ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 327, Marzo 2002

Caso núm. 2027 (Zimbabwe) - Fecha de presentación de la queja:: 28-MAY-99 - Cerrado

Visualizar en: Inglés - Francés

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 133. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2001, ocasión en la que solicitó de nuevo al Gobierno que: 1) llevase a cabo una investigación independiente y completa sobre la agresión de que fue víctima el Sr. Morgan Tsvangirai y el incendio intencionado de las oficinas del ZCTU; 2) remitiese una copia de la decisión del Alto Tribunal relativa a la causa iniciada por el ZCTU en relación con la prohibición temporal de realizar huelgas u otras acciones reivindicativas, pronunciada en noviembre de 1998, y 3) que le mantuviese informado de la situación del proyecto de enmienda de la ley de relaciones laborales de 1999.
  2. 134. En una comunicación de fecha 9 de enero de 2002, el Gobierno reitera que el caso de la agresión de que fue objeto el Sr. Tsvangirai se tramitó ante los tribunales de justicia ordinarios y que el presunto agresor fue absuelto. Dada la competencia de los tribunales para conocer de los delitos comunes de agresión física, resulta difícil, cuando no imposible, realizar una investigación independiente sobre este asunto. De sentarse tal precedente, toda persona que considerase que el resultado de las actuaciones judiciales no le ha sido favorable, reclamaría una investigación independiente. En cuanto al incendio intencionado de las oficinas del ZCTU, el Gobierno declara que las investigaciones de la policía todavía están en curso. Asimismo, el Gobierno declara no tener noticia de decisión judicial alguna con respecto a la prohibición temporal de realizar huelgas u otras acciones reivindicativas pronunciada en noviembre de 1998, pero señala que mantendrá un estrecho contacto tanto con el ZCTU como con el Alto Tribunal en relación con este asunto, y que informará al Comité al respecto. Finalmente, el Gobierno declara que el proyecto de enmienda de la ley de relaciones laborales se encuentra actualmente ante el Parlamento.
  3. 135. El Comité toma nota de esta información y lamenta que el Gobierno mantenga su postura anterior con respecto del caso de agresión contra el Sr. Tsvangirai. Por lo que se refiere al precedente que, según teme el Gobierno, se sentaría si éste ordenara la realización de una investigación independiente del caso, el Comité considera que la absolución del presunto agresor no es una cuestión de resultado favorable o desfavorable, sino más bien un indicio de que todavía no se ha llevado a cabo la investigación necesaria para sacar a la luz todos los hechos relativos a este caso. Por lo tanto, el Comité insta una vez más al Gobierno a que adopte inmediatamente las medidas necesarias para iniciar una investigación independiente sobre este asunto y a que le mantenga informado del resultado de las mismas, así como del resultado de la investigación sobre el incendio intencionado de las oficinas del ZCTU. Por último, el Comité solicita al Gobierno que le mantenga informado de los progresos realizados en cuanto a las enmiendas de la ley de relaciones laborales y que le comunique cualquier información adicional que reciba con referencia a la causa del ZCTU, que se halla pendiente ante el Alto Tribunal.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer