C029 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 1, 1), artículo 2, 1), y artículo 25 del Convenio. Trata de personas.
Artículos 1, 1), y 2, 1). Trabajadores en situación de vulnerabilidad en las minas ilegales y riesgo de trabajo forzoso.
C029 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 2, 2), a). Carácter puramente militar de los trabajos realizados en el
marco del servicio nacional obligatorio.
C098 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
C098 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículos 1 y 2. Protección adecuada contra la discriminación y la injerencia
antisindicales.
Artículos 2 y 4. Pactos colectivos con trabajadores no sindicalizados.
Artículo 4. Ámbito personal de la negociación colectiva. Aprendices.
Temas abarcados por la negociación colectiva. Pensiones.
Promoción de la negociación colectiva en el sector público.
Promoción de la negociación colectiva en el sector privado.
Resolución de conflictos.
C138 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 1 del Convenio. Política nacional para la abolición del trabajo
infantil y aplicación en la práctica.
Artículo 2, 3) del Convenio. Escolaridad obligatoria. La Comisión había
alentado al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para garantizar que todos los niños
y niñas asistan a la escuela al menos hasta los 15 años de edad (tal como lo dispone
el artículo 67 de la Constitución Política).
Artículo 9, 1). Sanciones e inspección del trabajo.
C182 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 3del Convenio. Peores formas de trabajo infantil. Apartado b). Utilización, reclutamiento u oferta de niños para la producción de pornografía o actuaciones pornográficas.
Artículo 7, 2). Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado b). Asistencia directa para librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil. Trabajo infantil en las minas artesanales.
Apartados a) y d). Impedir la ocupación de niños y niñas en las peores formas de trabajo infantil. Niños particularmente expuestos a riesgo. Niños pertenecientes a grupos indígenas y grupos minoritarios.
Artículo 8. Cooperación internacional.
C182 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 3, a) y 7, 1) y 2), b) del Convenio. Peores formas de trabajo
infantil. Venta y trata de niños, sanciones y medidas efectivas y en un plazo
determinado. Apartado b). Asistencia directa para librar a los niños de las peores
formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitación. Venta y trata de niños.
Artículo 3, b) y 7, 1). Utilización, reclutamiento u oferta de niños para la
prostitución y sanciones.
Artículos 3, d) y 4, 1). Determinación de tipos de trabajo considerados como
peligrosos. Trabajo doméstico infantil.