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Caso individual (CAS) - Discusión: 2009, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

Un representante gubernamental expresó su agradecimiento a la Comisión de Expertos por sus comentarios y observaciones favorables en relación con la memoria de China sobre la aplicación del Convenio núm. 122, que contribuyen a sus esfuerzos para la promoción del empleo.

China está firmemente comprometida con los objetivos establecidos en el Convenio núm. 122 de un empleo pleno, productivo y libremente elegido. El Convenio ofrece un marco positivo para que China afronte los desafíos en materia de empleo que tiene planteados. Con una población de 1.300 millones, el Gobierno ha dado siempre prioridad a la creación de empleo y se ha esforzado denodadamente para aplicar eficazmente el Convenio núm. 122. En la memoria del Gobierno sobre su aplicación se detallan las medidas políticas y legislativas al respecto.

El mercado de trabajo se ha desarrollado mediante el crecimiento económico sostenible que ha permitido crear un gran número de puestos de trabajo. El Gobierno ha procurado desarrollar la industria terciaria y los sectores con alto coeficiente de mano de obra, la empresa privada y la inversión extranjera, la creación de pequeñas y medianas empresas (PYME), el empleo por cuenta propia y otras formas flexibles del empleo. A fin de garantizar que la creación de puestos de trabajo sea una de las principales prioridades de las políticas macroeconómicas y de coordinar las mencionadas políticas, el Gobierno, en sus diferentes instancias, ha establecido grupos de trabajo interdepartamentales, encabezados por el grupo dirigido por el viceprimer ministro, y que agrupan a los representantes de más de 20 ministerios.

Se han adoptado políticas activas de empleo centradas principalmente en los siguientes ámbitos: la reducción fiscal, el microcrédito, los préstamos con modificación de intereses para incentivar la creación de empresas y el trabajo por cuenta propia; los incentivos a la contratación mediante la reducción fiscal y los subsidios a la cobertura del seguro social para las empresas que contratan a desempleados; los planes de creación de empleo en el sector público para trabajadores difíciles de colocar; y programas de asistencia al empleo destinados a garantizar al menos trabajo a un miembro de cada familia.

Además, se han aprobado medidas para unificar el mercado laboral y proporcionar servicios de empleo público. Estos servicios se ofrecen gratuitamente tanto a residentes urbanos como rurales: A finales de 2008, China contaba con 37.000 agencias de colocación, 24.000 de ellas públicas, que ayudan a encontrar trabajo cada año a 20 millones de personas.

A fin de fortalecer la formación profesional y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, China ha establecido un sistema de formación profesional orientado al empleo tanto para la fuerza de trabajo urbana como rural. A finales de 2008 había más de 3.000 escuelas técnicas, más de 3.000 centros de formación de empleo y más de 21.000 instituciones de formación privada repartidos por toda China, que ofrecían formación a 20 millones de personas al año, incluidos 9 millones de trabajadores rurales.

Se ha mejorado la legislación laboral y la aplicación de la misma para proteger los derechos de los trabajadores. El Gobierno chino ha promulgado una serie de leyes y reglamentos en relación con asuntos tales como los contratos de trabajo, la promoción del empleo y el empleo de las personas con discapacidades. La Ley de Contratos de Trabajo ha incrementado el número de contratos laborales y ha reducido la utilización de contratos de corta duración, lo que ha aumentado la seguridad en el empleo. La Ley de Promoción del Empleo ha traducido las políticas de promoción del empleo en leyes concretas que han servido de importante apoyo legal a sus usuarios para encontrar empleo a tiempo completo. El salario mínimo, establecido en todas las provincias y municipios ha experimentado subidas al menos una vez cada dos años. Dentro del Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social se ha creado un nuevo departamento encargado de proteger a los trabajadores rurales migrantes y mejorar la inspección de trabajo. En 2006 se puso en marcha un programa de formación especial para 40 millones de trabajadores rurales, ejecutable a lo largo de 5 años, así como planes de acción para ampliar la cobertura de la seguridad social a los trabajadores migrantes.

Gracias al acierto en la aplicación de estas políticas, China ha logrado mantener constante el incremento de la creación de empleo y ha mejorado la estructura de su mercado laboral. Desde 2003 se han creado más de 10 millones de puestos de trabajo y 8 millones de trabajadores han podido desplazarse de las áreas rurales a las urbanas en busca de un nuevo empleo, sin que ello haya repercutido negativamente en el desempleo de las zonas urbanas, que no ha superado el 4,2 por ciento en 2008.

La crisis financiera ha perjudicado considerablemente a la economía china, especialmente al sector de la exportación y a las PYME. Los trabajadores migrantes y los recién llegados a los mercados de trabajo, entre otros los licenciados universitarios, han sido algunos de los más afectados. Se han adoptado una serie de medidas para afrontar esta situación. Se ha estimulado la demanda interna a fin de garantizar el crecimiento económico y promover el empleo, asignando partidas presupuestarias por valor de 6.800 millones de dólares de los Estados Unidos destinadas sobre todo a incentivar las infraestructuras, las obras públicas, la inversión en desarrollo rural y al apoyo a las industrias con un alto coeficiente de mano de obra, en particular, las PYME y el sector de servicios. Se ha dado una atención prioritaria, tanto en el diseño como en la aplicación al impacto de los grandes proyectos sobre el empleo. Así, a fin de aliviar la carga de las empresas, se ha permitido aplazar o remitir el pago de las contribuciones a la seguridad social a las empresas con dificultades económicas, y se les han ofrecido subsidios a aquellas que han logrado retener a sus trabajadores mediante formación en el servicio, los puestos de trabajo compartido o los acuerdos salariales flexibles.

Se han intensificado las políticas activas de empleo, mediante la oferta de incentivos a los buscadores de empleo y los desempleados, los trabajadores migrantes y los jóvenes recién licenciados. Se mejoraron los servicios de empleo público: de 2009 a 2011 se ha puesto en marcha un programa que ofrece pasantías a 3 millones de licenciados universitarios, y en 2009 se lanzaron planes para ayudar a un millón de desempleados a largo plazo, y para que 8 millones de trabajadores migrantes pasen del sector agrícola al sector servicios. Para los trabajadores de las empresas en dificultades, los trabajadores rurales migrantes, los trabajadores despedidos y personas en búsqueda de su primer empleo se ha puesto en marcha un programa de formación profesional de 2 años, al cual se espera incorporar a 15 millones de personas durante 2009.

Se ha fomentado el diálogo social como un instrumento para responder a la crisis, alentando a las empresas a introducir mejoras en su gestión y tecnología a fin de minimizar los recortes laborales, y favoreciendo a los sindicatos para que ayuden a los trabajadores a entender las medidas de apoyo adoptadas por las empresas, como los horarios flexibles de trabajo, etc.

El orador dijo que China ha aumentado la cobertura de la seguridad social para garantizar que más gente, especialmente los trabajadores migrantes de las zonas rurales y las personas con formas flexibles de empleo, puedan disfrutar de sus prestaciones, y está acelerando la creación de un sistema de seguro médico básico. De 2009 a 2011 todas las instancias del Gobierno invirtieron alrededor de 120.000 millones de dólares de los Estados Unidos para mejorar el seguro médico y el sistema de servicio sanitario en general. Para 2010, todos y cada uno de los 1.300 millones de ciudadanos del país gozarán de plena cobertura de la seguridad social.

Al recordar la enorme pérdida de vidas humanas y propiedades causadas por el terremoto Wenchuan, en la provincia de Sichuan, en 2008, manifestó su gratitud por la simpatía y el apoyo recibidos de la comunidad internacional tras la catástrofe. Se han puesto en marcha varias estrategias de empleo para frenar las consecuencias de esta devastación, entre otras: la adopción de medidas de emergencia y de programas especiales de ayuda al empleo para impulsar la producción y estabilizar el empleo; la coordinación entre más de 20 provincias para prestar asistencia individualizada a los distritos afectados; la creación de puestos de trabajo dentro de los proyectos de reconstrucción; y la ayuda a los trabajadores a encontrar empleo mediante programas destinados a los desplazados por la tragedia. A fecha de marzo de 2009, 100.000 personas habían recuperado su puesto de trabajo en los proyectos de reconstrucción y más de 3 millones en los programas destinados a los migrantes afectados. La reconstrucción de las zonas devastadas avanza a buen ritmo y se aprecia una lenta recuperación del mercado de trabajo.

El orador destacó y expresó su agradecimiento por el firme apoyo recibido por parte de los interlocutores sociales. La Federación de Sindicatos de China (ACFTU) y la Confederación de Empresas de China (CEC) han participado activamente en la formulación de leyes y reglamentos, pero han emprendido también sus propios programas de empleo. China, que ha gozado del apoyo prestado por la OIT y gobiernos extranjeros, coopera estrechamente con ellos en proyectos de creación de empleo y promoción de la legislación laboral, por ejemplo, el Programa de la OIT «Inicie y mejore su negocio», la ayuda al empleo en las zonas devastadas, el empleo juvenil, la promoción del empleo de los migrantes en las zonas rurales el empleo de las personas discapacitadas y otras cuestiones. Asimismo, agradeció que esta cooperación haya ofrecido a China la oportunidad de ampliar su experiencia internacional, la cual ha redundado en beneficio de la promoción de sus actividades de empleo.

Para concluir, el representante gubernamental dijo que aunque China ha adoptado una serie de medidas para fomentar el empleo, obteniendo con ellas grandes resultados, su enorme población, la industrialización, la urbanización, la reestructuración económica y, en comparación con otros países, la escasa calidad de su mano de obra son factores que ejercen una presión negativa sobre el empleo a largo plazo, una presión que ningún otro país experimenta. En este sentido afirmó que China tiene 24 millones de personas que buscan trabajo en las ciudades y 10 millones de trabajadores rurales que esperan ser transferidos a zonas urbanas. Sin embargo, el orador expresó su confianza de que este problema se aborde adecuadamente de un modo que no sólo beneficie el desarrollo económico y la estabilidad social de China sino que contribuya también a la paz y al desarrollo del mundo entero. El compromiso de su Gobierno con los objetivos del Convenio núm. 122 permanece invariable y seguirá esforzándose por aplicar y mejora las diversas políticas y medidas de promoción del empleo, entre otras, las sugeridas por la Comisión de Expertos, y también para unificar el mercado laboral y aumentar la transparencia de los sistemas de información del mercado laboral. En su próxima memoria se facilitarán informaciones sobre los avances alcanzados al respecto. Por último, afirmó que China continúa dispuesta a reforzar el intercambio y los lazos de cooperación con la Comunidad internacional en el ámbito del empleo y a compartir sus experiencias a fin de propiciar el cumplimiento del objetivo de un trabajo decente para todos.

Los miembros trabajadores agradecieron al Gobierno que haya presentado una actualización detallada de la información sobre la situación del empleo que comunicó a la Comisión de Expertos en 2006, a saber, antes de la crisis económica y financiera mundial. Durante los últimos treinta años, China se ha orientado progresivamente hacia una economía de mercado y ha conocido una expansión considerable del sector privado urbano, que se ha producido al mismo tiempo que el declive de las empresas estatales. En este contexto, la oferta de empleo y la demanda de trabajo han evolucionado de forma divergente. En la actualidad, hay 24 millones de personas en China que buscan empleo en zonas urbanas, aunque la economía sólo llega a absorber 12 millones de nuevos trabajadores al año. A esto hay que añadir la existencia de desempleo «oculto» en las zonas rurales y las empresas estatales. La crisis económica da lugar a que el desafío que encara el mercado de trabajo chino resulte aún más complicado. Asimismo, cabe señalar diversas cuestiones que plantean problemas: la adaptación de las categorías vulnerables, especialmente de la población rural con ingresos bajos; la integración en la economía de las personas con discapacidades; la reclasificación de los trabajadores de las empresas estatales; la condición de los trabajadores migrantes internos, y el problema de la calidad de los empleos, especialmente desde el punto de vista de la seguridad y la salud en el trabajo.

Señalaron que, aunque China tiene una legislación del trabajo que cubre de forma satisfactoria el contrato de trabajo, el tiempo de trabajo, las horas extraordinarias, el salario mínimo, el despido, etc., los problemas más graves son que estas disposiciones se aplican con poca frecuencia, los controles son escasos y las sanciones insignificantes. Actualmente, China tiene 145 millones de trabajadores que no perciben el salario mínimo. Con frecuencia se producen problemas de pago de salarios: según los sindicatos, en 2006 el 70 por ciento de los 100 millones de trabajadores migrantes del país recibieron su salario con retraso o no recibieron salario alguno. Además, señalaron que la cobertura social de los trabajadores es claramente inadecuada. En 2006, de 764 millones de trabajadores: el 25 por ciento tenían seguro de vejez, el 21 por ciento seguro de enfermedad, el 14 por ciento seguro de accidentes del trabajo y el 9 por ciento disfrutaba de prestaciones conexas. Los miembros trabajadores concluyeron diciendo que queda por ver de qué manera el Gobierno hará frente a estos desafíos.

Los miembros empleadores recordaron que el Convenio núm. 122 exige como un objetivo de mayor importancia, que todo miembro formule y lleve a cabo, una política activa destinada a fomentar el empleo pleno, productivo y libremente elegido que será aplicada por métodos acordes con las condiciones y prácticas nacionales, y en consulta con los interlocutores sociales. Por lo tanto, en el presente caso no se hace un llamamiento para que se realice un análisis de la legislación nacional en relación con los términos del Convenio, sino un análisis más general para determinar si las políticas de empleo y del mercado de trabajo en China son conformes a las disposiciones del Convenio núm. 122. Expresaron su agradecimiento por la información detallada proporcionada por el Gobierno y señalaron que el caso se examinaba por primera vez en la Comisión.

En su observación más reciente, la Comisión de Expertos señaló que el desempleo ha disminuido y que la estabilidad en el empleo ha aumentado. También señaló la adopción de la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley de Promoción del Empleo, que incluyen, inter alia, disposiciones que hacen referencia a la promoción del empleo, el apoyo gubernamental a la promoción del empleo, el refuerzo de la capacitación y formación profesional, y el aumento de las oportunidades de empleo. La Comisión de Expertos pidió información adicional sobre el modo en que el objetivo del empleo pleno y productivo orienta las políticas macroeconómicas, y sobre el modo en que la legislación nacional contribuye al logro de dicho objetivo. La Comisión tomó nota asimismo de los esfuerzos desplegados por el Gobierno para promover el empleo de la fuerza de trabajo rural en sus propias localidades, y de las políticas adoptadas para propiciar la igualdad de oportunidades de empleo, unas mejores condiciones para el empleo urbano, y la movilidad sindical de la fuerza de trabajo rural. Además, la Comisión de Expertos pidió al Gobierno que suministre más información sobre las medidas adoptadas para cerrar la brecha respecto de la situación en el empleo de los trabajadores urbanos y los trabajadores rurales. Con arreglo a la observación de la Comisión de Expertos, el Gobierno adoptó una legislación que exige integrar la cuestión del empleo para las personas con discapacidades en el plan de desarrollo económico y social. La Comisión de Expertos pidió al Gobierno que indique las otras medidas adoptadas a fin de aumentar las oportunidades de empleo para las personas con discapacidades. Los miembros empleadores alentaron enérgicamente al Gobierno a que siga proporcionando información detallada sobre todos los puntos arriba mencionados.

Asimismo, la Comisión de Expertos solicitó información adicional sobre el régimen de seguro social. A juicio de los miembros empleadores, dicha información sólo podría considerarse valiosa en el contexto del Convenio en la medida en que está vinculada con la eficacia de las políticas activas de empleo. Tomando nota con interés de que, en su mayor parte, la generación de empleo en los últimos años ha sido propiciada por pequeñas y medianas empresas privadas, los miembros empleadores se felicitaron de que el Gobierno siga apoyando a las empresas sostenibles, en particular pequeñas y medianas, e invitó al Gobierno a seguir proporcionando información pertinente a este respecto. Los miembros empleadores tomaron nota asimismo con interés de las iniciativas en materia de formación profesional emprendidas por el Gobierno, y le alentaron a seguir facilitando información detallada sobre las políticas educativas que atienden las necesidades del mercado de trabajo. Por último, señalaron que el Gobierno debería seguir celebrando consultas con los interlocutores sociales con respecto a cada una de las políticas elaboradas a fin de promover el empleo pleno y productivo.

El miembro trabajador de China resaltó la solicitud formulada por la Comisión de Expertos al Gobierno chino para obtener más información sobre cuestiones como la formulación y ejecución de la política de empleo, la mejora del mercado de trabajo, el aumento del empleo, la promoción de la armonía social y el desarrollo estable, la eliminación de la disparidad entre los trabajadores rurales y urbanos, la optimización de los actuales sistemas de seguro social, el fortalecimiento de la capacitación y formación profesional y la prestación de asistencia en materia de empleo a las personas con discapacidades, especialmente en las zonas rurales. Al solicitar dicha información, la Comisión de Expertos está desempeñando un papel activo al exigir al Gobierno que mejore sus planes y políticas sobre dichas cuestiones. Expresó su agradecimiento a la Comisión por la atención prestada por la Comisión al empleo en China e indicó que los sindicatos de China harán lo propio para instar al Gobierno a mejorar la aplicación del Convenio núm. 122, de conformidad con las solicitudes y expectativas de la Comisión de Expertos.

Al tratarse del país en vías de desarrollo más grande del mundo, con una población de 1.300 millones, China se enfrenta a un grave desequilibrio entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo. La situación se ha visto agravada por la crisis financiera mundial, que ha empeorado más aún la tasa de desempleo en China. Cada año, China tiene unos 24 millones de personas que buscan empleo en las zonas urbanas y alrededor de 10 millones de trabajadores urbanos solicitan la transferencia a otros puestos de trabajo, mientras que 6 millones de nuevos graduados se incorporan al mercado de trabajo. La Comisión de Expertos ha prestado especial atención a los trabajadores rurales migrantes en China, que en la actualidad suman alrededor de 230 millones y de los cuales unos 120 ó 130 millones son empleados en las ciudades. La crisis financiera ha tenido un gran impacto en las pequeñas y medianas empresas (PYME) en la región costera oriental de China, donde más de 60.000 PYME han cesado sus actividades, dejando a más de 20 millones de campesinos sin trabajo, los cuales se han visto obligados a regresar a sus hogares. Además, alrededor de 20 millones de bebés nacen cada año en el país. Como resultado, el crecimiento económico de China ha experimentado una fuerte disminución desde el tercer trimestre de 2008. Muchas empresas, especialmente en industrias con un alto coeficiente de mano de obra y en el sector de las exportaciones, han visto su producción gravemente afectada y muchas han sido obligadas a reducir la producción o cerrar por completo, lo que ha conllevado a importantes pérdidas de puestos de trabajo. Sin embargo, la tasa de desempleo se ha mantenido por debajo del 4,2 por ciento. Al mantener un nivel razonable de vida de sus 1.300 millones de habitantes, China ha preservado su estabilidad social, lo que en sí mismo es una contribución a toda la humanidad.

El orador añadió que a lo largo de los años, aunque el Gobierno ha puesto en marcha una serie de planes y políticas para la promoción del empleo y ha hecho grandes esfuerzos para optimizar el mercado de trabajo y promover la igualdad de oportunidades de empleo, los sindicatos chinos han señalado que, en cuestiones como la reducción de la brecha de empleo entre las zonas rurales y urbanas, la promoción del empleo de los grupos vulnerables y la divulgación de información sobre el mercado de trabajo, el Gobierno podría intensificar sus esfuerzos y obtener mejores resultados.

En lo que respecta a las repercusiones de la crisis financiera y de la grave situación del empleo, hizo hincapié en que los interlocutores sociales deberían desempeñar un papel activo en la formulación de políticas económicas y sociales nacionales. Los sindicatos de China no han escatimado esfuerzos para adoptar medidas concretas con objeto de estabilizar el empleo y salvaguardar el derecho de los trabajadores al trabajo, incluida la participación en la formulación de una política de empleo más previsora con miras a garantizar el derecho de los trabajadores a elegir su fuente de trabajo, explorando las ventajas organizativas de los sindicatos para ofrecer a los desempleados oportunidades de capacitación y servicios de empleo a través de más de 2.000 centros de formación y 1.800 agencias de trabajo gestionados por los sindicatos, lanzando campañas de asistencia para decenas de millones de trabajadores migrantes rurales, extendiendo la ayuda a los trabajadores necesitados e inaugurando un programa de acción para el empleo de los graduados. Al mismo tiempo, se ha iniciado una campaña que alienta a las empresas a abstenerse de reducir los salarios y despedir a los trabajadores, para cuyo efecto se ha establecido un mecanismo comparativamente amplio de control de la aplicación de la ley. Hasta la fecha, se han creado casi 321.000 órganos de supervisión. El orador señaló además que los sindicatos seguirán instando al Gobierno a cumplir sus responsabilidades, en particular con respecto al Convenio núm. 122.

Para concluir, señaló que la crisis económica mundial ha provocado el cierre de muchas empresas y la pérdida de millones de puestos de trabajo, lo que supone una gran amenaza para la estabilidad social. La aplicación de las normas internacionales del trabajo, promoverá sin duda el establecimiento de un orden económico racional y estimulará el crecimiento económico. La OIT ha realizado grandes esfuerzos y ha contribuido activamente mediante la promoción de la ratificación y aplicación de sus convenios, y los sindicatos de China seguirán instando al Gobierno, en sus esfuerzos por aplicar el Convenio núm. 122, a que escuche a las diversas partes, aplique activamente políticas de empleo y fortalezca el diálogo social a fin de lograr trabajo decente para todos los trabajadores de China.

El miembro empleador de China indicó que China es un país en transición con una gran densidad de población, y que el reciente incremento de trabajadores despedidos es motivo de gran preocupación. El Gobierno adoptó una serie de medidas para promover el empleo y puso en práctica políticas de empleo activo para estabilizar el empleo y crear condiciones que lo propicien, así como para impulsar el desarrollo de las empresas chinas y el desarrollo sostenible de la economía nacional. La Confederación de Empresas de China (CEC) también ha realizado esfuerzos considerables para estabilizar el empleo. En primer lugar, ha colaborado activamente con el Gobierno y las organizaciones de empleadores y de trabajadores en materia de políticas comerciales, reflejando de forma apropiada los problemas a los que se enfrentan las empresas con respecto al empleo, y participando en la formulación y aplicación de políticas de empleo. En segundo lugar, la CEC ha concedido una gran importancia a sus responsabilidades sociales, y ha promovido así la formación de los trabajadores para la adquisición de competencias profesionales, la mejora de conocimientos del personal directivo, y la formación de los agricultores. La CEC también ha tratado de explorar la capacidad interna de las empresas para asegurar que no se despedirá a los trabajadores. Gracias al paquete de medidas de estímulo proporcionado por el Gobierno, las empresas chinas han proporcionado empleo a un creciente número de trabajadores. Por ejemplo, se han creado 200.000 nuevos puestos de trabajo para trabajadores migrantes internos y licenciados universitarios.

La miembro trabajadora de Francia declaró que en el contexto de la crisis económica mundial la aplicación por parte de China del Convenio núm. 122 reviste una importancia particular. Dijo que en períodos de crisis existe cierta tendencia a dejar en segundo plano la protección de los trabajadores. Sin embargo, recientemente se han producido algunos cambios positivos en China, y ejemplo de ello es que en 2008 entró en vigor una Ley sobre la Definición de la Relación de Trabajo. Esta ley establece la obligación de utilizar contratos escritos de trabajo y prevé, entre otras cosas, sanciones para los empleadores que no respetan los derechos de los trabajadores, especialmente en caso de despido. El Gobierno, a través del Plan Estatal de Acción sobre Derechos Humanos (2009-2010), ha adquirido ciertos compromisos en lo que respecta al derecho del trabajo, el derecho a un nivel de vida mínimo, el derecho a la salud, el derecho a la protección social, el derecho de expresión y la garantía de los derechos e intereses de los campesinos. Sin embargo, la aplicación práctica de este arsenal jurídico es la que plantea problemas. Muchas empresas invocan la crisis para realizar despidos masivos. Las autoridades centrales han autorizado a las autoridades locales a congelar el salario mínimo, suspender el pago de las cotizaciones sociales o liberalizar el tiempo de trabajo o el cálculo del salario. El Gobierno debería asegurar que se aplica la legislación vigente apoyándose especialmente en un diálogo social real y eficaz. La oradora habló de la responsabilidad de los empleadores en esta situación. Señaló que las presiones ejercidas por ciertos grandes grupos no alientan al Gobierno a promover la seguridad en el empleo, la protección social o el pago de salarios mínimos decentes. Dijo que el hecho de que las empresas multinacionales puedan tener una influencia negativa implica que también pueden tener una influencia positiva para conseguir un mayor respeto de los asalariados y de sus condiciones de trabajo. Terminó diciendo que esto ha de tomarse en consideración en el marco de la responsabilidad social de las empresas.

El miembro trabajador de los Estados Unidos consideró que la aplicación del Convenio núm. 122 por parte de China plantea graves preocupaciones, incluyendo, en particular, cuatro puntos distintos, pero relacionados.

Primeramente, de conformidad con el artículo 1 del Convenio, la política de empleo de un Estado Miembro debe tener el objetivo de garantizar que haya libertad de elección de empleo y propiciar que todo trabajador calificado use su competencia y capacidad en un empleo para el que se encuentre capacitado, sin distinción de raza, color, sexo, religión, opinión política, nacionalidad ni origen social. Sin embargo, numerosos informes, inter alia, de la CSI, el Departamento de Estado de los Estados Unidos y Human Rights Watch documentan los encarcelamientos, el hostigamiento y la intimidación constantes de los trabajadores que han expresado opiniones políticas que difieren de las adoptadas por el Estado. Por lo tanto, considera esencial que el Gobierno explique cómo sus políticas y actividades garantizan su conformidad con el artículo 1 del Convenio, especialmente con respecto a los trabajadores que tengan opiniones políticas divergentes, especialmente en la situación actual de crisis económica.

En segundo lugar, el artículo 2 destaca la necesidad de adoptar las medidas necesarias para la consecución de los objetivos especificados en el artículo 1. La educación es un factor elemental para cumplir con el Convenio núm. 122, ya que los trabajadores que no son conscientes de los derechos previstos en virtud de la ley, no pueden ejercerlos. La educación, sin embargo, significa más que la mera sanción de una ley. También significa asegurarse de que la nueva ley sea entendida y accesible para todos los trabajadores, con independencia de su origen u opinión política. Pidió, por lo tanto, un amplio proceso de educación pública para difundir información sobre la reciente aprobación de la legislación relativa al empleo, según lo recomendado por la CSI. Además, comparte la opinión del miembro trabajador de Francia de que el cumplimiento efectivo es un elemento clave para la observancia del Convenio núm. 122 y lamentó la falta de aplicación de las leyes laborales en China.

En tercer lugar, de conformidad con el artículo 3, las consultas constituyen un elemento esencial en la formulación de las políticas de empleo. No obstante, las consultas en China siguen limitadas al ámbito de la estructura del Estado. Considera que las consultas deberían ser sinceras y amplias, y deberían incluir a trabajadores independientes y los grupos de derechos humanos, así como a las categorías de personas vulnerables como las personas con discapacidad. En coincidencia con la CSI, instó al Gobierno a garantizar que todos los grupos y las partes interesadas, incluidas las organizaciones de trabajadores, grupos de mujeres y de trabajadores migrantes, participen plenamente en la consulta y el proceso de enmienda de la legislación.

En cuarto lugar, consideró que la transparencia es vital para todos los aspectos del Convenio. Concluyó diciendo que el Gobierno debería, por lo tanto, proporcionar a la sociedad civil, a los trabajadores y a los medios de comunicación, informes oportunos sobre la marcha de todas las cuestiones relativas a la aplicación del Convenio núm. 122.

El representante gubernamental de China agradeció a los miembros empleadores y trabajadores, así como a los demás miembros de la Comisión, las observaciones positivas y el aliento por los esfuerzos realizados y los progresos alcanzados por su Gobierno en la aplicación del Convenio. Su comprensión de los retos y las dificultades que China afronta y su asesoramiento y sugerencias para mejorar la aplicación del Convenio son muy apreciadas. Señaló que se dará la debida consideración a los debates de la Comisión y las observaciones formuladas por la Comisión de Expertos. Desea destacar, al igual que los miembros empleadores, que el Convenio exige que el Gobierno siga una política con métodos que son apropiados a las condiciones y prácticas nacionales. Garantizó a la Comisión que puede estar segura del compromiso de su Gobierno con la plena aplicación del Convenio núm. 122 y de su intención de continuar sus esfuerzos para desarrollar la economía, crear un sistema de mercado de trabajo que funcione debidamente, fortalecer la formación profesional, mejorar la seguridad social y reforzar los mecanismos de aplicación de la ley. Dijo además que su Gobierno está dispuesto a cooperar con la OIT y los miembros tripartitos de esta organización en el esfuerzo mundial para promover el trabajo decente para todos.

Los miembros trabajadores observaron que las políticas y enfoques adoptados por China en materia de empleo son de vital importancia tanto para los trabajadores chinos como para el mundo entero en estos tiempos de crisis financiera. Por consiguiente, presentan al Gobierno las siguientes solicitudes: 1) que siga proporcionando información sobre las políticas de empleo; las medidas adoptadas y los resultados obtenidos en lo que respecta a sus políticas tendentes a generar más empleo sostenible; la modificación del sistema de permisos de trabajo y de residencia; la mejora de la situación de las personas con discapacidades y de otros grupos vulnerables; la organización de la readaptación profesional y la formación de los trabajadores en período de reestructuración; el refuerzo de la aplicación efectiva de la legislación del trabajo con objeto de lograr un trabajo decente para todos los trabajadores, y el establecimiento de una seguridad social adecuada y de servicios sanitarios accesibles para todos; 2) que siga informando acerca de los efectos de su nueva legislación, en particular la nueva ley del contrato de trabajo desde principios de 2008 y la nueva reglamentación sobre el empleo de las personas con discapacidades desde el 1.º de mayo de 2007, y 3) que siga precisando el papel que desempeñarán en este contexto el diálogo social y la intervención constructiva de los sindicatos.

Los miembros empleadores tomaron nota con interés del importante papel que las políticas de creación de empleo están desempeñando en la política macroeconómica de China. Recordando que el Convenio establece un marco para la elaboración de una política de empleo activa de conformidad con las condiciones nacionales, alentaron al Gobierno a seguir formulando y aplicando políticas que promuevan el empleo pleno y productivo y a que incluyan a los interlocutores sociales a este respecto. Por último, los miembros empleadores se contentaron con el hecho de que el Gobierno de China esté dispuesto a presentar un informe completo sobre sus políticas para promover el empleo pleno y productivo y sobre los progresos realizados en relación con la consecución de dicho objetivo.

Conclusiones

La Comisión tomó nota con interés de las informaciones detalladas suministradas por el representante gubernamental, y de la discusión tripartita que tuvo lugar en relación con las medidas adoptadas para responder a la crisis financiera apoyando el empleo y estimulando el crecimiento mediante políticas activas de mercado del trabajo como lo requiere el Convenio núm. 122.

La Comisión se felicitó de la información dada por el Gobierno sobre la situación del mercado del trabajo y de su compromiso de asegurar que tenga trabajo al menos un miembro de cada familia. El Gobierno indicó que el desempleo urbano registrado en 2008 llegó al 4,2 por ciento y que anualmente el país se encontraba con 24 millones de personas que buscaban trabajo en las zonas urbanas además de 10 millones de trabajadores rurales que buscaban trasladarse a las ciudades para encontrar empleo provocando una muy grande presión en el mercado del trabajo. El Gobierno también informó sobre las medidas tomadas para alcanzar un mercado del trabajo unificado y asegurar servicios públicos de empleo, reforzar la formación profesional y la empleabilidad de los trabajadores, mejorar la seguridad social y ampliar la cobertura del seguro de salud, y reforzar las medidas legislativas recientemente adoptadas sobre contrato del trabajo y promoción del empleo, las cuales habían creado un marco para alcanzar pleno empleo. En respuesta al pedido de la Comisión de Expertos, el Gobierno también proporcionó indicaciones sobre las medidas urgentes de respuesta y los programas especiales de empleo ejecutados para recuperar la productividad y estabilizar el empleo en la provincia de Sichuan, afectada por un terremoto en mayo de 2008.

La Comisión recordó que para alcanzar los objetivos de pleno empleo productivo era de la mayor importancia consultar plenamente con los interlocutores sociales y con aquellas personas afectadas por las medidas tomadas tales como los representantes del sector rural y otros sectores interesados, para contar con su plena cooperación para formular y ejecutar las políticas del empleo. La Comisión pidió al Gobierno que en su próxima memoria brinde informaciones sobre los resultados alcanzados en términos de creación de empleo mediante la aplicación de la Ley sobre el contrato del trabajo y la Ley sobre promoción del empleo. La Comisión también invitó al Gobierno que brinde informaciones sobre los resultados alcanzados por las medidas que se hayan tomado para integrar en el mercado abierto del trabajo a trabajadores vulnerables, tales como a trabajadores con discapacidades y a trabajadores despedidos como consecuencia de la crisis económica. La Comisión invitó también al Gobierno a incluir otras informaciones sobre las medidas adoptadas para crear empleo decente y durable, los esfuerzos desplegados para recopilar datos fiables sobre el mercado del trabajo, planes para ampliar la seguridad social y los cuidados médicos y las medidas tomadas para reformar el sistema de permisos de residencia y de trabajo de manera de unificar el mercado del trabajo. La Comisión también invitó al Gobierno a que informe sobre el impacto de las medidas tomadas para apoyar a las empresas sustentables en particular a las pequeñas y medianas empresas, y promover políticas educacionales y de formación profesional que se adecuen a las necesidades del mercado del trabajo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)

Con referencia a sus comentarios anteriores, la Comisión recuerda las observaciones formuladas por la Confederación Sindical Internacional (CSI) relativas a la aplicación del Convenio por el Gobierno de China, recibidas el 16 y el 28 de septiembre de 2020, y las observaciones adicionales realizadas por la CSI, recibidas el 6 de septiembre de 2021. La Comisión toma nota asimismo de la respuesta del Gobierno, recibida el 20 de noviembre de 2020, que llegó demasiado tarde para ser examinada en 2020, así como de la información adicional en relación con las observaciones, proporcionada por el Gobierno en su memoria sobre la aplicación del presente convenio, recibida el 30 de agosto de 2021. La Comisión toma nota además de los elementos de la memoria del Gobierno sobre la aplicación del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), que también son pertinentes para la aplicación de este convenio.
Artículo 1, 1) y 2), a)-c) del Convenio. Política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido. Alegaciones de discriminación y de trabajo forzoso en el contexto del Convenio. La Comisión se refiere a sus comentarios sobre la aplicación del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111). En aras de la coherencia y transparencia en sus comentarios, considerando que tanto las alegaciones como la información en respuesta a las mismas indican un fuerte vínculo entre la política de empleo, la libre elección del empleo para las minorías étnicas y religiosas y su protección contra la discriminación en materia de empleo y ocupación, la Comisión presenta el mismo resumen de la información disponible en ambos comentarios.
En sus observaciones de 2020 y 2021, la CSI alega que el Gobierno de China ha venido participando en un programa amplio y sistemático que conlleva la extensa utilización del trabajo forzoso de la minoría uigur y otras minorías turcas y/o musulmanas para las actividades agrícolas e industriales en toda la región autónoma de Xinjiang Uyghur (Xinjiang), en violación del derecho a elegir libremente el empleo, consagrado en el artículo 1, 2) del Convenio. La CSI sostiene que se selecciona a aproximadamente 13 millones de miembros de las minorías étnicas y religiosas en Xinjiang sobre la base de su origen étnico y su religión con fines de control social y de asimilación de su cultura e identidad. Según la CSI, el Gobierno se refiere al programa en un contexto de «mitigación de la pobreza», «formación profesional», «reeducación a través del trabajo» y «desextremificación».
La CSI indica que una característica clave del programa es la utilización del trabajo forzoso u obligatorio en campamentos de «internamiento» o de «reeducación» o alrededor de ellos, que albergan a unos 1,8 millones de uigures y otras poblaciones turcas y/o musulmanas de la región, así como en centros penitenciarios y lugares de trabajo, o alrededor de ellos, en Xinjiang y en otras regiones del país.
La CSI indica que, desde 2017, el Gobierno ha expandido considerablemente su programa de internamiento, y el tamaño de 39 campos de internamiento prácticamente se ha triplicado. La CSI señala que, en 2018, los funcionarios gubernamentales comenzaron a referirse a los campamentos como «centros de educación y formación profesional» y que, en marzo de 2019, el Gobernador de la región autónoma de Xinjiang Uyghur los describió como «internados que proporcionan competencias profesionales a los aprendices que son admitidos en los campamentos y pueden abandonarlos voluntariamente». La CSI indica que la vida en los «centros de reeducación» o campamentos de este tipo se caracteriza por condiciones sumamente difíciles, la falta de libertad de movimiento, la tortura física y psicológica, la formación profesional obligatoria y el trabajo forzoso real.
La CSI también se refiere a «centros de formación centralizados» que no son campamentos de reeducación, pero tienen características de seguridad similares (por ejemplo, vallas altas, atalayas de seguridad y alambrado de púas) y ofrecen programas de educación similares (normas jurídicas, cursos de mandarín, disciplina de trabajo y maniobras militares). La CSI añade que los campamentos de reeducación son fundamentales para un programa de adoctrinamiento centrado en separar y «limpiar» las minorías étnicas y religiosas de su cultura, creencias y religión. Los motivos del internamiento pueden ser que las personas hayan viajado al extranjero, hayan solicitado un pasaporte, se hayan comunicado con personas en el extranjero o recen regularmente.
La CSI alega asimismo la existencia de trabajo penitenciario, fundamentalmente en la cosecha de algodón y la fabricación de artículos textiles, ropa y calzado. Hace referencia a algunos estudios realizados, según los cuales, desde 2017, la población penitenciaria de los uigures y otras minorías musulmanas ha experimentado un fuerte incremento, al representar el 21 por ciento de todas las detenciones en China en 2017. Los cambios normalmente incluían el «terrorismo», el «separatismo» y el «extremismo religioso».
Por último, la CSI alega que al menos 80 000 uigures y otros trabajadores pertenecientes a minorías étnicas fueron trasladados desde Xinjiang a fábricas establecidas en China Oriental y Central como parte del sistema de «traslado de trabajadores» conocido como «Ayuda de Xinjiang». Este sistema permitiría a las empresas: 1) abrir una fábrica satélite en Xinjiang o 2) contratar a trabajadores uigures para sus fábricas ubicadas fuera de esta región. La CSI alega que los trabajadores a quienes se obligó a abandonar la región de Uyghur no se les da otra opción y, si se niegan a ello, se les amenaza con detenerles a ellos o a sus familiares. Fuera de Xinjiang, estos trabajadores viven y trabajan segregados, se les obliga a asistir a clases de mandarín y se les impide practicar su cultura o su religión. Según la CSI, los funcionarios de seguridad estatales garantizan la vigilancia física y virtual continua. Los trabajadores carecen de libertad de movimiento, al permanecer confinados en sus dormitorios y al obligárseles a utilizar el transporte supervisado para los traslados a la fábrica y desde la misma. Son objeto de expectativas de producción imposibles, y se les obliga a trabajar largas jornadas. La CSI añade que, en los casos en que se les paga un salario, éste es objeto de deducciones que lo hacen prácticamente insignificante. La CSI añade además que, sin estos traslados organizados coercitivamente, los uigures no encontrarían empleos fuera de Xinjiang, ya que su apariencia física daría pie a investigaciones policiales.
Según las alegaciones de la CSI, para facilitar el establecimiento de estos sistemas, el Gobierno ofrece incentivos y exenciones fiscales a las empresas que imparten formación a los detenidos y los emplean; se conceden subsidios para alentar a las empresas de propiedad china a que inviertan en las empresas situadas en las proximidades de los campamentos de internamiento o dentro de ellos, o para que construyan empresas allí, y se ofrece una compensación a las empresas que facilitan el traslado y el empleo de trabajadores uigures fuera de la región de Uyghur.
En sus observaciones de 2021, la CSI complementa estas observaciones con información, incluidos testimonios de la Base de datos de víctimas de Xinjiang, que se trata de una base de datos públicamente accesible que, el 3 de septiembre de 2021, había registrado supuestamente la experiencia de 35 236 miembros de minorías étnicas a los que el Gobierno había internado por la fuerza desde 2017.
El Gobierno indica que el derecho al empleo es una parte importante del derecho a la subsistencia y el desarrollo, que son derechos humanos básicos. El Gobierno indica que, bajo su liderazgo, Xinjiang ha realizado grandes progresos para defender los derechos humanos y el desarrollo. Añade que las personas pertenecientes a todos los grupos étnicos participan voluntariamente en el empleo elegido por ellas, y que la CSI ha ignorado los progresos realizados en lo que respecta al desarrollo económico, la mitigación de la pobreza, la mejora de los medios de sustento de las personas y los esfuerzos para lograr el trabajo decente en Xinjiang.
Con respecto a las observaciones de la CSI en relación con la utilización del trabajo forzoso, el Gobierno destaca que estas alegaciones son falsas y tienen una motivación política.
El Gobierno indica que, de conformidad con la Constitución, el Estado crea condiciones para el empleo a través de varios canales. La Ley de Promoción del Empleo (2007) estipula que los trabajadores tienen el derecho a un empleo igual y a elegir un empleo por iniciativa propia, sin discriminación. En virtud de la Ley de Educación Profesional de 1996, los ciudadanos tienen derecho a recibir educación profesional y el Estado adopta medidas para desarrollar la educación profesional en las zonas en las que viven las minorías étnicas, así como en las zonas alejadas y pobres.
El Gobierno indica que los residentes de las zonas sumamente afectadas por la pobreza en Xinjiang meridional han sufrido una empleabilidad insuficiente, unas tasas de empleo bajas, unos ingresos muy limitados y la pobreza a largo plazo. Señala que eliminar la pobreza en Xinjiang ha sido una parte esencial del plan estratégico unificado nacional encaminado a erradicar la pobreza para finales del año 2020. El Gobierno añade que ha eliminado la pobreza absoluta, en particular en Xinjiang meridional, gracias a programas gubernamentales tales como el Programa para revitalizar las zonas fronterizas y enriquecer a las personas durante el 13.º periodo del plan quinquenal (GUOBANFA núm. 50/2017) y el Plan trienal para el empleo y la mitigación de la pobreza en las zonas afectadas por la pobreza en las cuatro prefecturas de Xinjiang meridional (2018-2020). El programa anterior había establecido objetivos de desarrollo para nueve provincias y regiones autónomas, incluida Xinjiang, como la eliminación de la pobreza para toda la población rural y la expansión continua de la magnitud del empleo combinando el empleo por cuenta propia individual, el empleo regulado por el mercado, la promoción gubernamental del empleo y la iniciativa empresarial, y la formación profesional para aumentar la empleabilidad de los trabajadores. El último programa sentó las bases para que el Gobierno de la región autónoma de Xinjiang Uyghur prestara asistencia dinámica, clasificada y específica a las personas con dificultades para obtener empleo y a las familias en las que ningún miembro está empleado, y creara condiciones estructuradas para que las personas hallaran empleos a nivel local, buscaran empleo en las zonas urbanas, o crearan sus propias empresas.
La Comisión también toma nota de que, en su libro blanco sobre el empleo y los derechos laborales en Xinjiang (2020), el Gobierno indica que está concibiendo «nuevos enfoques para erradicar la pobreza». En su memoria, el Gobierno indica que su enfoque de la erradicación de la pobreza impide y elimina efectivamente el terrorismo y el extremismo, al tiempo que mantiene la estabilidad social y mejora la vida de las personas, al reducirse considerablemente su población pobre y la incidencia de la pobreza. El Gobierno expresa la opinión de que Xinjiang ha adoptado «medidas de política pertinentes del gobierno nacional» a fin de poner en práctica el Programa de Trabajo Decente por País para China (2016-2020), asegurando así «que las personas pertenecientes a todos los grupos étnicos trabajen en un entorno de trabajo en el que gocen de libertad, igualdad, seguridad y dignidad». El Gobierno, en su libro blanco sobre el respeto y la protección de los derechos de todos los grupos étnicos en Xinjiang, presenta también la opinión de que Xinjiang ha prestado «asistencia dinámica, clasificada y específica a las personas con dificultades para obtener empleo y a las familias en las que ningún miembro está empleado, con el fin de asegurar que cada familia tenga al menos un miembro que trabaje». Las preferencias de trabajo de los trabajadores se respetan plenamente, y se han creado «condiciones estructuradas» para que las personas encuentren empleo localmente, busquen empleo en las zonas urbanas o creen sus propias empresas. Al tiempo que promueve el empleo, Xinjiang garantiza «los derechos laborales e intereses legítimos de conformidad con la legislación».
El Gobierno indica que la tarea de reubicar a la población pobre con el fin de mitigar la pobreza se ha concluido, y que las condiciones de producción y de vida de la población pobre han mejorado considerablemente: la tasa de incidencia de la pobreza en las cuatro prefecturas de Xinjiang afectadas por la pobreza cayó 29,1 por ciento en 2014 al 0,21 por ciento en 2019. Entre 2014 y 2020, la población empleada total en Xinjiang aumentó de 11,35 millones a 13,56 millones, lo cual representa un incremento del 19,4 por ciento. En el mismo periodo, se proporcionó anualmente un promedio de 2,8 millones de oportunidades de empleo en las zonas urbanas a la «fuerza de trabajo rural excedente».
El Gobierno es firme en su opinión de que respeta plenamente las aspiraciones profesionales y las necesidades de formación de los trabajadores de Xinjiang, incluidas las minorías étnicas. El Gobierno de Xinjiang realiza periódicamente estudios de la voluntad de los trabajadores de hallar empleo y de satisfacer sus necesidades en términos de ubicación del empleo, puestos de trabajo, remuneración, condiciones de trabajo, entorno de vida, perspectivas de desarrollo y necesidades de formación. Estos estudios demuestran que más trabajadores urbanos y rurales «excedentes» confían en trasladarse a las ciudades situadas en Xinjiang septentrional o en otras provincias y ciudades más desarrolladas en otros lugares del país, donde el salario, las condiciones de trabajo y el entorno de vida son mejores. Las minorías étnicas cuentan con que el Gobierno proporcione a sus miembros más información sobre el empleo y otros servicios públicos de empleo. El hecho de que los trabajadores de las minorías étnicas salgan a trabajar es totalmente voluntario, autónomo y libre. Según el Gobierno, el Plan trienal para Xinjiang meridional se refiere explícitamente a la «voluntad de obtener un empleo» y afirma que los deseos de las personas «que no están dispuestas a trabajar por motivos de salud y otros motivos» se respetarán totalmente, y que nunca se les obligará a matricularse en cursos de formación.
El Gobierno subraya que la formación lingüística para los trabajadores pertenecientes a minorías étnicas en Xinjiang es necesaria para aumentar sus aptitudes lingüísticas y su empleabilidad, y no les priva del derecho a utilizar su propia lengua.
El Gobierno responde asimismo a las alegaciones de la CSI de que a la minoría uigur y otras minorías étnicas en Xinjiang no se les paga el salario mínimo local aplicable, lo cual indica que la Ley del Trabajo de la República Popular de China estipula que el sistema de salario mínimo se aplica en todo el país, aunque las normas sobre el salario mínimo pueden variar de una región administrativa a otra. El 1.º de abril de 2021, el salario mínimo en Xinjiang se dividía en cuatro grados: 1 900 yuanes, 1 700 yuanes, 1 620 yuanes y 1 540 yuanes. El Gobierno considera que los informes que indican que el salario de algunos trabajadores migrantes en Xinjiang son de apenas 114 dólares de los Estados Unidos (aproximadamente 729 yuanes) al mes son infundados, y afirma que el grueso de esta información se obtiene de entrevistas individuales y carece de fuentes claras de datos o información estadística. Además, el Gobierno señala que los informes no aclaran del todo si los trabajadores en cuestión están trabajando menos horas de lo que corresponde a la jornada legal obligatoria, en cuyo caso se les pagaría menos. El Gobierno indica que, al salir a trabajar, los ingresos reales de muchas personas son muy superiores al salario mínimo de Xinjiang.
El Gobierno señala asimismo que la administración local de Xinjiang ha establecido sistemas de inspección del trabajo para proteger los derechos e intereses de los trabajadores y responder a sus informes y quejas relativos a los salarios atrasados, a la inexistencia de contratos de trabajo firmados y otras infracciones. El Gobierno indica que tomará medidas para seguir fortaleciendo la vigilancia y la inspección del cumplimento por los empleadores de las disposiciones sobre el salario mínimo, instar a los empleadores a respetar las normas sobre el salario mínimo y hacer frente a las violaciones.
El Gobierno proporciona información detallada sobre su legislación y políticas relativas a la libertad de religión; la igualdad entre los 56 grupos étnicos en China, y la consolidación y el desarrollo de la unidad entre estos grupos y dentro de los mismos.
El Gobierno responde asimismo a las alegaciones de la CSI de que las restricciones a la libre elección del empleo están orientadas a alienar a las minorías étnicas y religiosas de su religión, cultura y creencias. Informa que China adopta políticas que garantizan la libertad de creencias religiosas; gestiona los asuntos religiosos de conformidad con la legislación; se adhiere al principio de independencia de los países extranjeros y de autogestión, y orienta activamente a las religiones para que se adapten a la sociedad socialista, para que los creyentes religiosos puedan amar su país y a sus compatriotas, defender la unidad nacional y la solidaridad étnica, y estar subordinados a los intereses generales de la nación y de la población china y servir esos intereses. La Ley de la República Popular China sobre la administración de las actividades de las organizaciones no gubernamentales extranjeras en China prohíbe a las ONG que participen ilegalmente en actividades religiosas o que las patrocinen. La Ley Penal, la Ley sobre la Seguridad Nacional y la Ley sobre la Lucha contra el Terrorismo de China prevén la protección de la libertad de creencias religiosas de los ciudadanos. La Ley sobre la Lucha contra el Terrorismo de la República Popular de China indica que China se opone a todo el extremismo que pretende instigar el odio, incitar a la discriminación y promover la violencia al distorsionar las doctrinas religiosas o por otros medios, y prohíbe cualquier comportamiento discriminatorio por motivos de región, origen étnico y religión. La Normativa sobre Asuntos Religiosos prohíbe a cualquier organización o persona que fomente, apoyo o patrocine el extremismo religioso, o que utilice la religión para socavar la unidad étnica, dividir el país o participar en actividades terroristas. Según el Gobierno, China adopta medidas contra la propagación y extensión del extremismo religioso, y al mismo tiempo evita cuidadosamente vincular el terrorismo violento y el extremismo religioso con un grupo étnico o una religión particular.
La Comisión toma debida nota de las alegaciones de la CSI, y de la respuesta y la información adicional proporcionadas por el Gobierno, así como de las diversas políticas de empleo y de formación profesional expuestas en diversos «documentos blancos» recientes mencionados por el Gobierno en su memoria y en otros documentos jurídicos y de política indicados por los expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas.
La Comisión recuerda que el objetivo del Convenio de promover el pleno empleo no exige que los Estados ratificantes garanticen un empleo a todos los que están disponibles y en busca de empleo, ni significa que todas las personas tienen que tener un empleo en todo momento (Estudio General de 2020 «Promover el empleo y el trabajo decente en un panorama cambiante, párrafo 54). Sin embargo, el Convenio exige que los Estados ratificantes promuevan la libertad de elección del propio empleo y ocupación, así como la igualdad de acceso a oportunidades de formación y a la educación general a fin de prepararse para los empleos, sin discriminación por motivo de raza, color, ascendencia nacional, religión u otros motivos de discriminación contemplados en el Convenio núm. 111 o en otras normas internacionales del trabajo, tales como el Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159).
En este contexto, la Comisión toma nota de que los centros de formación que albergan a la población uigur y a otras minorías turcas y musulmanas les alejan del sistema general de formación y educación profesional, la orientación profesional y los servicios de colocación disponibles para todos los demás grupos en la región en todo el país. Dicha separación puede conducir a que las políticas activas del mercado de trabajo en China se conciban y apliquen de tal manera que genere coacción en la elección del empleo y tenga un efecto discriminatorio en las minorías étnicas y religiosas. Las fotografías de las instalaciones, equipadas de atalayas de seguridad y alambrado de púas, refuerzan la observación de segregación. La Comisión ha observado anteriormente que algunos trabajadores provenientes de minorías étnicas tienen dificultades para hallar un empleo en la ocupación de su elección debido a la discriminación indirecta. Por ejemplo, los enfoques sesgados de las ocupaciones tradicionales en las que se concentran ciertos grupos étnicos, a menudo percibidos como desfasadas, improductivas o perjudiciales para el medio ambiente, siguen planteando grandes retos para el goce de la igualdad de oportunidades y de trato con respecto a la ocupación (observación general sobre el Convenio núm. 111, 2019). En su comentario sobre la aplicación del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), la Comisión aborda otros aspectos del sistema particular para la educación y formación profesional cuyo objetivo es desradicalizar a las minorías étnicas y religiosas.
La Comisión recuerda que, si bien el Convenio exige que los Estados ratificantes declaren y persigan como objetivo principal una política activa encaminada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido con el fin de estimular el crecimiento económico y el desarrollo económicos, y de satisfacer las necesidades de mano de obra, la política de empleo también debe promover el la libre elección del empleo, al permitir que cada trabajador reciba formación para el empleo que podrá elegir a continuación libremente, de conformidad con el artículo 1, 2), c) del Convenio.
El artículo 1, 2), c) prevé que la política nacional de empleo deberá tener por objeto garantizar «que habrá libertad para escoger empleo y que cada trabajador tendrá todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y de utilizar en este empleo esta formación y las facultades que posea, sin que se tengan en cuenta su raza, color, sexo, religión, opinión política, procedencia nacional u origen social». En su Estudio General de 2020 «Promover el empleo y el trabajo decente en un panorama cambiante, párrafos 68 y 69, la Comisión tomó nota de que «el objetivo del empleo libremente elegido consiste en dos elementos. En primer lugar, «el objetivo del empleo libremente elegido comprende dos elementos: en primer lugar, la ausencia de coacción para desempeñar un trabajo que uno no ha elegido o aceptado libremente y para dejar el trabajo, si la persona así lo desea. En segundo lugar, la posibilidad de adquirir formación y de utilizar las propias habilidades y facultades sin discriminación alguna». Además, la Comisión recuerda que la prevención y prohibición del trabajo obligatorio es una condición sine qua non de la libertad para elegir un empleo (Estudio General de 2020, párrafo 70).
La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno de que las observaciones de la CSI se basan en declaraciones individuales y son infundadas; sin embargo, toma nota de que las observaciones de la CSI también adjuntan fuentes adicionales que contienen datos estadísticos; referencias a testimonios de primera mano, testimonios de testigos directos y familiares; documentos de investigación, y fotografías de los centros de educación y formación profesional.
La Comisión también toma nota de que, el 29 de marzo de 2021, una serie de expertos en derechos humanos de las Naciones Unidas (incluidos Relatores especiales y grupos de trabajo temáticos establecidos por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas) expresaron su profunda preocupación por la presunta detención y trabajo forzoso de la minoría uigur y de otras minorías turcas o musulmanas en Xinjiang. Los expertos de las Naciones Unidas indican que se ha mantenido a los trabajadores uigures en instalaciones de «reeducación», y que muchos han sido trasladados por la fuerza para trabajar en fábricas situadas en Xinjiang. Indican además que los trabajadores uigures han sido presuntamente empleados por la fuerza en industrias poco calificadas y con un alto coeficiente de mano de obra, como los sectores agroindustrial, textil, del vestido, del automóvil y tecnológico.
La Comisión reconoce y acoge con agrado el firme compromiso del Gobierno con la erradicación de la pobreza. Sin embargo, la Comisión está convencida de que la erradicación de la pobreza y la realización del derecho a trabajar con este fin no solo abarca la colocación y la conservación del empleo, sino también las condiciones en las que el Gobierno ejecuta dicha colocación y conservación. El Convenio no solo exige que el Gobierno se esfuerce por lograr el pleno empleo, sino también que garantice que sus políticas de empleo no conllevan ningún efecto discriminatorio directo o indirecto en relación con la contratación, las condiciones de trabajo, las oportunidades de formación y de progresión, la terminación de la relación de trabajo, o cualquier otra condición relacionada con el empleo, incluida la discriminación al elegir una ocupación.
La Comisión opina que la mejora activa de las capacidades individuales y colectivas, la autonomía y la capacidad de acción y decisión que encuentran su expresión en el pleno reconocimiento de la identidad de las minorías étnicas y de su capacidad para elegir sus medios de vida rurales o urbanos y su empleo libremente y sin ser objeto de amenaza es un elemento central de la reducción sostenible de la pobreza. La obligación establecida en el Convenio no es garantizar la colocación y la conservación del empleo para todas las personas por todos los medios disponibles, sino crear unas condiciones marco para la creación de trabajo decente y de empresas sostenibles.
La Comisión toma debida nota de la opinión expresada en la memoria del Gobierno de que «algunas fuerzas crean imprudentemente y en reiteradas ocasiones sensacionalismo en torno a la cuestión del «trabajo forzoso», a lo cual añade que «esto es solo una falacia y una treta con segundas intenciones». Sin embargo, la Comisión se ve obligada a observar que la situación del empleo de los uigures y de otras minorías musulmanas en China proporciona numerosas indicaciones de medidas coercitivas, muchas de las cuales se desprenden de documentos reguladores y de política.
Las referencias del Gobierno a la «reubicación» de un número considerable de «trabadores rurales excedentes» a lugares de empleo agrícolas e industriales situados dentro y fuera de Xinjiang en «condiciones estructuradas» de «gestión de la fuerza de trabajo», en combinación con una política de formación profesional orientada a desradicalizar a las minorías étnicas y religiosas y al menos en parte llevada a cabo en entornos de gran seguridad y de gran vigilancia plantean grandes preocupaciones en lo que respecta a la capacidad de las minorías étnicas y religiosas para ejercer el empleo libremente elegido sin discriminación. Varios indicadores apuntan a la presencia de una «política de traslado de la fuerza de trabajo» que utiliza medidas que restringen enormemente la libre elección del empleo. Estas incluyen la movilización dirigida por el Gobierno de los hogares rurales y la organización por los municipios locales de traslados de conformidad con las cuotas de exportación de la fuerza de trabajo; la reubicación o el traslado de los trabajadores escoltados por agentes de seguridad; la gestión y retención de los trabajadores in situ bajo estricta vigilancia; la amenaza de internamiento en centros de educación y formación profesional si los trabajadores no aceptan la «administración gubernamental», y la incapacidad de los trabajadores colocados para cambiar libremente de empleador.
La Comisión insta al Gobierno a que proporcione información actualizada detallada sobre las medidas adoptadas o previstas a fin de garantizar que su política nacional de empleo promueva efectivamente el empleo productivo y libremente elegido, incluida la libre elección de la ocupación, e impida efectivamente todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio. Además, la Comisión pide al Gobierno que adopte medidas inmediatas para garantizar que los programas de educación y formación profesional que forman parte de sus actividades encaminadas a mitigar la pobreza centradas en la región autónoma de Uyghur se integren y pongan a disposición en las instituciones públicamente accesibles, para que todos los segmentos de la población puedan beneficiarse de estos servicios en igualdad de condiciones, con el fin de aumentar su acceso al pleno empleo, productivo y libremente elegido y al trabajo decente. Recordando que, en virtud de la Ley de Promoción del Empleo (2007) y la Ley de Educación Profesional (1996), los trabajadores tienen «el derecho a un empleo igual y a elegir un empleo por iniciativa propia» y a acceder a la educación y formación profesional, respectivamente, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada sobre la manera en que este derecho se garantiza efectivamente, en particular para quienes pertenecen a la minoría uigur y a otras minorías turcas y/o musulmanas. También se pide al Gobierno que comunique información detallada, incluidos datos estadísticos desglosados sobre la naturaleza de los diferentes cursos de educación y formación profesional, el tipo de cursos en los que han participado la minoría uigur y el número de participantes en cada curso, así como el impacto de la educación y formación en su acceso al empleo libremente elegido y sostenible.
Artículo 3 del Convenio. Consulta. La Comisión pide al Gobierno que indique la manera en que se ha consultado a los representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores con respecto a la concepción, elaboración, aplicación, seguimiento y revisión de las medidas activas del mercado de trabajo adoptadas en la región autónoma de Uyghur. Además, y habida cuenta de que las medidas activas del mercado de trabajo se centran en la minoría uigur y en otras minorías turcas y/o musulmanas, la Comisión pide al Gobierno que indique la manera en que se ha consultado a los representantes de estos grupos, tal como exige el artículo 3.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Formulación y aplicación de una política activa de empleo. La Comisión acoge con agrado la información detallada proporcionada por el Gobierno en su memoria, en la que indica que concede prioridad a la estabilización y expansión del empleo en pro del desarrollo social y económico y para mejorar los medios de sustento y mitigar la pobreza. A este respecto, el Gobierno pretende fortalecer los vínculos entre las políticas macroeconómicas y las políticas de empleo, a fin de apoyar el desarrollo económico mediante la transformación del empleo. La Comisión toma nota de que el 13.er Plan quinquenal de China (2016-2020) sobre la promoción del empleo, iniciado en 2017, establece los principales objetivos del Gobierno en relación con la promoción del empleo. Estos objetivos se reflejan asimismo en otros documentos proporcionados por el Gobierno, por ejemplo, en el informe de 2017 titulado «Opiniones sobre la facilitación del empleo y de la iniciativa empresarial en la actualidad y en el futuro» (informe «Opiniones» de 2017). La Comisión toma nota de que entre los objetivos indicados, se incluye potenciar el desarrollo económico para crear empleos, evitando al mismo tiempo el desempleo, en particular para grupos específicos tales como los jóvenes, las mujeres, los trabajadores migrantes, las personas con discapacidades, los trabajadores rurales y los trabajadores despedidos. El Gobierno hace referencia a sus políticas sobre la asistencia para el empleo, declarando que desde 2014 a junio de 2017, proporcionó servicios de empleo a 6 080 000 solicitantes de empleo. El Gobierno también está centrándose en la promoción del desarrollo interregional equitativo y de los servicios de empleo en las zonas tanto urbanas como rurales. La Comisión toma nota, no obstante, de que el Gobierno no ha suministrado información sobre las medidas específicas adoptadas, como tampoco datos estadísticos que permitan a la Comisión examinar la efectividad y el impacto de las medidas activas del mercado de trabajo que se han implementado. Por consiguiente, la Comisión reitera su petición de que el Gobierno proporcione información detallada, incluida información estadística desglosada por sexo, edad, sector económico y región, sobre las políticas activas de empleo y otras medidas adoptadas durante el período de presentación de memorias, y sobre el impacto en términos de promoción de unas oportunidades de empleo pleno, productivo, libremente elegido y sostenible, tal como se prevé en el artículo 1 del Convenio. La Comisión pide asimismo al Gobierno que indique en qué medida los objetivos de la política de empleo contenidos en el Plan quinquenal de China (2016-2020) sobre la promoción del empleo están relacionados con otros objetivos económicos y sociales. La Comisión pide al Gobierno que indique la manera en que se asegura que las medidas de política de empleo se revisen periódicamente en el marco de una política económica y social coordinada.
Artículo 2. Tendencias del empleo. Información sobre el mercado de trabajo. El Gobierno indica que, en 2014-2016, 39,48 millones de personas estaban empleadas en las zonas urbanas, y que la tasa de desempleo registrada en las zonas urbanas era del 4,05 por ciento durante este período. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que pretende mejorar su sistema de información sobre el mercado de trabajo e integrar gradualmente indicadores de género y de otro tipo. La Comisión recuerda que el Gobierno ha establecido un sistema para recopilar y analizar información sobre la oferta y la demanda de trabajo en más de 100 ciudades representativas sobre una base trimestral. Esta información se utiliza como base para ajustar las políticas de empleo, según se precise. El Gobierno también difunde periódicamente información a través de Internet, el servicio público de empleo y los medios de comunicación, con miras a proporcionar orientaciones a los solicitantes de empleo y a los empleadores. La Comisión pide al Gobierno que facilite estadísticas actualizadas sobre el tamaño y la distribución de la fuerza de trabajo, el tipo y el alcance del empleo, el desempleo y el subempleo, y sobre las tendencias prevalecientes en las zonas urbanas y rurales. Pide asimismo al Gobierno que comunique información sobre las medidas adoptadas o previstas para mejorar el sistema de información sobre el mercado de trabajo, en particular por lo referente a la inclusión de indicadores que reflejen otros factores, tales como las formas atípicas de empleo y la creación de puestos de trabajo mediante el desarrollo de la iniciativa empresarial. La Comisión pide igualmente al Gobierno que proporcione información actualizada sobre la manera en que se utiliza la información sobre el mercado de trabajo en la concepción, evaluación, modificación y aplicación de medidas del mercado de trabajo.
Empleo de los jóvenes. El Gobierno concede prioridad al empleo de los licenciados universitarios en todas las regiones, a través de una serie de actividades, incluidas la iniciativa empresarial y la orientación en materia de formación, alentando así a los licenciados a crear microempresas y pequeñas empresas. En 2014-2016, un total de 1 651 000 licenciados universitarios crearon sus propias empresas. La Comisión pide al Gobierno que suministre información detallada, incluida información estadística actualizada desglosada por edad, sexo y región, sobre el tipo de medidas del mercado de trabajo encaminadas a atender las necesidades de los jóvenes en materia de empleo, en particular los licenciados universitarios, y sobre el impacto de dichas medidas. La Comisión pide asimismo al Gobierno que indique las medidas adoptadas o previstas para facilitar la transición de los jóvenes de la escuela al trabajo.
Empleo de las mujeres. El Gobierno subraya que uno de sus principales objetivos es promover el empleo equitativo para las mujeres, ofreciendo servicios de empleo específicos y normalizando los procesos de contratación a fin de prevenir la discriminación sexual y de proteger el derecho de las mujeres a la igualdad de oportunidades y de trato. La Comisión se remite a sus comentarios de 2016 relativos al Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), en los que señala las diferentes disposiciones sobre la edad legal de jubilación para hombres y mujeres. Además, haciendo referencia a la publicación de la OIT titulada Women in the labour market in China (2015), la Comisión tomó nota de que la tasa de participación de las mujeres en la fuerza de trabajo disminuyó entre 1990 y 2013, al pasar del 72,7 por ciento al 63,9 por ciento, y que la brecha entre los hombres y las mujeres en relación con esto aumentó del 12,1 por ciento en 1990 hasta el 14,4 por ciento en 2013. En la publicación de la OIT se tomó nota del decreciente apoyo institucional prestado a los trabajadores con responsabilidades familiares en lo que respecta a los servicios de asistencia a la infancia, y observó que persiste la segregación sectorial y profesional. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información, incluida información estadística actualizada, sobre el impacto de las medidas del mercado de trabajo adoptadas para aumentar la tasa de participación de las mujeres en la fuerza de trabajo y para combatir la segregación profesional vertical y horizontal, incluida información desglosada por región y ocupación. La Comisión pide asimismo al Gobierno que indique cualquier medida adoptada o prevista para ampliar la prestación de servicios institucionales de asistencia a la infancia con miras a alentar a las mujeres a participar en el mercado de trabajo, y que indique igualmente las medidas adoptadas para fijar la misma edad legal de jubilación para hombres y mujeres.
Empleo de los trabajadores migrantes. El Gobierno indica que, en 2016, había 281,71 millones de trabajadores migrantes, incluidos trabajadores rurales migrantes, en el país. La Comisión toma nota de que, según el informe de 2015 titulado «Opiniones sobre cómo mejorar más aún el empleo y la iniciativa empresarial en la nueva situación», el Gobierno pretende mejorar las competencias profesionales de los trabajadores migrantes. La Comisión pide al Gobierno que suministre información, incluida información estadística actualizada, sobre las medidas adoptadas o previstas para atender las necesidades de los trabajadores migrantes, comprendidos los migrantes rurales e internos, en materia de empleo.
Empleo de los trabajadores rurales. La Comisión toma nota de que el Gobierno está adoptando medidas para mejorar los servicios de empleo y la formación para la adquisición de competencias profesionales, a fin de promover el empleo rural y de erradicar la pobreza en las zonas rurales más pobres del país. El Gobierno también está alentando a quienes regresan a las zonas rurales a crear sus propias empresas. La Comisión toma nota de la reforma «hukou», encaminada a promover el empleo de los trabajadores migrantes en las zonas rurales. La Comisión solicita al Gobierno que transmita información sobre el impacto de las medidas adoptadas para promover el empleo de los trabajadores rurales, incluidos datos estadísticos actualizados sobre la situación y las tendencias del empleo. La Comisión pide además al Gobierno que comunique información adicional sobre la situación de la reforma «hukou», y sobre su impacto en las disparidades de empleo regionales.
Personas con discapacidades. En su solicitud directa de 2016 relativa al Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159), la Comisión tomó nota de que, en China, dos de cada tres personas con discapacidades viven en las zonas rurales y de que un porcentaje considerable de estas personas viven en la pobreza. Además, la Comisión toma nota del informe de la OIT sobre la inclusión de las personas con discapacidades en China, en el que se indica que el 36 por ciento de las personas con discapacidades de más de 15 años de edad son analfabetas. El Gobierno hace referencia a los servicios de empleo adaptados a las necesidades de las personas con discapacidades, indicando que procura asegurar el respeto de los derechos de las personas con discapacidades en el lugar de trabajo. Presta asistencia para el empleo a estas personas, ayudándoles a obtener empleos proporcionando subsidios a los empleadores. La Comisión pide al Gobierno que facilite información actualizada detallada sobre la naturaleza y el impacto de las medidas activas de empleo adoptadas a fin de promover el empleo de las personas con discapacidades físicas y mentales, en particular en el mercado de trabajo abierto.
Fortalecimiento de los servicios de empleo. El Gobierno informa de las medidas adoptadas para mejorar la calidad y la efectividad de los servicios públicos de empleo, en particular para los licenciados universitarios y los trabajadores rurales. Indica que, de 2014 a 2016, un total de 9 821 000 empleadores estaban registrados en el servicio público de empleo y emplearon a un total de 167 184 000 solicitantes de empleo registrados. Asimismo, se contabilizaron 124 427 000 solicitantes de empleo registrados, y se ofreció formación profesional a 51 949 000 personas y servicios relacionados con la iniciativa empresarial a 11 852 000 personas. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre el funcionamiento de los servicios públicos de empleo y de las agencias de empleo privadas, y sobre las medidas adoptadas para mejorar el servicio público de empleo y para asegurar la cooperación entre el servicio público de empleo y las agencias de empleo privadas.
Desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (pymes), de la iniciativa empresarial y de nuevas modalidades de empleo para la creación de puestos de trabajo. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que las microempresas y pequeñas empresas constituyen la principal fuente de empleo y de que, por consiguiente, la promoción de las pymes es uno de los principales objetivos establecidos en el informe «Opiniones» de 2017. La Comisión toma nota de que el Gobierno adoptó una serie de medidas en apoyo del desarrollo de las pymes, entre otras cosas, proporcionando subsidios y otro tipo de apoyo financiero, estableciendo un modelo de iniciativa empresarial en su plataforma de servicios públicos de empleo y proporcionando políticas fiscales más ventajosas para fomentar el desarrollo empresarial. El Gobierno indica que, a finales de 2015, había más de 20 millones de pymes y más de 54 millones de empresas privadas, y que el 80 por ciento de los empleos urbanos los proporcionaban las pymes. En 2016, se creaban cada día 15 000 nuevas empresas en China, lo que representa un incremento de 3 000 nuevas empresas por día en relación con 2015. La Comisión toma nota de que el Gobierno fomenta asimismo la creación de empleos mediante la promoción de la iniciativa empresarial y de los servicios de iniciativa empresarial, en particular para los trabajadores migrantes que regresan a sus países, y formas atípicas de empleo. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre el impacto de las medidas adoptadas para generar empleo mediante la promoción de las pymes, de la iniciativa empresarial y de nuevas modalidades de empleo. Pide asimismo al Gobierno que suministre información sobre la creación de nuevas modalidades de empleo o formas atípicas de empleo, incluida información acerca de si se considera que estas nuevas modalidades de empleo entran dentro de la economía informal.
Educación y formación profesional. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que está adoptando medidas para fortalecer los servicios de educación y formación profesional que están a disposición de los solicitantes de empleo. La Comisión toma nota de que, a finales de 2016, las agencias nacionales de recursos humanos impartieron 280 000 clases de formación. La Comisión pide al Gobierno que suministre información detallada sobre el impacto de las medidas de educación y formación adoptadas para mejorar las oportunidades de empleo, y sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales para elaborar unos programas de educación y formación que atiendan las necesidades del mercado de trabajo. Reitera asimismo su petición de que el Gobierno comunique información sobre la manera en que se asegura la coordinación entre las políticas de desarrollo de recursos humanos y las medidas activas del mercado de trabajo concebidas y aplicadas.
Artículo 3. Consultas con los interlocutores sociales. La Comisión pide al Gobierno que facilite información sobre la naturaleza y el alcance de la participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de medidas y programas activos de política de empleo. Pide asimismo al Gobierno que indique hasta qué punto se han celebrado consultas con los representantes de las personas afectadas por las medidas adoptadas, como las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidades y los trabajadores rurales y migrantes.

Observación (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Formulación y aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la detallada información proporcionada por el Gobierno en respuesta a su observación anterior. El Gobierno indica que en la tercera sesión plenaria de la 18.ª reunión del Comité Central del Partido Comunista de China, celebrada en 2013, se decidió que debían mejorarse los sistemas y mecanismos que impulsan la creación de empleo y empresas. Además, el Plan de promoción del empleo 2011-2015, formulado en enero de 2012, recoge las principales políticas y medidas para la promoción del empleo, incluido el establecimiento de un plan general para el empleo urbano y rural de los grupos vulnerables, y el desarrollo de los recursos humanos. El Gobierno señala que, durante el período 2011-2013, se crearon empleos para 38 millones de personas en las zonas urbanas y que la tasa de desempleo registrado permaneció por debajo del 4,1 por ciento. Asimismo, el Gobierno indica que se esfuerza constantemente por mejorar las políticas del empleo y su aplicación en virtud de la legislación pertinente y que ello ha dado como resultado un aumento del empleo y una mejora de su estructura. La Comisión invita al Gobierno a continuar proporcionando información detallada sobre la formulación y aplicación de políticas activas del empleo y sobre su impacto en la creación de empleo productivo.
Grupos vulnerables. La Comisión toma nota de que el número de titulados de instituciones de educación superior aumentó, pasando de 6,6 millones en 2011 a 7,27 millones en 2013. Asimismo, la Comisión toma nota de las medidas adoptadas para promover el empleo juvenil y el emprendedurismo en los jóvenes, que incluyen la puesta en marcha en 2013 de un programa nacional de promoción del empleo, que en mayo de 2014 introdujo una nueva ronda del Plan de licenciados universitarios pioneros del espíritu empresarial, y de que esas medidas promueven servicios específicos en materia de empleo. Además, en 2012 el Gobierno adoptó el reglamento especial sobre la protección del trabajo de las funcionarias y las trabajadoras, que prevé explícitamente la protección contra el despido durante el embarazo, la licencia de maternidad y los períodos de lactancia. En relación con los trabajadores rurales migrantes, la Comisión toma nota de las medidas de empleo que se han adoptado, destinadas, entre otras cosas, a mejorar el sistema de igualdad en el empleo en zonas rurales y urbanas y a reforzar los servicios y las políticas de apoyo al empleo. Además, la Comisión toma nota de las medidas para la protección de las minorías étnicas, que incluyen proporcionar servicios de empleo centrados en estas minorías y realizar sesiones especiales de contratación por parte de las empresas estatales. El Gobierno indica que la reinserción profesional de los trabajadores que han sido despedidos de las empresas estatales se ha abordado en el trabajo conjunto de varios sectores. La Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre el impacto de las medidas adoptadas para promover el empleo de los grupos vulnerables, incluida información estadística actualizada sobre la situación y las tendencias del empleo.
Información sobre el mercado de trabajo. Fortalecimiento de los servicios del empleo. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha establecido un sistema para analizar de manera trimestral la oferta de empleo y la información sobre la demanda en más de 100 ciudades representativas y que a fin de proporcionar orientación a las personas que buscan empleo y a los empleadores también difunde periódicamente los resultados de ese análisis a través de los medios de comunicación. Asimismo, el Gobierno informa sobre las medidas adoptadas para mejorar los servicios públicos de empleo. La Comisión toma nota de que en el país funcionan 19 000 agencias de empleo privadas, que en 2013 ayudaron a encontrar empleo a casi 50 millones de personas. El Gobierno indica que ha iniciado campañas para mejorar la credibilidad de las agencias de empleo privadas y para promover la normalización de los servicios de empleo. Además, el Gobierno informa de las inspecciones y el control de las agencias de empleo privadas. La Comisión invita al Gobierno a continuar proporcionando información sobre el funcionamiento de los servicios públicos de empleo y las agencias de empleo privadas, y sobre las medidas adoptadas para mejorar los servicios de empleo y garantizar la cooperación entre ellos.
Construcción de un mercado de trabajo unificado. La Comisión toma nota de que desde 2011 los gobiernos locales han ampliado los servicios públicos de empleo a través de las zonas urbanas y rurales. A finales de 2013 el número de agencias de servicio a escala nacional era de más de 10 000 y el número de ventanillas de servicio en el ámbito municipal era de más de 40 000, lo que cubre el 97 por ciento de los municipios. La Comisión invita al Gobierno a proporcionar información sobre el impacto de las medidas aplicadas para unificar el mercado de trabajo en lo que respecta a la situación del empleo.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas. La Comisión toma nota de que el Gobierno introdujo una serie de medidas para apoyar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), que incluyen las políticas de apoyo financiero adoptadas en 2013. El Gobierno también introdujo políticas tributarias preferenciales para las PYMES en 2014. La Comisión invita al Gobierno a proporcionar información sobre el impacto de las medidas en materia de generación de empleo a través de la promoción de las PYMES.
Formación y educación profesional. La Comisión toma nota de que el servicio público de empleo ha proporcionado formación profesional a personas que buscan empleo. Además, la Comisión toma nota de que en 2013 las agencias de empleo privadas llevaron a cabo 60 000 sesiones de formación. La Comisión se refiere a sus comentarios anteriores y una vez más invita al Gobierno a transmitir información sobre la coordinación entre las políticas de desarrollo de los recursos humanos y las medidas activas del mercado de trabajo.
Artículo 3. Consultas con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que la 19.ª Conferencia Nacional Tripartita sobre la Coordinación de las Relaciones Laborales se convocó para febrero de 2014 y de que el Gobierno pretende aprovechar plenamente el mecanismo tripartito. La Comisión invita al Gobierno a continuar transmitiendo información sobre las consultas con los interlocutores sociales en materia de formulación e implementación de políticas activas de empleo, incluidas las consultas con los representantes de los trabajadores rurales.

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Formulación y aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la detallada información transmitida por el Gobierno en septiembre de 2011 en respuesta a su observación anterior. La Comisión toma nota del 12.º Plan Quinquenal para el Desarrollo Económico y Social que establece estrategias de empleo basadas en el desarrollo de los sectores de la industria y los servicios. La Comisión también toma nota de la adopción del Plan Nacional de Acción en materia de Derechos Humanos (2012-2015) que se refiere, entre otros, al derecho al trabajo y al derecho a un nivel de vida básico. El Gobierno informa acerca de la creación de un sistema interministerial para celebrar reuniones conjuntas sobre el empleo con objeto de garantizar la coordinación de políticas y ayudar a promover el empleo. Se ha intensificado el diálogo tripartito para enfrentar a la crisis económica y financiera mundial y buscar objetivos comunes de desarrollo. En respuesta a la crisis, las medidas tomadas por el Gobierno para promover el empleo incluyen aumentar el consumo interno, reducir las contribuciones de las empresas en materia de seguridad social y ofrecer oportunidades de formación subvencionadas a los trabajadores, solicitantes de empleo y desempleados. El Gobierno también señala que la situación del empleo se ha estabilizado mediante la creación de 11,68 millones de nuevos empleos para residentes urbanos, el reempleo de 5,47 millones de trabajadores despedidos, y el empleo de 1,65 millones de personas pertenecientes a grupos con dificultades para encontrar empleo. La Comisión toma nota de que la tasa de desempleo urbano registrada descendió al 4,0 por ciento en 2011 (según datos del FMI) de un 4,1 por ciento en 2010 y un 4,3 por ciento a finales de 2009. La Comisión invita al Gobierno a que siga comunicando informaciones en su próxima memoria sobre la formulación y aplicación de una política activa del empleo con la participación de los interlocutores sociales y sobre el impacto de las medidas adoptadas para generar empleo productivo (artículos 1, 2 y 3 del Convenio).
Impacto de la legislación en la creación de empleo. El Gobierno indica que con la finalidad de alcanzar el objetivo de pleno empleo ha puesto en aplicación políticas activas del empleo, e incorporado dichas políticas en la legislación a través de la Ley de Promoción del Empleo. La nueva legislación también prevé la adopción de medidas destinadas a incrementar el empleo en los ámbitos tributarios, financieros, de seguridad social, del seguro de desempleo y otras cuestiones. En relación con las políticas laborales y de seguridad social, el Gobierno señala que adoptará medidas para mejorar y aplicar gradualmente políticas de seguridad social y de flexibilidad laboral que sean compatibles con un régimen flexible del empleo, incluido el empleo a tiempo parcial, y suministrará ayuda y servicios a los trabajadores ocupados en un régimen de flexibilidad laboral. La Comisión invita al Gobierno a seguir comunicando información sobre el impacto y los resultados alcanzados en términos de creación de empleo productivo y mejorar la seguridad en el empleo de los trabajadores mediante la legislación y otras prácticas afines y su aplicación.
Grupos vulnerables. El Gobierno indica que atribuye gran importancia al empleo de los jóvenes. La Comisión toma nota de que China enfrenta desafíos para el empleo de los graduados de instituciones de enseñanza superior y los jóvenes trabajadores migrantes. El número de graduados aumentó de 3,38 millones en 2005 a 6,3 millones en 2010. El Gobierno indica que ha formulado políticas para promover el empleo de los graduados, entre las que cabe mencionar planes para incrementar las oportunidades de empleo, un plan destinado a ofrecer orientación para iniciar actividades empresariales y un plan de servicio y asistencia para el empleo. Asimismo, se organizaron pasantías laborales que beneficiaron a un millón de graduados retribuidos con asignaciones pagadas por los gobiernos o los empleadores, y 450 000 graduados podrán participar en el Plan de iniciación empresarial en el período 2010-2012. En relación con los jóvenes trabajadores migrantes, el Gobierno se refiere a las medidas que facilitan su acceso al empleo en las zonas urbanas, las medidas de asistencia para iniciar una empresa, y medidas de orientación y formación profesional. Además, el Gobierno informa sobre las medidas para promover el empleo de los trabajadores migrantes basadas en el principio del trato justo sin discriminación. El Gobierno señala que mejorará la gestión y planificación general de las zonas urbanas y rurales, tomando medidas acordes con las condiciones locales y suministrando orientación para atender necesidades específicas. Además, la Comisión toma nota de la información sobre medidas centradas en el empleo de las mujeres, que incluyen subvenciones en materia de seguridad social y formación profesional, formación empresarial y medidas para mejorar el régimen de seguro por maternidad. El Gobierno indica que esas iniciativas han contribuido efectivamente el empleo de las mujeres. A finales de 2009, los empleadores de las zonas urbanas dieron trabajo a un total de 125,3 millones de personas, de los cuales 46,785 millones eran mujeres (37,2 por ciento). El Gobierno también proporciona datos indicando que entre 2005 y 2009 las agencias públicas de servicios de empleo ayudaron a un total de 94,807 millones de personas a obtener empleo, de las cuales 44,514 millones eran mujeres. Por lo que respecta a las personas con discapacidades, el Gobierno facilita estadísticas actualizadas indicando que, en 2010, se empleó a 4,412 millones de personas con discapacidad en zonas urbanas y a 17,497 millones en las zonas rurales. La Comisión también toma nota de la información comunicada por el Gobierno sobre las medidas para la promoción del empleo de las minorías étnicas. Estas medidas incluyen la formulación y mejora de las políticas de empleo, el aumento de la ayuda al empleo para diplomados universitarios pertenecientes a minorías étnicas que encuentran dificultades para encontrar trabajo, el desarrollo de programas de trabajo y actividades especiales de formación, así como el aumento de la asistencia financiera. La Comisión invita al Gobierno a que comunique informaciones en su próxima memoria sobre el impacto de las medidas adoptadas para promover el empleo productivo para los grupos de trabajadores vulnerables. Sírvase asimismo incluir en la próxima memoria datos sobre la situación y las tendencias de la población activa, del empleo, del desempleo y del subempleo, desglosados por sector, edad y género, en particular para los grupos vulnerables como los jóvenes, las mujeres, las personas con discapacidad, los trabajadores rurales y las minorías étnicas.
Garantizar el reempleo de los trabajadores despedidos por empresas del Estado. El Gobierno informa que el régimen de seguro de desempleo ha cubierto esencialmente a la mayoría de los trabajadores despedidos por las empresas del Estado. Asimismo, en 2008, tras la adopción de la Ley de Promoción del Empleo, las políticas activas del empleo siguieron aplicándose, e incluso, además de tratar el reintegro de las personas que perdieron su trabajo en las empresas del Estado, se han centrado en un plan general de empleo para diversos grupos en las zonas urbanas. El Gobierno indica que la prosecución de dichas políticas ha permitido ampliar el alcance de sus objetivos, extender su período de vigencia e intensificar esfuerzos. La Comisión invita al Gobierno a que siga comunicando informaciones en su próxima memoria sobre esta cuestión.
Coherencia y transparencia de la información relativa al mercado laboral. El Gobierno informa que ha establecido una red urbana de información sobre el mercado de trabajo. Más del 80 por ciento de las agencias públicas de servicios de empleo han establecido sistemas de información y, en algunos sitios, esas redes se han extendido a las zonas rurales. El Gobierno indica también que, en 2010, se tomó la decisión de establecer una plataforma de supervisión de la información sobre el empleo para realizar el seguimiento de la situación de empleo y desempleo de las personas que buscan trabajo. Se estima que serán necesarios unos cinco años a fin de que la red de información abarque la totalidad del país. Asimismo, en 2011, el Gobierno decidió establecer una plataforma nacional de servicios de información sobre reclutamiento en el sector público con objeto de aumentar la coherencia y transparencia del mercado de trabajo y asistir a las personas que buscan empleo a obtener información oportuna y precisa al respecto. La Comisión invita al Gobierno a que continúe brindando información sobre los progresos realizados para la obtención de datos precisos sobre el empleo y la manera de utilizarlos para formular y revisar las políticas de empleo (artículo 2).
Construcción de un mercado de trabajo unificado. El Gobierno indica que ha abolido las políticas y reglamentaciones que limitan el empleo de la mano de obra rural en zonas urbanas y otras regiones. Se impulsa activa y constantemente la reforma del sistema de registro de hogares. La Comisión observa que, según se informa, han de extraerse conclusiones de las experiencias en los programas piloto para coordinar el empleo urbano y rural y se ampliará el alcance de dichos programas. Además, la Comisión toma nota de que, en 2010, las agencias de servicio público del empleo de todos los niveles del país prestaron servicios gratuitos de empleo a los trabajadores migrantes, distribuyeron más de 35 millones de tarjetas de información sobre el empleo, organizaron aproximadamente 20 000 ferias especiales de contratación de trabajadores migrantes, dando orientación para emplear a más de 23 millones de personas, de las cuales 12,5 millones obtuvieron trabajo, y se organizó la obtención de empleo en el extranjero para más de 30,9 millones de trabajadores. La Comisión invita al Gobierno a que comunique mayor información sobre el impacto de las medidas adoptadas para unificar la gestión del empleo y de los resultados obtenidos por los servicios de empleo a fin de suministrar un nivel análogo de servicios en todo el país. La Comisión invita al Gobierno a que incluya, en su próxima memoria, una evaluación sobre cómo se ha alcanzado un crecimiento equilibrado del desarrollo económico y del empleo en las diversas regiones del país.
Fortalecimiento de los servicios de empleo. El Gobierno indicó anteriormente que en 2008, el 99 por ciento de los barrios urbanos y el 80 por ciento de las ciudades habían establecido servicios públicos de empleo que brindan asistencia y servicios de colocación laboral. El Gobierno informa que, en 2011, el 90 por ciento de los pueblos han establecido servicios públicos de empleo. Además, la Comisión observa que, a finales de 2010, operaban en el país más de 10 000 agencias de empleo privadas. La Comisión invita al Gobierno a que comunique información detallada sobre el funcionamiento de las agencias de empleo privadas. Además, la Comisión invita al Gobierno a que siga facilitando información acerca de los logros para fortalecer los servicios públicos del empleo y regular las agencias de empleo privadas. Sírvase también comunicar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la cooperación entre los servicios públicos de empleo y las agencias de empleo privadas, y las medidas que el Gobierno adopta para impulsar a las agencias de empleo privadas a que mejoren la calidad de sus servicios de manera de cumplir con sus funciones de promoción del empleo.
Promoción de las pequeñas y las medianas empresas. En su observación anterior, la Comisión tomó nota de que se seleccionaron 82 ciudades para liderar una nueva iniciativa destinada a la promoción de las pequeñas y medianas empresas. El Gobierno indica, en su memoria, que ha realizado esfuerzos para crear en 85 ciudades lo que se ha dado en denominar ciudades empresariales. Además, se está realizando una evaluación del rendimiento laboral de dichas ciudades empresariales, evaluando el trabajo realizado y los resultados reales en centros empresariales, realizando esa labor mediante exámenes de la información, comparación de datos y cuestionarios de encuestas. El Gobierno también se refiere a las medidas para ayudar a la iniciativa empresarial y promover pequeñas y medianas empresas. Entre esas medidas cabe mencionar la reducción de los obstáculos administrativos, el incremento de la formación empresarial, la mejora de los servicios financieros para los empresarios y el establecimiento de tasas impositivas preferenciales para los empresarios y las pequeñas y medianas empresas. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha establecido un fondo de innovación tecnológica que brinda apoyo financiero a los proyectos de información científica y tecnológica. La Comisión invita al Gobierno a que, en su próxima memoria, incluya información sobre el impacto de las medidas de promoción de las pequeñas y medianas empresas respecto de la generación de empleo.
Formación profesional y políticas educativas. La Comisión invita al Gobierno a que, en su próxima memoria, comunique información sobre cómo se coordinan las políticas de desarrollo de recursos humanos con las políticas de empleo y sobre cómo se fortalece la coordinación entre las instituciones de formación profesional. La Comisión invita también al Gobierno a que incluya información sobre cómo participan las entidades locales y los interlocutores sociales en el diseño y aplicación de las políticas y programas de formación.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica en su memoria que se han organizado más de 10 000 consultas tripartitas a todos los niveles y en todos los ámbitos del país. En 2011 se convocó la Decimosexta Conferencia Nacional Tripartita de Coordinación de las Relaciones Laborales. La conferencia reajustó la composición de los miembros de la Conferencia Tripartita del Estado y de la Mesa, revisó el sistema tripartito de conferencias, revisó modelos de relaciones industriales armoniosas en empresas y parques industriales del ámbito nacional; y examinó la labor para hacer avanzar la aplicación de medidas especiales respecto del régimen contractual de las pequeñas empresas y la aplicación del régimen de contratos colectivos del «Programa Arco iris». La Comisión invita al Gobierno a que siga comunicando información sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales en relación con la formulación y aplicación de una política activa del empleo.
Cooperación técnica de la OIT. La Comisión invita al Gobierno a que, en su próxima memoria, facilite información sobre los resultados alcanzados mediante la asistencia técnica de la OIT en las cuestiones abarcadas por el Convenio, así como sobre los resultados obtenidos por la ejecución del Programa de Trabajo Decente por País (2006-2010).

Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

La Comisión toma nota con interés de la información detallada comunicada por el Gobierno en septiembre de 2009, en respuesta a la discusión tripartita que tuvo lugar en la Comisión de la Conferencia, en junio de 2009, y a su observación anterior.

Artículos 1 y 2 del Convenio. Formulación de una política de empleo. La Comisión toma nota de que el Gobierno prosigue sus estrategias y políticas de largo plazo para promover el empleo, da prioridad a la expansión del empleo en el desarrollo socioeconómico y se esfuerza para alcanzar una integración solvente entre el desarrollo económico y la generación de empleo. El Gobierno dedica su atención a desarrollar industrias intensivas en mano de obra y terciarias, empresas privadas y empresas de inversión extranjera, pequeñas y medianas empresas (PYME), empleo por cuenta propia y formas flexibles de empleo. Para garantizar que la creación de empleo se sitúa en el centro de las políticas macroeconómicas, las autoridades establecieron para la coordinación de las políticas, grupos de trabajo interdepartamentales sobre el empleo. Un sistema conjunto de reuniones ministeriales, dirigido por un Viceprimer Ministro, reúne a representantes de más de 20 ministerios. Se adoptan en la actualidad políticas activas de empleo, centrándose en la reducción de impuestos, en los microcréditos y en los préstamos con tasas de interés subvencionadas para las empresas que comienzan y para el empleo por cuenta propia; incentivos a la contratación, como la reducción fiscal y las subvenciones a las cotizaciones al seguro social para las empresas que contraten a los desempleados; regímenes de creación de empleo público para los trabajadores difíciles de colocar; y programas específicos de asistencia al empleo, para garantizar que cada familia tenga al menos a un miembro empleado. El Gobierno reconoce la presión del empleo de larga duración que viene sufriendo, debido a factores tales como la gran población, la industrialización, la urbanización, la reestructuración económica y la calidad comparativamente baja de la fuerza del trabajo. El Gobierno también declara que, cada año, China tiene 24 millones de demandantes de empleo en las zonas urbanas y 10 millones de trabajadores rurales que buscan colocación, lo que arroja como resultado una presión sobre el mercado del trabajo que no conoce ningún otro país. En su memoria, el Gobierno indicó que, desde 2003, se crearon más de 10 millones de empleos y más de 8 millones de trabajadores fueron trasladados de las zonas rurales cada año. En 2008, el desempleo urbano registrado se situó en el 4,2 por ciento. La Comisión invita al Gobierno a que incluya, en su próxima memoria, información acerca del impacto de las mencionadas medidas para generar empleo.

Medidas adoptadas en respuesta a la crisis mundial. La Comisión toma nota de que la crisis había afectado especialmente al sector de las exportaciones y a las PYME y de que los migrantes y los nuevos ingresantes en el trabajo, se encontraban entre los más afectados. En su Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo, la Comisión tomó nota de que el Consejo de Estado había adoptado la Notificación núm. 4, de 2009, relativa a las cuestiones que afectan al empleo en la actual crisis económica, así como otros documentos sobre cómo afrontar la actual situación económica y dar más estabilidad a la relación de trabajo (párrafo 620 del Estudio General de 2010). Entre las medidas adoptadas para dar respuesta a la crisis, el Gobierno inició paquetes de estímulo que se centran en las infraestructuras, en las obras públicas, en la inversión en desarrollo rural y en un respaldo a las industrias intensivas en mano de obra, especialmente de las PYME y del sector de los servicios. Se permitió que las empresas aplazaran o redujeran el pago de las cotizaciones al seguro social y también recibieron subvenciones. La Comisión toma nota de que se promueve en la actualidad el diálogo social como herramienta para responder a la crisis. El mecanismo tripartito nacional publicó una guía sobre cómo hacer frente a la crisis económica actual y estabilizar la relación laboral para impulsar y orientar a las empresas y a los trabajadores para que obtengan puestos de trabajo estables y en la medida de lo posible se eviten los despidos, mediante consultas, ajustes salariales y un tiempo de trabajo flexible. La Comisión destaca la importancia que tienen unas consultas tripartitas genuinas para afrontar y mitigar los efectos de la crisis económica mundial. La Comisión invita al Gobierno a que comunique, en su próxima memoria, información sobre la participación de los interlocutores sociales en el diseño y en la aplicación de una política activa de empleo, para contribuir a superar los efectos negativos de la crisis.

Impacto de la legislación en la creación de empleo. El Gobierno indica que la aplicación de la Ley sobre Contratos de Trabajo había traído consigo un incremento de los empleos suscritos (alcanzándose el 93 por ciento en 2008), y un descenso de la tendencia de suscripción de contratos de corta duración, lo que supuso una mayor estabilidad de los trabajadores en el empleo. La aplicación de la Ley sobre Contratos de Trabajo también se derivó en un incremento del número de personas que se habían registrado en la seguridad social. El Gobierno también declara que la Ley sobre Promoción del Empleo, había traducido las políticas activas de empleo en un texto legislativo, aportando un poderoso apoyo legal a la consecución del pleno empleo. La Comisión invita al Gobierno a seguir comunicando información sobre el impacto y los resultados alcanzados en términos de creación de empleo productivo y sobre la mejora de la seguridad en el empleo de los trabajadores, a través de la aplicación de la Ley sobre Contratos de Trabajo y de la Ley sobre la Promoción del Empleo.

Grupos vulnerables. La Comisión toma nota de las diferentes políticas, planes y acciones de empleo desarrollados para abordar las consecuencias del devastador terremoto de Sichuan (mayo de 2008), incluida la asistencia al empleo y las políticas de apoyo para recuperar la producción y estabilizar el empleo. Según los datos transmitidos por el Gobierno, hasta marzo de 2009, las localidades habían comunicado información sobre más de 1.170.000 oportunidades de trabajo en las zonas afectadas por el terremoto, se había contribuido a que 105.000 trabajadores encontraran empleo, a través del cambio de empleo en zonas lejanas y del empleo directo, proyectos de reconstrucción para paliar el desastre, los cuales habían asistido a más de 1.267.000 trabajadores a encontrar empleo en el lugar o en sitios cercanos y 308.000 trabajadores fueron trasladados de Sichuan, mediante migraciones laborales organizadas. La Comisión también toma nota de que se había dado inicio a un sistema «Emergency-Start and Improve Your Business (E-SIYB)» para apoyar la recuperación de la producción de las PYME en el terreno y de los trabajadores rurales, para la creación de empresas en las ciudades de Chengdu, Deyang y Mianyang. En sus comentarios anteriores, la Comisión había tomado nota del reglamento adoptado para promover el empleo de las personas con discapacidad. El Gobierno informa asimismo de que había formulado una serie de políticas y medidas de acompañamiento, a los efectos de una mayor asistencia a las personas con discapacidad y de promoción de su empleo, incluidos los servicios especiales, la mejora de los servicios del empleo y la formación orientada a ayudarlos a comenzar su propia empresa y el empleo por cuenta propia. El Gobierno también adoptó medidas específicas para los trabajadores rurales con discapacidad para aumentar su empleabilidad. A finales de 2008, se había encontrado un nuevo empleo para 368.000 trabajadores con discapacidad, en las zonas urbanas, y 17.171.000 trabajadores rurales con discapacidad habían sido contratados en la producción activa. La Comisión invita al Gobierno a seguir comunicando información acerca del impacto de las medidas adoptadas para promover el empleo productivo para los grupos de trabajadores vulnerables. Sírvase asimismo incluir en la próxima memoria datos sobre la situación y las tendencias de la población activa, del empleo, del desempleo y del subempleo, desglosados por sector, edad y género, en particular para los grupos vulnerables como los jóvenes, las mujeres, las personas con discapacidad, los trabajadores rurales y las minorías étnicas.

Garantizar el reempleo de los trabajadores despedidos. En relación con las medidas encaminadas a aumentar la empleabilidad de los trabajadores que habían sido despedidos por empresas del Estado, el Gobierno indica que entre 2003 y 2008, más de 30 millones de trabajadores se habían reintegrado por diferentes canales en el mercado del trabajo. El Gobierno había establecido instituciones de formación laboral para impartir formaciones flexibles y diversificadas, y había lanzado un proyecto de reempleo con capacitación, mediante el cual se esperaba formar a 4 millones de trabajadores al año. Entre 2006 y 2008, había encontrado trabajo el 68 por ciento de los 18.880.000 trabajadores que habían participado en la formación para el reempleo. La Comisión toma nota de que las empresas que contratan a trabajadores de edad avanzada, reciben subvenciones, y de que se presta especial atención a los trabajadores de más edad en el grupo situado entre los 40 y los 50 años. La Comisión pide al Gobierno que siga brindando información acerca de las medidas previstas para mejorar la inserción en el mercado laboral de los trabajadores que continúan afectados por los despidos de las empresas del Estado.

Coherencia y transparencia de la información relativa al mercado laboral. El Gobierno informa de que, hasta noviembre de 2008, se habían realizado siete encuestas laborales. No obstante, la complejidad del mercado del trabajo no queda completamente reflejada. La Comisión toma nota de que el Gobierno explora en la actualidad la manera de mejorar dichos métodos de encuesta, para obtener mejores resultados. La Comisión había tomado nota, en el Estudio General de 2010, de que la Confederación de Empresas de China, mediante su red de afiliados, recoge información de las empresas, en relación con la contratación, la gestión de los recursos humanos y la formación profesional (párrafo 80 del Estudio General de 2010). La Comisión recuerda la importancia de compilar y analizar los datos estadísticos y las tendencias actualizados, como base para la decisión de medidas de política de empleo. La Comisión pide al Gobierno que continúe brindando información sobre los progresos realizados para la obtención de datos actualizados y la manera de utilizarlos para formular y revisar políticas de empleo.

Construcción de un mercado del trabajo unificado. La Comisión toma nota de que la reforma del sistema de registro de los hogares avanza de manera constante y que la reforma se dirige a lograr una gestión integrada de los permisos de residencia de la población inmigrante. El Gobierno flexibiliza en la actualidad el requisito para los trabajadores rurales que ya tienen empleo y residencia estables en ciudades y pueblos. También se realizan esfuerzos para desarrollar de manera activa las empresas en ciudades y pueblos y las economías en el ámbito del condado para aumentar las oportunidades de empleo de la fuerza de trabajo rural. El Gobierno informa de que trata de incrementar los esfuerzos encaminados para garantizar un mercado laboral urbano-rural unificado y aplicar la Ley sobre Promoción del Empleo de manera más exhaustiva, de modo de acelerar la instauración de una política de empleo que contemple la igualdad entre las zonas rurales y urbanas. La Comisión invita al Gobierno a que comunique, en su próxima memoria, información sobre el impacto de las medidas que se aplican en la actualidad para garantizar que los trabajadores gocen de los mismos derechos y obligaciones en un mercado laboral unificado. Sírvase comunicar más información sobre los proyectos iniciados para unificar la gestión del empleo y los resultados alcanzados por los servicios del empleo para dar empleo a los trabajadores rurales que buscan trabajo en las ciudades. La Comisión espera que las medidas que han de adoptarse tengan éxito para unificar el mercado laboral e invita al Gobierno a que incluya en su próxima memoria una evaluación sobre cómo se ha alcanzado un crecimiento equilibrado del desarrollo económico y del empleo en las diferentes regiones del país.

Extensión de la seguridad social y de la asistencia sanitaria. El Gobierno indica que la cobertura de seguridad social se extiende para cubrir a más personas, especialmente los trabajadores rurales migrantes y los trabajadores con empleo precario, y que se acelera el establecimiento de un sistema de seguro médico básico. El Gobierno informa que se espera que, entre 2009 y 2011, los gobiernos de todos los niveles inviertan alrededor de 120 billones de dólares de los Estados Unidos en la mejora del seguro médico y del sistema de servicios médicos. El Gobierno espera que en 2010, cada uno de los 1,3 billones de ciudadanos del país goce de una plena cobertura de seguro de salud. La Comisión invita al Gobierno a que incluya, en su próxima memoria, información actualizada sobre este tema y su impacto en la creación de un empleo duradero.

Fortalecimiento de los servicios de empleo. El Gobierno indica que en 2008, el 99 por ciento de los barrios urbanos y el 80 por ciento de los pueblos habían establecido servicios públicos de empleo que brindan asistencia y servicios de colocación laboral, y que habían contribuido a que 20 millones de personas encontraran trabajo. La Comisión recuerda el papel clave que desempeñan los servicios de empleo eficaces para mantener el pleno empleo y atender las necesidades de los trabajadores y de las empresas (párrafo 202 del Estudio General de 2010). En 2008, operaban en el país 10.000 agencias de empleo privadas. La Comisión toma nota de que, dentro de los esfuerzos dirigidos a completar y mejorar los servicios del empleo, tanto en las zonas rurales como en las zonas urbanas, se había dado inicio a proyectos piloto para el establecimiento de sistemas de servicio de empleo público a nivel de condado y de pueblo. En 2009, se dio inicio a otro programa orientado a proporcionar prácticas a 3 millones de graduados universitarios y existen planes para ayudar a 1 millón de trabajadores desempleados de larga duración a encontrar trabajos, y asistir a 8 millones de trabajadores migrantes para que se coloquen en el sector no agrícola. La Comisión invita al Gobierno a que informe acerca de los logros para fortalecer los servicios públicos del empleo y para regular las agencias de empleo privadas. Sírvase también comunicar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la cooperación entre los servicios públicos de empleo y las agencias de empleo privadas, y las medidas que el Gobierno adopta para impulsar a las agencias de empleo privadas a que mejoren la calidad de sus servicios, para cumplir con sus funciones de promover empleo.

Promoción de las pequeñas y las medianas empresas. La Comisión toma nota del incremento de los canales para financiar las pequeñas y medianas empresas. El Gobierno también había alentado a las instituciones financieras a que mejoraran sus servicios y a que aumentaran su apoyo al crédito para las PYME, incluida la concesión de microcréditos para las personas que establecieran sus propias empresas. En 2008, el Gobierno publicó una guía sobre la intensificación de los esfuerzos dirigidos a alentar los inicios de la promoción del empleo y se creó una junta directiva para brindar asistencia a los empresarios que dieran inicio a sus empresas. La Comisión toma nota de que se habían seleccionado 82 ciudades para liderar una nueva iniciativa de la ciudad orientada a los emprendimientos. La Comisión invita al Gobierno a que incluya, en su próxima memoria, más información sobre estas iniciativas e información sobre el impacto de dichas medidas en la creación de empleo. Sírvase también informar sobre las medidas adoptadas para facilitar los procedimientos de inicio de las empresas y sobre los esfuerzos realizados para crear un entorno que conduzca a la creación, al desarrollo y a las sostenibilidad de las PYME.

Formación profesional y políticas educativas. El Gobierno trata de suministrar una formación profesional no agrícola a 40 millones de trabajadores rurales, a través del Programa empleo con capacitación para la fuerza de trabajo rural. Entre 2006 y 2008, habían sido 26.500.000 los trabajadores rurales que habían recibido una formación. Además, algunas localidades habían emitido cupones de formación y abierto cuentas de formación, en un esfuerzo encaminado a alentar a los trabajadores rurales a que participaran en la formación. La Comisión también toma nota de que el Ministerio de Recursos Humanos y Seguridad Social había aplicado, en 2009-2010, un programa especial de formación profesional, a efectos de aportar una «formación adaptada», para dar cumplimiento a los requisitos laborales específicos de las empresas, de modo que los trabajadores rurales pudiesen ser encaminados directamente al trabajo. La Comisión también toma nota de que, con el fin de asistir a los trabajadores despedidos y de que volviera a ingresar en el mercado laboral la fuerza de trabajo rural, el Gobierno había designado instituciones de formación profesional, para que se llevaran a cabo formaciones flexibles y diversificadas. La Comisión también advirtió, en el Estudio General de 2010, de que los sindicatos de diversos niveles habían establecido agencias de formación profesional (párrafo 176 del Estudio General de 2010). La Comisión invita al Gobierno a que comunique información sobre cómo se coordinan las políticas de desarrollo de recursos humanos con las políticas de empleo y sobre cómo se fortalece en la actualidad la coordinación entre las instituciones profesionales. También pide que se incluya información sobre cómo participan las entidades locales y los interlocutores sociales en el diseño y en la aplicación de las políticas y los programas de formación.

Cooperación técnica de la OIT. La Comisión toma nota de que el Programa de la OIT Comienzo y Mejora de su Empresa (SIYB), había completado sus actividades en áreas de desarrollo del producto, de control de calidad y de desarrollo de los formadores. La Comisión también toma nota de que la asistencia técnica aportada con arreglo a los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la ONU, con la OIT como organismo ejecutivo rector, espera mejorar el contenido y la aplicación del marco de la política de servicios a los jóvenes trabajadores rurales. La Comisión invita al Gobierno a que comunique información sobre los resultados obtenidos mediante estos proyectos y también sobre los resultados para crear empleo derivados de la aplicación del Programa de Trabajo Decente por País (2006-2010).

Observación (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

La Comisión toma nota de la información comunicada en la memoria del Gobierno recibida en agosto de 2007, que incluye respuestas a su observación anterior. También toma nota de los comentarios de la Federación de Sindicatos de China (ACFTU) y de la Confederación de Empresas de China (CEC), anexados a la memoria del Gobierno.

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Formulación de una estrategia de empleo. La Comisión toma nota de que, a finales de 2006, las personas empleadas en China eran 764 millones, de las que los empleados urbanos representaban 283 millones de personas. En términos de estructura del empleo, 326 millones de personas se encontraban en el sector primario de la industria, 192 millones en el sector secundario y 252 millones en el sector terciario, como consecuencia de la rápida transición de la fuerza del trabajo rural a las industrias no agrícolas. Lo anterior también representaba un incremento continuo del porcentaje del sector terciario, poniendo de manifiesto que los servicios habían pasado a ser la principal fuente de expansión del empleo. El Gobierno informa que, a finales de 2006, el desempleo registrado en las zonas urbanas había sido de 8,47 millones de personas, lo que significaba una tasa de desempleo del 4,1 por ciento, mostrando una tendencia de descenso en el desempleo y una creciente estabilidad en el empleo. El Gobierno indica que, a finales de 2006, se habían visto afectadas por la pobreza 21,48 millones de personas, lo que representaba una caída de 2,17 millones de personas a lo largo del año anterior. En los años venideros, el Gobierno pronostica que el número de la población urbana que necesita un empleo, permanecerá cada año en más de 24 millones, si bien la estructura económica actual sólo puede proporcionar 12 millones de puestos de trabajo, lo cual refleja un desequilibrio entre la oferta y la demanda de puestos de trabajo. La Comisión desea seguir recibiendo información sobre la manera en que el objetivo de pleno empleo guía las políticas macroeconómicas. Al respecto, la Comisión quisiera examinar información sobre la manera en que otras políticas macroeconómicas, como las políticas monetaria y fiscal, prosiguen la promoción del pleno empleo, productivo y libremente elegido. La Comisión también requiere informaciones sobre la manera en que funcionan las medidas adoptadas para promover el pleno empleo productivo, en el «marco de una política económica y social coordinada».

2. La memoria del Gobierno ofrece informaciones sobre la adopción de la Ley sobre Contratos de Trabajo, que reglamenta las prácticas del empleo a tiempo completo y, en base a ello, contiene disposiciones especiales sobre el trabajo eventual y el trabajo a tiempo parcial. El Gobierno indica que la ley otorga protección a los derechos e intereses de los trabajadores en diferentes tipos de empleo. El Gobierno también informa sobre la adopción, en agosto de 2007, de la Ley sobre Promoción del Empleo que incluye, entre otras cuestiones, disposiciones sobre la promoción del empleo, la protección del empleo equitativo, el apoyo gubernamental a la promoción del empleo, la asistencia al empleo para grupos especiales, servicios públicos de empleo, fortalecimiento de la educación y de la formación profesionales, para promover un desarrollo económico y social coordinado, aumentar las oportunidades de empleo, promover el empleo y alcanzar armonía y estabilidad sociales. La Comisión pide informaciones sobre la manera en que los textos promulgados contribuyen a la generación de empleo productivo y a la mejora de la seguridad del empleo para los trabajadores.

3. Promoción del empleo y grupos vulnerables. El Gobierno indica que, a finales de 2006, la población que vivía en situación de pobreza en las zonas rurales había sido de 21,48 millones, lo que representaba un descenso de 2,17 millones respecto del año anterior, y la población de las zonas rurales con bajos ingresos había sido de 35,5 millones, lo que representaba una caída de 5,17 millones respecto del año anterior. El Gobierno no había escatimado esfuerzos en promover el empleo de la fuerza del trabajo rural en sus propias localidades, a través un reajuste de la estructura económica en las zonas agrícolas y rurales, desarrollando una producción no agrícola, impulsando industrias en los municipios y construyendo pequeñas ciudades. Se habían adoptado políticas de igualdad de empleo, había mejorado las condiciones del empleo urbano y había organizado y orientado una movilidad ordenada de la fuerza del trabajo rural a través de las regiones, mediante una coordinación del servicio del trabajo. La Comisión invita al Gobierno a continuar informando acerca de los esfuerzos realizados para reducir aún más las brechas producidas en la situación de los trabajadores urbanos y los trabajadores rurales. La Comisión también invita al Gobierno a que incluya, en su próxima memoria, información sobre las medidas adoptadas para garantizar la recuperación económica con la creación de empleo en aquellas zonas afectadas por el terremoto en la provincia de Sichuan (mayo de 2008).

4. Según las estadísticas aportadas por el Gobierno en su memoria, de las 82,96 millones de personas con discapacidad, 22,66 millones habían tenido un empleo. La Comisión toma nota de que el reglamento sobre el empleo de las personas con discapacidad, establece que las autoridades que se encuentran en el ámbito del distrito y por encima del mismo, deberían incluir, en el plan para el desarrollo económico y social, el tema del empleo de las personas con discapacidad, formular políticas preferenciales y adoptar medidas prácticas para la creación de condiciones para el empleo de las personas con discapacidad. La Comisión desea seguir recibiendo información acerca de las medidas adoptadas para que existan mecanismos para el empleo de las personas con discapacidad y, en particular, para apoyar a las personas con discapacidad en las zonas rurales.

5. Consistencia y transparencia de la información relativa al mercado laboral. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que se habían producido progresos en la mejora del sistema de información del mercado laboral, específicamente mediante: a) la recogida, el procesamiento y el análisis de la información relativa a la oferta y la demanda en los mercados de trabajo en más de 100 ciudades, y la publicidad de los resultados; b) la organización y la realización de investigaciones de los gastos en personal de las empresas y las escalas de remuneraciones para las diferentes profesiones en todo el país; y c) la continuidad de la encuesta de la fuerza del trabajo. La Comisión desea recibir información sobre las mejoras que han tenido lugar en la encuesta de la fuerza del trabajo y los progresos para mejorar el sistema de información del mercado laboral, con una indicación de la manera en que se habían utilizado los datos para formular y revisar las políticas de empleo.

6. Unificación del mercado laboral. La Comisión toma nota de que, según los datos de que dispone la OIT, los trabajadores migrantes internos representan un 16 por ciento del PIB nacional a lo largo de los últimos 20 años y representan el 40 por ciento de la fuerza de trabajo urbana. Sin embargo, hay todavía 90 millones de trabajadores migrantes internos que no pueden obtener un permiso de residencia y trabajo (hukou) les brinde acceso a trabajos mejores, a la asistencia sanitaria y a la educación. La Comisión también toma nota de que, en los últimos pocos años, el Gobierno había venido adoptando medidas importantes como la de asegurar un salario mínimo garantizado, fortalecer la contratación laboral, así como el acceso a servicios del empleo y a la formación laboral. La Comisión también toma nota de que en algunas localidades, se había eliminado la disparidad entre los residentes urbanos y rurales. En su memoria, el Gobierno indica que se adoptan diversas medidas para mejorar más el sistema de permisos actuales. Se realizaron esfuerzos para garantizar plenamente los legítimos derechos e intereses de los trabajadores migrantes internos en el empleo, en la vivienda, en la asistencia médica y en la educación, de modo de constituir un mercado de trabajo unificado a escala nacional. La Comisión desea seguir recibiendo información sobre las medidas adoptadas para la mejora del sistema de permiso de residencia y de trabajo para asegurar la integración del mercado laboral y un mercado de trabajo unificado.

7. La Comisión toma nota de que el Gobierno aplica en la actualidad el presupuesto público y la política presupuestaria pública para aumentar las asignaciones presupuestarias del seguro social. Las autoridades competentes de las diversas localidades también habían reajustado su estructura de gastos para apoyar al seguro social. La Comisión toma nota asimismo de la información relativa a la guía intensificada a los organismos del seguro social de diversos niveles y a la promoción de la cobertura del seguro social, a través de la publicidad y de las inspecciones de la aplicación de la ley en el trabajo del seguro social. El Gobierno informa de que, a finales de mayo de 2007, un total de 191,93 millones de personas había participado en el seguro de vejez, 163,45 millones en el seguro médico, 107,46 millones en el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y 67,72 millones en el seguro de maternidad, lo que representaba un incremento de 2,27 millones de personas, 6,13 millones, 4,78 millones y 2,14 millones de personas, respectivamente, respecto de la situación a finales de 2006. Un total de 25,15 millones y de 29,16 millones de trabajadores migrantes habían participado en el seguro médico y en el seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, respectivamente, con un incremento correspondiente de 1,49 millones y 3,79 millones respecto de la situación a finales de 2006. La Comisión pide al Gobierno que incluya en su próxima memoria, informaciones sobre las medidas adoptadas para alentar a los empleadores y a los empleados a cotizar a los regímenes de seguro social, considerando el porcentaje de los empleados por cuenta propia y de los trabajadores informales de las zonas urbanas. También solicita información sobre la manera en que el sistema de seguridad social considera los retos de un empleo flexible, como los bajos salarios y los ingresos inestables.

8. Fortalecimiento de los servicios públicos del empleo. La Comisión toma nota de que, a finales de 2006, se había establecido un total de 37.450 agencias de servicio del empleo. En 2006, dichas agencias de empleo habían contratado a 49,51 millones de personas para diversas empresas y habían aportado recomendaciones laborales y orientación de empleo a 47,36 millones de personas que se habían registrado para los trabajos, de las cuales se habían colocado a 24,93 millones de trabajadores. La Comisión reitera su solicitud de recibir informaciones que describan las medidas adoptadas para garantizar la cooperación entre el sistema del servicio del empleo público y las agencias de empleo privadas. También desea recibir información acerca del actual sistema de registro del empleo en las zonas rurales y de las medidas proactivas orientadas a ayudar a los desempleados rurales.

9. Medidas para promover el reempleo de los trabajadores despedidos. El Gobierno informa de las dificultades en resolver los problemas que había dejado la reestructuración económica. Entre 2003 y 2006, se había reempleado a un total de 20 millones de trabajadores que habían sido despedidos de empresas del Estado y de empresas de propiedad colectiva. Los programas de formación técnica que facilitan el empleo por cuenta propia de los trabajadores despedidos se han definido y desarrollado en consonancia con las condiciones específicas de las localidades. La Comisión pide al Gobierno que siga comunicando información acerca de las medidas adoptadas para mejorar las calificaciones de los trabajadores despedidos para mejorar su empleabilidad. También solicita información sobre las medidas que se han previsto para mejorar la estabilidad de los trabajadores y para reducir la inseguridad del empleo en el mercado laboral.

10. Promoción de las pequeñas y medianas empresas. La Comisión toma nota de que en los últimos años, la mayoría de los puestos de trabajo creados se había producido en el sector no estatal, especialmente en las pequeñas empresas, en el empleo por cuenta propia y en el sector informal. En 2005, el Gobierno publicó «Orientaciones para el impulso, el apoyo y la guía del desarrollo de las pequeñas empresas y de la economía no estatal». El Gobierno informa de que mediante la aplicación de dichas orientaciones todas las regiones y los departamentos gubernamentales promoverán el empleo privado, el empleo por cuenta propia y el desarrollo de una economía no estatal, con lo que se estimulará al máximo la creación de puestos de trabajo y, en particular, la generación de oportunidades para los grupos de bajos ingresos. La Comisión desea recibir información sobre el impacto de las medidas adoptadas para minimizar los obstáculos encontrados por las pequeñas y medianas empresas, por ejemplo, para la obtención de un crédito para la puesta en marcha de empresas. Sírvase asimismo seguir comunicando información acerca de la manera en que se promueve la creación de empleo mediante las pequeñas y medianas empresas.

11. Educación y formación profesional. La Comisión toma nota de que la información comunicada por el Gobierno indica que se habían desarrollado diversos tipos de iniciativas de formación profesional y se habían intensificado sus esfuerzos para fomentar una elevada calificación de las personas empleadas y en estrecha relación con las necesidades del mercado y de las empresas. A finales de 2006, se contaba con un total de 2.880 escuelas técnicas, 3.212 centros de formación de empleo y 21.462 instituciones de formación privadas, que impartían formación a 22,43 millones de personas. La Comisión solicita al Gobierno que informe acerca de las medidas adoptadas para garantizar que la formación profesional y las políticas educativas se orienten a cubrir las demandas del mercado laboral. Sírvase asimismo comunicar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la empleabilidad de los trabajadores rurales en el mercado laboral mediante una formación formal y de una formación en el trabajo.

12. Artículo 3. Consulta con los representantes de las personas afectadas. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, según la cual la Federación de Sindicatos de China (ACFTU) y la Confederación de Empresas de China (CEC) habían participado activamente en la formulación de leyes y reglamentos relacionados con la Ley de Contratos de Trabajo y la Ley sobre la Promoción del Empleo. El Gobierno informa de que los sindicatos de diversos niveles habían establecido agencias de formación profesional, y habían popularizado el modelo de reempleo de préstamos para microcréditos, de formación en capacidad empresarial y de reempleo en base a los conocimientos adquiridos. La Comisión también toma nota de que la declaración de la CEC indicaba que, cuando se promueve la responsabilidad social de las empresas, se había hecho un llamamiento para la creación de más oportunidades de empleo, especialmente de trabajos adecuados para los jóvenes. La Comisión desea seguir recibiendo información sobre las consultas llevadas a cabo para asegurar la plena cooperación de los representantes de los interlocutores sociales en la formulación y en la aplicación de las políticas de empleo. Sírvase asimismo indicar las medidas adoptadas o previstas para garantizar que los representantes del sector rural y de la economía informal sean también asociados con las consultas requeridas por el Convenio.

13. Parte V del formulario de memoria. Cooperación técnica de la OIT. La Comisión toma nota de que la OIT, en colaboración con los interlocutores nacionales ejecuta en la actualidad un proyecto y realiza actividades dirigidas a un acrecentamiento entre el Gobierno, las organizaciones de empleadores y de trabajadores, las personas con discapacidad y las ONG, para que se les permita promover la legislación relativa al empleo de las personas con discapacidad, así como para mejorar el entorno laboral, de modo que se tenga en cuenta que hayan mayores oportunidades de empleo para las personas con discapacidad en China. La Comisión también toma nota de que el Programa de inicio y mejora de su empresa (SIYB) de China, fase III, había sido aplicado de manera conjunta por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la OIT, con contribuciones financieras del Departamento de Desarrollo Internacional (DFID, Reino Unido), para facilitar la integración socioeconómica de la población especialmente vulnerable, entre la comunidad inmigrante local, permitiéndoles dar inicio y dirigir sus propias pequeñas empresas sociales, abarcando las ciudades y las provincias occidentales de China. La Comisión solicita al Gobierno que comunique información sobre los resultados alcanzados en términos de creación de empleo y sobre la integración de los demandantes de empleo en el mercado laboral, como consecuencia del asesoramiento y de la asistencia técnica de la OIT y de otros donantes internacionales.

Observación (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

1. En respuesta a los comentarios anteriores de 2004, la Comisión toma nota de la información detallada comunicada en la memoria del Gobierno para el período que finaliza en mayo de 2005. También toma nota de las observaciones transmitidas por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) y comunicadas por la Oficina al Gobierno en octubre de 2005. La respuesta del Gobierno a los comentarios de la CIOSL se recibió en la Oficina en enero de 2006. La Comisión se ha beneficiado de un extenso análisis técnico de la Oficina Subregional de la OIT en Bangkok, que completa y actualiza la información exhaustiva contenida en las memorias del Gobierno y en los comentarios de la CIOSL. Al respecto, la Comisión toma nota de la asistencia técnica proporcionada por la OIT en materia de estrategias integrales de empleo, creación de puestos de trabajo mediante el desarrollo de empresas, una mayor empleabilidad para la productividad y competitividad, empleo productivo en las comunidades locales, igualdad de oportunidades en el empleo y trabajo decente y productivo para los jóvenes. La Comisión desearía conocer en mayor detalle algunos asuntos específicos y solicita al Gobierno que comunique, en su próxima memoria, información más detallada sobre los asuntos siguientes.

2. Formulación de una estrategia de empleo. La Comisión toma nota de que, según la memoria del Gobierno, China seguirá enfrentándose al gran desafío de colocar a unos 10 millones anuales de nuevos solicitantes de empleo y de encontrar nuevos puestos de trabajo para 14 millones de trabajadores despedidos. El crecimiento económico, estimado en el 8-9 por ciento, generará algo más de 8 millones de nuevos puestos de trabajo, dejando un déficit de 13-14 millones de solicitantes de empleo sin trabajo. Todavía hay más de 2 millones de trabajadores despedidos que se encuentran registrados en centros de servicios de recontratación o que han dejado los mismos. Otros 3,6 millones de trabajadores serán despedidos en los próximos tres años. Será necesario crear 3 millones de puestos de trabajo adicionales en actividades secundarias. Otros trabajadores que han sido recontratados encuentran solamente puestos de trabajo temporales. Un reto añadido es el de encontrar empleos adecuados para los graduados superiores y para los soldados desmovilizados. También buscarán empleo los trabajadores en puestos temporales y los trabajadores migrantes de las zonas rurales. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha respondido al reto del empleo introduciendo una serie de medidas políticas integrales y nueva legislación, que incluyen programas pilotos ejecutados en diferentes provincias y ciudades para experimentar nuevos enfoques de creación de nuevos puestos de trabajo y una mayor empleabilidad. La Comisión toma nota de que el cuarto Informe de desarrollo humano de China, publicado en octubre de 2005, destaca la necesidad de ampliar las oportunidades de empleo de los pobres como la forma más eficaz de reducir la pobreza: «el principio de ‘empleo primero’ debería guiar la política industrial, la política macroeconómica y la política reguladora». En este sentido, la Comisión subraya la necesidad de adoptar medidas que garanticen que el empleo, como elemento clave de reducción de la pobreza, se encuentre en el centro de las políticas macroeconómica y social. La Comisión desearía recibir más información sobre la medida en que el crecimiento económico conduce a un mejor mercado de trabajo y a una reducción de los niveles de pobreza. También apreciará recibir información sobre la manera en que los programas establecidos han contribuido a la promoción del empleo, «como parte integrante de una política económica y social coordinada» (artículo 2, párrafo a), del Convenio).

3. Libertad de elección de empleo. La Comisión se felicita de la ratificación del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), y espera que su aplicación fortalezca los esfuerzos dirigidos a garantizar que exista una libertad de elección de empleo y que cada trabajador tenga la mayor oportunidad posible de adquirir y utilizar sus aptitudes, en las condiciones establecidas en el artículo 1, párrafo 2, c), del Convenio núm. 122. La Comisión solicita al Gobierno que comunique tal información, indicando las medidas adoptadas para garantizar que los progresos se traduzcan en un aumento de la tasa de participación de la mujer y de las minorías étnicas en la actividad económica.

4. Consistencia y transparencia de la información sobre mercado de trabajo. La Comisión toma nota de los datos estadísticos comunicados por el Gobierno en su memoria y de las inquietudes expresadas por la CIOSL sobre la información relativa al mercado de trabajo. El Gobierno informa sobre la mejoría en la compilación y en la difusión de los datos estadísticos, específicamente, sobre la encuesta sobre la fuerza del trabajo que ha elaborado el Consejo del Estado, que permitirá compilar estadísticas, tanto para las zonas urbanas como para las zonas rurales. La Comisión también toma nota de que se realizarán esfuerzos para mejorar las estadísticas de desempleo para aportar una base viable para las futuras políticas de empleo y de administración y servicios de empleo. La Comisión solicita al Gobierno que informe sobre los progresos realizados para mejorar el sistema de información del mercado laboral, especificando de qué manera se utilizan los datos para determinar y revisar las medidas de política de empleo (artículo 2).

5. Unificación del mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que aún se requieren reformas del sistema de registro de residencia (sistema Huku), del sistema de bienestar social y de las políticas de empleo del Gobierno. La Comisión entiende que de la población urbana actual de 540 millones, 160 millones no poseen un Huku urbano lo que les impide que obtengan empleos productivos. El sistema Huku ha generado también barreras a la movilidad de los trabajadores de las zonas rurales a las urbanas y, por tanto, a un mercado de trabajo unificado. La Comisión apreciará recibir información sobre el impacto en el proceso en curso de desmantelamiento del sistema de registro de residencia (Huku) de manera de asegurar la integración y unificación del mercado de trabajo.

6. La Comisión recuerda que había mencionado en sus comentarios anteriores un informe publicado en abril de 2004, el cual incluía, dentro de los objetivos de las políticas del Gobierno, la mejora del sistema de seguridad social. Toma nota de que las mejoras incluyen la ampliación de su cobertura y un mayor apoyo financiero. La Comisión solicita al Gobierno que informe con más detalle sobre los progresos realizados para ampliar la protección social adecuada a toda la población. La Comisión entiende que, entre las leyes actualmente en consideración, se encuentra la Ley del Contrato de Trabajo y la Ley de Promoción del Empleo. En opinión de la Comisión, las medidas encaminadas a promover el pleno empleo, permiten al Gobierno crear un entorno conducente a generar un empleo productivo y duradero, en condiciones que sean socialmente adecuadas para todos los afectados. Solicita al Gobierno que informe de qué manera los nuevos textos legislativos contribuyen a generar un empleo productivo y a mejorar la seguridad laboral de los trabajadores.

7. Fortalecimiento de los servicios públicos de empleo. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de los progresos realizados sobre el desarrollo de los servicios públicos de empleo. A finales de 2004, eran 34.000 las agencias de empleo, de las cuales 23.000 eran agencias públicas que suministraban servicios anuales a alrededor de 19 millones de personas, con una tasa del 52 por ciento de colocaciones exitosas. La Comisión también toma nota de los esfuerzos orientados a mejorar los servicios del empleo de los trabajadores migrantes, con la «Operación Brisa de la Primavera», para asistir gratuitamente a los migrantes que van del campo a las ciudades para encontrar trabajo. La Comisión solicita al Gobierno que siga informando acerca de las medidas adoptadas por los servicios públicos de empleo para promover el empleo en cada división territorial (a nivel de provincia, de prefectura, de condado y de pueblo). Sírvase describir las medidas adoptadas o previstas para garantizar la cooperación entre el sistema de servicio público del empleo y las agencias de empleo privadas.

8. Medidas para favorecer la recontratación de los trabajadores despedidos. La Comisión toma nota de que, desde 1998, el Gobierno ha venido brindando asistencia financiera y apoyo adicional a los trabajadores que habían sido despedidos de las empresas del Estado. En 2004, 5,3 millones de trabajadores despedidos habían participado en la formación de la recontratación, con un 71 por ciento de tasa de éxito en la búsqueda de empleo. En 2004, se lanzó el Plan de Formación para la recontratación para intensificar la recontratación de los trabajadores despedidos. La Comisión toma nota asimismo de las medidas puestas en marcha para eliminar o reducir los impuestos, alentando a las empresas a contratar a trabajadores despedidos, y a garantizar pequeños préstamos, para ayudar a los trabajadores a crear empleo independiente y negocios propios. La Comisión solicita al Gobierno que informe sobre los resultados obtenidos a través de esas medidas para dar un mayor apoyo y asistencia a los trabajadores despedidos en su recontratación. La Comisión espera que el Gobierno pueda aportar los resultados, desglosados por sexo y por edad.

9. Promoción de pequeñas y medianas empresas. La Comisión toma nota de que el proyecto «Cadena Dragón», iniciado en 2003, ha ofrecido una gama de servicios de desarrollo de negocios para pequeñas empresas que incluyen formación para la creación de empresas, desarrollo de proyectos, pruebas y orientación, servicios de crédito, y seguimiento y asistencia. También toma nota de que la ejecución del proyecto Comienzo y Mejora de su Negocio (SIYB), ha desempeñado un papel positivo en la creación de empresas y en la promoción del empleo y de la recontratación. La Comisión solicita al Gobierno que siga informando sobre la promoción de una cultura empresarial y de qué manera se promueve la creación de empleo a través de pequeñas y medianas empresas. El Gobierno también puede considerar útil consultar las disposiciones de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189).

10. Formación y educación profesional. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha incrementado sus esfuerzos en educación y en formación profesional de la fuerza del trabajo, para abordar el problema del desajuste de la capacitación y de dar cumplimiento a las demandas de tecnología y de modernización, confiando en las instituciones de formación profesional y movilizando a las empresas y a las organizaciones de empleadores. La Comisión entiende que en noviembre de 2005, se celebró una Conferencia sobre Educación Profesional que estableció metas y medidas en materia de políticas para la formación y la educación profesional durante el Undécimo Plan de Cinco Años, con el que se espera alcanzar el número de 110 millones de trabajadores capacitados técnicamente. La Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando información sobre los resultados obtenidos con las medidas adoptadas para coordinar las políticas de educación y formación con las oportunidades de empleo. La Comisión llama la atención del Gobierno sobre el Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142) y las políticas de desarrollo de recursos humanos, de educación, de formación y de aprendizaje continuo contenidas en la Recomendación núm. 195, de 2004.

11. Consulta de los representantes de las personas afectadas. La Comisión toma nota de las inquietudes de la CIOSL sobre la participación de todos aquellos afectados por las medidas en materia de políticas de empleo. La Comisión recuerda la importancia de implicar en las consultas a los representantes de las personas afectadas por las políticas de empleo adoptadas por el Gobierno, con el objetivo de tener plenamente en cuenta sus experiencias y sus opiniones. La Comisión reitera su interés en recibir información detallada sobre la frecuencia y los resultados de las consultas para garantizar la plena cooperación de los representantes de los interlocutores sociales, incluidos los representantes del sector rural y de la economía informal, en la formulación y aplicación de las políticas de empleo (artículo 3). La Comisión apreciará que la próxima memoria del Gobierno también incluya informaciones detalladas sobre la manera en que el Gobierno y los interlocutores sociales han abordado los asuntos señalados en esta observación.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período cubierto hasta mayo de 2003 y de las informaciones detalladas transmitidas en relación con su solicitud anterior. El Gobierno ha expuesto las distintas medidas tomadas para enfrentar una situación del empleo que se caracteriza por un creciente desempleo, en particular en las zonas urbanas; importantes movimientos de la población activa las cuales se habían demorado durante demasiado tiempo debido a la planificación económica y a una falta de mano de obra calificada. En junio de 2003, había en el país cerca de 8 millones de desempleados registrados en las ciudades, entre los cuales se encontraban 3.500.000 trabajadores despedidos de empresas públicas. La cantidad total de personas sin empleo se estima en 24 millones y el flujo anual de los que ingresan en el mercado de trabajo urbano es de 10 millones. Una tasa anual de crecimiento económico del 7 por ciento permitiría un crecimiento del empleo de cerca de 10 millones de personas por año, el excedente de la oferta de trabajo sobre la demanda debería perdurar los próximos años.

2. Formulación de una política del empleo. La Comisión advierte con interés de que se celebró en Beijing, en abril de 2004, un Foro sobre el empleo en China. El Foro, organizado conjuntamente por la OIT y el Ministerio de Trabajo y de la Seguridad Social, con la participación activa de la Confederación de Sindicatos de China y la Confederación de Empresas de China adoptó un «enfoque común» por el cual se identifican los principales elementos de una «agenda para el empleo» que pone a la promoción del pleno empleo decente en el centro de todas las políticas económicas y sociales del país.

3. Además, la Comisión ha tomado conocimiento de la publicación, en abril de 2004, de un Libro Blanco sobre la situación y las políticas del empleo en China. La política activa del empleo que se presenta en dicho documento comporta el desarrollo de la economía y el ajuste de su estructura para crear de manera activa posibilidades de empleos; la mejora del servicio público del empleo; y el desarrollo del mercado del trabajo; la acción a favor de que vuelvan a tener actividades las personas despedidas y la mejora del sistema de seguridad social y el desarrollo de relaciones laborales armoniosas y estables. Se pone el acento en la mejora de la calidad de la mano de obra para promover diferentes formas de programas educativos y de formación, el establecimiento de un sistema de formación profesional y la puesta en práctica de un sistema de certificación de competencias profesionales. Se consagra un capítulo al empleo de la mano de obra rural y a su reinstalación organizada y otro capítulo aborda el empleo femenino y las garantías de sus derechos a la igualdad profesional; la promoción del empleo juvenil y la asistencia al empleo de las personas con discapacidades.

4. La Comisión comprende que estas iniciativas van a favorecer la prosecución del objetivo esencial del pleno empleo, productivo y libremente elegido, en el marco de una política económica y social coordinada y en consulta con los representantes de los sectores interesados, de conformidad con el Convenio. La Comisión invita al Gobierno a que continúe brindando informaciones detalladas sobre los progresos realizados en este contexto para hacer frente a los desafíos de gran magnitud que presenta la situación del empleo en el país. Al respecto, la Comisión solicita al Gobierno que incluya indicaciones sobre la manera que todos los representantes de los sectores interesados por las medidas que se deben tomar han sido consultados sobre las políticas de empleo, de conformidad con el artículo 3 del Convenio. La Comisión recuerda que, teniendo en cuenta el lugar que ocupan en la población activa, los representantes de las personas ocupadas en el sector rural y en la economía informal deberían estar asociados a dichas consultas.

5. Cooperación técnica de la OIT. La Comisión ha tomado nota de las indicaciones brindadas por el Gobierno en su memoria sobre el proyecto piloto de promoción de empleo urbano en las ciudades de Bauatu, Jilin y Zangyiaku, y de las actividades para la formación de formadores en el marco del programa «Inicie su Negocio» de la OIT. La Comisión pide al Gobierno que continúe brindando informaciones sobre las actividades de cooperación técnica o de asistencia de la OIT en relación con la promoción del empleo y las medidas adoptadas como consecuencia de dicha cooperación (parte V del formulario de memoria).

6. Se dirige directamente al Gobierno una solicitud sobre ciertos otros puntos en relación con la política del empleo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

No disponible en español.
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