Visualizar en: Inglés - Francés
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 78. El Comité examinó este caso en su reunión de marzo de 1998 (véase 309.o informe, párrafos 343 a 370). Entre otras cosas, el Comité instó al Gobierno a que adoptara las medidas necesarias para garantizar el reintegro del Sr. Harrison en su anterior puesto de trabajo lo antes posible y a que modificara la legislación pertinente con el fin de garantizar una protección contra el despido y otros actos perjudiciales por participar en una acción colectiva de carácter reivindicativo.
- 79. Por comunicación de fecha 28 de septiembre de 1998, el Gobierno indica que el Sr. Harrison no ejerció su derecho, de conformidad con el procedimiento disciplinario interno del acuerdo MEA, de presentar una apelación ante una persona independiente si consideraba injustificado su descenso de categoría. Asimismo, el Gobierno indica que el acuerdo MEA continúa ofreciendo diversas oportunidades de formación y promoción que podrían facilitar el ascenso del Sr. Harrison, en caso de que éste solicite un puesto en su anterior categoría. Por último, el Gobierno indica que actualmente se está revisando la legislación pertinente.
- 80. El Comité toma nota de estas informaciones. Pide al Gobierno que le mantenga informado de todas las medidas adoptadas o que se prevea adoptar para modificar la legislación con el fin de garantizar una protección contra el despido y otros actos perjudiciales por participar en una acción colectiva de carácter reivindicativo.