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Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Islas Salomón (Ratificación : 1985)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

Artículos 3, 7, 12 y 16 del Convenio. Funcionamiento del sistema de inspección del trabajo. La Comisión toma nota de que, en respuesta a sus comentarios anteriores, que reflejan las observaciones conjuntas de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores acerca de la necesidad de fomento de la capacidad del Departamento de Trabajo, el Gobierno indica que considerará a su debido tiempo medidas de fomento de la capacidad en el ámbito de la inspección del trabajo. La Comisión se remite a la discusión celebrada durante la 110ª reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo por la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia, en 2022, relativa a la aplicación del Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182), por las Islas Salomón. Entre sus conclusiones, la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia instó al Gobierno, en consulta con los interlocutores sociales, a fortalecer la capacidad de los organismos encargados de hacer cumplir la ley y del sistema de inspección del trabajo para combatir las peores formas de trabajo infantil, y a promover su cooperación efectiva. Por consiguiente, la Comisión insta al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para fortalecer las capacidades del sistema de inspección del trabajo, a la luz de las observaciones conjuntas anteriores formuladas por los interlocutores sociales y de las conclusiones de 2022 de la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia. La Comisión recuerda que el Gobierno puede recurrir a la asistencia técnica de la OIT a este respecto.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
[Se solicita al Gobierno que responda de forma completa a los presentes comentarios en 2024].

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Repetición
La Comisión tomó nota con anterioridad de las observaciones conjuntas de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores (Cámara de Comercio e Industria de las Islas Salomón (SICCI), Asociación China de Islas Salomón (SICA), Asociación de Empresas Indígenas de las Islas Salomón (SIIBA), Asociación de Mujeres Empresarias de las Islas Salomón (SIWIBA), Asociación de Industriales de las Islas Salomón (ASIM), Asociación de Silvicultura de las Islas Salomón (SFA), Consejo de Sindicatos de las Islas Salomón (SICTU), Sindicato de Empleados Públicos de las Islas Salomón (SIPEU), Sindicato Nacional de Trabajadores de las Islas Salomón (SINUW), y Asociación Nacional de Profesores de las Islas Salomón (SINTA)). Según se indica en esas observaciones, es necesario desarrollar las capacidades del Ministerio de Trabajo y de los interlocutores sociales sobre el contenido y la aplicación de las normas internacionales del trabajo. La Comisión invitó al Gobierno a que adopte medidas formales para seguir recurriendo a la asistencia técnica de la OIT, encaminada al desarrollo de las capacidades en el ámbito de la inspección del trabajo. La Comisión toma nota de que el Gobierno no proporciona respuesta alguna en relación con estos comentarios. En consecuencia, la Comisión invita al Gobierno a que informe sobre toda medida adoptada con miras al desarrollo de las capacidades en el ámbito de la inspección del trabajo, a la luz de los comentarios de los interlocutores sociales.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

La Comisión tomó nota con anterioridad de las observaciones conjuntas de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores (Cámara de Comercio e Industria de las Islas Salomón (SICCI), Asociación China de Islas Salomón (SICA), Asociación de Empresas Indígenas de las Islas Salomón (SIIBA), Asociación de Mujeres Empresarias de las Islas Salomón (SIWIBA), Asociación de Industriales de las Islas Salomón (ASIM), Asociación de Silvicultura de las Islas Salomón (SFA), Consejo de Sindicatos de las Islas Salomón (SICTU), Sindicato de Empleados Públicos de las Islas Salomón (SIPEU), Sindicato Nacional de Trabajadores de las Islas Salomón (SINUW), y Asociación Nacional de Profesores de las Islas Salomón (SINTA)). Según se indica en esas observaciones, es necesario desarrollar las capacidades del Ministerio de Trabajo y de los interlocutores sociales sobre el contenido y la aplicación de las normas internacionales del trabajo. La Comisión invitó al Gobierno a que adopte medidas formales para seguir recurriendo a la asistencia técnica de la OIT, encaminada al desarrollo de las capacidades en el ámbito de la inspección del trabajo. La Comisión toma nota de que el Gobierno no proporciona respuesta alguna en relación con estos comentarios. En consecuencia, la Comisión invita al Gobierno a que informe sobre toda medida adoptada con miras al desarrollo de las capacidades en el ámbito de la inspección del trabajo, a la luz de los comentarios de los interlocutores sociales.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, recibida en la OIT el 30 de septiembre de 2012, así como de los comentarios conjuntos de las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, adjuntos a la misma (Cámara de Comercio e Industria de las Islas Salomón (SICCI), Asociación China de Islas Salomón (SICA), Asociación de Empresas Indígenas de las Islas Salomón (SIIBA), Asociación de Mujeres Empresarias de las Islas Salomón (SIWIBA), Asociación de Industriales de las Islas Salomón (ASIM), Asociación de Silvicultura de las Islas Salomón (SFA), Consejo de Sindicatos de las Islas Salomón (SICTU), Sindicato de Empleados Públicos de las Islas Salomón (SIPEU), Sindicato Nacional de Trabajadores de las Islas Salomón (SINUW), y Asociación Nacional de Profesores de las Islas Salomón (SINTA)). Según las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, existe una necesidad de desarrollo de las capacidades del Ministerio de Trabajo y de los interlocutores sociales sobre el contenido y la aplicación de las normas internacionales del trabajo. En este sentido, la Comisión toma nota con interés de que el Gobierno manifestó su satisfacción por la asistencia técnica brindada por la Oficina para la preparación de las memorias en relación con el artículo 22 y la facilitación de la discusión de las memorias con los interlocutores sociales. La Comisión invita al Gobierno a que adopte medidas formales para recurrir a más asistencia técnica de la OIT, encaminada al desarrollo de las capacidades en el terreno de la Inspección del Trabajo, y a que mantenga informada a la Oficina de la evolución en ese sentido.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

No disponible en español.
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