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Informe provisional - Informe núm. 165, Junio 1977

Caso núm. 823 (Chile) - Fecha de presentación de la queja:: 12-AGO-75 - Cerrado

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  1. 49. El Comité ya examinó este caso en febrero, mayo y noviembre de 1976, y presentó un informe provisional en cada una de estas reuniones.
  2. 50. Los alegatos de los querellantes todavía pendientes de examen se refieren a la detención o desaparición de sindicalistas o ex sindicalistas, y a la financiación de las organizaciones sindicales agrícolas. En nuevas quejas se alega, además, que fue asaltado un local sindical.

A. A. Alegatos de los querellantes

A. A. Alegatos de los querellantes
  • Detención o desaparición de sindicalistas o de ex sindicalistas
    1. 51 Los querellantes habían comunicado los nombres de muchos dirigentes o ex dirigentes sindicales y de trabajadores que habían sido detenidos o que habían desaparecido. El Gobierno facilitó ciertas informaciones sobre varias de las personas citadas por los querellantes. Manifestó, además, repetidamente, que no se ha detenido a nadie por su calidad de sindicalista o por sus actividades sindicales, sino por infracciones a las leyes vigentes o por razones de orden público.
    2. 52 En su reunión de noviembre de 1976, el Comité recomendó al Consejo de Administración:
      • - que tomara nota con interés de que varios de los sindicalistas detenidos habían sido puestos en libertad, pero que recordara de nuevo al Gobierno que la detención por las autoridades de sindicalistas contra los cuales no se ha encontrado motivo alguno de inculpación podía restringir gravemente la libertad sindical;
      • - que observara que algunas de las personas mencionadas por los querellantes seguían todavía detenidas sin comparecer ante los tribunales, y que señalara que la rápida comparecencia de un sindicalista detenido ante el juez competente es una de las libertades civiles que las autoridades deben asegurar, a fin de garantizar mayor efectividad al ejercicio de los derechos sindicales;
      • - que lamentara que, a pesar de las reiteradas peticiones del Consejo de Administración, el Gobierno no hubiera indicado los hechos precisos que pudieran motivar la detención de determinadas personas en virtud del estado de sitio;
      • - que expresara su preocupación por los alegatos según los cuales algunos sindicalistas habrían desaparecido después de su detención; que pidiera al Gobierno que procediera a nuevas indagaciones con respecto a ciertas personas sobre las cuales declara que carece de informaciones, y que comunicara lo antes posible los resultados de tales indagaciones;
      • - que tomara nota, sin embargo, de que ciertas personas que habrían sido detenidas habían salido del país;
      • - que pidiera al Gobierno que diera informaciones sobre la situación de determinadas personas sobre las cuales no había comunicado todavía ninguna respuesta.
    3. 53 En su 201.a reunión (noviembre de 1976), el Consejo de Administración decidió solicitar del Gobierno de Chile que diera informaciones sobre los nombres de los sindicalistas puestos en libertad y de los que continuaban detenidos, así como sobre las acusaciones que habían motivado tal detención.
    4. 54 A tal efecto, la OIT comunicó al Gobierno una lista de 66 personas cuyos nombres figuran en el anexo al informe de la Comisión de Investigación y de Conciliación en Materia de Libertad Sindical, o han sido comunicados por los querellantes con motivo del presente caso, incluidos los que figuran en nuevas comunicaciones de la unión Internacional de Sindicatos de Trabajadores de la Construcción, Madera y Materiales de Construcción, y de la Unión Internacional de Sindicatos de Trabajadores de Servicios Públicos y Similares, de fechas 4 y 9 de noviembre de 1976, respectivamente.
    5. 55 Después, la Federación Sindical Mundial (24 de noviembre de 1976, y 6 y 27 de enero de 1977) y la Confederación Mundial del Trabajo (28 de enero de 1977) han enviado nuevas comunicaciones relativas a la detención o el secuestro de sindicalistas o ex sindicalistas por la DINA (Dirección de inteligencia Nacional), y con otros alegatos. La lista de las 24 personas citadas en estas quejas, cuyos nombres no habían sido todavía comunicados, fueron transmitidos al Gobierno para que formulara sus observaciones.
    6. 56 El Gobierno envió informaciones los días 17 de noviembre y 6 de diciembre de 1976, 12 y 21 de enero de 1977, y 3, 8, 14, 16 y 22 de febrero de 1977.
    7. 57 En su comunicación del 21 de enero de 1977, el Gobierno dice que el estado de sitio, en el grado de seguridad interna, estará en vigor hasta el 11 de marzo de 1977, a fin de salvaguardar la seguridad nacional. Las autoridades reexaminarán entonces la situación para determinar si procede mantener o moderar la aplicación del estado de sitio.
    8. 58 En lo que se refiere a la detención de los sindicalistas, el Gobierno dice que se los ha asimilado a "presos políticos", englobando bajo este término diversas categorías de personas que han infringido la legislación vigente. El Gobierno distingue a tal respecto cuatro categorías de personas:
    9. 1) Detenidos que han sido procesados y condenados por infringir la ley sobre control de armas.
  • Esta ley fue aprobada en julio de 1972, y reconoce a los tribunales militares competencia para indagar sobre ciertos delitos. Desde esa fecha, los tribunales militares empezaron a efectuar registros y a juzgar a los responsables. Posteriormente continuaron esta misión, y encontraron cerca de 100.000 armas. Más del 90 por ciento de las personas procesadas por los tribunales militares lo fueron por haber infringido la ley sobre control de armas, y, por tanto, deben calificarse como delincuentes comunes y no como "presos políticos".
    1. 2) Detenidos que han sido procesados o condenados por infracción al Código de Justicia Militar.
  • Estas personas tampoco pueden, según el Gobierno, ser consideradas como "presos políticos", sino como simples delincuentes de derecho común.
    1. 3) Infractores de la ley de seguridad interior del Estado.
  • Esta ley fue promulgada el 6 de agosto de 1958 y contiene disposiciones tendientes a resguardar la seguridad de la comunidad nacional, especialmente frente a cualquier intento de terrorismo o extremismo, configurando tipos penales que se califican como delitos comunes. Según el Gobierno, es necesario poner fin a la violencia como herramienta política. Por tanto, prosigue diciendo, no puede aceptarse que quienes estuvieron procesados por algunos de los delitos previstos en la ley de seguridad interior del Estado sean considerados como "presos políticos".
    1. 4) Detenidos en virtud del estado de sitio.
  • El Gobierno dice que en noviembre de 1976 dispuso la liberación total de esos detenidos, salvo dos personas.
    1. 59 El Gobierno declara, para concluir, que no existen actualmente presos políticos en Chile. Dice también que, desde que lo permitieron las circunstancias, se llegó a un proceso paralelo de morigeración de las penas a que se hicieron acreedores los infractores del Código de Justicia Militar. En virtud de sus normas, el Presidente de la República concedió los beneficios del indulto conmutativo (conmutación de la pena por extrañamiento) a 918 personas condenadas, y otras 198 personas condenadas a penas de relegación recuperaron incondicionalmente la facultad de desplazarse libremente dentro del territorio nacional.
    2. 60 En lo que se refiere a las listas de personas que le fueron enviadas después de la reunión precedente del Comité, el Gobierno, en sus diversas comunicaciones, ha dado informaciones sobre 51 de dichas personas; además, entre la reunión del Comité de noviembre de 1976 y el envío de las listas por la OIT, el Gobierno había dado informaciones sobre otras seis personas, con lo que, en total, ha facilitado informaciones de 57 personas. En su comunicación del 21 de enero de 1977, el Gobierno precisa que facilitará otras informaciones el 1.° de abril de 1977. De las informaciones actuales se desprende que, de las 57 personas antedichas, 34 están en libertad, habiendo abandonado posteriormente, el país once de ellas; a otras diez les ha sido conmutada la pena en exilio; una está en libertad condicional; otra, en libertad con control domiciliario; otra, cumpliendo una condena de relegación; otra, detenida, y las nueve restantes, que, según se alega, han desaparecido, fueron objeto de una investigación especial por un juez designado por la Corte Suprema. En una comunicación ulterior el Gobierno suministra los resultados de esta investigación, según los cuales seis de dichas personas habían salido de Chile. Para apoyar esta información el Gobierno transmite copias de documentos oficiales y recortes periodísticos que contienen precisiones sobre su salida del país. Además, el Gobierno envió los textos de los comunicados del Ministerio del Interior de la Argentina, de fecha 11 y 17 de febrero de 1977, que confirman la entrada de cuatro de estas personas.
    3. 61 El Comité toma nota de las informaciones dadas por el Gobierno y, en particular, de que la mayoría de las personas sobre las cuales ha recibido informaciones han sido puestas en libertad; no obstante, el Comité lamenta constatar que el Gobierno no ha enviado informaciones sobre numerosas personas que figuran en las listas que le fueron enviadas después de su última reunión. A este respecto, el Comité recuerda que algunas de esas personas son sindicalistas o ex, sindicalistas, de quienes se alega que han desaparecido después de su detención, por lo cual el Comité había manifestado su preocupación. El Comité nota, sin embargo, que varias de las personas mencionadas como desaparecidas por los querellantes habían salido del país según las informaciones suministradas por el Gobierno.
    4. 62 Por otra parte, el Comité expresa su preocupación en lo que concierne a los sindicalistas que han sido forzados al exilio. Tal medida, que está en contradicción con los derechos humanos, presenta una gravedad particular pues priva a los interesados de la posibilidad de trabajar en su país y los obliga a separarse de su familia. El Comité considera además que el exilio forzoso de sindicalistas constituye una violación de la libertad sindical porque menoscaba a las organizaciones sindicales al privarlas de sus dirigentes.
    5. 63 En su reunión precedente (noviembre de 1976), el Comité manifestó que, en la reunión de febrero de 1977, examinaría las alegaciones relativas a Marta Lidia Ugarte Román. Conviene recordar que la Federación Internacional Sindical de la Enseñanza (FISE) comunicó en una queja que Marta Lidia Ugarte Román, militante del Sindicato Unico de Trabajadores de la Enseñanza (SUTE), había sido detenida, a lo que el Gobierno respondió negando tal detención, y añadiendo que no tenia ninguna información sobre tal persona.
    6. 64 El 14 de octubre de 1976, la FISE informó en una nueva comunicación de que el cadáver de Marta Lidia Ugarte Román había sido encontrado en una playa de Los Molles. El Gobierno confirmó esta información en su comunicación del 8 de noviembre de 1976, precisando, además, que tal persona no había desempeñado nunca cargos sindicales. Este asunto está siendo objeto de una encuesta por parte de los tribunales ordinarios de justicia.
    7. 65 El Comité toma nota de la intención manifestada por el Gobierno en su informe de enviar nuevas informaciones el 1.° de abril de 1977. El Comité desea vivamente que el Gobierno tome las medidas necesarias para que se puedan recibir en esa fecha todas las informaciones esperadas.
  • Financiación de las organizaciones sindicales agrícolas
    1. 66 La Confederación Mundial del Trabajo se quejaba de la promulgación del Estatuto de la formación profesional y del empleo, que instaura un nuevo sistema de financiación de la formación profesional. En el sistema anterior, los empleadores agrícolas hacían contribuciones obligatorias, que eran destinadas, por partes iguales, a fondos de educación y desarrollo sindical, y a las federaciones y confederaciones de trabajadores agrícolas. La Confederación alega que la supresión de esos fondos llevará consigo la desaparición de las organizaciones agrícolas. El Gobierno había declarado, por su parte, que esas contribuciones constituían un impuesto sobre el trabajo, perjudicial para el desarrollo del empleo en la agricultura. Además, las sumas así obtenidas eran insuficientes para las necesidades de formación, y el sistema tenia un carácter discriminatorio, puesto que no existía en otras ramas de actividad.
    2. 67 En su reunión de noviembre de 1976, el Comité consideró que no era de su competencia pronunciarse sobre la financiación de la formación profesional sino sólo analizar las cuestiones que guardaran relación con el ejercicio de las libertades sindicales. A juicio del Comité, la supresión de la contribución obligatoria de los empleadores no podía considerarse como una violación de los principios de libertad sindical, aunque reconocía que era una medida que limitaba considerablemente la obtención de fondos por los sindicatos agrícolas, por lo cual se encontrarían en una situación muy difícil para llevar a cabo su función esencial de defensa de los intereses profesionales de sus miembros. El Comité también consideró que el Gobierno debería buscar, junto con las organizaciones agrícolas de trabajadores y de empleadores, soluciones que permitieran compensar esta pérdida de recursos.
    3. 68 En su comunicación del 21 de enero de 1977 el Gobierno recuerda que, en virtud del nuevo Estatuto de la formación profesional y del empleo, los trabajadores no sindicados versan una cuota destinada, por partes iguales, al sindicato que ellos elijan y al Servicio Nacional de la Formación y del Empleo. Los empleadores agrícolas versan una contribución al sindicato patronal que elijan o al Servicio Nacional de la Formación y del Empleo. La totalidad de estas contribuciones no puede destinarse más que a las actividades de formación en favor del sector agrícola.
    4. 69 En lo que respecta a la recomendación sobre la búsqueda de soluciones, junto con las organizaciones agrícolas de trabajadores y de empleadores, el Gobierno recuerda que el Acta Constitucional núm. 3 establece, en su artículo 22, inciso 3, que la "ley contemplará mecanismos que aseguren la autonomía de las organizaciones sindicales y su propio funcionamiento". El Gobierno declara, además, que mantiene un diálogo estrecho y permanente con las organizaciones sindicales de empleadores y de trabajadores.
    5. 70 El Comité toma nota de las informaciones y comentarios del Gobierno. Sobre este punto, el Comité sólo puede referirse a las consideraciones ya hechas en su precedente reunión. Estima deseable que el Gobierno continúe estudiando una solución que permita compensar la pérdida de fondos sufrida por las organizaciones agrícolas de trabajadores y, en particular, que facilite la recaudación de las cuotas sindicales.
  • Asalto de un local sindical.
    1. 71 La FSM y la CMT, en sendas comunicaciones de fechas 27 y 28 de enero de 1977, informan de que un grupo armado asaltó el local de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), y de que el vicepresidente de dicha Asociación, Milenko Mikovilovic, fue víctima de una brutal agresión.
    2. 72 El Gobierno, en su comunicación de 3 de febrero de 1977, dice que los tribunales de justicia de Santiago están incoando un proceso sobre este asunto. Además, el Ministro del Interior se dirigió al Director General de Investigaciones instándole a que, dada la gravedad que el Gobierno concede a este asunto, la encuesta llegue a resultados positivos lo más rápidamente posible.
    3. 73 El Comité toma nota de que se ha procedido a una encuesta judicial sobre el asalto del local de la ANEF, efectuado por un grupo armado. El Comité espera que el Gobierno comunique los resultados de esta encuesta en cuanto los conozca.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 74. En estas circunstancias, y por lo que respecta al caso en su conjunto, el Comité recomienda al Consejo de Administración:
    • a) en lo que se refiere a los alegatos relativos a la detención o desaparición de sindicalistas y ex sindicalistas:
    • i) que tome nota de las informaciones suministradas por el Gobierno y, en particular, de la liberación de la mayoría de las personas sobre las cuales envió informaciones;
    • ii) que, no obstante, constate que el Gobierno no ha enviado informaciones sobre numerosas personas que figuran en las listas que se le envió después de la última reunión del Comité;
    • iii) que manifieste nuevamente su preocupación con respecto a los alegatos sobre desapariciones de sindicalistas con posterioridad a su detención, notando sin embargo que varias de las personas mencionadas como desaparecidas por los querellantes habían salido del país según las informaciones suministradas por el Gobierno; que ruegue al Gobierno que indique si se están haciendo indagaciones complementarias con respecto a las otras personas que habrían desaparecido y, en caso afirmativo, que comunique los resultados;
    • iv) que tome nota de que se está procediendo a una encuesta judicial sobre la muerte de Marta Lidia Ugarte Román, y que ruegue al Gobierno que comunique sus resultados;
    • v) que ruegue al Gobierno que tome las medidas necesarias para que todas las informaciones esperadas sean comunicadas antes del 1.° de abril de 1977;
    • vi) finalmente, que señale que el exilio forzoso de sindicalistas no puede ser considerado como equivalente a una liberación, debido a que no sólo atenta contra los derechos humanos, sino que también constituye una violación de la libertad sindical, en particular cuando priva a las organizaciones sindicales de sus sindicales libremente elegidos;
    • b) en lo que se refiere a la financiación de las organizaciones sindicales agrícolas:
      • que señale al Gobierno las consideraciones hechas en el párrafo 70 anterior, y exprese la esperanza de que continuará estudiando una solución que permita compensar la pérdida de fondos sufrida por las organizaciones agrícolas de trabajadores y, en particular, que facilite la recaudación de las cuotas sindicales;
    • c) en lo que se refiere al asalto del local de la ANEF:
      • que tome nota de que se está procediendo a una encuesta judicial en relación con este asunto, y que ruegue al Gobierno que comunique sus resultados en cuanto los conozca.
    • d) que tome nota del presente informe provisional.

Z. ANEXO

Z. ANEXO
  • Lista de personas, enviada al Gobierno después de la reunión de noviembre de 1976 del Consejo de Administración, y respuestas del Gobierno al respecto
  • Funciones Informaciones ante- Nuevas informacio
  • Nombres sindicales riores facilitadas nes facilitadas
  • por el Gobierno por el Gobierno
  • Alarcón Menriquez, Dirigente del Sin- Detenido en Puesto en libertad
  • Alejandro dicato Profesional Puchuncavi en virtud incondicional en
  • de Obreros Textiles de la ley de seguri- virtud del decreto
  • de Concepción, ex dad interior del Es- núm. 373 de 1975.
  • dirigente nacional tado. Figuraba en la Salió del país el
  • de la CUT. lista de los que po- 14.3.1975.
  • drían salir del país.
  • Alarcón Barrientos, Subsecretario gene- Procesado por la Condenado por in
  • Francisco ral de la CUT de fiscalía naval de fraciones a la se-
  • Magallanes. Punta Arenas. Conde- guridad interior
  • nado a doce años de del Estado. Pena
  • presidio (prisión de conmutada en exi
  • La Serena). lío el 30.4.1976. Viajó a Francia el 23.8.1976.
  • Alemany González, Dirigente del SUTE Detenido en Puesto en libertad
  • Claudio Puchuncavi en virtud incondicional en
  • de la ley de seguri- virtud del decreto
  • dad interior del Es- núm. 225 de 1975.
  • tado. Figuraba entre Viajó a México el
  • las personas cuya 21.3.1975.
  • salida del país se
  • gestionaba.
  • Araya Araya, Secretario general Procesado por in- Puesto en libertad
  • Lorenzo de la CUT, fracción a la ley de incondicional el
  • Antofagasta. seguridad interior 18.11.1976. Reside
  • del Estado. Condena- actualmente en
  • do a tres años de Antofagasta.
  • relegación en
  • Mulchén.
  • Aros Cruz, Dirigente del Sindi- Bajo control domici
  • Jaime cato Industrial liario en Limache.
  • Bradden Cooper
  • Company, Sewll y
  • Mina.
  • Arredondo Sánchez, Dirigente de un Bajo control domici- Puesto en libertad.
  • Luis sindicato de emplea- liario en Chillán. Está domiciliado
  • dos de El Teniente. en Chillán Viejo.
  • Barraza celada, Dirigente sindical Condenada a seis Condenada por in
  • Juana de la Corporación. años de presidio fracción de la ley
  • de Desarrollo So- (casa correccional de seguridad inte
  • cial. de Santiago). rior del Estado. Pena conmutada en exilio el 14.7.75.
  • Viajó al Canadá el 21.7.1975.
  • Barría A., Dirigente juvenil Recluido en
  • Pedro Abel de la CDT, Valdivia. Chin-Chip, Puerto Montt, desde el 5.8.1974.
  • Barros, Ex secretario de la Condenado a tres
  • Eduardo CDT de San Antonio. años de relegación en
  • San Fernando, por infracción
  • de la ley núm. 12927.
  • Carreño Díaz, Dirigente de la CDT Detenido a disposi
  • Alfonso de Nuñoa. ción de la fiscalía de aviación
  • en la Academia de Guerra.
  • Cereceda Barrera, Presidente de la Detenido en Estaba detenido
  • Lautaro Asociación Nacional Puchuncavi. Figuraba por haber infrin
  • de Empleados en Im- entre las personas gido la ley de se-.
  • puestos Internos. cuya salida del país guridad interior
  • se gestionaba. del Estado. Puesto en
  • libertad incondicional en virtud del decreto
  • núm. 225 de 1975. Viajó a México el 21.3.1975.
  • Cifuentes Torres, Secretario general Procesado en En libertad condi
  • José Luis de la CDT de Los Angeles por in- cional por resolu
    • Bio-Bio. fracción de la ley ción del Ministe
  • de seguridad inte- río de Justicia
  • rior del Estado y de del 25.8.1976.
  • la ley sobre control
  • de armas. Condenado a cinco
  • años de prisión. Propuesto
  • para salir del país.
  • Cisternas Peña, Dirigente de la CDT Detenido en Detenido por in
  • Emilio de Concepción. Puchuncavi, en espe- fracción de la ley
  • ra de proceso. Se de seguridad inte
  • propuso su inclusión rior del Estado y
  • en la lista de los puesto en libertad
  • expulsados a México. incondicional en
  • virtud del decreto núm. 225 de 1975.
  • Viajó a México el 21.3.1975.
  • Contreras Aravena, Secretario de orga- Detenido el 11.9.73 Informaciones
  • Luis nización de la CDT por haber atacado un idénticas a las
  • de Talca. retén de carabineros. comunicadas an
  • Condenado a cadena teriormente.
  • perpetua, que está
  • cumpliendo en Talca.
  • Ha pedido que le sea conmutada
  • su condena en exilio, petición que
  • ha sido rehusada por la gravedad
  • del delito.
  • Córdova Cancino, Dirigente portuario Detenido en la pri- Estaba detenido por
  • José de Iquique. sión de Iquique. haber infringido la ley de seguridad
  • interior del Estado. Puesto en libertad
  • incondicional en virtud del decreto
  • núm. 637 de 1975.
  • Viajó a Londres el 1.9.1975.
  • Cornejo Faúndez, Secretario en orga- Detenido. Figuraba Puesto en libertad
  • Pedro nización de la Con- en la lista de los en 1975.
  • federación Ranquil. que serian puestos
  • en libertad.
  • Cura Saady, Dirigente del Sin- Bajo control domici- Puesto en libertad
  • Antonio dicato de Comer- liario en el 17.12.1973. Ac
  • ciantes Ambulantes San Vicente de tualmente domicia
  • de Rengo. Tagua. do en San Vicente de Tagua, Tagua.
  • Gacitúa, Dirigente de los Detenida por haber Relegación termi
  • Yolanda trabajadores de la infringido la ley de nada.
  • salud de Copiapó. seguridad interior del Estado.
  • Relegada en Vallenar.
  • Gajardo Reyes, Subsecretario de la Bajo control domici- Actualmente en li
  • Germán CDT de Chillán. liario en Chillán. bertad y domiciliado en Chillán.
  • González, Dirigente de la Detenido en la pri
  • Juan Elpidio Asociación Nacional sión de Chin-Chin
  • de Tripulantes.
  • González Cea, Dirigente sindical Relegado al Sur del Procesado y conde
  • Mario de los trabajadores país. nado a dos años de
  • del cobre, prisión, remitidos
  • Chuquicamata. condicionalmente por cuatro de su-
  • jeción al Patrona-
  • to de Reos. Pena conmutada, a su
  • vez, en exilio.
  • Decreto pendiente de firma.
  • Guerrero Valdivia, Dirigente de los Bajo control domici- En libertad desde
  • José empleados municipa- liario. el 18.12.1973. Do
  • les de Machali. miciliado en Machali.
  • Gutiérrez catalán, Dirigente de las Bajo control domici- Detenida el 16.9.73
  • María empleadas municipa- liario en Chillán. y puesta en liber
  • les de Machali. Se había autorizado tad el 17.1.74.
  • su salida del país. Bajo control domiciliario,
  • en espera de proceso, que no
  • ha sido incoado. Control domiciliarío
  • terminado. Puesta en libertad.
  • Herrera Cabrera, Presidente de la Procesado por infrac- Sobreseído en 1975,
  • Juan Federación de Cam- ción de la ley sobre desconociéndose su
  • pesinos Bernardo control de armas. paradero actual.
  • O'Higgins. Autorizado a viajar al extranjero.
  • Ibarra Jara, Ex dirigente del Trasladado a Procesado y conde
  • Luis Sindicato Profesio- Vallenar, bajo con- nado a relegación
  • nal de la Bradden trol domiciliario. por infracción de
  • Copper Company, la ley de seguri
  • centro de Caletones. dad interior del Estado.
  • Desde el 28.6.1976 está hajo
  • control domiciliario mensual en Santiago.
  • Lee Urzua, Dirigente de la Procesado por la Viajó el 25 de mar
  • Miguel Confederación de fiscalía militar de zo a Dinamarca,
  • los Trabajadores Rancagua. Condenado acompañado de su
  • del Cobre. a nueve años y seis esposa e hijos.
  • meses de prisión.
  • Liberona Orellana, Dirigente de la Bajo control domici- Procesado por in
  • Víctor Confederación de liario en Tocopilla. fracción de la ley
  • los Trabajadores de seguridad inte
  • del Cobre. rior del Estado. Está cumpliendo
  • una condena de relegación en
  • Tocopilla desde el 28.12.1973.
  • Lobos, Dirigente de los Condenado a tres
  • Edgar profesores de años de prisión por
  • San Felipe. infracción de la ley de
  • seguridad del Estado (prisión de
  • San Felipe).
  • López, Supervisor de la Detenido en
  • Patricio Federación de Obre- Concepción el
  • ros Textiles de 3.10.1974.
  • Tomé y Santiago.
  • Madariaga Cespedes, Presidente de la Fe- Detenido en la pri- Pena conmutada en
  • José Luis deración de Sindi- sión de San Fernando, exilio en virtud del
  • catos Agrícolas en virtud de la ley decreto núm. 1129
  • El Surco, de de seguridad inte- de 1975. Viajó a
  • Colchagua. rior del Estado. Luxemburgo el 4.8-1976.
  • Mardones, Dirigente sindical Detenido en Chillán,
  • Guillermo de Cholguán. procesado por la fiscalía militar de Nuble.
  • Marin Caroca, Presidente del Sin- Trasladado a Bajo control domi
  • Manuel dicato Industrial Collipulli, bajo con ciliario en
  • de la Bradden trol domiciliario. Collipulli, por
  • Copper Company, infracción de la
  • Copa y Pangal. ley de seguridad interior
  • del Estado, hasta el
    1. 441975; en libertad incondicional desde esa fecha.
  • Mariño Núñez, Dirigentes de los Cumplía una condena Pena conmutada en
  • Luis empleados municipa- de cinco años de pri- exilio en virtud
  • les de Machali. sión en Rancagua, del decreto
  • por infracción de la núm. 772 de 1975.
  • ley sobre control de Viajó a Caracas el armas.
    1. 2611.1975.
  • Mondaca Gálvez, Ex dirigente del Procesado y condena- Pena conmutada en
  • Daniel Sindicato Profesio- do a tres años de exilio en virtud
  • nal Unico de los prisión por infrac- del decreto
  • Empleados Privados ción de la ley de núm. 830 de 1975.
  • de la Sociedad Mi- seguridad interior Viajó al Canadá el
  • nera de El Teniente. del Estado y de la 30.8.1975.
  • ley sobre control de
  • armas. Condenado después a
  • once años más por otro hecho (pri-
  • sión de Rancagua).
  • Navarro Castro, Ex secretario de la Detenido en Ritogue, Puesto en libertad
  • Mario FSM y consejero na- después en en virtud del de
  • cional de la CUT. Puchuncaví, por ac- creto núm. 2344,
  • tividades subversi- 17.11.1976.
  • vas.
  • Nazar Quiroz, De la Confederación Detenido en Ritoque Puesto en libertad
  • Jacinto Ranquil. en aplicación de la incondicional en
  • ley sobre la seguri- virtud del decreto
  • dad interior del Es- núm. 650 de 1975.
  • tado. Viajó a Panamá el 7.9.1975.
  • Oñate Zambrano, Dirigente del Sin- Detenido en la pri
  • Rolando dicato Industrial sión de Yungay, pro
  • de Maderas Prensa- cesado por la fisca
  • das de Cholguán, lía militar de Nuble.
  • SA de Yungay.
  • Orellana Abarca, Dirigente del Sin- Condenado a cinco Condena conmutada
  • Manuel dicato Industrial años por haber in- en exilio en vir
  • INDELCO, de San fringido la ley so- tud del decreto
  • Francisco de bre control de armas núm. 772 de 1975.
  • Mostazal. (prisión de Viajó a Holanda el
  • Rancagua). 3.9.1975.
  • Peiford, Secretaria del Sin- Detenida en Pisagua.
  • Isabel cato de Pescadores.
  • Quintana Vázquez, Ex secretario gene- Detenido en Rancagua. Viajó con destino a
  • Juan ral de la Confedera- Alemania el 2.6.76.
  • ción de Trabajado
  • res del Cobre.
  • Rodríguez Hormazábal, Dirigente del SUTE Detenido en Curicó Puesto en libertad
  • Arnaldo de Teno. en virtud del estado en virtud del de
  • de sitio. Había si- creto núm. 225 de
  • do propuesto para viajó a México
  • viajar a México. el 21.3.1975.
  • Rodríguez Moya, Ex presidente na- Procesado (causa
  • Edmundo nal de los trabaja- núm. 196-74).
  • dores del cuero y
  • del calzado.
  • Salazar Valle, Ex dirigente nacio- En libertad condicio
  • Luis nal de la CUT. nal por decisión de
  • la fiscalía de la primera
  • zona naval (26.11.74).
  • Salinas Montecinos, Dirigente del Sin- Detenido en Ritoque. Relegación terminada.
  • José dicato Agrícola de Liberado el 31.12.74.
  • Alta Montaña de
  • Teno.
  • Soto Avendaño, Dirigente sindical Procesado por la Pena conmutada en
  • Jorge de la FENATS de fiscalía militar de exilio en virtud
  • Osorno. Osorno por infrac- del decreto
  • ción de la ley sobre núm. 56 de 1976.
  • control de armas. Viajó a Francia el
  • Condenado a cinco 6.4.1976.
  • años de prisión
  • (prisión de Osorno).
  • Tello Gómez, Presidente del Sin- Condenado a 500 días
  • Osvaldo dicato Industrial de prisión (justicia
  • de Chuguicamata. militar de Calama).
  • Ulloa Bahamondes, Secretario General Detenido a disposi- Condenado a rele
  • Armando de la CUT de ción del juez mili- gación por haber
  • Magallanes. tar de Punta Arenas, infringido la ley
  • y después del juez de seguridad del
  • penal de Santiago, Estado. Puesto en
  • por delito de falsi- libertad en virtud
  • ficación. del decreto núm. 2345 del 17.11.1976.
  • Valdés del C., Ex dirigente del Detenido en Tres Puesto en libertad
  • Juvenal sindicato minero de Alamos en aplicación en virtud del de
  • Lota. de la ley núm. 12927 creto núm. 1080 de
  • de seguridad inte- 1975.
  • rior del Estado y
  • luego en la penitenciaría de Santiago.
  • Vargas Vargas, Presidente del Sin- Condenado a tres Fue relegado por
  • Arturo dicato Industrial años de relegación infracción de la
  • SOQUIMICH de por el juez militar ley de seguridad
  • María Elena. en Antofagasta. Cum- interior del Estado.
  • plia su pena en Actualmente en li
  • Salamanca. bertad, trabaja en Salamanca.
  • Vázquez, Dirigente nacional Relegado en el Sur.
  • Rolando de la CUT.
  • Venegas, Dirigente de la CUT Detenido en la pri
  • Hernán de Nuble. sión de Chillán en aplicación
  • de la ley de seguridad inte
  • rior del Estado.
  • II. Personas mencionadas en el caso núm. 823.
  • Funciones Informaciones ante- Nuevas informacio
  • Nombres sindicales riores facilitadas nes facilitadas
  • por el Gobierno por el Gobierno
  • Aguilera, Dirigente obrero de
  • José Acción Católica
  • Ahumada Trigo, Dirigente de la Con- Detenido por in
  • Melanio federación Ranquil. fracción de la ley de
  • seguridad interior del Estado.
  • Puesto en libertad el 17.11.1976.
  • Atencio Cortés, Ex presidente de la Detenido por in-
  • Pedro Unión de obreros Mu- fracción de la ley
  • nicipales de Arica. de seguridad interior del Estado.
  • Puesto en libertad incondicional
  • en virtud del decreto
  • núm. 2244 del 11.9.1976.
  • Berríos Cataldo, Dirigente sindical La encuesta judi
  • Lincoyán cial especial reveló que
  • salió del país el 21.12.1976.
  • Cáceres, Jorge Dirigente sindical.
  • Campuzano, Dirigente de la Detenido en virtud Puesto en libertad
  • José Agustín Confederación del estado de sitio incondicional en
  • Ranquil. por extremismo acti- virtud del decreto
  • vo e infiltración en núm. 2102 el 7.6.76.
  • las fuerzas armadas.
  • Castro Ramírez, Ex dirigente sindi- Detenido por activi- Puesto en libertad
  • Oscar cal. dades subversivas. el 16.11.1976.
  • Contreras Rojas, Ex presidente del No ha sido detenido.
  • Héctor Sindicato de Contraladores
  • (Radio Portales).
  • Cortés Alruiz, Dirigente sindical del
  • Juan Servicio Nacional de Sanidad
  • del hospital San Juan de Dios.
  • Corvalán Valencia, Ex dirigente sindi
  • José cal de la municipalidad de Santiago.
  • Cruz Díaz, Dirigente sindical. La encuesta judi
  • Lisandro cial especial reveló que
  • salió del país el 11.1.1977.
  • Díaz López, Ex dirigente de la No ha sido detenido.
  • Víctor CUT.
  • Donato Avendaño, Ex presidente de la No ha sido detenido.
  • Jaime Federación Nacional de
  • Trabajadores de Empresas Eléctricas
  • de Chile.
  • Donaire, Ex dirigente del
  • Uldarico sindicato de los empleados y obreros de
  • imprenta de Horizonte.
  • González Verdugo, Dirigente de la Con- Viajó a la Argentina
  • Patricio federación de Em- el 27.4.1974.
  • pleados Particulares
  • de Chile.
  • Gutiérrez Grossi, Sindicalista de la Detenido por in
  • Omar Federación del Me- fracción de la ley
  • tal. de seguridad interior del Estado.
  • Ha sido puesto en libertad en virtud del decreto
  • núm. 2187 de 6.8.1976.
  • López Suárez, Ex dirigente nacio
  • Nicolás nal de la CUT.
  • Miranda Godoy, Sindicalista de la
  • Darío Federación del Metal.
  • Montecinos Acevedo, Ex presidente de la Puesto en libertad
  • Alfredo COMACH, dirigente en virtud del de
  • del sindicato de los creto núm. 2344 de
  • obreros portuarios 17.11.1976. Estaba
  • de Antofagasta. detenido en Puchuncavi.
  • Montoya Vilches, Dirigente de la Fe
  • Raúl deración de la Construcción.
  • Moraga Garcés, Sindicalista de la
  • Juan Federación de la
  • Construcción.
  • Morales Ramírez, Presidente del Sin
  • Miguel dicato de Comerciantes Ambulantes.
  • Navarro, Dirigente de los Se ha procedido a
  • Fernando Ferrocarriles. una encuesta judicial especial
  • con motivo de la alegada
  • desaparición de esta persona.
  • Orellana Catalán, Ex dirigente de la
  • Juan Confederación Ranquil.
  • Ortiz, Dirigente de la Se ha procedido a
  • Fernando APEUCH. una encuesta judicial especial
  • con motivo de la alegada
  • desaparición de esta persona.
  • Pereira Plaza, Dirigente sindical. La encuesta judi
  • Reinalda cial especial reveló que
  • salió del país el 21.12.1976.
  • Pinto Arroyo, Dirigente sindical La encuesta judi
  • Edras cial especial reveló que
  • salió del país el 6.1.1977
  • con destino a Mendoza.
  • Pizarro, Dirigente textil. Se ha procedido a
  • Waldo una encuesta judicial especial
  • con motivo de la alegada
  • desaparición de esta persona.
  • Portilla Portilla, Dirigente textil. La encuesta judi
  • Armando cial especial reveló que
  • salió del país el 11.1.1977
  • con destino a Mendoza.
  • Recabarrén González, Ex dirigente sindi
  • Luis cal de la Universidad
  • Técnica del Es
  • tado.
  • Recabarrén Rojas,- Dirigente sindical
  • Manuel de los trabajadores de imprenta.
  • Riquelme, Ex presidente del
  • Anibal Raimundo Sindicato Profesional de los
  • obreros del Gas, de la Calefacción
  • y del Sanitario de Santiago.
  • Santos Guerra, Secretario del Sin
  • José dicato de Trabajadores de Gráficos.
  • Silva Bustos, Ex vicepresidente
  • Pedro de la Asociación Nacional de
  • Empleados Municipales.
  • Silva Herrera, Dirigente del sin- Fue detenido por
  • Roberto dicato de la indus- haber infringido
  • tria FAMASOL. la ley sobre la seguridad interior
  • del Estado. Puesto en libertad
  • en virtud del decreto núm. 2078 de 24.5.1976.
  • Solovera Gallardo, Sindicalista de la
  • Jorge Federación del Metal.
  • Valencia Ferguson, Pidió que se le con- Condenado por in
  • Luis mutara la pena en fracción de la ley
  • exilio. de seguridad interior del Estado.
  • La pena le fue conmutada en
  • exilio el 21.11.1976.
  • Viajará a los Estados Unidos de América.
  • Varela Alarcón, Presidente de la Detenido por in
  • José Federación de la fracción de la ley
  • Construcción, pro- de seguridad inte
  • vincia de rior del Estado.
  • Concepción. Puesto en libertad en virtud
  • del decreto núm. 2244 de 11.9.1976.
  • Vargas Fernández, Vicepresidente de Condenado por ten
  • Bernardo la Confederación de tativa de homicidio
  • Trabajadores del a 541 y 61 días de
  • Cobre, y dirigente prisión por la fis
  • nacional de la CUT. calca militar de Copiapó.
  • Está cumpliendo su pena.
  • Vega, Dirigente sindical, Podría tratarse de
  • Julio Roberto obrero municipal. Julio Vega País, quien
  • salió el 5 de enero de 1975
  • con destino a Francia.
  • Villalobos Sepúlveda, Secretario general Condenado por deli- Pena conmutada en
  • Carlos de la CUT de tos contra la ley exilio en virtud
  • Linares. de seguridad inte- del decreto
  • rior del Estado. núm. 1057 del
    1. 116.1976. Viajó a Noruega el 7.9.76.
  • Vizcarra Cofré, Dirigente del sindi
  • Carlos cato industrial Fiat de Santiago.
  • Weibel, Ex dirigente de las
  • José trabajadores del hospital
  • San José de Santiago.
  • Weibel, Ricardo
  • Zepeda Marinkovich, Dirigente sindical. La encuesta judi
  • Horacio cial especial reveló que
  • salió del país el 6.1.77.
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