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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

Artículos 20 y 21 del Convenio. Publicación y comunicación de un informe anual de inspección. La Comisión lamenta tomar nota de que, desde la ratificación del Convenio, en 2001, no se realizó ni comunicó a la OIT ningún informe anual de inspección. Sin embargo, acoge con beneplácito la información comunicada por el Gobierno en su memoria, según la cual las direcciones departamentales del trabajo y la Dirección General del Trabajo elaboran informes periódicos de actividad. En consecuencia, considera que ya deberían estar disponibles los datos relativos al establecimiento de informes anuales de inspección. La Comisión toma nota asimismo de que el Gobierno solicita a la OIT una asistencia técnica para la elaboración de estos informes anuales. La Comisión insta al Gobierno a que tome todas las medidas necesarias, con la asistencia técnica de la OIT que ha solicitado, para que se publiquen y comuniquen a la OIT, en un futuro muy próximo, los informes anuales de inspección del trabajo.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

Artículos 20 y 21 del Convenio. Publicación y comunicación de un informe anual de inspección. La Comisión constata que desde la ratificación del Convenio en 2001 no se ha comunicado ningún informe anual de inspección.
La Comisión solicita al Gobierno que vele por que se adopten rápidamente medidas para garantizar el cumplimiento por la autoridad central de inspección de su obligación de publicar y comunicar un informe anual de inspección en la forma y los plazos previstos en el artículo 20 que contenga informaciones sobre cada una de las cuestiones enumeradas en el artículo 21. La Comisión recuerda al Gobierno que, si así lo desea, puede recurrir a la asistencia técnica de la Oficina.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

La Comisión toma nota con satisfacción, según informaciones disponibles en la OIT, que en el marco del desarrollo de un programa de asistencia técnica, establecido tras efectuarse una evaluación institucional del sistema de administración del trabajo se mantiene en cada servicio departamental de la inspección del trabajo un repertorio de empresas. La Comisión estima que el conocimiento del alcance de las necesidades es una etapa determinante para el funcionamiento eficaz de los servicios de inspección y la evaluación del nivel de aplicación de la legislación abarcada. En efecto, los datos relativos al número de establecimientos sujetos a la inspección y las actividades realizadas en los establecimientos son indispensables para la evaluación de las necesidades en materia de recursos humanos y de los medios financieros y logísticos que deban movilizarse con miras al logro de los objetivos sociales de la función de la inspección del trabajo. En particular, permiten establecer también prioridades de acción en función de la situación económica del país y organizar de manera pertinente la solicitud de asignaciones presupuestarias presentadas anualmente a las autoridades competentes.

La Comisión envía al Gobierno una solicitud directa sobre ciertos puntos.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

No disponible en español.
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