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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

Artículos 1 a 3 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota con interés de la adopción del Plan Nacional de Empleo 2022-2026 en mayo de 2022, que fue formulado en consulta con las organizaciones de empleadores y de trabajadores y con el apoyo técnico de la OIT. El Plan tiene por objeto fomentar el empleo decente a través políticas y acciones que contribuyan a la reactivación y crecimiento económico. Sus metas incluyen la estimulación de acciones públicas y privadas para la generación de empleo formal en función del crecimiento económico, para la recuperación del empleo por la pandemia de COVID-19, con énfasis en jóvenes, mujeres y grupos vulnerables. Toma nota asimismo de la indicación del Gobierno de que uno de los objetivos del Plan de Reactivación del Empleo 2020-2021 era reactivar el empleo y la reconversión laboral y productiva mediante consensos en espacios tripartitos. Además, informa que en 2019 se creó el Consejo Consultivo Tripartito del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), que junto con el órgano rector del Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL), integran de manera permanente el diálogo social. La Comisión observa que, según el Instituto Nacional de Estadísticas, en el primer trimestre del 2023 la tasa de la fuerza de trabajo se situó en 70,1 por ciento (57,4 por ciento entre las mujeres y 83,1 por ciento entre los hombres); la tasa de ocupados fue de 65,6 por ciento (52,3 por ciento entre las mujeres y 79,2 por ciento entre los hombres); mientras que la tasa de desocupados ere del 6,5 por ciento (8.9 por ciento entre las mujeres y 4,8 por ciento entre los hombres). Al tiempo que toma nota de la significativa brecha de participación en la fuerza de trabajo entre hombres y mujeres y de las tasasde desempleo más elevadas de las mujeres, la Comisión pide al Gobierno que indique las medidas adoptadas o previstas para hacer frente a estas desigualdades y promover el empleo de las mujeres en todos los niveles y en todos los sectores, incluidos los puestos de toma de decisiones. Asimismo, le pide al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada sobre la manera en que los interlocutores sociales han participado en la implementación y la evaluación de las medidas antes mencionadas que forman parte de la política de empleo y de sus programas de acción. La Comisión también le pide al Gobierno que proporcione estadística actualizada y clara, desagregada por edad y sexo, sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, tanto en los sectores urbanos como en las zonas rurales del país.
Contribución del servicio de empleo a la promoción del empleo. El Gobierno informa que en 2021 puso en contacto con oportunidades laborales a 65 077 solicitantes de empleo mediante la «Vidriera de Empleo» insertada en el portal web del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), y a través de ferias de empleo virtuales y presenciales, logrando que 4 689 mujeres y 8 351 hombres obtuvieran un empleo formal. Asimismo, indica que ha puesto en marcha acciones de intermediación laboral para víctimas de trata de personas, tales como el registro de los datos de estas personas en la Bolsa de Empleo del MTESS, con el objeto de ofrecerles capacitaciones y oportunidades laborales. El Gobierno también señala que celebró un convenio con la Fundación Saraki con el propósito de generar oportunidades de inclusión laboral para las personas jóvenes con discapacidad en el sector privado. Entre los servicios ofrecidos se encuentran la registración de postulantes en la Bolsa de Empleo y la «Vidriera de Empleo» del MTESS, convocatorias de empleo, capacitación en habilidades interpersonales, aplicación de pruebas laborales y asesoría empresarial. Por último, el Gobierno se refiere al plan «Empléate en tu ciudad» que tiene por objeto realizar actividades de capacitación laboral y promoción de nuevos empleos en cada municipio del país con el apoyo de la Red Nacional de Empleo. Al tiempo que toma notade estas informaciones, la Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada sobre la naturaleza y el impacto de las medidas adoptadas con miras a ampliar los servicios de empleo y mejorar la calidad de los mismos, tales como el aumento del nivel de financiación y de la inversión en la optimización de la capacidad operativa interna de los servicios públicos de empleo, y la mejora de la coordinación entre los diversos entes, tanto públicos como privados, que participen en la implementación de las políticas de empleo y sociales a escala local. Por último, pide al Gobierno que envié información sobre las medidas adoptadas para ampliar la cobertura de la red de oficinas de empleo a todo el país.
Empleo juvenil. El Gobierno informa que ha desarrollado alianzas con varias instituciones y organismos con el objeto de llevar a cabo una serie de acciones destinadas a la población joven, tales como el Proyecto Social en Barrios vulnerables, a través del cual se desarrollan acciones de capacitación, emprendimiento, empleo y protección al trabajo. También informa sobre la creación, en diciembre de 2018, del Centro de Entrenamiento del Emprendedor (CEE), cuyo objetivo es incrementar las competencias de los emprendedores jóvenes a través de la capacitación, la asistencia técnica y la articulación con los demás actores del sistema emprendedor nacional e internacional. A través del CEE se han implementado varios proyectos destinados a jóvenes de 18 a 29 años de zonas vulnerables, tales como: i) el proyecto «Sape’a 2.0» a través del cual, entre 2020 y 2022, 900 jóvenes fueron capacitados en la elaboración de sus planes de negocio, de los cuales, 69 beneficiaron de un capital semilla equivalente a 5 millones de guaraníes paraguayos. En 2022, 23 emprendedoras de las zonas de Asunción, Central, Guaira, San Pedro y Caaguazú fueron beneficiadas con un capital de 6 millones de guaraníes; ii) el proyecto «Emprende ya», a través del cual, 251 jóvenes fueron capacitados en la elaboración de sus planes de negocio, de los cuales 74 se beneficiaron con un capital semilla de 5 millones de guaraníes y 10 con un capital semilla de 8 millones de guaraníes cada uno. El Gobierno se refiere a la introducción del contrato de aprendizaje, una nueva modalidad contractual para la contratación de trabajadores, que tiene por finalidad proporcionar a jóvenes estudiantes conocimientos a través de capacitación para que así puedan contar con ingresos económicos mientras adquieren nuevos conocimientos mediante la capacitación. La Comisión observa que dicho contrato fue introducido en 2019 por la Resolución MTESS núm. 1159/2019 «por el cual se regula el contrato de aprendizaje y se establece el procedimiento para su homologación». Al tiempo queobservaque el Gobierno no proporciona información relativa al impacto en términos de inserción duradera en el mercado de trabajo de los jóvenes, incluidos los jóvenes en el ámbito rural, que se beneficiaron de los proyectos del Gobierno, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información actualizada sobre todas medidas para promover la inserción duradera en el mercado de trabajo de los jóvenes. La Comisión desea subrayar al respecto que, para mejorar la tasa de empleo de los jóvenes, en general es necesario adquirir las competencias que respondan a las necesidades de las empresas. El déficit de competencias suele estar relacionado en cierta medida con un bajo nivel educativo: cuanto más tiempo se haya pasado en el sistema educativo, mejores serán las perspectivas de empleo, incluida la calidad de empleo. En referencia a sus comentarios anteriores, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre el proceso de modificación de la Ley de Inserción al Empleo Juvenil.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas y promoción del empleo. La Comisión observa que el Gobierno adoptó el Plan Nacional de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de las MIPYMES 2018-2023, que cuenta con cinco objetivos transversales: 1) fomentar el diseño y la promoción de instrumentos para el desarrollo y competitividad de las mipymes; 2) promocionar la simplificación de trámites para la formalización de las mipymes; 3) promover un entorno favorable para el emprendimiento y nuevos sectores; 4) proponer productos financieros adecuados para las mipymes, y 5) promocionar la calidad, innovación y desarrollo tecnológico en las mipymes. Por otra parte, el Gobierno informa sobre la adopción de: i) la Ley 6380/2019 «de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario» que, de acuerdo al Gobierno, tiene como principal objetivo, que el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las pequeñas y medianas empresas sea más sencillo, y ii) la Resolución MTESS núm. 2852/2019 «por la cual se aprueba el Plan de fortalecimiento y mejoramiento de las micro y pequeñas empresas en relación con el cumplimiento de las normas administrativas laborales, de salud y seguridad ocupacional». Asimismo, informa que en alianza con la Unión Industrial Paraguaya (UIP), implementó el Plan «Paraguay Poguapy», cuyo objetivo principal consiste en impulsar la reactivación económica del país. En el marco de este plan se realizó el concurso «Acción PYMES» que benefició con capacitación empresarial y capital semilla a 131 mipymes de diversos rubros. Además, en 2021, el marco del proyecto «Mejora de las Competencias Laborales de las Personas, Fortalecimiento de MIPYMES y del SINAFOCAL, para contribuir a la Reactivación Económica», se apoyó a más de 500 mipymes con capacitación laboral y capital semilla. Al tiempo que considera la alta tasa de paraguayos económicamente activos en pequeñas empresas y microempresas, donde la productividad tiende a ser baja y prevalece el trabajo informal y la base económica para la generación de empleo productivo y el trabajo decente es deficiente, la Comisiónpide al Gobierno que proporcione información detallada sobre el impacto de la Ley 6380/2019 y la Resolución MTESS núm. 2852/2019, así como delPlan Nacional de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de las MIPYMES 2018-2023, en la creación de empleo productivo y duradero; y sobre la manera en que estos aseguran una protección laboral y social adecuada a los trabajadores de las mipymes mientras integran progresivamente a los trabajadores de la economía informal en el mercado formal del empleo.
Coordinación de la política de formación profesional con las oportunidades de empleo. El Gobierno informa que a través del SINAFOCAL se desarrollan cursos de formación y capacitación laboral en apoyo a la inserción laboral, dirigidos a sectores específicos, tales como personas indígenas, personas con discapacidad, personas en contexto de encierro, población económicamente activa, y reinserción social. Los cursos se llevan a cabo por medio de tres modalidades: 1) proyectos de capacitación laboral financiados mediante convenios específicos con entidades educativas e instituciones sin fines de lucro; 2) acciones formativas impartidas por funcionarios del SINAFOCAL, y 3) cursos desarrollados por los Institutos de Formación y Capacitación Laboral (IFCL) a través de llamados a licitación pública. En cuanto a las acciones formativas, responden a estudios de mercado y encuestas de opinión realizados por el Observatorio Ocupacional, que sirven de base para tomar decisiones sobre los cursos de formación profesional adecuados al mercado laboral. Asimismo, informa que en 2020 fue aprobada la Estrategia Nacional de Formación Profesional y que mediante su implementación en 2021, se impartieron 10 203 cursos de formación que beneficiaron 130 903 mujeres y 67 538 hombres. En el marco de esta Estrategia y en alianza con conocidas empresas nacionales e internacionales, se lanzó en 2021 el plan de acción «Generación Digital», que busca capacitar a 100 000 jóvenes y adultos en competencias digitales para su inserción en el mercado laboral, además de ofrecer capacitación internacional con pasantías en empresas y certificación internacional. Asimismo, el Gobierno informa de la adopción en 2020 de la «Hoja de Ruta 2020-2023 para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Calificaciones Profesionales en Paraguay», que busca responder a los desafíos competitivos del país, permitir a las personas seguir trayectorias formativas y laborales a lo largo de la vida y el reconocer los conocimientos adquiridos por vías formales, no formales e informales, mediante la articulación de las instituciones públicas involucradas y el sector productivo. Por otro lado, la Comisión toma nota de la información estadística proporcionada por el Gobierno sobre el número de adolescentes que participaron en diversos programas de formación técnica y profesional en 2021. Al respecto, la Comisión observa que existe una importante brecha en la participación entre hombres y mujeres adolescentes. A título de ejemplo, tan solo 81 mujeres adolescentes participaron en los programas de aprendizaje frente a 295 hombres, y solo 70 mujeres participaron al Programa de Entrenamiento Laboral Protegido frente a 277 hombres. Asimismo, observa que la mayoría de los programas se concentraron en los municipios de Asunción e Itauguá. El Gobierno además informa que entre 2019 y 2022, el SINAFOCAL impartió 1 829 cursos y otorgó 468 certificados. La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre: i) las razones que explican una brecha tan significativa en la participación entre hombres y mujeresen losprogramas de formación técnica y profesional; ii) las medidas específicas para promover el acceso de las mujeres y de las niñas indígenas en zonas rurales a estos programas, y iii) datos estadísticos actualizados, desagregados por edad y sexo, sobre el número de personas que participan en los programas de educación y formación y el impacto de estos en su acceso al empleo decente, productivo y duradero. Por último, la Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con las políticas de empleo y, específicamente, sobre cómo la oferta de capacitación se coordina con la demanda de conocimientos y habilidades requeridos y las necesidades actuales y anticipadas del mercado de trabajo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

La Comisión toma nota de las observaciones de la Central de Trabajadores Auténtica (CUT-A), recibidas el 30 de agosto de 2022. Al tiempo que observa que aún no se ha recibido la respuesta del Gobierno a estas observaciones, la Comisión le pide que proporcione sus comentarios al respecto.
Artículos 1 y 3 del Convenio. Medidas activas de empleo. Economía informal. La Comisión toma nota de que el Gobierno informa sobre la aprobación en mayo de 2022 del Plan Nacional de Empleo 2022-2026 que contempla, inter alia, impulsar la transición a la formalidad a través de actividades de control, el estímulo a la intermediación laboral, así como la construcción de mayores ventajas e incentivos. A este respecto, el Plan prevé el fomento de acciones públicas y privadas para la generación de empleo formal en función del crecimiento económico, con énfasis en jóvenes, mujeres y grupos en situación de vulnerabilidad. La Comisión también toma nota de: i) la adopción del Plan de Reactivación del Empleo 2020-2022, que entre sus ejes contempla impulsar la generación de empleo formal, y ii) la inauguración en 2018 del Centro de entrenamiento del emprendedor (CEE), que tiene por objeto orientar y aumentar las competencias de los emprendedores para el mantenimiento de su emprendimiento o negocio en el tiempo, fomentando la formalización del autoempleo y emprendimientos, a través de la orientación, capacitación, asistencia técnica y articulación con los demás actores del sistema emprendedor nacional e internacional. La Comisión toma nota de la adopción en 2019 del Plan Nacional de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de las MIPYMES 2018-2023, que dentro de sus cinco objetivos transversales contempla la promoción de la simplificación de trámites para la formalización de las mipymes. Con respecto a las medidas adoptadas en el marco de su política nacional de empleo para facilitar la transición hacia la economía formal en las zonas rurales, la Comisión observa que el Decreto núm. 3678/20 de 2020 por el cual se reglamenta la Ley núm. 5446/2015 «Políticas Públicas para Mujeres Rurales», prevé: i) la implementación de programas de formalización de empleos en el ámbito rural, tales como la incorporación de las trabajadoras en el sistema de seguridad social (IPS); ii) la formulación de cursos de capacitación laboral; iii) la creación de políticas de primer empleo para mujeres rurales jóvenes, y iv) la difusión de la información respecto a la a la incorporación voluntaria de trabajadoras independientes en el ámbito rural al Seguro Social - Fondo de Jubilaciones y Pensiones del IPS. La Comisión toma nota de que la CUT-A subraya que no se han realizado progresos en el ámbito de la economía informal. En cuanto a la informalidad, la Comisión observa que ese fenómeno está relacionado con el nivel de desarrollo económico y social y que existe una clara correlación entre pobreza e informalidad, ya que los trabajadores de la economía informal se encuentran frecuentemente en situación de pobreza o pobreza extrema. En muchos países en desarrollo, gran parte de la mano de obra está empleada de manera informal, a menudo por cuenta propia, pero también como trabajadores ocasionales, trabajadores a domicilio o empleados domésticos. En ese contexto, la Comisión destaca la importancia de que las políticas públicas destinadas a abordar los factores que impulsan la informalidad incluyan políticas macroeconómicas favorables al empleo que apoyen la demanda agregada, la inversión productiva y la transformación estructural para la creación de empleo formal, así como el fortalecimiento de los sistemas de seguridad social. Destaca también la importancia de las consultas con representantes de los interlocutores sociales y de las personas que trabajan en el sector rural y en la economía informal. La adaptación del apoyo político a los grupos vulnerables y más afectados de la economía informal, incluidas las mujeres y los jóvenes, será crucial en el escenario posterior a la crisis de COVID-19. En contextos en los que una gran parte de la mano de obra se encuentra en la economía informal, es fundamental que las asociaciones de trabajadores informales y rurales, en caso de que existan, participen en el proceso de elaboración de la política nacional de empleo con miras a determinar el objetivo principal de la misma, con la finalidad de que se garantice el acceso a un empleo productivo y de calidad para el mayor número posible de personas en condiciones que les permitan salir de la pobreza. Tomando nota de la importancia de una Estrategiaintegrada de formalización del empleo y la seguridad social, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas desde el punto de vista de la política de empleo y su impacto para facilitar la transición de la economía informal a la economía formal en coordinación con otras políticas públicas, como, por ejemplo, la política de protección social, la política educativa, la política fiscal y la política de desarrollo rural.
Coordinación de la política del empleo con la política económica y social. El Gobierno indica que la Política Social del Paraguay, inscrita en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2030, facilita la coordinación de acciones en las instancias sectoriales del Poder Ejecutivo, así como con diferentes niveles de Gobierno, la sociedad civil, el sector privado y, eventualmente, los poderes legislativo y judicial. Por su parte, el Ministerio de Desarrollo Social (MDS), creado en 2018, tiene como objetivo diseñar e implementar políticas, planes, programas y proyectos en materia de desarrollo y equidad social a través de la coordinación interinstitucional de acciones orientadas a reducir las desigualdades y mejorar la calidad de vida de la población en situación de pobreza y vulnerabilidad. En su comentario anterior, la Comisión tomó nota de la implementación del programa social de transferencias monetarias con corresponsabilidades «Tekopora» y del programa de apoyo a la inclusión socioeconómica «Tenonderã». El Gobierno informa que estos programas continúan implementándose y que el programa «Tekopora» cubrió 166 164 familias durante el primer bimestre del 2022, en las cuales, el 85 por ciento estaba a cargo de mujeres y el 80 por ciento de los hogares se encontraban ubicados en el área rural. A su vez, el programa «Tenonderã», implementado en 14 departamentos, en 2021 entregó capital semilla a 9 331 familias, en las cuales el 83 por ciento estaba a cargo de jefas de familia y el 17 por ciento de hombres. La Comisión toma nota asimismo de que el informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para el Examen Periódico Universal del Consejo de derechos Humanos, de 1.º de marzo de 2021, informó que «El Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial estaba preocupado por las informaciones que daban cuenta de las condiciones precarias de trabajo que enfrentaban miembros de pueblos indígenas, particularmente en la región del Chaco» (documento A/HRC/WG.6/38/PRY/2, párrafo 33). La Comisión observa que, en el contexto de la planificación de las Políticas Nacionales de Empleo (PNE), la coordinación entre las diferentes partes interesadas y entre los objetivos del empleo y los demás objetivos económicos y sociales, tal como se prevé en el artículo 1, 3) del Convenio, es esencial, pero puede resultar complicada debido a la diversidad de opiniones. También observa que la OIT ha respaldado la creación de comités de empleo, consultas informales y grupos de redacción para facilitar esta coordinación y que algunos países han aprovechado estructuras existentes, como comités interministeriales, mientras que otros han establecido comités ad hoc para diseñar las PNE. La Comisión subraya que, para que la coordinación sea efectiva, los comités deben ser tripartitos e interministeriales con poder de decisión, involucrando a diferentes ministerios, incluyendo los de finanzas, planificación, y otros sectores, así como organizaciones de trabajadores y empleadores, la sociedad civil y los socios para el desarrollo. La participación de organismos influyentes, como los comités consultivos laborales nacionales o los consejos económicos y sociales, ha demostrado ser beneficiosa en muchos países. Asimismo, destaca que la representación de alto nivel, incluso líderes gubernamentales, puede promover la cooperación entre las partes interesadas. Recordando que el Convenio establece como objetivo de la política de empleo estimular el crecimiento económico y el desarrollo, elevar el nivel de vida, satisfacer las necesidades de mano de obra y resolver el problema del desempleo y el subempleo, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre las medidas adoptadas o previstas con miras a otorgar al pleno empleo, productivo y libremente elegido un lugar preponderante en todas las estrategias de crecimiento y desarrollo, en particular, aquellas relacionadas con miembros de pueblos indígenas. La Comisión también pide al Gobierno que indique los efectos de los programas e iniciativas de transferencias monetarias y capital inicial antes mencionados.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

Artículos 1 a 3 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que, según información disponible en el sitio web del Gobierno, en noviembre de 2018 se encontraba en proceso de elaboración el Plan Nacional de Empleo con apoyo de la OIT. El plan tiene como objetivos la creación de empleos decentes y mejorar el funcionamiento del mercado laboral, de manera que estén alineados con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y en cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Los principales lineamientos de dicho programa incluyen programas de fomento al empleo y la emprendibilidad, fortalecimiento de los servicios de empleo y articulación con la capacitación laboral. El Gobierno indica que el señalado plan tendrá en especial consideración la situación de los jóvenes, debido a la alta tasa de desempleo juvenil en el país. En lo que respecta a las tendencias del mercado laboral, el Gobierno informa de que, según la Encuesta Continua de Empleo de la Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC), la tasa de actividad en el tercer trimestre de 2017 se situó alrededor del 65,7 por ciento, cifra inferior a la experimentada en el mismo trimestre de 2016. Durante el mismo período, la tasa de ocupación disminuyó del 93,1 por ciento al 92,4 por ciento, mientras que la tasa de desocupación aumentó del 6,9 por ciento al 7,6 por ciento. La Comisión también observa que el número de asalariados que ganaban menos del salario mínimo aumentó del 25,8 por ciento al 27,6 por ciento. Además, en 2017, aproximadamente el 4,1 por ciento de la población económicamente activa estuvo subocupada. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre la formulación, adopción y ejecución del Plan Nacional de Empleo y que indique la manera en que se han tenido en cuenta las experiencias y las opiniones de los interlocutores sociales al respecto. La Comisión solicita además al Gobierno que continúe comunicando información estadística actualizada, desagregada por edad y sexo, sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, tanto en los sectores urbanos como en las zonas rurales del país.
Contribución del servicio de empleo a la promoción del empleo. El Gobierno indica que la Dirección General de Empleo ha llevado a cabo una serie de esfuerzos con miras a mejorar los servicios de intermediación, orientación e inserción laboral para los demandantes de empleo que se encuentran desempleados o inactivos. Entre los objetivos de la Dirección General de Empleo se encuentra el promover el acceso al pleno empleo de desocupados y subocupados, así como la formalización de los ocupados en actividades productivas informales; proponer acciones para el fomento y mejora del empleo con énfasis en los grupos en situación de vulnerabilidad; y relacionarse con empresas u organizaciones de intermediación laboral. El Gobierno informa de que, entre 2016 y mayo de 2018, 42 255 personas fueron atendidas por los servicios públicos de empleo. La Comisión toma nota también de que el Gobierno informa de la implementación del portal web del empleo, denominado «Paraguay Puede Más», en el que las personas interesadas pueden registrarse para acceder a ofertas de empleo. Asimismo, en 2017 se celebraron 40 ferias de empleo, enfocadas en la población en situación de mayor vulnerabilidad, tales como personas con discapacidad, madres solteras, y trabajadores en el sector rural y en las empresas maquiladoras. Por último, el Gobierno reitera que la Oficina Nacional de Empleo ha suscrito varios acuerdos de cooperación con gobiernos locales y que para 2015 se preveía la ampliación del número de oficinas locales de empleo hasta alcanzar un total de 29 oficinas en todo el territorio. La Comisión solicita al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre el impacto de las medidas adoptadas para mejorar la calidad de los servicios de intermediación y orientación de empleo y ampliar la cobertura de la red de oficinas de empleo a todo el país.
Empleo juvenil. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria relativa a las medidas implementadas para fomentar el empleo juvenil. En particular, el Gobierno se refiere, entre otras acciones, a la celebración de ferias de empleo juvenil, el desarrollo de capacitaciones en instituciones educativas y la elaboración del documento «Estrategias de Empleo Joven 2016» con la finalidad de favorecer la inserción de jóvenes en el ámbito laboral y mejorar su situación dentro del mercado de trabajo. El Gobierno informa además de la implementación del Programa de Apoyo a la Inserción Laboral («PAIL»), cofinanciado con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), que tiene como objetivo mejorar las condiciones de empleabilidad de los jóvenes de Asunción y del Departamento Central mediante métodos innovadores de formación y capacitación, apoyo económico para la capacitación de jóvenes vulnerables y el compromiso social de empresas, tomando en cuenta la perspectiva de género. Además, en 2015 se estableció una Mesa interinstitucional de emprendurismo Joven Rural, con el fin de capacitar y generar fuentes de empleo para jóvenes en el ámbito rural. El Gobierno indica que la Ley de Inserción al Empleo Juvenil se encuentra en proceso de modificación debido a los problemas que plantea su aplicación en la práctica. La Comisión observa, no obstante, que el Gobierno no proporciona información sobre el impacto en términos de inserción duradera en el mercado de trabajo de los jóvenes que se beneficiaron de los distintos programas. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que envíe información detallada, desagregada por sexo y edad, sobre el impacto en términos de inserción duradera en el mercado de trabajo de los jóvenes, incluidos los jóvenes en el ámbito rural, que se beneficiaron de los proyectos del Gobierno. La Comisión solicita además al Gobierno que proporcione una copia de la Ley de Inserción al Empleo Juvenil una vez ésta sea modificada, y que indique en qué medida las nuevas modalidades contractuales que la ley prevé han contribuido a crear empleo productivo para sus beneficiarios.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas y promoción del empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión reiteró su solicitud al Gobierno de que enviase información detallada sobre el impacto en la creación de empleo productivo y duradero de la ley núm. 4457 de 16 de mayo de 2012, en virtud de la cual se establece un marco regulatorio para promover y fomentar la creación, desarrollo y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), así como para incorporarlas a la estructura formal productora de bienes y servicios. Además, solicitó al Gobierno que indicase la manera en que la legislación vigente asegura una protección laboral adecuada a los trabajadores de las mipymes y permite integrar progresivamente a los trabajadores de la economía informal en el mercado formal del empleo. La Comisión toma nota, con base en el informe técnico de la OIT de 2017 «Paraguay: Situación actual de las mipymes y las políticas de formalización», que las mipymes representan el mayor número de unidades económicas en el país y concentran la mayor parte del empleo. El informe técnico destaca en particular que en el Paraguay predominan unidades productivas muy pequeñas, de baja productividad, intensivas en mano de obra y que concentran una elevada proporción del empleo. En el plano laboral esta situación estructural genera brechas importantes de trabajo decente y condiciones de trabajo respecto de las empresas grandes: de calidad del empleo, de ingresos, de productividad, educativas, de cobertura de la seguridad social, de grado de sindicalización y de informalidad. El informe subraya que el empleo informal que caracteriza al mercado laboral paraguayo se concentra en el sector de las mipymes y de las ocupaciones por cuenta propia (para el 2015 los datos revelan que en las microempresas con dos a cinco ocupados, el 84 por ciento del empleo era informal y en las microempresas con seis a diez ocupados era del 72 por ciento, mientras que el nivel de informalidad a nivel nacional era cercano al 71 por ciento). La Comisión toma nota igualmente de la información proporcionada por el Gobierno en relación con las medidas implementadas con miras a promover la formalización de las mipymes. El Gobierno se refiere a la celebración de convenios con diversas instituciones, tales como Ciudad Mujer o la Universidad del Pacífico para la Formalización, para establecer una oficina de formalización de emprendedoras y propietarias de mipymes y proporcionar capacitación, planes de negocios y asistencia técnica a emprendedores. En el marco de las medidas de formalización de mipymes, más de 500 empresas fueron atendidas y más de 20 000 personas fueron informadas de los beneficios de la formalización. Entre diciembre de 2014 y junio de 2018, el número de cédulas mipymes en el Registro Nacional de mipymes aumentó de 17 a 2 590. El Gobierno indica que, entre los beneficios a los que acceden las mipymes formalizadas, se encuentran el acceso a créditos blandos y a capacitación y asistencia técnica. La Comisión observa, no obstante, que el Gobierno incluye entre los señalados beneficios, el denominado régimen laboral simplificado para mipymes, que permite otorgar contratos de trabajo de tiempo determinado por tres años sin preaviso y autoriza el pago de salarios inferiores al mínimo legal con autorización previa del MTESS, prácticas que no estarían en conformidad con los instrumentos de la OIT. Por último, el Gobierno informa de la implementación en 2016 y 2017 del Proyecto de fortalecimiento y desarrollo de microemprendedores que proporciona financiamiento no reembolsable y educación empresarial a microemprendedores con miras a garantizar la sostenibilidad de sus empresas; así como el otorgamiento de microcréditos denominados «Ñepyryra» a los egresados del Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) para que desarrollen microemprendimientos. La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando información detallada sobre el impacto de la ley núm. 4457 en la creación de empleo productivo y duradero. Asimismo, solicita al Gobierno que continúe comunicando información detallada sobre la manera en que la legislación vigente asegura una protección laboral adecuada a los trabajadores de las mipymes y permite integrar progresivamente a los trabajadores de la economía informal en el mercado formal del empleo.
Coordinación de la política de formación con las oportunidades de empleo. La Comisión toma nota de que el Gobierno proporciona información sobre los diferentes cursos de formación y capacitación laboral impartidos entre 2016 y 2018 por el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL), en colaboración con las organizaciones de trabajadores, así como el número de participantes en los mismos. Asimismo, el Gobierno se refiere a la implementación de diversos programas, tales como el modelo de formación dual (MoPaDual) a través del cual los beneficiarios reciben, junto con una formación teórica, una formación práctica en una empresa privada o institución pública. Entre enero de 2014 y mayo de 2018, 729 464 certificados fueron entregados en el marco de las acciones formativas desarrolladas por el SNPP para hombres y mujeres de diferentes niveles y sectores de la economía. En relación con las medidas adoptadas con la finalidad de mejorar la oferta de formación y capacitación laboral, el Gobierno informa de la elaboración de estudios e investigaciones para conocer las necesidades cualitativas y cuantitativas de la formación profesional de recursos humanos. En este marco, se desarrolló el Índice de Priorización de Cursos de Capacitación Laboral (IPCL), que establece los indicadores a tomar en consideración para la priorización de las capacitaciones laborales solicitadas. Además, en 2017 se creó el Registro de Instituciones de Formación y Capacitación Laboral (REIFOCAL), por medio del cual se acredita y certifica periódicamente a las Instituciones de Formación y Capacitación Laboral (IFCL), con el objetivo de formalizar las empresas que brindan servicios de formación y capacitación laboral. La Comisión toma nota, por otro lado, de la promulgación de la ley núm. 5749 de 24 de enero de 2017 de carta orgánica del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), por la que se crea el Consejo Nacional de Educación y Trabajo (CNET), como instancia operativa biministerial (MEC y Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social (MTESS)) conformada por representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores. El Gobierno indica que, entre las competencias del CNET se encuentran: la aprobación de un Plan Estratégico de Educación y Trabajo; garantizar la coordinación con los diversos sectores involucrados en la ejecución de las políticas públicas en materia de educación y trabajo; así como cooperar en la implementación del Catálogo Nacional de Perfiles Profesionales. El Gobierno informa, no obstante, que el CNET aún no se encuentra en funcionamiento, ya que se encuentra pendiente la designación de sus miembros. Por último, la Comisión toma nota de que, en sus observaciones finales de 22 de noviembre de 2017, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) acogió con satisfacción «la introducción de programas no académicos de alfabetización para las comunidades indígenas y de programas no académicos de formación profesional que permiten a los jóvenes y a los adultos adquirir conocimientos prácticos para determinadas ocupaciones.». No obstante, el CEDAW expresó inquietud por «la persistencia de los obstáculos estructurales que impiden que las niñas accedan a una educación de calidad, en particular en la enseñanza secundaria y terciaria, debido, entre otras cosas, a las insuficientes asignaciones presupuestarias destinadas a este sector, […] especialmente en las zonas rurales; y la persistencia de las desigualdades en las tasas de alfabetización de mujeres y hombres y el considerable nivel de analfabetismo entre las mujeres indígenas y las mujeres de las zonas rurales (documento CEDAW/C/PRY/CO/7, párrafo 32, apartados a) y b))». La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información estadística actualizada, desagregada por edad y sexo, sobre el número de personas, incluidas mujeres y niñas indígenas y las que se encuentran en las zonas rurales, que participan en los programas de educación y formación y el impacto de éstos en su acceso al empleo decente, productivo y duradero. La Comisión solicita también al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con las políticas de empleo y, específicamente, sobre cómo la oferta de capacitación se coordina con la demanda de conocimientos y habilidades requeridos y las necesidades actuales y anticipadas del mercado de trabajo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

Artículos 1 y 3 del Convenio. Medidas activas de empleo. Economía informal. La Comisión toma nota de que, según el informe técnico de la OIT de 2018 sobre «Segmentos críticos de la informalidad laboral en el Paraguay», el Paraguay se encuentra entre los países de la región con más alta incidencia del empleo informal. El informe técnico indica que en 2016 siete de cada diez ocupados eran informales, lo que ha llevado a una priorización creciente en las políticas públicas del país sobre la formalización del trabajador. La Comisión observa igualmente que, de acuerdo al informe técnico, la mayoría de los trabajadores informales reciben ingresos por su tarea que se encuentran alejados del mínimo establecido por los asalariados formales. En particular, el informe señala que en 2016, el 68,7 por ciento de los asalariados informales percibió un salario inferior al salario mínimo legal que rige para los asalariados formales en relación de dependencia. En el caso de los trabajadores informales por cuenta propia, los niveles de ingreso son sensiblemente más bajos que los que perciben los asalariados (el 83,8 por ciento reciben un salario inferior al salario mínimo legal). Asimismo, cuatro de cada diez trabajadores por cuenta propia informales no alcanzaron a superar la línea de pobreza con los ingresos obtenidos. En este contexto, la Comisión toma nota de la aprobación en febrero de 2018 de la Estrategia integrada de formalización del empleo y la seguridad social por el Consejo consultivo tripartito económico, que tiene como objetivo lograr un crecimiento de aproximadamente el 25 por ciento de formalización del empleo para 2030. Esta Estrategia se encuentra enmarcada entre los objetivos y acciones prioritarias del «Plan Nacional de Desarrollo Paraguay 2030», en el que se incluye como meta la formalización de la economía con el objetivo de alcanzar el 90 por ciento de la formalización de la actividad económica en los principales sectores económicos del país para 2030. Además, el Gobierno informa de que la señalada estrategia comprende tareas de información y sensibilización social (tales como ferias de empleo digno, visitas a colegios y asesoría gratuita), así como de coordinación y articulación entre las instituciones que proveen datos acerca de los niveles de formalidad empresarial, del empleo y de la seguridad social. El Gobierno informa de la elaboración de propuesta de fortalecimiento de la inspección de seguridad social con miras a promover una inspección de seguridad social eficaz y de fortalecer los mecanismos de colaboración y coordinación interinstitucional entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTESS) y el Instituto de Previsión Social (IPS). Igualmente, se ha elaborado un protocolo a ser aplicado por diversas instituciones, tales como la dirección general de seguridad social y la dirección general de aporte obrero patronal del IPS, en caso de que se identifique empleo no registrado a través de denuncias, mediaciones, inspecciones y fiscalizaciones. La Comisión toma nota, sin embargo, que de acuerdo con el informe técnico de la OIT, los mayores desafíos para la formalización se hacen presentes en quienes están en los márgenes que separan a la economía informal de la economía formal, como los trabajadores en el ámbito rural. El informe técnico señala que casi la totalidad de los trabajadores por cuenta propia en la agricultura, ganadería y pesca son informales y nueve de cada diez en el caso de los asalariados. Las iniciativas de formalización que se han llevado adelante en el país no tienen aplicación en el ámbito del trabajo rural, siendo concentradas en el segmento asalariado de tipo urbano. El informe subraya que en algunos casos la dificultad está en la invisibilidad de la actividad o en los reducidos ingresos asociados a actividades de baja productividad que resultan insuficientes para asumir los costos de la formalización. En otros, la dificultad se asocia especialmente a la inexistencia de una política pública o con debilidades de diseño e implementación que condicionan su eficacia. Por último, la Comisión toma nota de que según el informe de 20 de julio de 2018 de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre las formas contemporáneas de esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, «los trabajadores de la economía informal — con más frecuencia, mujeres — suelen registrar altos niveles de precariedad, no tienen acceso a protección social ni laboral (un aspecto fundamental del trabajo decente) y trabajan en sectores que no están plenamente cubiertos por la legislación laboral, lo que les hace muy vulnerables a la explotación, incluidas la formas contemporáneas de esclavitud (documento A/HRC/39/52/Add.1, párrafo 33)». La Comisión atrae la atención del Gobierno a la orientación brindada por la Recomendación sobre la transición de la economía informal a la economía formal, 2015 (núm. 204). Solicita al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre el alcance de la economía informal y sobre las medidas tomadas de conformidad con su política nacional de empleo para facilitar la transición hacia la economía formal, particularmente en las zonas rurales del país, e incluidas aquéllas adoptadas en el marco de la Estrategia integrada de formalización del empleo y la seguridad social, así como sobre el impacto de dichas medidas.
Coordinación de la política del empleo con la política económica y social. La Comisión toma nota, con base en el citado informe de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre las formas contemporáneas de esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias, que «si bien, el país ha registrado un crecimiento sostenido del PIB en los últimos cinco años, sigue estando afectado por niveles importantes de pobreza y desigualdad, y es uno de los países más pobres de la región de América Latina». El informe señala igualmente que, «si bien, la política macroeconómica consistente en atraer inversión extranjera para promover los agronegocios (como la producción de soja y la ganadería) y establecer maquiladoras (plantas manufactureras que importan componentes sin pagar aranceles y los ensamblan para su exportación) refuerza la economía, la pobreza y la desigualdad persisten. Los beneficios fiscales que reciben las empresas privadas no se traducen en creación de empleo y desarrollo social para las comunidades más pobres. La política orientada a transformar el país en un paraíso fiscal a través de unos salarios mínimos bajos y de flexibilidad administrativa y laboral genera una situación que propicia el trabajo forzoso, el trabajo infantil y el trabajo infantil peligroso, pues muchas familias mandan a sus hijos a trabajar para poder subsistir. Esta política propicia también la explotación laboral y oculta la falta de inversión estatal en políticas públicas (documento A/HRC/39/52/Add.1, párrafos 4 y 30)». En lo que respecta a la implementación de programas sociales, la Comisión toma nota de que el Gobierno se refiere, entre otros, a la ejecución de los programas de transferencias monetarias con corresponsabilidad «Tekopora» y «Abrazo», así como del proyecto piloto «Sembrando Oportunidades Familia por Familia» dirigidos a población en situación de extrema pobreza. La Comisión observa, con base en información disponible en el señalado informe técnico de la OIT de 2018, que en 2016, el programa «Tekopora» dio cobertura a 700 000 personas en situación de pobreza. Alrededor de la mitad de las personas cubiertas eran niños, la titularidad del programa era asumida en el 76 por ciento de los casos por mujeres y el 88 por ciento de los participantes residía en áreas rurales. Por último, la Comisión toma nota de la implementación del programa de apoyo a la inclusión socioeconómica denominado «Tenodera», que tiene como objetivo proporcionar a las familias activos productivos, financieros y sociales para generar sus propios ingresos. En el citado informe técnico de la OIT se señala que en el 2016, participaron 11 540 familias en las cuales el 75 por ciento de la titularidad fue asumida por mujeres. Sin embargo, la Comisión toma nota que según el señalado informe de la Relatora Especial de las Naciones Unidas, «la inversión social se ha reducido y los problemas estructurales perpetúan la discriminación y la marginación de los grupos vulnerables y los pueblos indígenas, lo que agrava su vulnerabilidad y hace que se vean atrapados en formas contemporáneas de la esclavitud». Por consiguiente, la Comisión solicita al Gobierno que envíe información sobre las medidas adoptadas o previstas con miras a otorgar al pleno empleo, productivo y libremente elegido un lugar preponderante en todas las estrategias de crecimiento y desarrollo. Asimismo, la Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada, desagregada por edad, sexo y región del país, sobre los resultados alcanzados en términos de generación de empleo como consecuencia de la ejecución de los programas gubernamentales.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

Artículos 1 y 3 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica en su memoria que el empleo es un instrumento fundamental del incremento de la productividad, de la competitividad y del desarrollo sostenible en el país. El Gobierno menciona una propuesta revisada del Plan nacional de empleo que será sometida a consideración de los actores políticos, económicos y sociales. La Comisión toma nota de las informaciones sobre el mercado del trabajo que proporciona el Gobierno en su memoria que confirman los datos publicados por el Estudio Económico de América Latina y el Caribe 2015 de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). Según la CEPAL, a pesar del crecimiento experimentado por el país, el empleo se mantuvo relativamente estable en 2013 2014. De acuerdo con los resultados de la encuesta continua de empleo, en 2014, el promedio anual de la tasa de empleo se mantuvo en el 59,7 por ciento y el promedio de la tasa de desempleo abierto permaneció en torno al 8 por ciento inclusive hasta el primer trimestre de 2015. Sin embargo, al desagregar por género, la CEPAL observa un incremento de 1,4 puntos porcentuales de la tasa de empleo de los hombres y una disminución similar para las mujeres, de manera que la tasa de desempleo fue del 6,5 por ciento para los hombres y del 9,9 por ciento para las mujeres. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando informaciones sobre la aprobación y ejecución del Plan nacional de empleo y que describa la manera en que se han tenido en cuenta la experiencia y las opiniones de los interlocutores sociales al formular y ejecutar las medidas de política de empleo. La Comisión también pide al Gobierno que continúe facilitando información actualizada sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, tanto en los sectores urbanos como en las zonas rurales del país. La Comisión se remite a la Recomendación sobre la transición de la economía informal a la economía formal, 2015 (núm. 204), y pide al Gobierno que continúe informando sobre el alcance de la economía informal y sobre las medidas tomadas de conformidad con su política nacional de empleo para facilitar la transición hacia la economía formal.
Contribución del servicio de empleo a la promoción del empleo. El Gobierno indica que, además de las oficinas de empleo que funcionan en Asunción y en el área metropolitana, la Oficina Nacional de Empleo ha suscrito varios acuerdos de cooperación con gobiernos locales. Se han abierto 18 oficinas en el resto del país y está próxima la apertura de otras seis. La Comisión pide al Gobierno que continúe informando sobre las medidas tomadas para mejorar la calidad de los servicios de intermediación y orientación de empleo y ampliar la cobertura de la red de oficinas de empleo a todo el país.
Coordinación de la política del empleo con la política económica y social. La Comisión toma nota de la adopción en el 2014 del Plan nacional de desarrollo 2030, dicho plan considera al empleo parte integral del crecimiento económico inclusivo, considerándolo también una de las estrategias de la política social. El Gobierno indica que se están desarrollando planes de empleo de contingencia destinados a la población en extrema pobreza, beneficiaria de los programas Tekopora y Abrazo (dos programas de transferencias monetarias con corresponsabilidad) y del programa de combate a la pobreza extrema Sembrando Oportunidades. Estos programas prevén: capacitación e inserción laboral en obras públicas realizadas por el Ministerio de Obras Públicas y la Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat y certificación de competencias en obras. El Gobierno explica que en un inicio se prevé beneficiar a más de 3 000 personas en situación de extrema pobreza. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre los resultados alcanzados en términos de generación de empleo como consecuencia de la ejecución de los programas gubernamentales.
Empleo juvenil. El Gobierno indica que la asistencia técnica de la OIT permitió que los orientadores laborales dispongan de herramientas para realizar el seguimiento de las inserciones laborales ejecutadas a través de la Oficina Nacional de Empleo. En lo que respecta al impacto de la Ventanilla Única, el Gobierno añade que, desde la puesta en funcionamiento de la Oficina Nacional de Empleo, se ha logrado atender a más de 12 000 personas e insertar laboralmente a más 3 600 personas, 83 por ciento de éstas son jóvenes entre 18 y 29 años de edad. El Gobierno agrega que la Ley núm. 4951/13 de Inserción al Empleo Juvenil está siendo objeto de reglamentación. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando informaciones sobre el impacto en términos de inserción duradera en el mercado de trabajo de los jóvenes que se beneficiaron de proyectos, como la Ventanilla Única. La Comisión también pide al Gobierno que informe sobre la implementación de la Ley de Inserción al Empleo Juvenil y la medida en que las nuevas modalidades contractuales han contribuido a crear empleo productivo para sus beneficiarios.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas y promoción del empleo. El Gobierno indica que la Oficina Nacional de Empleo y las oficinas locales disponen de un servicio de apoyo a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) para su formalización y la selección apropiada de personal. En relación con la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189), en su Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo, párrafo 398, la Comisión indicó que toda medida diseñada para promover el pleno empleo y fomentar la creación de empleos productivos y sostenibles, particularmente en las pequeñas y medianas empresas, debería ser adoptada consultando a los interlocutores sociales, en condiciones socialmente adecuadas para todos los interesados, y en plena conformidad con los instrumentos internacionales ratificados. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que incluya informaciones detalladas sobre el impacto que haya tenido la ley núm. 4457 en la creación de empleo productivo y duradero. Sírvase indicar la manera en que la legislación vigente asegura una protección laboral adecuada a los trabajadores de las MIPYME y permite integrar progresivamente a los trabajadores de la economía informal en el mercado formal del empleo.
Coordinación de la política de formación con las oportunidades de empleo. El Gobierno indica que la interacción entre la Dirección General de Empleo, el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) y el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL) ha permitido mejorar la vinculación con las empresas de manera de identificar las competencias requeridas por los sectores prioritarios de la economía. Además, el Gobierno asegura que la coordinación existente entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y el Ministerio de Industria y Comercio permite identificar con antelación cuáles serán los perfiles laborales que requerirán las futuras inversiones privadas y gestionar la formación necesaria. El Gobierno añade que el Programa de formación y capacitación en políticas de empleo y orientación laboral desarrollado de forma conjunta por la OIT y el Banco Interamericano de Desarrollo y destinado a funcionarios del Ministerio de Trabajo y de las oficinas locales de empleo, se encuentra en su etapa inicial de ejecución. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con las políticas de empleo y, específicamente, sobre cómo la oferta de capacitación se coordina con la demanda de conocimientos y habilidades requeridos y las necesidades del mercado de trabajo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

Ejecución de una política activa de empleo. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de la memoria detallada y de las respuestas recibidas del Gobierno, en septiembre de 2012, en relación con la solicitud directa formulada en 2011. El Gobierno transmitió con su memoria el resumen ejecutivo del Plan nacional de empleo que el Ministerio de Justicia y Trabajo entregó a la Secretaría Técnica de Planificación de la Presidencia de la República para su análisis y aprobación. Según los datos agregados en la memoria, en 2011 cerca del 60 por ciento de la población en edad de trabajar constituía la población económicamente activa (PEA) con una diferencia significativa de la tasa de actividad masculina (72,8 por ciento) y de la femenina (48,9 por ciento). Se observa un incremento de la PEA de 121 203 personas más entre 2010 y 2011. El desempleo en 2011 fue del 5,6 por ciento (mientras que en 2010 había alcanzado el 5,7 por ciento, y el 6,4 por ciento en 2009). El desempleo también afecta más a las mujeres y se mantiene una temprana incorporación de niños de 10 a 14 años en el mercado laboral, quienes representan un 12,4 por ciento de la actividad económica, involucrando a personas muy jóvenes con notables diferencias entre niños (casi un 17 por ciento) y niñas (7,8 por ciento). El subempleo afecta al 22 por ciento de la mano de obra ocupada (2011) que se compone mayormente de personas asalariadas que trabajan menos de 30 horas por semana, sin percibir el salario mínimo legal vigente. Casi cinco de cada diez personas ocupadas generan ingresos a través de la venta de sus productos o servicios. La mayor parte de los trabajadores trabajan en pequeñas empresas. El empleo doméstico abarca al 6,6 por ciento de los ocupados. El Gobierno indica que la tendencia a una leve disminución de la tasa de subocupación que se mantiene desde 2010, podría representar una formalización del mercado del trabajo. La Comisión entiende que la magnitud de las personas afectadas en el sector servicios, además de la informalidad y la precariedad laboral, serían las tendencias predominantes que se deberían tratar de revertir para mejorar la situación del mercado del trabajo. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que en su próxima memoria se especifique si se adoptó un Plan nacional de empleo y describa la manera en que se han tenido en cuenta la experiencia y las opiniones de los interlocutores sociales al formular y ejecutar las medidas de política de empleo (artículos 1 y 3 del Convenio). La Comisión invita también al Gobierno a que incluya informaciones sobre los avances realizados para mejorar la calidad de los servicios de intermediación y orientación de empleo y ampliar la cobertura de la red de oficinas de empleo a todo el país. La Comisión invita al Gobierno a incluir datos actualizados sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, tanto en los sectores urbanos como en las zonas rurales del país. Sírvase también incluir informaciones específicas sobre las medidas de empleo adoptadas para tratar el problema del ingreso de niños(as) muy jóvenes en el mercado de trabajo.
Coordinación de la política del empleo con la política económica y social. En respuesta a la solicitud anterior sobre los resultados del Plan estratégico económico y social (PEES) 2008-2013, el Gobierno indica que se sentaron las bases para el diseño de políticas, planes y proyectos de empleo. Se propició también la creación de la Dirección General de Empleo, lo que facilitó la adopción de la política pública de empleo juvenil, del Programa de Empleo Temporal Ñamba’apo Paraguay y del Programa Jóvenes Emprendedores. La Comisión toma nota de que la propuesta para el futuro sería la de seguir avanzando para fortalecer las instancias ya constituidas y lograr la creación de un ministerio responsable del trabajo, del empleo y de la seguridad social. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria indicaciones que permitan examinar la manera en que se ha logrado dar mayor alcance y solidez a los planes y programas desarrollados y si se han tomado debidamente en cuenta los objetivos del pleno empleo y productivo que se establecen en el Convenio.
Empleo juvenil. En relación con los comentarios anteriores, el Gobierno informa sobre las iniciativas de la Mesa Nacional para la Generación del Empleo Juvenil, en cuyo marco se aprobó la política y el Plan nacional de empleo juvenil. La Comisión toma nota que mediante el decreto presidencial núm. 8620, de 19 de marzo de 2012, se aprobó la política pública de empleo juvenil y se autorizó la ejecución del Plan nacional de empleo juvenil 2011-2020, con el objetivo de tomar medidas que permitan a los jóvenes construir trayectorias de trabajo decente. La Comisión toma nota de las observaciones de la Central Nacional de Trabajadores (CNT) y la Central Unitaria de Trabajadores – Auténtica (CUT-A), transmitidas al Gobierno en mayo de 2013, expresando la preocupación sindical por el contenido del proyecto. La Comisión toma nota también que el 20 de junio de 2013 se aprobó la Ley núm. 4951 de Inserción al Empleo Juvenil. La Comisión invita al Gobierno a ilustrar su próxima memoria con informaciones sobre el impacto en términos de inserción duradera en el mercado de trabajo de aquellos jóvenes que se beneficiaron de los proyectos ejecutados. En particular, la Comisión desearía poder examinar informaciones actualizadas sobre el impacto que han tenido el Programa Jóvenes Emprendedores y la Ventanilla Única para que los jóvenes encuentren trabajo decente y productivo. La Comisión invita asimismo al Gobierno a incluir en su próxima memoria informaciones sobre la aplicación de la Ley de Inserción al Empleo Juvenil en la práctica y la medida en que las nuevas modalidades contractuales hayan contribuido a crear empleo productivo para sus beneficiarios.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas y promoción del empleo. La Comisión toma nota de las observaciones de la CNT y de la CUT-A, expresando su preocupación sobre la ley núm. 4457, promulgada el 16 de mayo de 2012, mediante la cual se ha establecido un marco regulatorio para promover y fomentar la creación, desarrollo y competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, para incorporarlas a la estructura formal productora de bienes y servicios y darles identidad jurídica. Según las dos confederaciones, la ley núm. 4457 deja sin protección laboral a cerca del 60 por ciento de la población ocupada permitiendo en ciertos casos la no aplicación de las garantías acordadas por la legislación general del trabajo. En su examen de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189), la Comisión había expresado que toda medida diseñada para promover el pleno empleo y fomentar la creación de empleos productivos y sostenibles, particularmente en las pequeñas y medianas empresas, debería ser adoptada consultando a los interlocutores sociales, en condiciones socialmente adecuadas para todos los interesados, y en plena conformidad con los instrumentos internacionales ratificados. La Comisión se había remitido también a las conclusiones relativas a la promoción de empresas sostenibles, adoptadas en junio de 1997, donde la Conferencia instó a todas las empresas, sin importar su tamaño, a aplicar prácticas en el lugar de trabajo basadas en el pleno respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo y las normas internacionales del trabajo (Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo, párrafos 398-399). La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria incluya informaciones detalladas sobre el impacto que ha tenido la ley núm. 4457 en la creación de empleo productivo y duradero. La Comisión invita al Gobierno a indicar la manera en que la legislación vigente asegura una protección laboral adecuada a los trabajadores de las micro, pequeñas y medianas empresas y permite integrar progresivamente a los trabajadores de la economía informal en el mercado formal del empleo.
Coordinación de la política de formación con las oportunidades de empleo. El Gobierno reitera que continúan los esfuerzos orientados a la consolidación de instancias de diálogos para coordinar las partes que imparten educación formal y formación y capacitación laboral. La Comisión toma nota de que se propuso la conformación de un Consejo General para la Formación y el Empleo y que se examina una propuesta legislativa para regular la educación técnica y profesional. En comentarios anteriores, la Comisión había tomado nota de la intención del Gobierno de unificar el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) y el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL) para evitar la duplicación y garantizar la coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a incluir en su memoria información actualizada sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con las políticas de empleo y, específicamente, sobre cómo la oferta de capacitación se coordina con la demanda de conocimientos y habilidades requeridos y las necesidades del mercado de trabajo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Ejecución de una política activa de empleo. La Comisión toma nota de las informaciones detalladas proporcionadas por el Gobierno en una memoria recibida en agosto de 2010 en respuesta a la observación de 2009. El Gobierno indica que un plan nacional de empleo se encuentra en fase de desarrollo en el marco del proyecto del Banco Interamericano de Desarrollo para promover un programa de reinversión. El Plan Nacional de Empleo tiene la intención de atender a los grupos vulnerables y dar una atención especial a los temas de género. Según la Encuesta Permanente de Hogares de 2009, la población económicamente activa ascendía a 3.163.241 personas. La tasa de desocupación abierta se situó en el 6,4 por ciento (202.298 personas), afectando el desempleo más a las mujeres que a los hombres (7,8 y 5,5 por ciento respectivamente). A pesar de un ligero descenso de un 1,4 por ciento con respecto al 2008, el 8,2 por ciento (259.602 personas) de la población económica activa se encontraba en situación de subocupación visible, mientras que el 16,9 por ciento (533.717 personas) en situación de subocupación invisible. La Comisión toma nota del contenido de la Propuesta de Política Pública para el Desarrollo Social 2010-2020, «Paraguay para Todos y Todas» que tiene entre sus objetivos el diseño y la promoción de mecanismos para crear trabajo decente de manera sostenida. Entre las propuestas específicas se encuentran las de diseñar e implementar servicios públicos e instrumentos que promuevan la igualdad de oportunidades en el marco de una política nacional de empleo, promover la coordinación público-privada en áreas de capacitación y formación laboral, desarrollar e implementar medidas apropiadas para la promoción y fortalecimiento de las micro, pequeñas y medianas empresas y adecuar e implementar el marco regulador para el empleo. El Gobierno informa que en el marco del Programa Nacional de Trabajo Decente 2009 se está desarrollando la Campaña de Trabajo Decente y Promoción del Empleo en colaboración con las organizaciones de trabajadores para generar oportunidades de empleo. La Comisión toma nota de que los interlocutores sociales forman parte de instancias de discusión como la Mesa Nacional para la Generación del Empleo Juvenil y de la Comisión Tripartita de Seguimiento del Convenio de Trabajo Decente. El Gobierno menciona que luego de una visita técnica al Ministerio de Trabajo y Empleo del Brasil, se tiene la intención de instalar órganos tripartitos de asesoramiento, acompañamiento, supervisión y evaluación. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria incluya informaciones sobre la adopción del Plan Nacional de Empleo. La Comisión desearía también poder examinar datos sobre el impacto de la Campaña de Trabajo Decente y Promoción del Empleo para generar empleo, productivo y de calidad. La Comisión invita al Gobierno a que se agreguen a la memoria datos sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, tanto en los sectores urbanos como en las zonas rurales del país.
Coordinación de la política del empleo con la política económica y social. La Comisión toma nota del Plan Estratégico Económico y Social (PEES) 2008-2013 destinado a crear un sistema que sirva para coordinar las distintas políticas públicas e implementar la estrategia de crecimiento económico inclusivo a medio plazo. Entre los objetivos del PEES se encuentra el de proseguir el crecimiento económico con mayor generación de empleo y con mejor distribución de ingresos, impulsar la participación de la sociedad civil y del sector privado en la economía para fortalecer las micro y pequeñas empresas, en especial las pequeñas fincas agrícolas, aumentando su capacidad competitiva. Se pretende también impulsar el desarrollo de infraestructura, fortalecer la competitividad y mejorar el clima de negocios e inversión para generar empleo y luchar contra la pobreza. La Comisión toma nota de la intención de promover la participación del sector campesino, a través del fortalecimiento del tejido social y comunitario. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria informaciones sobre la manera en que se han tomado en cuenta los objetivos del pleno empleo al formular los planes estratégicos tales como el PEES. Le ruega asimismo que se sirva indicar si se han encontrado dificultades para alcanzar los objetivos del empleo que se hayan fijado en el marco del PEES.
Fortalecimiento de los servicios de empleo. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno en el sentido de que se fortalece y consolida el Servicio Nacional de Empleo con miras a la ratificación del Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88). Además, el Gobierno informa sobre la fase de implementación del Proyecto de Fortalecimiento de Políticas Públicas de Empleo que cuenta con la colaboración de la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID). El Gobierno pretende llevar a la práctica políticas públicas activas de empleo orientadas a mejorar la inserción laboral mediante acciones de orientación, información y formación ocupacional para el empleo. Se abrirán seis nuevas oficinas de empleo en distintos departamentos. La Comisión recuerda que los convenios sobre los servicios del empleo (el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88) y el Convenio sobre las agencias de empleo privadas, 1997 (núm. 181)) promueven la creación de las estructuras necesarias para sostener el pleno empleo (véase el capítulo III del Estudio General de 2010 sobre los instrumentos relativos al empleo). La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria indicaciones sobre los avances realizados dentro del marco del Proyecto de Fortalecimiento de Políticas Públicas de Empleo para mejorar la calidad de los servicios de intermediación y orientación de empleo y ampliar la cobertura de la red de empleo a todo el país.
Empleo juvenil. El Gobierno indica que casi el 60 por ciento de la población tiene menos de 30 años. La tasa de desempleo abierto entre los jóvenes de entre 15 y 24 años ascendía a 13,4 por ciento en el caso de los hombres y 17,9 por ciento en el caso de las mujeres. La Comisión toma nota de que en septiembre de 2008 se instaló la Mesa Nacional para la Generación de Empleo Juvenil, con la asistencia técnica de la OIT. Además, se encuentra en preparación un proyecto legislativo de la Ley de Empleo Juvenil y una estrategia de empleo juvenil. La Comisión invita al Gobierno a indicar en su próxima memoria el impacto que haya tenido la nueva legislación en materia de empleo juvenil y las medidas adoptadas para proporcionar a los jóvenes trabajo decente y productivo.
Reducción de la pobreza y grupos vulnerables. El Gobierno indica que en la agricultura familiar y en las micro y pequeñas empresas se concentran los colectivos sociales más vulnerables y numerosos. Según las informaciones estadísticas aportadas en la memoria, el 66 por ciento de la población trabaja en empresas de entre dos y cinco empleados. El desarrollo de estas unidades productivas y su mejor inserción en los mercados representan aspectos esenciales de una estrategia de crecimiento que pretenda reducir los índices de pobreza y mejorar la calidad de vida de todos. La Comisión también toma nota del Programa «Namba'apo Paraguay» que tiene por objetivo apoyar a trabajadores en situación de vulnerabilidad, para que actualicen sus competencias y puedan incorporarse a empleos en condiciones de trabajo decente. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memora incluya informaciones sobre las acciones dirigidas a generar empleos de calidad entre los segmentos de la población que encuentran mayores dificultades para conseguir empleo y mantenerlo.
Coordinación de la política de formación con las oportunidades de empleo. El Gobierno indica que tiene la intención de reformar el sistema de formación técnica y capacitación laboral, orientando sus actividades en función de las demandas de capacidades del sector privado. Además, pretende unificar el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP) y el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral (SINAFOCAL) para evitar la duplicación y garantizar la coordinación con el Ministerio de Educación y Cultura. La Comisión invita al Gobierno a incluir información sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con las políticas de empleo y específicamente sobre cómo la oferta de capacitación se coordina con la demanda de conocimientos y habilidades requeridos y las necesidades del mercado de trabajo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

La Comisión toma nota del documento detallado elaborado por el Servicio Nacional de Empleo, recibido en septiembre de 2009, en respuesta a los comentarios anteriores.

Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Ejecución de una política activa del empleo. El Gobierno transmite informaciones estadísticas detalladas sobre las características y evolución del empleo en Paraguay. Durante 2008, continuó un período de relativo crecimiento económico mientras que tanto la población económicamente activa como la tasa de desempleo abierto se mantuvieron a niveles similares a los de 2007 (respectivamente 69,5 por ciento y 5,6 por ciento). La población en edad de trabajar registró un crecimiento sostenido entre 2003 y 2008 (de 62,9 por ciento pasó a 66,2 por ciento), y el desempleo en los grupos de jóvenes de entre 15 y 19 (13,6 por ciento) y 20 y 24 años de edad (10,2 por ciento) es considerablemente más alto que en los grupos restantes, confirmando la tendencia de años anteriores. El Gobierno indica que, a partir de agosto de 2008, en base a las nuevas directrices del Plan de Gobierno, se contempla la generación de empleo permanente para la reducción de la pobreza extrema. Se ha presentado un Plan Nacional de Empleo con asesoría del Banco Interamericano de Desarrollo, y se busca consolidar al Servicio Nacional de Empleo (SNE), quien diseña, ejecuta y supervisa la política de empleo. Se ha propuesto una nueva estructura organizacional del SNE para que cuente con una red de oficinas de empleo, una dependencia encargada de la formación y capacitación laboral, un observatorio laboral y una división de planificación. La Comisión toma nota del Programa Nacional de Trabajo Decente, aprobado por acuerdo tripartito en febrero de 2009 y en el que se incluyen de manera prioritaria la formulación y aplicación de una estrategia de empleo y la generación de empleo a través de la inversión pública. La Comisión observa igualmente que el Plan estratégico 2008‑2013 del Ministerio de Justicia y Trabajo incluye al trabajo decente como una de las acciones a ser atendidas. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria indicaciones sobre los resultados alcanzados mediante la ejecución del Plan Nacional de Empleo y el Programa Nacional de Trabajo Decente para la consecución de los objetivos de pleno empleo productivo establecidos en el Convenio. La Comisión pide también al Gobierno que agregue en su memoria informaciones cuantitativas sobre las acciones emprendidas por el Servicio Nacional de Empleo. Sírvase igualmente precisar de qué manera se ha asegurado la participación de los interlocutores sociales y de los representantes de otros grupos interesados, tales como los trabajadores del sector rural y de la economía informal, en la formulación e implementación de las políticas de empleo.

Dimensión regional de la política de empleo. La Comisión toma nota de las informaciones incluidas en la memoria sobre lo acordado por los Ministros de Trabajo del MERCOSUR durante la Presidencia Pro Tempore del Paraguay. En oportunidad de la 98.ª reunión de la Conferencia (junio de 2009), el MERCOSUR expresó su apoyo al Pacto Global del Empleo, acordando mantener la «Estrategia del MERCOSUR de Crecimiento del Empleo-GANEmpleo». La Comisión ha tomado nota con interés de la declaración suscripta el 17 de junio de 2009 por los Ministros de Trabajo del MERCOSUR para la preservación del empleo frente a la crisis en donde se ha afirmado «el derecho al trabajo como un derecho humano fundamental generador tanto de riqueza social como económica en una relación de convivencia armónica con el capital productivo». Entre otras iniciativas, a nivel del MERCOSUR, se ha propuesto ampliar los sistemas de protección al desempleo, vincular la extensión de la protección social al empleo con las acciones de capacitación; desarrollar acciones de preservación y formalización de los puestos de trabajo con el acuerdo de empresarios y sindicatos para evitar que la crisis recaiga sobre los trabajadores; fortalecer la institucionalidad de los servicios públicos de empleo promoviéndose su articulación en la región; apoyar y fortalecer los programas de empleo para grupos vulnerables, especialmente los jóvenes, y apoyar el sostenimiento de la micro, pequeñas empresas y emprendimientos individuales La Comisión invita al Gobierno a seguir incluyendo informaciones sobre la manera en que se han puesto en práctica las iniciativas del MERCOSUR destinadas a fomentar políticas activas del empleo en el sentido del Convenio.

Empleo juvenil. La Comisión toma también nota de que se instaló la Mesa Nacional para la Generación del Empleo Juvenil, que cuenta con la asesoría de la OIT — constituyéndose de esta manera un organismo interinstitucional y tripartito que engloba distintas iniciativas legislativas y programáticas para incrementar las oportunidades de empleo de los jóvenes. Entre tales iniciativas se encuentran la instalación de mesas departamentales en el interior del país, la propuesta de un Sistema de Inserción Laboral Integrado, la identificación de grupos vulnerables y la conformación de instancias tripartitas para asegurar la implementación de las políticas. La Mesa Nacional elaboró un proyecto de ley de inserción laboral juvenil, que contempla la inserción al empleo de jóvenes de entre 18 y 29 años de edad a través de capacitación, prácticas, becas de trabajo, contratos de primer empleo y contratos de tiempo parcial. La Comisión solicita al Gobierno que, en su próxima memoria, agregue informaciones sobre el impacto que hayan tenido las decisiones de la Mesa Nacional para la Generación del Empleo Juvenil incluyendo indicaciones sobre la adopción del proyecto legislativo destinado a favorecer el empleo productivo de los jóvenes.

Coordinación de la política del empleo con las políticas de enseñanza y formación profesional. La Comisión toma nota con interés de la participación del Ministerio de Educación y Cultura en la Mesa Nacional para la Generación de Empleo Juvenil, que además ha fundado una comisión de capacitación laboral, educación y trabajo. El grupo de trabajo sobre normativas de la formación profesional cuenta con el apoyo de la OIT. La Comisión toma nota de que el grupo de trabajo ha evocado la superposición de esfuerzos por parte de las entidades dependientes del Ministerio de Justicia y Trabajo a cargo de la formación (el Servicio Nacional de Promoción Profesional y el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral). Igualmente, el grupo de trabajo menciona la falta de coordinación de ambos organismos con el Ministerio de Educación y Cultura. La Comisión reitera su interés por recibir informaciones sobre los esfuerzos realizados para mejorar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior, que estaba redactada del modo siguiente:

1. Ejecución de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en marzo de 2006 en la que se informa de que en julio y agosto de 2005 se convocaron reuniones técnicas tripartitas para discutir el texto de la propuesta de política de empleo elaborado por el Gobierno. El texto acordado de los principales lineamientos para la política de empleo parece coherente con los objetivos establecidos en el Convenio. La Comisión se remite a sus comentarios anteriores y pide al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya informaciones sobre los resultados alcanzados para la generación de empleo productivo por los lineamientos acordados por los interlocutores sociales. Solicita también al Gobierno que incluya informaciones sobre la manera en que se han tomado en cuenta los objetivos del pleno empleo al formular la política económica y social. Asimismo, la Comisión desearía seguir recibiendo informaciones sobre la experiencia de los interlocutores sociales en Paraguay en relación con la aplicación del Convenio, en particular cuando se hayan incluido en las consultas que requiere el Convenio a representantes del sector rural y de la economía informal (artículos 1, 2 y 3 del Convenio).

2. La Comisión toma nota de las informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo brindadas por el Gobierno en su memoria: la tasa de participación laboral fue en 2004 del 63 por ciento — y la tasa de desempleo abierto afectó al 7,3 por ciento de la población (8,1 por ciento en 2003). El subempleo alcanza a un 24 por ciento de la población: son los trabajos poco remunerados los que alimentan el subempleo en el país. El desempleo abierto afecta en mayor medida a la población de 15 a 19 años y en particular a las mujeres jóvenes (22,1 por ciento de las población femenina juvenil busca activamente empleo). El Gobierno indica que las proporciones se mantienen elevadas hasta los 29 años, donde ocho de cada 100 personas se encuentran desempleadas. La Comisión desearía seguir examinando en la próxima memoria del Gobierno informaciones estadísticas como las que se requieren en el formulario de memoria para el Convenio que permitan conocer la manera en que las medidas adoptadas por los lineamientos acordados en materia de política del empleo han ido mejorando las perspectivas de empleo de las mujeres y de los jóvenes que desean encontrar empleo productivo.

3. Coordinación de la política del empleo con las políticas de enseñanza y formación profesional. La Comisión toma nota de las informaciones presentadas sobre las acciones de formación y capacitación para microempresarios del Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral y del Servicio Nacional de Promoción Profesional realizadas en 2004-2005. Además, el Gobierno incluyó en su memoria indicaciones sobre las iniciativas realizadas a favor del aprendizaje dual para jóvenes. La Comisión pide al Gobierno que continúe incluyendo en su próxima memoria informaciones sobre los programas y proyectos realizados para asegurar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo, indispensable para que cada trabajador tenga todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y utilizar en dicho empleo la formación y facultades que posea.

4. Cooperación técnica de la OIT. La Comisión toma nota con interés de que en el marco de un proyecto para la homogeneización y comparabilidad de indicadores laborales en el MERCOSUR — ejecutado con el apoyo de la OIT — se ha realizado una revisión conceptual y metodológica sobre la medición de los fenómenos laborales en los países del MERCOSUR para definir una batería de indicadores armonizados del mercado del trabajo. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, se incluyan indicaciones sobre las iniciativas que han contado con el apoyo de la OIT para promover, tanto a nivel nacional como subregional, los objetivos de reducción de la pobreza y generación de empleo productivo (parte V del formulario de memoria).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

1. Ejecución de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en marzo de 2006 en la que se informa de que en julio y agosto de 2005 se convocaron reuniones técnicas tripartitas para discutir el texto de la propuesta de política de empleo elaborado por el Gobierno. El texto acordado de los principales lineamientos para la política de empleo parece coherente con los objetivos establecidos en el Convenio. La Comisión se remite a sus comentarios anteriores y pide al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya informaciones sobre los resultados alcanzados para la generación de empleo productivo por los lineamientos acordados por los interlocutores sociales. Solicita también al Gobierno que incluya informaciones sobre la manera en que se han tomado en cuenta los objetivos del pleno empleo al formular la política económica y social. Asimismo, la Comisión desearía seguir recibiendo informaciones sobre la experiencia de los interlocutores sociales en Paraguay en relación con la aplicación del Convenio, en particular cuando se hayan incluido en las consultas que requiere el Convenio a representantes del sector rural y de la economía informal (artículos 1, 2 y 3 del Convenio).

2. La Comisión toma nota de las informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo brindadas por el Gobierno en su memoria: la tasa de participación laboral fue en 2004 del 63 por ciento — y la tasa de desempleo abierto afectó al 7,3 por ciento de la población (8,1 por ciento en 2003). El subempleo alcanza a un 24 por ciento de la población: son los trabajos poco remunerados los que alimentan el subempleo en el país. El desempleo abierto afecta en mayor medida a la población de 15 a 19 años y en particular a las mujeres jóvenes (22,1 por ciento de las población femenina juvenil busca activamente empleo). El Gobierno indica que las proporciones se mantienen elevadas hasta los 29 años, donde ocho de cada 100 personas se encuentran desempleadas. La Comisión desearía seguir examinando en la próxima memoria del Gobierno informaciones estadísticas como las que se requieren en el formulario de memoria para el Convenio que permitan conocer la manera en que las medidas adoptadas por los lineamientos acordados en materia de política del empleo han ido mejorando las perspectivas de empleo de las mujeres y de los jóvenes que desean encontrar empleo productivo.

3. Coordinación de la política del empleo con las políticas de enseñanza y formación profesional. La Comisión toma nota de las informaciones presentadas sobre las acciones de formación y capacitación para microempresarios del Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral y del Servicio Nacional de Promoción Profesional realizadas en 2004-2005. Además, el Gobierno incluyó en su memoria indicaciones sobre las iniciativas realizadas a favor del aprendizaje dual para jóvenes. La Comisión pide al Gobierno que continúe incluyendo en su próxima memoria informaciones sobre los programas y proyectos realizados para asegurar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo, indispensable para que cada trabajador tenga todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y utilizar en dicho empleo la formación y facultades que posea.

4. Cooperación técnica de la OIT. La Comisión toma nota con interés de que en el marco de un proyecto para la homogeneización y comparabilidad de indicadores laborales en el MERCOSUR — ejecutado con el apoyo de la OIT — se ha realizado una revisión conceptual y metodológica sobre la medición de los fenómenos laborales en los países del MERCOSUR para definir una batería de indicadores armonizados del mercado del trabajo. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, se incluyan indicaciones sobre las iniciativas que han contado con el apoyo de la OIT para promover, tanto a nivel nacional como subregional, los objetivos de reducción de la pobreza y generación de empleo productivo (parte V del formulario de memoria).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa de 2002, que estaba redactada del modo siguiente:

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno en donde se reconoce la necesidad de crear condiciones para que se generen empleos de buena calidad y se realicen actividades productivas que garanticen a la población mejores ingresos y protección social. El Gobierno se refiere también a un programa de formación y capacitación laboral del Ministerio de Justicia y Trabajo (realizado con el apoyo del BID) y a la reestructuración del Servicio Nacional de Promoción Profesional y creación de un Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre los resultados alcanzados para la generación de empleo productivo por los programas antes mencionados, así como los logros del programa de capacitación para microempresarios y del programa de empleo para jóvenes buscadores de primer empleo.

2. La Comisión recuerda que la recopilación y análisis de información estadística debe servir como base para la adopción de medidas en materia de política de empleo. La Comisión reitera su pedido de informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el conjunto del país y en la medida en que afectan a las categorías más vulnerables de trabajadores (como las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales), que suelen ser quienes más dificultades tienen para encontrar empleo duradero.

3. Artículo 3. La Comisión toma nota con interés de que en el marco del Consejo Tripartito de Diálogo Social se han establecido comisiones (reforma del Estado, empleo y salarios, inversión y política financiera, política social) cuyas competencias están directamente vinculadas con la aplicación del Convenio. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre la manera en que las labores del Consejo Tripartito de Diálogo Social han contribuido a formular y ejecutar una política activa de pleno empleo productivo, como requiere el Convenio.

4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento de que la OIT participa en un programa de apoyo a la elaboración de la estrategia nacional para la reducción de la pobreza en el campo sociolaboral. Según los datos disponibles para 1999, el 33,7 por ciento de la población vive en pobreza y el 15,5 por ciento se encuentra en condiciones de pobreza extrema. La Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno incluirá también indicaciones sobre la acción emprendida como consecuencia de la asistencia recibida de la Oficina para lograr reducir la pobreza y generar empleo productivo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa de 2002, que estaba redactada del modo siguiente:

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno en donde se reconoce la necesidad de crear condiciones para que se generen empleos de buena calidad y se realicen actividades productivas que garanticen a la población mejores ingresos y protección social. El Gobierno se refiere también a un programa de formación y capacitación laboral del Ministerio de Justicia y Trabajo (realizado con el apoyo del BID) y a la reestructuración del Servicio Nacional de Promoción Profesional y creación de un Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre los resultados alcanzados para la generación de empleo productivo por los programas antes mencionados, así como los logros del programa de capacitación para microempresarios y del programa de empleo para jóvenes buscadores de primer empleo.

2. La Comisión recuerda que la recopilación y análisis de información estadística debe servir como base para la adopción de medidas en materia de política de empleo. La Comisión reitera su pedido de informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el conjunto del país y en la medida en que afectan a las categorías más vulnerables de trabajadores (como las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales), que suelen ser quienes más dificultades tienen para encontrar empleo duradero.

3. Artículo 3. La Comisión toma nota con interés de que en el marco del Consejo Tripartito de Diálogo Social se han establecido comisiones (reforma del Estado, empleo y salarios, inversión y política financiera, política social) cuyas competencias están directamente vinculadas con la aplicación del Convenio. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre la manera en que las labores del Consejo Tripartito de Diálogo Social han contribuido a formular y ejecutar una política activa de pleno empleo productivo, como requiere el Convenio.

4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento de que la OIT participa en un programa de apoyo a la elaboración de la estrategia nacional para la reducción de la pobreza en el campo sociolaboral. Según los datos disponibles para 1999, el 33,7 por ciento de la población vive en pobreza y el 15,5 por ciento se encuentra en condiciones de pobreza extrema. La Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno incluirá también indicaciones sobre la acción emprendida como consecuencia de la asistencia recibida de la Oficina para lograr reducir la pobreza y generar empleo productivo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa de 2002, que estaba redactada del modo siguiente:

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno en donde se reconoce la necesidad de crear condiciones para que se generen empleos de buena calidad y se realicen actividades productivas que garanticen a la población mejores ingresos y protección social. El Gobierno se refiere también a un programa de formación y capacitación laboral del Ministerio de Justicia y Trabajo (realizado con el apoyo del BID) y a la reestructuración del Servicio Nacional de Promoción Profesional y creación de un Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre los resultados alcanzados para la generación de empleo productivo por los programas antes mencionados, así como los logros del programa de capacitación para microempresarios y del programa de empleo para jóvenes buscadores de primer empleo.

2. La Comisión recuerda que la recopilación y análisis de información estadística debe servir como base para la adopción de medidas en materia de política de empleo. La Comisión reitera su pedido de informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el conjunto del país y en la medida en que afectan a las categorías más vulnerables de trabajadores (como las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales), que suelen ser quienes más dificultades tienen para encontrar empleo duradero.

3. Artículo 3. La Comisión toma nota con interés de que en el marco del Consejo Tripartito de Diálogo Social se han establecido comisiones (reforma del Estado, empleo y salarios, inversión y política financiera, política social) cuyas competencias están directamente vinculadas con la aplicación del Convenio. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre la manera en que las labores del Consejo Tripartito de Diálogo Social han contribuido a formular y ejecutar una política activa de pleno empleo productivo, como requiere el Convenio.

4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento de que la OIT participa en un programa de apoyo a la elaboración de la estrategia nacional para la reducción de la pobreza en el campo sociolaboral. Según los datos disponibles para 1999, el 33,7 por ciento de la población vive en pobreza y el 15,5 por ciento se encuentra en condiciones de pobreza extrema. La Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno incluirá también indicaciones sobre la acción emprendida como consecuencia de la asistencia recibida de la Oficina para lograr reducir la pobreza y generar empleo productivo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno en donde se reconoce la necesidad de crear condiciones para que se generen empleos de buena calidad y se realicen actividades productivas que garanticen a la población mejores ingresos y protección social. El Gobierno se refiere también a un programa de formación y capacitación laboral del Ministerio de Justicia y Trabajo (realizado con el apoyo del BID) y a la reestructuración del Servicio Nacional de Promoción Profesional y creación de un Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre los resultados alcanzados para la generación de empleo productivo por los programas antes mencionados, así como los logros del programa de capacitación para microempresarios y del programa de empleo para jóvenes buscadores de primer empleo.

2. La Comisión recuerda que la recopilación y análisis de información estadística debe servir como base para la adopción de medidas en materia de política de empleo. La Comisión reitera su pedido de informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el conjunto del país y en la medida en que afectan a las categorías más vulnerables de trabajadores (como las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales), que suelen ser quienes más dificultades tienen para encontrar empleo duradero.

3. Artículo 3. La Comisión toma nota con interés de que en el marco del Consejo Tripartito de Diálogo Social se han establecido comisiones (reforma del Estado, empleo y salarios, inversión y política financiera, política social) cuyas competencias están directamente vinculadas con la aplicación del Convenio. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluirá informaciones sobre la manera en que las labores del Consejo Tripartito de Diálogo Social han contribuido a formular y ejecutar una política activa de pleno empleo productivo, como requiere el Convenio.

4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento de que la OIT participa en un programa de apoyo a la elaboración de la estrategia nacional para la reducción de la pobreza en el campo sociolaboral. Según los datos disponibles para 1999, el 33,7 por ciento de la población vive en pobreza y el 15,5 por ciento se encuentra en condiciones de pobreza extrema. La Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno incluirá también indicaciones sobre la acción emprendida como consecuencia de la asistencia recibida de la Oficina para lograr reducir la pobreza y generar empleo productivo.

Observación (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

La Comisión lamenta comprobar que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar los siguientes asuntos que ya había planteado en sus anteriores comentarios:

1. La Comisión agradecería al Gobierno tener a bien, en su próxima memoria, precisar si se han presentado dificultades particulares para alcanzar los objetivos del empleo enunciados en el programa 1994-1998, e indicar en qué medida se han superado estas dificultades. Mucho se apreciaría poder contar con informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el conjunto del país y en la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores que suelen tener dificultades para encontrar empleo duradero como las mujeres, los jóvenes, los indígenas y trabajadores rurales, así como aquellos trabajadores afectados por los procesos de reestructuración industriales.

2. La Comisión había tomado nota con interés de los progresos para la aplicación del artículo 3 del Convenio, que requiere que se consulten a representantes de las personas interesadas en las medidas que se han de adoptar para promover los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido. Sería particularmente útil, en un mercado del trabajo como el del Paraguay, que las consultas que requiere el Convenio se hagan también con representantes de los trabajadores del sector no estructurado y del sector rural, contemplando eventualmente su participación en los mecanismos formales de consulta. La Comisión agradecería al Gobierno que incluya en su memoria indicaciones sobre los avances registrados al respecto.

3. La Comisión ruega al Gobierno tener a bien comunicar informaciones sobre el desarrollo concreto de las actividades del Servicio Nacional de Empleo, del Programa de Empresas Asociativas Juveniles y del Servicio Nacional de Promoción Profesional de manera de asegurar que los trabajadores que han beneficiado de dichos programas logren acceder al mercado del trabajo y encontrar empleo duradero.

4. La Comisión se remite al formulario de memoria para el artículo 2 del Convenio, donde se requieren indicaciones sobre las medidas tomadas para recopilar y analizar información estadística y de otro tipo sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, naturaleza y extensión del desempleo y tendencias al respecto. Dado que la recopilación y análisis de información estadística debe servir como base para la adopción de medidas en materia de política de empleo, la Comisión confía en que el Gobierno desplegará cuantos esfuerzos estén a su alcance para disponer de las informaciones sobre empleo que se requieren para lograr formular y llevar a cabo una política del empleo, en el sentido del Convenio.

5. La Comisión agradecería al Gobierno que en su memoria incluya datos completos sobre las medidas para la promoción del empleo que se realizan por intermedio del Instituto del Bienestar Rural que le permitan apreciar la manera en que se promueve la aplicación del Convenio en el sector rural y respecto de los indígenas.

6. La Comisión agradecería al Gobierno que también comunique datos sobre la participación del sector no estructurado en la generación de empleo productivo y duradero, así como de los resultados alcanzados para incorporar a los trabajadores independientes y por cuenta propia al sector moderno de la economía.

La Comisión confía en que el Gobierno comunicará una memoria detallada donde se brindarán las informaciones antes solicitadas así como todo otro elemento que el Gobierno considere útil. Por otra parte, la Comisión ha tomado nota de la comunicación de la Secretaría América de la Federación Sindical Mundial (FSM) que transmite las reflexiones del Sindicato de Periodistas del Paraguay sobre despidos que atentan contra el empleo. La Oficina transmitió, en noviembre de 1998, estas observaciones al Gobierno. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno tendrá a bien agregar también sus propios comentarios sobre las cuestiones planteadas por la FSM y sus repercusiones sobre la política del empleo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

Refiriéndose a su observación, la Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria detallada sobre la aplicación del Convenio, se sirva tener a bien incluir indicaciones sobre los siguientes puntos:

1. La Comisión advierte que la mayor parte de los datos sobre empleo que transmite el Gobierno en su memoria conciernen al Departamento Central y al área metropolitana de Asunción. Además, la tasa de desocupación estimada por el estudio realizado por el Departamento de Investigaciones Socioeconómicas de la Facultad de Economía es sólo de 8,6 por ciento frente al 14,4 por ciento estimado por PREALC, en base a proyecciones econométricas. La Comisión se remite al formulario de memoria para el artículo 2 del Convenio, donde se requieren indicaciones sobre las medidas tomadas para recopilar y analizar información estadística y de otro tipo sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, naturaleza y extensión del desempleo y tendencias al respecto. Dado que la recopilación y análisis de información estadística debe servir como base para la adopción de medidas en materia de política de empleo, la Comisión confía en que el Gobierno desplegará cuantos esfuerzos estén a su alcance para disponer de las informaciones sobre empleo que se requieren para lograr formular y llevar a cabo una política del empleo, en el sentido del Convenio.

2. La Comisión toma nota de que se viene aplicando una agresiva política de reforma agraria a través del Instituto del Bienestar Rural que otorga y regulariza la posesión de tierras en el sector rural. Se financian también los pequeños emprendimientos rurales. Rogaría al Gobierno que incluya datos completos al respecto que le permitan apreciar la manera en que se promueve la aplicación del Convenio en el sector rural y respecto de los indígenas.

3. El Gobierno indica que al igual que en otros países latinoamericanos se acentúa la tendencia observada hace más de una década y son las microempresas del sector informal y las pequeñas y medianas empresas del sector formal las que absorben la mayor parte de la mano de obra. El Gobierno agrega que el papel de la pequeña empresa como creadora de riqueza y fuente de ocupación de mano de obra es tan importante como tradicional. La Comisión agradecería al Gobierno que continúe brindando datos sobre la participación del sector no estructurado a la generación de empleo productivo y duradero, así como de los resultados alcanzados para incorporar a los trabajadores independientes y por cuenta propia al sector moderno de la economía.

Observación (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

La Comisión lamenta comprobar que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

1. La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno, recibida en enero de 1995. El Gobierno advierte que el mercado de trabajo se ha ido modernizando lentamente a un ritmo reducido pero constante, lo cual se refleja positivamente en la reducción de la ocupación por cuenta propia y el aumento del trabajo asalariado. La cifra de desocupados a nivel nacional sería relativamente baja, pero la subocupación afectaría a un 48 por ciento de la mano de obra, lo que constituye "el problema principal del mercado laboral". Las causales de la subocupación radicarían en factores tanto demográficos como económicos, la infraestructura económica del sector formal no puede satisfacer adecuadamente la demanda de trabajo, y es el sector informal el que sirve de refugio a un gran porcentaje de la mano de obra disponible. Como el subempleo afecta con mayor intensidad a los trabajadores del sector rural, los esfuerzos del Gobierno se concentran en dicha área. Un programa de desarrollo económico y social para 1994-1998 tiene como objetivo la creación de empleos en actividades de mayor productividad, aumento de la productividad y de los ingresos en actividades rezagadas (pequeñas empresas y microempresas urbanas y pequeños productores rurales), ampliación de las redes de seguridad en el empleo. La Comisión agradecería al Gobierno tener a bien, en su próxima memoria, precisar si se han presentado dificultades particulares para alcanzar los objetivos del empleo enunciados en el programa mencionado, e indicar en qué medida se han superado estas dificultades. Mucho se apreciaría poder seguir contando con informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el conjunto del país y en la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores que suelen tener dificultades para encontrar empleo duradero como las mujeres, los jóvenes, los indígenas y trabajadores rurales, así como aquellos trabajadores afectados por los procesos de reestructuración industriales.

2. En relación con comentarios que desde hace muchos años viene formulando, la Comisión toma nota de que se han incluido en la memoria informaciones sobre una política de diálogo y concertación promovida desde el Ministerio de Justicia y Trabajo. Se ha instaurado una mesa negociadora tripartita cuyos temas centrales son los salarios, la elaboración y propuestas de programas de empleo, y la seguridad social. La Comisión toma nota con interés de este progreso para la aplicación del artículo 3 del Convenio, que requiere que se consulten a representantes de las personas interesadas en las medidas que se han de adoptar para promover los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido. Sería particularmente útil, en un mercado del trabajo como el que describe el Gobierno, que las consultas que requiere el Convenio se hagan también con representantes de los trabajadores del sector no estructurado y del sector rural, contemplando eventualmente su participación en los mecanismos formales de consulta que se evocan en la memoria. La Comisión agradecería al Gobierno que incluya indicaciones sobre los nuevos avances que se registren al respecto.

3. En respuesta a comentarios precedentes, el Gobierno indica que es objetivo primordial del Gobierno el desarrollo de sus recursos humanos a través de la capacitación y mejoramiento de las oportunidades laborales. Se ofrece a los trabajadores servicios gratuitos de orientación y formación profesionales, mediante el Servicio Nacional de Empleo, el Programa de Empresas Asociativas Juveniles y el Servicio Nacional de Promoción Profesional. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno en cuanto que estos esfuerzos pretenden no sólo coordinar las políticas y acciones de formación profesional con las perspectivas reales del empleo, sino también procurar que los jóvenes en especial y los trabajadores en general logren una incorporación efectiva al mercado laboral, con un empleo duradero y/o una actividad productiva plena donde puedan desarrollar al máximo sus potencialidades, tal como lo establecen el Convenio núm. 122, el Convenio núm. 142 y la Recomendación núm. 150 sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975. La Comisión ruega al Gobierno tener a bien continuar brindando informaciones sobre el desarrollo concreto de las actividades antes mencionadas de manera de asegurar que los trabajadores que han beneficiado de los programas logren acceder al mercado del trabajo y encontrar empleo duradero.

4. En una solicitud, la Comisión formula directamente al Gobierno ciertas cuestiones sobre la aplicación de otros aspectos del Convenio relacionados con la recopilación y análisis de estadísticas, el empleo rural y el empleo en el sector informal.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

Refiriéndose a su observación, la Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria detallada sobre la aplicación del Convenio, se sirva tener a bien incluir indicaciones sobre los siguientes puntos:

1. La Comisión advierte que la mayor parte de los datos sobre empleo que transmite el Gobierno en su memoria conciernen al Departamento Central y al área metropolitana de Asunción. Además, la tasa de desocupación estimada por el estudio realizado por el Departamento de Investigaciones Socioeconómicas de la Facultad de Economía es sólo de 8,6 por ciento frente al 14,4 por ciento estimado por PREALC, en base a proyecciones econométricas. La Comisión se remite al formulario de memoria para el artículo 2 del Convenio, donde se requieren indicaciones sobre las medidas tomadas para recopilar y analizar información estadística y de otro tipo sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, naturaleza y extensión del desempleo y tendencias al respecto. Dado que la recopilación y análisis de información estadística debe servir como base para la adopción de medidas en materia de política de empleo, la Comisión confía en que el Gobierno desplegará cuantos esfuerzos estén a su alcance para disponer de las informaciones sobre empleo que se requieren para lograr formular y llevar a cabo una política del empleo, en el sentido del Convenio.

2. La Comisión toma nota de que se viene aplicando una agresiva política de reforma agraria a través del Instituto del Bienestar Rural que otorga y regulariza la posesión de tierras en el sector rural. Se financian también los pequeños emprendimientos rurales. Rogaría al Gobierno que incluya datos completos al respecto que le permitan apreciar la manera en que se promueve la aplicación del Convenio en el sector rural y respecto de los indígenas.

3. El Gobierno indica que al igual que en otros países latinoamericanos se acentúa la tendencia observada hace más de una década y son las microempresas del sector informal y las pequeñas y medianas empresas del sector formal las que absorben la mayor parte de la mano de obra. El Gobierno agrega que el papel de la pequeña empresa como creadora de riqueza y fuente de ocupación de mano de obra es tan importante como tradicional. La Comisión agradecería al Gobierno que continúe brindando datos sobre la participación del sector no estructurado a la generación de empleo productivo y duradero, así como de los resultados alcanzados para incorporar a los trabajadores independientes y por cuenta propia al sector moderno de la economía.

Observación (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

La Comisión comprueba que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

1. La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno, recibida en enero de 1995. El Gobierno advierte que el mercado de trabajo se ha ido modernizando lentamente a un ritmo reducido pero constante, lo cual se refleja positivamente en la reducción de la ocupación por cuenta propia y el aumento del trabajo asalariado. La cifra de desocupados a nivel nacional sería relativamente baja, pero la subocupación afectaría a un 48 por ciento de la mano de obra, lo que constituye "el problema principal del mercado laboral". Las causales de la subocupación radicarían en factores tanto demográficos como económicos, la infraestructura económica del sector formal no puede satisfacer adecuadamente la demanda de trabajo, y es el sector informal el que sirve de refugio a un gran porcentaje de la mano de obra disponible. Como el subempleo afecta con mayor intensidad a los trabajadores del sector rural, los esfuerzos del Gobierno se concentran en dicha área. Un programa de desarrollo económico y social para 1994-1998 tiene como objetivo la creación de empleos en actividades de mayor productividad, aumento de la productividad y de los ingresos en actividades rezagadas (pequeñas empresas y microempresas urbanas y pequeños productores rurales), ampliación de las redes de seguridad en el empleo. La Comisión agradecería al Gobierno tener a bien, en su próxima memoria, precisar si se han presentado dificultades particulares para alcanzar los objetivos del empleo enunciados en el programa mencionado, e indicar en qué medida se han superado estas dificultades. Mucho se apreciaría poder seguir contando con informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el conjunto del país y en la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores que suelen tener dificultades para encontrar empleo duradero como las mujeres, los jóvenes, los indígenas y trabajadores rurales, así como aquellos trabajadores afectados por los procesos de reestructuración industriales.

2. En relación con comentarios que desde hace muchos años viene formulando, la Comisión toma nota de que se han incluido en la memoria informaciones sobre una política de diálogo y concertación promovida desde el Ministerio de Justicia y Trabajo. Se ha instaurado una mesa negociadora tripartita cuyos temas centrales son los salarios, la elaboración y propuestas de programas de empleo, y la seguridad social. La Comisión toma nota con interés de este progreso para la aplicación del artículo 3 del Convenio, que requiere que se consulten a representantes de las personas interesadas en las medidas que se han de adoptar para promover los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido. Sería particularmente útil, en un mercado del trabajo como el que describe el Gobierno, que las consultas que requiere el Convenio se hagan también con representantes de los trabajadores del sector no estructurado y del sector rural, contemplando eventualmente su participación en los mecanismos formales de consulta que se evocan en la memoria. La Comisión agradecería al Gobierno que incluya indicaciones sobre los nuevos avances que se registren al respecto.

3. En respuesta a comentarios precedentes, el Gobierno indica que es objetivo primordial del Gobierno el desarrollo de sus recursos humanos a través de la capacitación y mejoramiento de las oportunidades laborales. Se ofrece a los trabajadores servicios gratuitos de orientación y formación profesionales, mediante el Servicio Nacional de Empleo, el Programa de Empresas Asociativas Juveniles y el Servicio Nacional de Promoción Profesional. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno en cuanto que estos esfuerzos pretenden no sólo coordinar las políticas y acciones de formación profesional con las perspectivas reales del empleo, sino también procurar que los jóvenes en especial y los trabajadores en general logren una incorporación efectiva al mercado laboral, con un empleo duradero y/o una actividad productiva plena donde puedan desarrollar al máximo sus potencialidades, tal como lo establecen el Convenio núm. 122, el Convenio núm. 142 y la Recomendación núm. 150 sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975. La Comisión ruega al Gobierno tener a bien continuar brindando informaciones sobre el desarrollo concreto de las actividades antes mencionadas de manera de asegurar que los trabajadores que han beneficiado de los programas logren acceder al mercado del trabajo y encontrar empleo duradero.

4. En una solicitud, la Comisión formula directamente al Gobierno ciertas cuestiones sobre la aplicación de otros aspectos del Convenio relacionados con la recopilación y análisis de estadísticas, el empleo rural y el empleo en el sector informal.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

Refiriéndose a su observación, la Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria detallada sobre la aplicación del Convenio, se sirva tener a bien incluir indicaciones sobre los siguiente puntos.

1. La Comisión advierte que la mayor parte de los datos sobre empleo que transmite el Gobierno en su memoria conciernen al Departamento Central y al área metropolitana de Asunción. Además, la tasa de desocupación estimada por el estudio realizado por el Departamento de Investigaciones Socioeconómicas de la Facultad de Economía es sólo de 8,6 por ciento frente al 14,4 por ciento estimado por PREALC, en base a proyecciones econométricas. La Comisión se remite al formulario de memoria para el artículo 2 del Convenio, donde se requieren indicaciones sobre las medidas tomadas para recopilar y analizar información estadística y de otro tipo sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, naturaleza y extensión del desempleo y tendencias al respecto. Dado que la recopilación y análisis de información estadística debe servir como base para la adopción de medidas en materia de política de empleo, la Comisión confía en que el Gobierno desplegará cuantos esfuerzos estén a su alcance para disponer de las informaciones sobre empleo que se requieren para lograr formular y llevar a cabo una política del empleo, en el sentido del Convenio.

2. La Comisión toma nota de que se viene aplicando una agresiva política de reforma agraria a través del Instituto del Bienestar Rural que otorga y regulariza la posesión de tierras en el sector rural. Se financian también los pequeños emprendimientos rurales. Rogaría al Gobierno que incluya datos completos al respecto que le permitan apreciar la manera en que se promueve la aplicación del Convenio en el sector rural y respecto de los indígenas.

3. El Gobierno indica que al igual que en otros países latinoamericanos se acentúa la tendencia observada hace más de una década y son las microempresas del sector informal y las pequeñas y medianas empresas del sector formal las que absorben la mayor parte de la mano de obra. El Gobierno agrega que el papel de la pequeña empresa como creadora de riqueza y fuente de ocupación de mano de obra es tan importante como tradicional. La Comisión agradecería al Gobierno que continúe brindando datos sobre la participación del sector no estructurado a la generación de empleo productivo y duradero, así como de los resultados alcanzados para incorporar a los trabajadores independientes y por cuenta propia al sector moderno de la economía.

Observación (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

1. La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno, recibida en enero de 1995. El Gobierno advierte que el mercado de trabajo se ha ido modernizando lentamente a un ritmo reducido pero constante, lo cual se refleja positivamente en la reducción de la ocupación por cuenta propia y el aumento del trabajo asalariado. La cifra de desocupados a nivel nacional sería relativamente baja, pero la subocupación afectaría a un 48 por ciento de la mano de obra, lo que constituye "el problema principal del mercado laboral". Las causales de la subocupación radicarían en factores tanto demográficos como económicos, la infraestructura económica del sector formal no puede satisfacer adecuadamente la demanda de trabajo, y es el sector informal el que sirve de refugio a un gran porcentaje de la mano de obra disponible. Como el subempleo afecta con mayor intensidad a los trabajadores del sector rural, los esfuerzos del Gobierno se concentran en dicha área. Un programa de desarrollo económico y social para 1994-1998 tiene como objetivo la creación de empleos en actividades de mayor productividad, aumento de la productividad y de los ingresos en actividades rezagadas (pequeñas empresas y microempresas urbanas y pequeños productores rurales), ampliación de las redes de seguridad en el empleo. La Comisión agradecería al Gobierno tener a bien, en su próxima memoria, precisar si se han presentado dificultades particulares para alcanzar los objetivos del empleo enunciados en el programa mencionado, e indicar en qué medida se han superado estas dificultades. Mucho se apreciaría poder seguir contando con informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo en el conjunto del país y en la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores que suelen tener dificultades para encontrar empleo duradero como las mujeres, los jóvenes, los indígenas y trabajadores rurales, así como aquellos trabajadores afectados por los procesos de reestructuración industriales.

2. En relación con comentarios que desde hace muchos años viene formulando, la Comisión toma nota de que se han incluido en la memoria informaciones sobre una política de diálogo y concertación promovida desde el Ministerio de Justicia y Trabajo. Se ha instaurado una mesa negociadora tripartita cuyos temas centrales son los salarios, la elaboración y propuestas de programas de empleo, y la seguridad social. La Comisión toma nota con interés de este progreso para la aplicación del artículo 3 del Convenio, que requiere que se consulten a representantes de las personas interesadas en las medidas que se han de adoptar para promover los objetivos de pleno empleo, productivo y libremente elegido. Sería particularmente útil, en un mercado del trabajo como el que describe el Gobierno, que las consultas que requiere el Convenio se hagan también con representantes de los trabajadores del sector no estructurado y del sector rural, contemplando eventualmente su participación en los mecanismos formales de consulta que se evocan en la memoria. La Comisión agradecería al Gobierno que incluya indicaciones sobre los nuevos avances que se registren al respecto.

3. En respuesta a comentarios precedentes, el Gobierno indica que es objetivo primordial del Gobierno el desarrollo de sus recursos humanos a través de la capacitación y mejoramiento de las oportunidades laborales. Se ofrece a los trabajadores servicios gratuitos de orientación y formación profesionales, mediante el Servicio Nacional de Empleo, el Programa de Empresas Asociativas Juveniles y el Servicio Nacional de Promoción Profesional. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno en cuanto que estos esfuerzos pretenden no sólo coordinar las políticas y acciones de formación profesional con las perspectivas reales del empleo, sino también procurar que los jóvenes en especial y los trabajadores en general logren una incorporación efectiva al mercado laboral, con un empleo duradero y/o una actividad productiva plena donde puedan desarrollar al máximo sus potencialidades, tal como lo establecen el Convenio núm. 122, el Convenio núm. 142 y la Recomendación núm. 150 sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975. La Comisión ruega al Gobierno tener a bien continuar brindando informaciones sobre el desarrollo concreto de las actividades antes mencionadas de manera de asegurar que los trabajadores que han beneficiado de los programas logren acceder al mercado del trabajo y encontrar empleo duradero.

4. En una solicitud, la Comisión formula directamente al Gobierno ciertas cuestiones sobre la aplicación de otros aspectos del Convenio relacionados con la recopilación y análisis de estadísticas, el empleo rural y el empleo en el sector informal.

Observación (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno y de su comunicación de junio de 1993. En esta última, el Gobierno indica que "el problema de los países en vías de desarrollo como el Paraguay está demasiado condicionado por la deuda externa que trabajosamente viene solventando el Paraguay (la nación que menor deuda externa per cápita exhibe en América Latina), las políticas proteccionistas de los países desarrollados y, sobre todo, por autoritarismos superados". Según opina el Gobierno, estas situaciones desventajosas incuestionablemente influyen negativamente en la puesta en práctica de una política del empleo que, sin embargo, no deja de ser un imperativo para el Estado según la nueva Constitución. En efecto, la Comisión advierte que según los artículos 85 y 86 de la nueva Constitución Nacional, adoptada en junio de 1992, "todos los habitantes de la República tienen derecho a un trabajo lícito, libremente escogido y a realizarse en condiciones dignas y justas... El Estado promoverá políticas que tiendan al pleno empleo y a la formación profesional de recursos humanos, dando preferencia al trabajador nacional". La Comisión confía en que el Gobierno indicará en su próxima memoria las medidas adoptadas en aplicación de estas importantes disposiciones constitucionales.

2. De las informaciones transmitidas por el Gobierno se desprende que la tasa de desempleo abierto a nivel nacional alcanzaba el 10,4 por ciento en 1991. Esta tasa representa un aumento neto con respecto a la de 1989 (6,7 por ciento). Este aumento del desempleo abierto coincide con la disminución de la actividad económica y de las exportaciones, en un marco general de recesión económica. La tasa de desocupación abierta en el área metropolitana de Asunción es del 5,1 por ciento de la población económicamente activa, correspondiendo un 41 por ciento de ella a las mujeres y un 59 por ciento a los hombres, mientras que la tasa del subempleo - que refleja el gran crecimiento del sector informal - se ha estimado en un 9,5 por ciento y afectaba a casi 50.000 trabajadores precarios en 1991. En su memoria, el Gobierno menciona diversos programas a medidas tales como los créditos otorgados por el Banco Nacional de Fomento para la creación de nuevos empleos en el sector público pues el Estado continúa siendo una de las principales fuentes de trabajo, la expansión de la red de energía eléctrica y de provisión de agua potable, proyectos de desarrollo rural (en la zona de Caazapá y en favor de asentamientos rurales en el marco de la reforma agraria). La Comisión agradecería al Gobierno que indicase en su próxima memoria todas las medidas tomadas en función de los datos anteriores sobre el carácter y la amplitud del desempleo, para garantizar que los aspectos principales de la política seguida en materia de empleo se determinan y revisan regularmente como parte integrante de una política económica y social coordinada (artículos 1 y 2 del Convenio).

3. En sus comentarios precedentes, la Comisión se había referido a los programas para coordinar las políticas de enseñanza y formación profesional con las perspectivas de obtener empleo. A este respecto, toma nota con interés del informe anual de actividades del Servicio Nacional de Promoción Profesional, así como del informe de la Dirección General de Recursos Humanos que evalúa lo realizado hasta el 31 de octubre de 1992 por el programa de promoción de empresas juveniles, realizado en base a un proyecto de cooperación técnica de la OIT. La Comisión agradecería al Gobierno que continúe brindando informaciones sobre el desarrollo de estas actividades y las medidas adoptadas o previstas para asegurar que los trabajadores se beneficien de las actividades de estos programas y logren acceder al mercado de trabajo y encontrar empleo duradero. La Comisión recuerda el interés que pueden tener a este respecto las normas de 1975 sobre el desarrollo de recursos humanos (Convenio núm. 142 y Recomendación núm. 150), y su Estudio general de 1991 sobre esta materia.

4. Desde hace varios años la Comisión se ve obligada a referirse a la aplicación del artículo 3 del Convenio, disposición que requiere se consulten a los representantes de los medios interesados en las medidas a tomar, en particular los de las organizaciones de empleadores y de trabajadores para tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones, además de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución. La Comisión comprueba que el Gobierno ha omitido facilitar en su memoria indicaciones precisas al respecto. Toma nota de que, en su declaración, el Gobierno se refiere a las posibles perspectivas de reanudar el diálogo luego de la asunción de las nuevas autoridades - el 15 de agosto de 1993 - con objeto de definir políticas y estrategias que se concreten en políticas de empleo. La Comisión no puede sino reiterar su confianza en que la próxima memoria del Gobierno contendrá todas las indicaciones que se solicitan en el formulario de memoria sobre las consultas que, en el campo de la política del empleo, se deben realizar con representantes de los medios interesados, comprendidas las personas que trabajan en el sector rural y el sector no estructurado de la economía.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

La Comisión toma nota de que no ha sido recibida la correspondiente memoria. La Comisión espera que una memoria será enviada para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contendrá informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior que estaba así redactada:

La Comisión se refiere a su observación, y agradecería al Gobierno incluir, en su próxima memoria, indicaciones relativas a los siguientes asuntos:

1. La Comisión ha tomado nota con interés de la información relativa al seguimiento de egresados del Servicio Nacionl de Promoción Profesional. Sírvase continuar brindando informaciones actualizadas que permitan asegurar que los trabajadores que benefician de las actividades del Servicio Nacional de Promoción Profesional pueden utilizar la formación recibida. El Gobierno podría referirse a los instrumentos de 1975 sobre desarrollo de los recursos humanos (Convenio núm. 142 y Recomendación núm. 150), así como a su Estudio general de 1991 sobre el mismo tema.

2. El Gobierno declara que las obras públicas constituyen en sí medidas compensatorias de empleo. Sírvase brindar indicaciones sobre el impacto en el mercado de trabajo de las obras públicas realizadas. El Gobierno podría estimar útil referirse a las disposiciones de la Recomendación núm. 169 sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 - que se anexa al formulario de memoria para el Convenio - sobre los programas de inversión pública y los programas especiales de obras públicas.

3. El Gobierno considera que la tasa de desempleo sería del orden del 4 por ciento, pero uno de los problemas principales sería el subempleo. Sírvase continuar brindando informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, en particular en la medida en que se encuentra afectado el empleo urbano y el empleo rural, por una parte; y ciertas categorías de trabajadores, tales como las mujeres, los minusválidos, los trabajadores de edad, los desempleados durante un largo período, los trabajadores migrantes y los trabajadores afectados por reestructuraciones, por la otra.

4. Sírvase brindar la información disponible sobre las actividades realizadas y el impacto logrado por las medidas en favor del empleo juvenil adoptadas por la Dirección para la Promoción de la Juventud. En especial, sírvase indicar toda acción emprendida como consecuencia del proyecto PAR/85/005 - ejecutado por la OIT - sobre "participación de la juventud en el desarrollo".

5. Sírvase continuar incluyendo indicaciones sobre las acciones emprendidas por la Fundación Paraguaya de Cooperación y Desarrollo en el campo del empleo, en particular en apoyo de microempresarios.

Observación (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

La Comisión comprueba que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno. El Gobierno indica que desde la apertura hacia un sistema democrático, se elaboró un plan nacional de desarrollo económico y social para el bienio 1989/1990. La Comisión destaca con interés de que el primero de los objetivos del sector empleo y recursos humanos es el de "mantener el ritmo de crecimiento de la absorción de la fuerza de trabajo, buscando acercar a la economía nacional a una situación de pleno empleo". Los otros objetivos se refieren a la articulación entre los sectores formal e informal, al incremento progresivo de las remuneraciones reales; a elevar el nivel de calificación técnica, gerencial y profesional de la mano de obra; a mejorar las relaciones obrero-patronales y al mejoramiento de los mecanismos de recolección e interpretación de datos sobre el mercado de trabajo, y a establecer una mayor coordinación entre las instituciones vinculadas a la temática laboral. El Gobierno agrega en su memoria que para el cumplimiento de estos objetivos se están realizando varios esfuerzos tanto en el sector público como en el sector privado, asumiendo la revisión de varias leyes tales como la relacionada a las inversiones, el código de trabajo, la ley impositiva y muchas otras relacionadas directa o indirectamente a la problemática del empleo. El empleo se ha intensificado fuertemente en el sector informal, aún más, este empleo no captado por las formas estadísticas vigentes, es causa importante de la disminución del desempleo abierto pero al mismo tiempo ha elevado en forma acentuada el subempleo (estimado en un 40 por ciento) en actividades autogeneradas de escasa remuneración. Dada una población predominantemente joven que crece y se urbaniza a una tasa muy significativa, el Gobierno acuerda una especial importancia al desarrollo del empleo juvenil, para lo cual cuenta con la asistencia técnica de la Oficina. Además, tal como lo establecen los artículos 1 y 2 del Convenio, se han tomado medidas para coordinar las acciones de formación profesional con la prospección de las oportunidades de empleo y para recopilar y analizar la información sobre el mercado del trabajo como fase para la adopción de medidas de política del empleo. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno tendrá a bien indicar el grado en que se han alcanzado los objetivos fijados por el plan nacional de desarrollo económico y social 1989/1990 (45.000 nuevos empleos por año), y que podrá también brindar precisiones sobre las medidas adoptadas en aplicación de los "lineamientos de políticas del empleo y recursos humanos" expuestos en el plan. Sírvase precisar las eventuales dificultades que se hayan presentado para llevar a cabo una política activa destinada a fomentar el pleno empleo.

2. En relación con los comentarios que la Comisión viene formulando desde hace varios años sobre la aplicación del artículo 3, el Gobierno indica en su memoria que los representantes de los trabajadores y empleadores tienen plena participación en los consejos que integran, pero las medidas de política del empleo no son tratadas en toda su amplitud en dichas instancias (tales como el Instituto de Previsión Social, el Servicio Nacional de Promoción Profesional, el Banco Nacional de Trabajadores, el Consejo Nacional de Salarios Mínimos o la Junta Permanente de Conciliación y Arbitraje). El Gobierno agrega que se observa, desde que asumieron las nuevas autoridades, una mayor apertura e interés, tanto por parte del estamento gubernamental como por parte de los demás actores sociales que intervienen en la problemática del empleo. La Comisión confía en que el Gobierno estará en condiciones de agregar, en su próxima memoria, indicaciones sobre los progresos que también se hayan alcanzado en relación con las consultas que en materia de política del empleo, se hayan podido celebrar con los representantes de las personas interesadas (representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, y asimismo representantes de otros sectores de la población económicamente activa, tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado). La Comisión recuerda que, tratándose del objeto de las consultas, el artículo 3 del Convenio, prevé que tales consultas deberían celebrarse "con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución".

3. En una solicitud directa, la Comisión requiere indicaciones sobre ciertos aspectos de la aplicación del Convenio (el impacto de las actividades del Servicio Nacional de Promoción Profesional y de las obras públicas en curso, datos estadísticos sobre el mercado de trabajo y la situación de ciertas categorías de trabajadores; el empleo juvenil y los programas en apoyo a los microempresarios).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

La Comisión se refiere a su observación, y agradecería al Gobierno incluir, en su próxima memoria, indicaciones relativas a los siguientes asuntos:

1. La Comisión ha tomado nota con interés de la información relativa al seguimiento de egresados del Servicio Nacionl de Promoción Profesional. Sírvase continuar brindando informaciones actualizadas que permitan asegurar que los trabajadores que benefician de las actividades del Servicio Nacional de Promoción Profesional pueden utilizar la formación recibida. El Gobierno podría referirse a los instrumentos de 1975 sobre desarrollo de los recursos humanos (Convenio núm. 142 y Recomendación núm. 150), así como a su Estudio general de 1991 sobre el mismo tema.

2. El Gobierno declara que las obras públicas constituyen en sí medidas compensatorias de empleo. Sírvase brindar indicaciones sobre el impacto en el mercado de trabajo de las obras públicas realizadas. El Gobierno podría estimar útil referirse a las disposiciones de la Recomendación núm. 169 sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 - que se anexa al formulario de memoria para el Convenio - sobre los programas de inversión pública y los programas especiales de obras públicas.

3. El Gobierno considera que la tasa de desempleo sería del orden del 4 por ciento, pero uno de los problemas principales sería el subempleo. Sírvase continuar brindando informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, en particular en la medida en que se encuentra afectado el empleo urbano y el empleo rural, por una parte; y ciertas categorías de trabajadores, tales como las mujeres, los minusválidos, los trabajadores de edad, los desempleados durante un largo período, los trabajadores migrantes y los trabajadores afectados por reestructuraciones, por la otra.

4. Sírvase brindar la información disponible sobre las actividades realizadas y el impacto logrado por las medidas en favor del empleo juvenil adoptadas por la Dirección para la Promoción de la Juventud. En especial, sírvase indicar toda acción emprendida como consecuencia del proyecto PAR/85/005 - ejecutado por la OIT - sobre "participación de la juventud en el desarrollo".

5. Sírvase continuar incluyendo indicaciones sobre las acciones emprendidas por la Fundación Paraguaya de Cooperación y Desarrollo en el campo del empleo, en particular en apoyo de microempresarios.

Observación (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno. El Gobierno indica que desde la apertura hacia un sistema democrático, se elaboró un plan nacional de desarrollo económico y social para el bienio 1989/1990. La Comisión destaca con interés de que el primero de los objetivos del sector empleo y recursos humanos es el de "mantener el ritmo de crecimiento de la absorción de la fuerza de trabajo, buscando acercar a la economía nacional a una situación de pleno empleo". Los otros objetivos se refieren a la articulación entre los sectores formal e informal, al incremento progresivo de las remuneraciones reales; a elevar el nivel de calificación técnica, gerencial y profesional de la mano de obra; a mejorar las relaciones obrero-patronales y al mejoramiento de los mecanismos de recolección e interpretación de datos sobre el mercado de trabajo, y a establecer una mayor coordinación entre las instituciones vinculadas a la temática laboral. El Gobierno agrega en su memoria que para el cumplimiento de estos objetivos se están realizando varios esfuerzos tanto en el sector público como en el sector privado, asumiendo la revisión de varias leyes tales como la relacionada a las inversiones, el código de trabajo, la ley impositiva y muchas otras relacionadas directa o indirectamente a la problemática del empleo. El empleo se ha intensificado fuertemente en el sector informal, aún más, este empleo no captado por las formas estadísticas vigentes, es causa importante de la disminución del desempleo abierto pero al mismo tiempo ha elevado en forma acentuada el subempleo (estimado en un 40 por ciento) en actividades autogeneradas de escasa remuneración. Dada una población predominantemente joven que crece y se urbaniza a una tasa muy significativa, el Gobierno acuerda una especial importancia al desarrollo del empleo juvenil, para lo cual cuenta con la asistencia técnica de la Oficina. Además, tal como lo establecen los artículos 1 y 2 del Convenio, se han tomado medidas para coordinar las acciones de formación profesional con la prospección de las oportunidades de empleo y para recopilar y analizar la información sobre el mercado del trabajo como fase para la adopción de medidas de política del empleo. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno tendrá a bien indicar el grado en que se han alcanzado los objetivos fijados por el plan nacional de desarrollo económico y social 1989/1990 (45.000 nuevos empleos por año), y que podrá también brindar precisiones sobre las medidas adoptadas en aplicación de los "lineamientos de políticas del empleo y recursos humanos" expuestos en el plan. Sírvase precisar las eventuales dificultades que se hayan presentado para llevar a cabo una política activa destinada a fomentar el pleno empleo.

2. En relación con los comentarios que la Comisión viene formulando desde hace varios años sobre la aplicación del artículo 3, el Gobierno indica en su memoria que los representantes de los trabajadores y empleadores tienen plena participación en los consejos que integran, pero las medidas de política del empleo no son tratadas en toda su amplitud en dichas instancias (tales como el Instituto de Previsión Social, el Servicio Nacional de Promoción Profesional, el Banco Nacional de Trabajadores, el Consejo Nacional de Salarios Mínimos o la Junta Permanente de Conciliación y Arbitraje). El Gobierno agrega que se observa, desde que asumieron las nuevas autoridades, una mayor apertura e interés, tanto por parte del estamento gubernamental como por parte de los demás actores sociales que intervienen en la problemática del empleo. La Comisión confía en que el Gobierno estará en condiciones de agregar, en su próxima memoria, indicaciones sobre los progresos que también se hayan alcanzado en relación con las consultas que en materia de política del empleo, se hayan podido celebrar con los representantes de las personas interesadas (representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, y asimismo representantes de otros sectores de la población económicamente activa, tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado). La Comisión recuerda que, tratándose del objeto de las consultas, el artículo 3 del Convenio, prevé que tales consultas deberían celebrarse "con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución".

3. En una solicitud directa, la Comisión requiere indicaciones sobre ciertos aspectos de la aplicación del Convenio (el impacto de las actividades del Servicio Nacional de Promoción Profesional y de las obras públicas en curso, datos estadísticos sobre el mercado de trabajo y la situación de ciertas categorías de trabajadores; el empleo juvenil y los programas en apoyo a los microempresarios).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

La Comisión se refiere a su observación y a sus comentarios anteriores. Agradecería al Gobierno incluir, en su próxima memoria, indicaciones relativas a los siguientes asuntos.

1. La Comisión ha tomado nota con interés de que durante el período 1985-1988 se han creado varias escuelas de formación técnica; 50 por ciento de las mismas se encuentran en el interior del país, y se ha matriculado un total de 11 745 personas (en 1986). Además, se ha promulgado una nueva ley del Servicio Nacional de Promoción Profesional. Sírvase enviar copia del texto de la ley promulgada en 1987; y agregar datos sobre los resultados alcanzados por el Servicio Nacional de Promoción Profesional para que los egresados obtengan un empleo en donde puedan utilizar la formación recibida.

2. La Comisión ha tomado nota con interés de las informaciones sobre los proyectos de inversión pública y los datos relativos a las obras públicas realizadas o en curso de terminación. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre los puestos de trabajo creados merced a las intervenciones del Instituto de Desarrollo Municipal (IDM). Sírvase, asimismo, indicar las medidas previstas para compensar las eventuales supresiones de puestos de trabajo provocadas por la finalización de las obras públicas todavía en curso.

3. La Comisión ha tomado nota de los datos sobre la evolución del empleo y del desempleo correspondientes a Asunción y al Area Metropolitana. De acuerdo con los datos disponibles en la Oficina, las tasas de desempleo abierto en el resto del país alcanzarían un 11 por ciento (estimación del Banco Central del Paraguay, publicada por CEPAL en el Estudio económico de América Latina y el Caribe (1988). Sírvase continuar brindando datos estadísticos sobre la evolución del mercado del trabajo, en particular en el sector rural, indicando en qué medida dichos datos son utilizados como base para la adopción de medidas en materia de política del empleo.

4. Sírvase indicar las acciones emprendidas en materia de política del empleo como consecuencia del proyecto PAR/85/005 "Participación de la juventud en el desarrollo"; y continuar suministrando informaciones sobre las "empresas asociativas juveniles de producción", mencionadas por el Gobierno en su memoria.

5. Parte V del formulario de memoria. Sírvase indicar la acción emprendida, o los factores que la hayan impedido o retrasado, como consecuencia del proyecto de asistencia técnica que se lleva a cabo en el marco del Programa Mundial del Empleo PAR/88/003 "Diagnóstico del sector informal urbano y apoyo a la microempresa".

Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno. En una observación anterior, la Comisión había requerido informaciones sobre la aplicación de los artículos 1, 2 y 3 del Convenio. En particular, se solicitaron indicaciones sobre el grado en que se habían alcanzado los objetivos en materia de empleo que figuran en los planes y programas de desarrollo, especialmente en el Plan nacional de desarrollo económico y social 1985-1989; las medidas adoptadas para coordinar las políticas de enseñanza y de formación profesional con la prospección de las oportunidades de empleo; informaciones estadísticas sobre la situación del mercado del trabajo y sobre las consecuencias que para la creación de empleos han tenido medidas tales como los grandes proyectos de obras públicas y los principales programas de colonización y asentamientos agrícolas. Además, se solicitaban informaciones detalladas sobre la manera en que se aseguraban las consultas y colaboración con los representantes de las personas interesadas en relación con la política del empleo.

2. El Gobierno ofrece en su respuesta una descripción de la evolución reciente de la economía de donde se desprende que el proceso de recuperación económica iniciado a partir de 1984 prosiguió en 1987 y 1988. El PIB aumentó de 4,3 por ciento y 6,2 por ciento en 1987 y 1988, respectivamente. Los datos suministrados sobre la situación del empleo para 1986 y 1987 muestran una disminución del número de desocupados pese al aumento de la población activa. Analizando los factores externos que obstaculizan el crecimiento de la producción y del empleo, la memoria se refiere en especial a los términos del intercambio, al aumento de las tasas de interés, a la carga del endeudamiento exterior. En este sentido, la memoria brinda informaciones detalladas sobre el monto, la composición y la evolución de la deuda externa, cuyo saldo representó en 1987, 48,3 por ciento del PIB; la carga del servicio de la deuda sobre el valor de las exportaciones se estima en cerca del 70 por ciento. El Gobierno advierte que si en los próximos años, el Paraguay ha de atender regularmente el servicio de la deuda externa, será sin duda a costa de reducir al mínimo su tasa de crecimiento económico. El Gobierno agrega que lo anterior pone de manifiesto la conveniencia de plantear a los organismos de cooperación internacional, y a los acreedores del sector externo, una nueva política en cuanto al servicio regular de la deuda externa. Según el Gobierno, una reducción importante de la carga del servicio de la deuda externa permitirá volver a niveles de crecimiento económico que el país había conocido en el pasado.

3. La Comisión toma nota de las informaciones anteriores y agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya también las indicaciones que requiere el formulario de memoria para los artículos 1 y 2 del Convenio. Por ejemplo, que precisara los objetivos de empleo que figuran en los planes y programas de desarrollo que se ejecutan actualmente y que describa las principales medidas de política del empleo, así como también los procedimientos adoptados para garantizar que los efectos en el empleo de las medidas tomadas para fomentar el desarrollo económico o para lograr otros objetivos económicos y sociales son tomados en consideración.

4. La Comisión toma nota de que la consulta y colaboración de los empleadores y de los trabajadores se asegura a través de su participación permanente prevista en consejos tales como el Consejo de Estado, el Instituto de Previsión Social, el Servicio Nacional de Promoción Profesional, el Banco Nacional de Trabajadores, el Consejo Nacional de Salarios Mínimos y la Junta Permanente de Conciliación y Arbitraje. La Comisión agradecería al Gobierno incluir en su próxima memoria indicaciones sobre las medidas de política del empleo que han sido tratadas por los consejos mencionados, así como las consultas realizadas con representantes de otros sectores de la población económicamente activa, tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado. La Comisión recuerda que, tratándose del objeto de las consultas, el artículo 3 del Convenio prevé que los representantes de las personas interesadas deberían ser consultados "con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución".

5. La Comisión requiere en una solicitud directa indicaciones sobre otros asuntos relacionados con la aplicación del Convenio.

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