gobierno proporcionó información por última vez en octubre de 2005. Toma nota de la información relativa al Anuario Estadístico de 2012, que está disponible en línea, y a la Encuesta de Hogares de 2015, que se publicará en junio de 2016. La Comisión toma nota asimismo de que, según la información disponible en el Departamento de Estadística de la OIT, no se compilan periódicamente estadísticas del mercado laboral en Djibouti. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información sobre los resultados y la metodología de la Encuesta de Hogares de 2015, tan pronto como estén disponibles, y que facilite periódicamente información sobre la aplicación del Convenio.
La Comisión toma nota de las recomendaciones formuladas por el Grupo de Trabajo tripartito del mecanismo de examen de las normas y de la decisión correspondiente del Consejo de Administración, adoptada en su 328.ª reunión (octubrenoviembre de 2016) (GB/328/LILS/2/1), exhortando a la Oficina a empezar el proceso de seguimiento con los Estados Miembros que actualmente están vinculados por este Convenio, alentándolos a ratificar el Convenio sobre estadísticas del trabajo, 1985 (núm. 160), como el instrumento más actualizado sobre el tema, lo cual implicaría la denuncia automática del Convenio núm. 63. La Comisión recuerda al Gobierno que la asistencia técnica de la OIT a este respecto se encuentra a su disposición.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Repetición
Asistencia técnica. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su sucinta memoria, incluida su solicitud de asistencia técnica a la OIT para que se le ayude a superar las lagunas en materia de aplicación del Convenio. Recuerda que el Gobierno proporcionó información por última vez en octubre de 2005. Toma nota de la información relativa al Anuario Estadístico de 2012, que está disponible en línea, y a la Encuesta de Hogares de 2015, que se publicará en junio de 2016. La Comisión toma nota asimismo de que, según la información disponible en el Departamento de Estadística de la OIT, no se compilan periódicamente estadísticas del mercado laboral en Djibouti.La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información sobre los resultados y la metodología de la Encuesta de Hogares de 2015, tan pronto como estén disponibles, y que facilite periódicamente información sobre la aplicación del Convenio.
La Comisión toma nota de las recomendaciones formuladas por el Grupo de Trabajo tripartito del mecanismo de examen de las normas y de la decisión correspondiente del Consejo de Administración, adoptada en su 328.ª reunión (octubrenoviembre de 2016)(GB/328/LILS/2/1), exhortando a la Oficina a empezar el proceso de seguimiento con los Estados Miembros que actualmente están vinculados por este Convenio, alentándolos a ratificar el Convenio sobre estadísticas del trabajo, 1985 (núm. 160), como el instrumento más actualizado sobre el tema, lo cual implicaría la denuncia automática del Convenio núm. 63.La Comisión recuerda al Gobierno que la asistencia técnica de la OIT a este respecto se encuentra a su disposición.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

Asistencia técnica. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su sucinta memoria, incluida su solicitud de asistencia técnica a la OIT para que se le ayude a superar las lagunas en materia de aplicación del Convenio. Recuerda que el Gobierno proporcionó información por última vez en octubre de 2005. Toma nota de la información relativa al Anuario Estadístico de 2012, que está disponible en línea, y a la Encuesta de Hogares de 2015, que se publicará en junio de 2016. La Comisión toma nota asimismo de que, según la información disponible en el Departamento de Estadística de la OIT, no se compilan periódicamente estadísticas del mercado laboral en Djibouti. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información sobre los resultados y la metodología de la Encuesta de Hogares de 2015, tan pronto como estén disponibles, y que facilite periódicamente información sobre la aplicación del Convenio.
La Comisión toma nota de las recomendaciones formuladas por el Grupo de Trabajo tripartito del mecanismo de examen de las normas y de la decisión correspondiente del Consejo de Administración, adoptada en su 328.ª reunión (octubre-noviembre de 2016)(GB/328/LILS/2/1), exhortando a la Oficina a empezar el proceso de seguimiento con los Estados Miembros que actualmente están vinculados por este Convenio, alentándolos a ratificar el Convenio sobre estadísticas del trabajo, 1985 (núm. 160), como el instrumento más actualizado sobre el tema, lo cual implicaría la denuncia automática del Convenio núm. 63. La Comisión recuerda al Gobierno que la asistencia técnica de la OIT a este respecto se encuentra a su disposición.

Observación (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Incumplimiento de la obligación de envío de memorias. Asistencia técnica para cumplir con las obligaciones de presentación de memorias y de aplicación de las disposiciones del Convenio. La Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno no ha comunicado informaciones desde octubre de 2005. La Comisión espera que se remita una memoria para su examen por la Comisión en su próxima reunión y que contenga las indicaciones sobre el establecimiento del observatorio del empleo y de la formación. La Comisión invita al Gobierno a que comunique una memoria que contenga informaciones completas y detalladas sobre las medidas adoptadas para dar efecto al Convenio, respondiendo a los temas que figuran en el formulario de memoria para cada una de sus disposiciones. La Comisión señala a la atención del Gobierno la posibilidad de recurrir a la asistencia técnica de las unidades especializadas de la Oficina para resolver las lagunas en la aplicación del Convenio.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Incumplimiento de la obligación de envío de memorias. Asistencia técnica para cumplir con las obligaciones de presentación de memorias y de aplicación de las disposiciones del Convenio. La Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno no ha comunicado informaciones desde octubre de 2005. La Comisión espera que se remita una memoria para su examen por la Comisión en su próxima reunión y que contenga las indicaciones sobre el establecimiento del observatorio del empleo y de la formación. La Comisión invita al Gobierno a que comunique una memoria que contenga informaciones completas y detalladas sobre las medidas adoptadas para dar efecto al Convenio, respondiendo a los temas que figuran en el formulario de memoria para cada una de sus disposiciones. La Comisión señala a la atención del Gobierno la posibilidad de recurrir a la asistencia técnica de las unidades especializadas de la Oficina para resolver las lagunas en la aplicación del Convenio.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

Incumplimiento de la obligación de envío de memorias. Asistencia técnica para cumplir con las obligaciones de presentación de memorias y de aplicación de las disposiciones del Convenio. La Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno no ha comunicado informaciones desde octubre de 2005. La Comisión espera que se remita una memoria para su examen por la Comisión en su próxima reunión y que contenga las indicaciones sobre el establecimiento del observatorio del empleo y de la formación. La Comisión invita al Gobierno a que comunique una memoria que contenga informaciones completas y detalladas sobre las medidas adoptadas para dar efecto al Convenio, respondiendo a los temas que figuran en el formulario de memoria para cada una de sus disposiciones. La Comisión señala a la atención del Gobierno la posibilidad de recurrir a la asistencia técnica de las unidades especializadas de la Oficina para resolver las lagunas en la aplicación del Convenio.
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2014.]

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Incumplimiento de la obligación de envío de memorias. Asistencia técnica para cumplir con las obligaciones de presentación de memorias y de aplicación de las disposiciones del Convenio. La Comisión lamenta tomar nota de que el Gobierno no comunicó informaciones desde octubre de 2005. La Comisión espera que se remita una memoria para su examen por la Comisión en su próxima reunión y que contenga las indicaciones sobre el establecimiento del observatorio del empleo y de la formación. La Comisión invita al Gobierno a que comunique una memoria que contenga informaciones completas y detalladas sobre las medidas adoptadas para dar efecto al Convenio, respondiendo a los temas que figuran en el formulario de memoria para cada una de sus disposiciones. La Comisión señala a la atención del Gobierno la posibilidad de recurrir a la asistencia técnica de las unidades especializadas de la Oficina para resolver las lagunas en la aplicación del Convenio.
[Se invita al Gobierno a que responda detalladamente a los presentes comentarios en 2013.]

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1989, Publicación: 76ª reunión CIT (1989)

No disponible en español.
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