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Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) - Albania (Ratificación : 1957)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

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Observación (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

La Comisión ha tomado nota con interés de la información que figura en la memoria comunicada por el Gobierno en 1996. En particular, ha tomado nota de las prohibiciones relativas al trabajo forzoso contenidas en el artículo 4 de la Constitución de la República de Albania de 1991 y en el artículo 8 del Código de Trabajo de 1995, que tienen en cuenta las disposiciones del Convenio núm. 105, así como también las del presente Convenio. La Comisión envía al Gobierno una solicitud directa relativa a ciertos puntos.

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